ELECCIONES COMUNALES: EL ANTES, DURANTE Y DESPUÉS

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Transcripción de la presentación:

ELECCIONES COMUNALES: EL ANTES, DURANTE Y DESPUÉS

EL ANTES, EL DURANTE Y EL DESPUES EN UN PROCESO DE ELECCION DE DIGNATARIOS COMUNALES Textos: GUSTAVO LEÓN CARDONA TORO Coordinador Oficina de Organismos Comunales MIGUEL ANGEL RESTREPO BRAND Asesor de participación

FECHAS DE ELECCIÓN DE DIGNATARIOS COMUNALES 2012 GRADO Y ORGANISMO COMUNAL FECHA ELECCIÓN DE DIGNATARIOS TRÁMITE DE REGISTRO DE DIGNATARIOS FECHA DE INICIO DE PERÍODO PRIMER GRADO: Juntas de Acción Comunal y Juntas de Vivienda Comunitaria Domingo veintinueve (29) de abril de 2012 Mayo y junio de 2012 Primero (01) de julio de 2012 SEGUNDO GRADO: Asociaciones de Juntas de Acción Comunal -ASOCOMUNALES- (por municipio, corregimientos y/o comunas) Domingo veintinueve (29) de julio de 2012 Agosto de 2012 Primero (01) de septiembre de 2012 3

LO QUE DEBEMOS TENER CLARO Conceptos: Qué es una junta de acción comunal? Y una Junta de Vivienda comunitaria? Y una Asocomunal? Quiénes pueden ser los afiliados? Cómo debe estar organizada? Cómo se eligen los dignatarios? Y qué hacer después?

1. Conceptos: La junta de acción comunal. Estará constituida por personas naturales, mayores de catorce años, que residan dentro de su territorio y que libremente se unen para trabajar por el mejoramiento de la calidad de vida la comunidad. La junta de vivienda comunitaria. Estará constituida por familias, que se reúnen con el propósito de adelantar programas de mejoramiento o de autoconstrucción de vivienda. La Asocomunal: Asociación de juntas de acción comunal estará constituida por las juntas de acción comunal y las juntas de vivienda comunitaria cuyo radio de acción se circunscriba al de la misma. Se afilian libremente para fortalecerse como movimiento y apoyarse mutuamente.

2. Quiénes pueden ser afiliados? REQUISITOS PARA AFILIARSE a una Junta de Acción Comunal Ser persona natural. Mayor de 14 años. Tener documento de identidad (tarjeta de Identidad o cédula de ciudadanía) Residir en el Territorio de la Junta. No estar afiliado a otra JAC. pertenecer a otra No estar sancionado o impedido.

2. Quiénes pueden ser afiliados? REQUISITOS PARA AFILIARSE a una Junta de Vivienda Comunitaria Sólo pueden hacerlo las familias que cumplan con: Ninguno de los miembros del núcleo familiar puede ser propietario de vivienda en todo el territorio Nacional. Estar dispuestos a inscribirse, participar y comprometerse, especialmente con las Comisiones de Trabajo y/o Empresariales. Cumplir con los requisitos dispuestos en los Estatutos y en el Reglamento Interno de Trabajo. Hacerse representar por un miembro de la familia en la junta.

2. Quiénes pueden ser afiliados? Asociación de juntas de acción comunal y vivienda comunitaria - ASOCOMUNAL La JAC o JVC debe tener Personería Jurídica y haber sido aprobada su afiliación por la Asamblea de la Junta y por la ASOCOMUNAL, Cuatro delegados de cada junta, constituyen la Asamblea general de la Asocomunal. Tres (3) de deben ser elegidos democráticamente en cada junta y el cuarto es el presidente de la Junta por derecho propio. Los delegados deben estar registrados en el auto de inscripción legal de Dignatarios.

2. Quiénes pueden ser afiliados? Organismos Comunales de tercer y cuarto grado FEDERACION: Cinco delegados de cada Asocomunal (5). El presidente por derecho propio y cuatro (4) más que deben ser elegidos democráticamente en cada ASOCOMUNAL. CONFEDERACION: Diez (10) delegados por cada Federación. El presidente por derecho propio y nueve (9) delegados que deben ser elegidos democráticamente en cada FEDERACION.

