IUR 2006-1 Dip. Juan Carlos Pérez Góngora Secretario de la Comisión de Hacienda y Crédito Público Presentación para COPARMEX 9 de Febrero de 2006.

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Transcripción de la presentación:

IUR Dip. Juan Carlos Pérez Góngora Secretario de la Comisión de Hacienda y Crédito Público Presentación para COPARMEX 9 de Febrero de 2006

Impuesto Único a REPECOS Dip. Juan Carlos Pérez Góngora Secretario de la Comisión de Hacienda y Crédito Público

IUR Dip. Juan Carlos Pérez Góngora Secretario de la Comisión de Hacienda y Crédito Público Índice 1.Introducción. 2.Políticas Fiscales. 3.Propuesta de Tributación para REPECOS.

IUR Dip. Juan Carlos Pérez Góngora Secretario de la Comisión de Hacienda y Crédito Público 1. Introducción Se hace necesario legislar en materia tributaria y de seguridad social; el actual Régimen de Pequeños Contribuyentes presenta inconsistencias, es violatorio a los principios de igualdad y justicia, la falta de un marco jurídico equitativo y confiable para estos contribuyentes genera inseguridad, burocracia y corrupción administrativa. Se requiere de otra u otras figuras jurídicas que permitan establecer una solución permanente.

IUR Dip. Juan Carlos Pérez Góngora Secretario de la Comisión de Hacienda y Crédito Público 1. Introducción El primero es la necesaria congruencia con los principios de equidad y proporcionalidad señalados en la Constitución. El segundo descansa en la necesidad de incorporar a la población que se dedica a estas actividades no solamente a la tributación sino también a mecanismos que los doten de seguridad social. La propuesta fundamental es establecer mecanismos que permitan la integración a la economía formal de aquellos que realizan actividades económicas legales al margen de una regulación institucional, por lo que el primer paso en este sentido lo constituye su incorporación al sistema tributario. Dicha incorporación debe contemplar dos enfoques:

IUR Dip. Juan Carlos Pérez Góngora Secretario de la Comisión de Hacienda y Crédito Público 1. Introducción Así mismo se logrará un impacto positivo en la percepción de los contribuyentes cumplidos ya que todos los sectores serán sujetos al cumplimiento de sus obligaciones tributarias, sin excepciones, fortaleciendo así una nueva cultura tributaria. El esquema de seguridad social integral deberá contemplar: Atención médica, Fondo de retiro Y acceso a créditos de vivienda. El proceso de incorporación de este sector a la economía formal implica también una separación y aislamiento de las actividades no legales con lo que será más fácil su detección, ubicación y combate.

IUR Dip. Juan Carlos Pérez Góngora Secretario de la Comisión de Hacienda y Crédito Público Índice 1.Introducción. 2.Políticas Fiscales. 3.Propuesta de Tributación para REPECOS.

IUR Dip. Juan Carlos Pérez Góngora Secretario de la Comisión de Hacienda y Crédito Público 2. Políticas Fiscales Para mantener congruencia con una política económica que ponga énfasis en la generación de empleo y el crecimiento económico, la política fiscal en México debe concebirse con un enfoque integral. En la cual se consideren que las funciones de recaudación, administración, gasto y fiscalización deben desarrollarse de forma articulada.

IUR Dip. Juan Carlos Pérez Góngora Secretario de la Comisión de Hacienda y Crédito Público 2. Políticas Fiscales El combate a la evasión fiscal. La ampliación de la base de contribuyentes. La simplificación y seguridad jurídica. La creación de una nueva cultura tributaria. Así, una política tributaria más eficiente que busque incrementar los ingresos sin afectar el nivel de vida de las mayorías debe poner el acento en cuatro ejes fundamentales:

IUR Dip. Juan Carlos Pérez Góngora Secretario de la Comisión de Hacienda y Crédito Público Índice 1.Introducción. 2.Políticas Fiscales. 3.Propuesta de Tributación para REPECOS.

IUR Dip. Juan Carlos Pérez Góngora Secretario de la Comisión de Hacienda y Crédito Público 3. Propuesta de Tributación para REPECOS Se hace necesaria la creación de una nueva ley que brinde a los pequeños microempresarios certeza y seguridad jurídica y sobre todo que se les brinde la garantía a que todo ser humano tiene derecho, el derecho a la seguridad social. Con esta propuesta se busca también, incorporar a un importante número de personas que realizan actividades empresariales a la base de contribuyentes que no pagan impuestos. Así mismo, para la administración de las contribuciones, al incluir la seguridad social, la propuesta obligaría al Instituto Mexicano del Seguro Social que sea éste el recaudador, simplificándoles a los gobiernos locales su trabajo.

