P OLÍTICAS PARA LA F ISCALIZACIÓN DE E MPRESAS P RESTADORAS DE S ERVICIOS DE P ERSONAL (O UTSOURCING ) D IRECCIÓN DE I NCORPORACIÓN Y R ECAUDACIÓN XX C.

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Transcripción de la presentación:

P OLÍTICAS PARA LA F ISCALIZACIÓN DE E MPRESAS P RESTADORAS DE S ERVICIOS DE P ERSONAL (O UTSOURCING ) D IRECCIÓN DE I NCORPORACIÓN Y R ECAUDACIÓN XX C ONVENCIÓN L ABORAL Y DE R ECURSOS H UMANOS A SOCIACIÓN N ACIONAL DE LA I NDUSTRIA Q UÍMICA, A.C. SEPTIEMBRE, 2010

Por Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 9 de julio de 2009, se adicionó el artículo 15 A de la Ley del Seguro Social, estableciéndose la responsabilidad solidaria de los beneficiarios de los servicios prestados por trabajadores que ejecuten los trabajos (a través de un contrato de prestación de servicios de personal). R EFORMA AL A RTÍCULO 15 DE LA L EY DEL S EGURO S OCIAL El objetivo es evitar que los patrones o sujetos obligados, utilizando los resquicios o lagunas de la ley, omitan el pago de las contribuciones de seguridad social.

1.Cuando un patrón o sujeto obligado, (cualquiera que sea su personalidad jurídica o su naturaleza económica), 2.en virtud de un contrato, (cualquiera que sea su forma o denominación), 3.como parte de las obligaciones contraídas, ponga a disposición trabajadores u otros sujetos de aseguramiento para que ejecuten los servicios o trabajos acordados, 4.bajo la dirección del beneficiario de los mismos, E LEMENTOS DE LA R ESPONSABILIDAD DE LOS B ENEFICIARIOS C ONFORME AL A RTÍCULO 15 A DE LA L EY DEL S EGURO S OCIAL 5.en las instalaciones que éste determine, 6.el beneficiario de los trabajos o servicios asumirá las obligaciones establecidas en la Ley del Seguro Social en relación con dichos trabajadores, 7.en el supuesto de que el patrón omita su cumplimiento, siempre y cuando el Instituto hubiese notificado previamente al patrón el requerimiento correspondiente y éste no lo hubiera atendido.

Actual La subordinación se da entre los trabajadores y la prestadora de servicios, si es titular del poder de mando o dirección Existe celebrado contrato entre el beneficiario y la prestadora de servicios El beneficiario puede no encontrarse registrado ante el Instituto, Los salarios, retenciones de impuestos y contribuciones de seguridad social los realiza la prestadora de servicios (outsourcing) Cuando la prestadora de servicios no cumple con sus obligaciones (no cuenta con bienes), la beneficiaria es responsable solidaria de las obligaciones omitidas por los trabajadores que están bajo su dirección. Beneficiario Relación de trabajo Trabajadores Prestadora de servicios Contrato de trabajo Ingresan como trabajadores de la prestadora de servicios Prestación de Servicios Anterior La subordinación se puede dar entre los trabajadores y el cliente, por ser éste quien es titular del poder de mando en el centro de trabajo. El beneficiario puede no encontrarse registrado ante el Instituto Los salarios, retenciones de impuestos y contribuciones de seguridad social los realiza la prestadora de servicios (outsourcing) Cuando la prestadora de servicios incumplía sus obligaciones, no contaban con bienes No era posible determinar la responsabilidad solidaria del beneficiario de los servicios. Contrato E SQUEMA D ENOMINADO O UTSOURCING

Prestadora de servicios Trabajadores Titular del poder de mando o dirección en el centro de trabajo Titular del contrato de trabajo/ Paga salarios Subordinación Relación de Trabajo Responsabilidad solidaria (15-A LSS) Da órdenes sobre el modo, tiempo y lugar de ejecución del trabajo. Contrata al trabajador y le paga sus salarios. Cliente(beneficiario) D ESDOBLAMIENTO DE LA R ELACIÓN DE T RABAJO

El quinto párrafo del artículo 15-A de la Ley del Seguro Social, establece que tanto los patrones como los beneficiarios deben informar los primeros quince días hábiles de los meses de enero, abril, julio y octubre, al Instituto sus datos y la información de los contratos celebrados en el trimestre, por virtud de la cual se ponen a disposición trabajadores para ejecutar servicios. Las Reglas Generales aprobadas por el H. Consejo Técnico del IMSS, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el de octubre de 2009, desarrollan la forma, términos y condiciones mediante las cuales se deben cumplir por parte de los patrones y beneficiarios las obligaciones establecidas en la Ley. O BLIGACIONES DE LA E MPRESAS P RESTADORAS DE S ERVICIOS P ERSONALES

En formato pre-llenado en el portal IMSS, impreso en la subdelegación correspondiente. S ISTEMA PARA EL R EGISTRO DEL C UMPLIMIENTO DE O BLIGACIONES De acuerdo con las Reglas Generales, la información de los contratos podrá presentarse: A través de Internet: Patrones, sujetos obligados o beneficiarios, mediante el portal del Sistema IMSS desde su Empresa (IDSE), identificándose con su número patronal de identificación electrónica (NPIE) y certificado digital. Beneficiarios de los servicios o trabajos, mediante el portal del IMSS, identificándose con su clave de identificación electrónica de beneficiario, cuando carezcan de registro patronal.

