Ministerio de Desarrollo Económico

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Transcripción de la presentación:

Ministerio de Desarrollo Económico PROGRAMA DE VIVIENDA DE INTERES SOCIAL PARA FAMILIAS VULNERABLES Y DESPLAZADOS                   

I. Antecedentes. Se elaboró un proyecto de ley “Por la cual se dictan disposiciones relacionadas con el subsidio familiar para vivienda de interés social en terrenos” Se radicó el proyecto en el Congreso de la República Se espera su aprobación a más tardar en octubre de 2001.

II. Objetivo del proyecto de ley. Transferir al INURBE los bienes inmuebles fiscales de propiedad de las entidades públicas del orden nacional, de carácter no financiero, que hagan parte de cualquiera de las ramas del poder público, así como los órganos autónomos e independientes, con excepción de las sociedades de economía mixta, que tengan vocación para la construcción de vivienda de interés social. Se incluyen los lotes que se hayan transferido al Fondo para la Rehabilitación, inversión social y la Lucha contra el Crimen Organizado, en los términos de la ley 333 de 1996. Plazo: en un término inferior a 90 días contados a partir de la fecha de entrada en vigencia de la ley.

III. CREACION DEL PROGRAMA El Programa se crea con los lotes aptos para vis en las zonas urbanas, siempre y cuando cumplan con normas de POT y sean aptos para tipos de solución 1 y 2. (Lotes del INURBE y de la UAE ICT) El objetivo es otorgar subsidio en especie y en dinero a la población más vulnerable y a los hogares desplazados por la violencia, sin superar los límites de ley (25 smlmv).

IV. OBJETIVOS DEL PROGRAMA Mejorar las condiciones de habitabilidad de los hogares del nivel 1 y 2 del SISBEN y desplazados por la violencia que no cuenten con posibilidad de retorno. Multiplicar la oferta de subsidios al maximizar los recursos del INURBE mediante el otorgamiento del subsidio combinado. Potenciar la vinculación de recursos de inversión sectorial (Nación- entidades territoriales - beneficiarios) Propiciar esquemas alternativos de intervención para entregar unidades básicas de vivienda con desarrollo progresivo o unidades básicas.

V. Entrega del subsidio combinado. Mediante el procedimiento descrito en el artículo 95º de la Ley 388 de 1997. Da opciones para los proyectos que se adelanten mediante mecanismos de autogestión. Cuando se otorgue el subsidio en dinero y en terrenos, se considerará como un solo aporte estatal. Los avalúos deberán ser elaborados por la autoridad catastral competente. Deberá darse cumplimiento de las disposiciones urbanísticas vigentes. El MDE ejercerá la coordinación superior del programa.

Objetivos secundarios Incremento del número de actores que participan en la oferta de bienes y servicios a la población más vulnerable del país. Generación de confianza en los promotores de vivienda social para la atención de los hogares desplazados de condiciones económicas y sociales desconocidas. Eliminación de barreras por prejuicios sobre el desplazamiento forzoso. Estimulo a la participación de agencias privadas y de cooperación.

Estructura del Programa TIPOS DE SOLUCIONES: El valor de las soluciones a desarrollar en los predios recibidos como subsidio en terreno no podrán ser superiores a los establecidos en el Decreto 2620 de 2000 para Tipos 1 y 2. POSTULANTES: Podrán postularse los hogares que cumplan con los siguientes requisitos: Requisitos establecidos en el Decreto 2620 de 2000 para postulación colectiva. Hogares que se encuentren inscritos en la Red de Solidaridad Social con la condición de Desplazados (Decreto 951/01) Hogares con ingresos inferiores o iguales a 2 SMLM.

* Depende del avalúo oficial del lote Ejemplo entrega subsidio Subsidio en especie * $2.000.000 (supuesto) Subsidio en dinero $5.150.000 Total subsidio $7.150.000 Ahorro programado $ 900.000 Aporte territorial $ 950.000 Total Vr de la solución $9.000.000 * Depende del avalúo oficial del lote

Participación del Ministerio de Desarrollo Gestionar recursos del SFV para el programa VIS para familias vulnerables y desplazados. Gestionar la aplicación de recursos de la Findeter y del Fondo de Inversión para la Paz en los proyectos que se desarrollen en los terrenos de la nación. Convenir la participación de los productores de insumos de la construcción con condiciones favorables para el desarrollo de los proyectos. Definir los cupos indicativos de recursos del SFV y de atención a desplazados que se destinarán al programa. Gestionar recursos en dinero o en especie de Cooperación Internacional Promulgar el Programa

Participación de las entidades territoriales. a. Asignando recursos (en especie o en dinero) para infraestructura de servicios públicos domiciliarios y/o equipamento comunitario. b. Concediendo saneamientos fiscales sobre los lotes que deban transferirse al INURBE o que le sean transferidos.

Red de Solidaridad Social Promover la inclusión de los proyectos de vivienda en los PAZ Promover la inclusión de los proyectos alimentos por trabajo en Consejos regionales RSS - PMA Divulgar la oferta de tierras en las organizaciones sociales de desplazados. Apoyar al INURBE en la asesoria para la postulación al Subsidio Familiar de Vivienda. Aportar recursos para la financiación de proyectos de vivienda y productivos de carácter asociativo. Acreditar la condición de desplazados por la violencia Definir los cupos indicativos de recursos del SFV de atención a desplazados que se destinarán al programa, conjuntamente con MinDesarrollo

Participación del INURBE a. Promover la participación de las alcaldías municipales Divulgar la oferta de soluciones de vivienda en la población de niveles 1 y 2 del sisben o desplazados por al violencia. Divulgar la oferta de tierras en las organizaciones sociales. Asistir a los hogares en la postulación colectiva al SFV. Asistir a los promotores en la obtención de la elegibilidad de la oferta Asignar el Subsidio Familiar de Vivienda en especie y en dinero de acuerdo con los techos destinados a cada terreno. Desembolsar los recursos del SFV en una cuenta especial para el programa

Participación de FINDETER Promover la participacion de las alcaldías municipales Asistir a las entidades públicas en la formulaciónde proyectos de infraestructura Asignar los recursos definidos por el CONPES 3115 de 2001 para habilitar los terrenos que ofrezcan soluciones para población desplazada por la violencia. Desembolsar los recursos en una cuanta especial para el programa

Financiación por fuentes INURBE: Subsidio en especie (lote). Subsidio complementario en dinero. MUNICIPIO: Subsidio Municipal (en dinero o en especie) del proyecto BENEFICIARIO: Ahorro Previo y/o Crédito Aprobado OTROS APORTES: Recursos no reembolsables

Ministerio de Desarrollo Económico