IUR Dip. Juan Carlos Pérez Góngora Secretario de la Comisión de Hacienda y Crédito Público La propuesta de una nueva ley denominada Ley de Contribuciones para Pequeños Contribuyentes es una ley opcional, la cual comprende dos capítulos, el primero corresponde al Impuesto y el segundo a la Seguridad Social. Las aportaciones de seguridad social pagadas por los contribuyentes serán destinadas obligatoriamente al Instituto Mexicano del Seguro Social. Al ser este esquema opcional, sustituiría las obligaciones fiscales de cuatro ordenamientos como son: 3. Propuesta de Tributación para REPECOS El Impuesto sobre la Renta, el Impuesto al Activo, El Impuesto al Valor Agregado Y el Impuesto Especial sobre Producción y Servicios.

IUR Dip. Juan Carlos Pérez Góngora Secretario de la Comisión de Hacienda y Crédito Público Se establecería un nuevo procedimiento opcional de cuota fija mensual mediante un esquema simple para que los Pequeños Contribuyentes cumplan con sus obligaciones fiscales e incrementar la captación de recursos. Las autoridades con base en información proporcionada por el propio contribuyente, establecerán el monto del pago de cuota fija que incluirá tanto el impuesto como las cuotas de seguridad social. Las cuotas de seguridad social pagadas por los contribuyentes se destinarán al Seguro Social, incluyendo el fondo de pensiones por medio de las afores y ahorro para la vivienda. Con esto si la mayoría de los pequeños contribuyentes perdieron su empleo formal, se les permitiría recuperar los ahorros generados en el pasado, los cuales son parte de su patrimonio. 3. Propuesta de Tributación para REPECOS

IUR Dip. Juan Carlos Pérez Góngora Secretario de la Comisión de Hacienda y Crédito Público Cabe resaltar que con esta nueva ley se derogaría lo establecido en: La Sección III Del Régimen de Pequeños Contribuyentes del Capítulo II De los Ingresos por Actividades Empresariales y Profesionales del Título IV De las Personas Físicas de la Ley del Impuesto sobre la Renta; El artículo 2-C de la Ley del Impuesto al Valor Agregado. Lo anterior quiere decir que los contribuyentes que no adopten el nuevo régimen, tributarán en los términos que establece la Sección I De las Personas Físicas con actividades empresariales y profesionales o, en la Sección II Del Régimen Intermedio de las Personas Físicas con Actividades Empresariales del Capítulo II del Título IV de la Ley del Impuesto sobre la Renta y tendrán que sujetarse a las disposiciones establecidas en la Ley del Impuesto al Valor Agregado, al Impuesto especial sobre Producción y Servicios e Impuesto al Activo. 3. Propuesta de Tributación para REPECOS

IUR Dip. Juan Carlos Pérez Góngora Secretario de la Comisión de Hacienda y Crédito Público Determinación del Impuesto: Las personas físicas que paguen el impuesto en los términos de la ley propuesta, les sería determinado por la autoridad el impuesto mensual que les corresponda, aplicando la tasa del 2% a la diferencia que resulte de disminuir al total de los ingresos estimados que obtengan en el mes en efectivo, en bienes o en servicios, por su actividad empresarial, diez salarios mínimos correspondientes al área geográfica del contribuyentes, elevados al mes. 3. Propuesta de Tributación para REPECOS Ejemplo: Monto de ingreso mensual $ 50, Menos10 salarios mínimos mensuales correspondientes al área Geográfica del Contribuyente Zona A 14, IgualBase$ 35, Por Tasa2% IgualImpuesto mensual a pagar$

IUR Dip. Juan Carlos Pérez Góngora Secretario de la Comisión de Hacienda y Crédito Público Periodo de pago: mensual Lugar y fecha de pago: Los pagos mensuales tendrán el carácter de definitivos y se enterarán ante las oficinas autorizadas. Las autoridades deberán estimar el ingreso gravable del contribuyente y determinar cuotas fijas para cobrar el impuesto respectivo; si el ingreso real supera el 20% del estimado deberá ajustar la cuota, si es voluntaria la rectificación, ello implicaría borrón y cuenta nueva. 3. Propuesta de Tributación para REPECOS

IUR Dip. Juan Carlos Pérez Góngora Secretario de la Comisión de Hacienda y Crédito Público Para efectos de la seguridad social se establecería un régimen obligatorio para los pequeños contribuyentes que opten por tributar bajo este esquema similar al de los trabajadores, y se harían, en su caso, las modificaciones necesarias en la Ley del Seguro Social, en la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (INFONAVIT) y en la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro (SAR). Los contribuyentes que opten por tributar en la ley propuesta. 3. Propuesta de Tributación para REPECOS

IUR Dip. Juan Carlos Pérez Góngora Secretario de la Comisión de Hacienda y Crédito Público ¡Gracias! Teléfono , ext.3311 Desde el interior de la República