Con la finalidad de combatir la evasión fiscal en esquemas de suministro de personal (outsourcing) que aprovechan los tratamientos fiscales diferenciados entre diversos tipos de sociedades, el SAT, IMSS e INFONAVIT han acordado unir esfuerzos en la fiscalización. El propósito es la protección a los trabajadores del país, quienes al ser integrados a estos esquemas ven disminuido o pierden su acceso a las prestaciones de seguridad social y a su participación en las utilidades de las empresas. S ISTEMA PARA EL R EGISTRO DEL C UMPLIMIENTO DE O BLIGACIONES

La misión del IMSS en materia de incorporación es afiliar al 100% de los sujetos de aseguramiento. Combatir las prácticas irregulares mediante auditorías emblemáticas, incluyendo la práctica de revisiones conjuntas con otras autoridades fiscales. Recaudación Incrementar la presencia fiscal del Instituto en sectores considerados como estratégicos. MISION DEL IMSS COMO ORGANISMO FISCAL

Entre los esquemas relacionados con el suministro de personal que el IMSS ha detectado son utilizados como medios de elusión o evasión, se encuentra la constitución y operación de personas morales, entre otras, como: E LUSIÓN EN EL C UMPLIMIENTO DE LA L EY Sociedades Cooperativas; Sociedades Anónimas; Sociedades de Responsabilidad Limitada; Sociedades en Nombre Colectivo; Sociedades civiles, y civiles particulares; Asociaciones civiles; Sindicatos Integradoras e integradas. Entre otras

11 Objetivos de los esquemas No reconocer la calidad de trabajador Reducción de la base de cotización y disminución de cotizantes Sustitución patronal Obtención de prestaciones sin tener carácter de derechohabiente del Instituto Vulnerar prestaciones laborales asociadas

12 Empresa Cooperativa Cooperativa Factura servicios Paga por servicios Transfiere a los trabajadores Baja en empresa / Alta en cooperativa Baja en empresa, están en cooperativau otra No inscritos D ISMINUCIÓN DE C OTIZANTES

13 Empresa Factura servicios Paga por servicios Cooperativa Cooperativa Promedio SBC xx SMG Promedio SBC 1 SMG Transfiere a los trabajadores REDUCCION DEL SBC

14 Sustitución patronal (Art. 290 LSS) Empresa Empresa relacionada Se considera que existe sustitución patronal, cuando: Exista entre el patrón sustituido y el patrón sustituto transmisión, por cualquier título, de los bienes esenciales afectos a la explotación, con ánimo de continuarla. El propósito de continuar la explotación se presumirá en todos los casos. Transferencia de maquinaria y demás medios de producción S USTITUCION PATRONAL

Por primera vez se han iniciado actos de fiscalización de manera concatenada y simultánea con otras autoridades fiscales y administrativas como el SAT, INFONAVIT y STPS. El IMSS se apoya, en el desarrollo de un acto de fiscalización, en la información que las otras autoridades fiscales y administrativas recaban y aportan con base en los acuerdos de Colaboración para el Intercambio de Información existentes. Se continúan formalizando convenios de colaboración e intercambio de información, incluyendo con las Secretarías de Finanzas de diversas entidades federativas, con la finalidad de compartir bases de datos e información fiscal y administrativa, que coadyuva a lograr el objetivo descrito. A UDITORÍA E MBLEMÁTICAS CON OTRAS A UTORIDADES F ISCALES

16 Objetivos de las estrategias de fiscalización conjuntas 1. Dar de baja a sociedades/personas 3. Inscribir a los trabajadores con su patrón 4. Determinar cuotas omitidas por diferencias en SBC. 2. Dar de baja a clientes y beneficiarios

Con motivo del DECRETO publicado el pasado 7 de diciembre de 2009 por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones, entre las que se encuentran aquéllas del Código Fiscal de la Federación, que establecen la posibilidad de que la autoridad fiscal motive y determine presuntivamente sus resoluciones con base en la información y documentación que le proporcionen otras autoridades fiscales (art. 63). Esta reforma entra en vigor el 1º de enero del Artículo 63. Los hechos que se conozcan con motivo del ejercicio de las facultades de comprobación previstas en este Código o en las leyes fiscales, o bien que consten en los expedientes, documentos o bases de datos que lleven, tengan acceso o en su poder las autoridades fiscales, así como aquéllos proporcionados por otras autoridades, podrán servir para motivar las resoluciones de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y de cualquier otra autoridad u organismo descentralizado competente en materia de contribuciones federales. …. R EFORMA AL C ÓDIGO F ISCAL

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El Instituto Mexicano del Seguro Social, continua verificando el correcto y oportuno pago de las aportaciones de seguridad social, en aquellos domicilios donde se localicen trabajadores a quienes se les apliquen esquemas de sustitución laboral. A CCIONES C ONTINUAS … Se conmina a todos los contribuyentes dentro de una auditoría a la corrección fiscal, y fuera de ésta al cumplimiento voluntario puntual e integro de sus obligaciones de pago, para evitar a los patrones ser sujetos de actos de fiscalización y sanciones futuras.

P OLÍTICAS PARA LA F ISCALIZACIÓN DE E MPRESAS P RESTADORAS DE S ERVICIOS DE P ERSONAL (O UTSOURCING ) D IRECCIÓN DE I NCORPORACIÓN Y R ECAUDACIÓN XX C ONVENCIÓN L ABORAL Y DE R ECURSOS H UMANOS A SOCIACIÓN N ACIONAL DE LA I NDUSTRIA Q UÍMICA, A.C. SEPTIEMBRE, 2010