ANTE QUIEN SE AFILIAN Ante el Secretario de cada organismo comunal ó el personero municipal, cuando considere que se está violando su derecho. Cada organismo deben tener un libro de afiliados, debidamente registrado. 14 Columnas debe tener el libro comunal: 1. No. 2. Fecha de inscripción. 3. Nombres y apellidos. 4. Documento de identidad. 5. Edad. 6. Dirección. 7. Teléfono. 8. Comisión de trabajo. 9. Profesión u oficio. 10. Firma. 11. Sanciones. 12. Desafiliaciones. 13. Delegaciones. 14. Observaciones y asistencia.

3. Cómo debe estar organizada?

Órganos de la democracia comunal Órgano de Dirección: Asamblea de afiliados (o delegados) Órgano de Administración: Junta Directiva Órganos de Ejecución: Comisiones de Trabajo, Empresariales o Secretarías Ejecutivas. Órgano de Control y Vigilancia: El Fiscal Órgano de Conciliación y de Justicia Comunal: Comisión de Convivencia y Conciliación. Órgano de Representación: Delegados al Organismo comunal de grado superior.

Organigrama comunal

Órganos y Dignatarios: Junta Directiva (Consejo Comunal) Presidente Vicepresidente Tesorero/a Secretario/a Coordinadores de Comisiones (3 o más) Fiscal Comisión de convivencia y conciliación 3 dignatarios Delegados al organismo de grado Superior 3 a las Asocomunales 4 a las Federaciones 10 a la Confederación + el presidente por derecho propio

Una opción: el Consejo Comunal Órgano Dignatarios Junta Directiva Presidente, Vicepresidente. Tesorero/a, Secretario/a Coordinadores de Comisiones (3 o más) Consejo Comunal Lo componen representantes de sectores organizados, según lo determine la asamblea general: Mujeres, jóvenes, trabajadores, comerciantes, economía solidaria, productores, ambientalistas, cultura, recreación y deporte, educación, adultos Mayores, etc. En cualquier caso su número no podrá ser inferior a nueve (9) miembros. Podrán establecer presidencia rotativa durante el período.

Los mínimos organizativos: Estatutos actualizados, de acuerdo a la ley. Personería jurídica vigente. Tres asambleas de afiliados al año. Dignatarios elegidos conforme a la ley y los estatutos, registrados y activos. Cada dignatario conoce y cumple sus funciones. Junta directiva se reúne periódicamente. Mínimo tres (3) comisiones de trabajo activas. Libros reglamentarios registrados y al día: Afiliados; actas; tesorería; inventarios; auxiliar de contratos o negocios. Obligaciones con afiliados y terceros al día: laborales, tributarios, proveedores. Reglamento interno aprobado. Plan de trabajo.

4. Cómo se eligen los dignatarios? Tres momentos: El antes del 29 de abril. Durante el 29 de abril. Después del 29 de abril.

Cómo se eligen los dignatarios? LO QUE HAY QUE HACER ANTES: Organizar el libro de afiliados (depurarlo). Asamblea previa. Convocatoria. Avisos y otros. Preparar las planchas o listas. Cierre de libros de afiliados. Preparar la logística.

Cómo se eligen los dignatarios? LO QUE HAY QUE HACER ANTES: TEMAS DE LA ASAMBLEA O REUNIÓN AMPLIADA PREVIA: Elegir tribunal de Garantías. Mecanismo de elección: asamblea o directa. Sistema de elección: planchas o listas? Definir hora y lugar de la elección. Forma de dirimir desempates. Plazo de entrega de planchas o listas y forma de presentarlas. Cuáles coordinadores de comisiones de trabajo se van a elegir?. Informar los casos permitidos de parentesco. El proceso de votación (sistema elegido - votos - Urnas) Los escrutinios y sus resultados.

Depuración o actualización del libro de afiliados Responsabilidad del Secretario y de la Comisión de Convivencia y Conciliación Se debe hacer mínimo cada seis meses (cuando se va a realizar asamblea de afiliados para toma de decisiones) FINALIDAD: Desafiliar las personas que renunciaron, por retiro voluntario, muerte, cambio de residencia o desafiliación previo debido proceso. La notificación se debe hacer por EDICTO. La depuración permite tener conocimiento de cuantas personas pueden votar en la elección de dignatarios. 20

Tribunal De Garantías: (Su elección el domingo 15 de abril de 2012) Integrado por tres (3) afiliados al organismo comunal, que no aspiren a los cargos, ni sean dignatarios en el momento. Se integra cada vez que se elija uno ó más dignatarios para el organismo comunal. Su función es velar por la transparencia antes y durante la elección de dignatarios.

En los 15 días antes de la elección: Se convoca a asamblea general de afiliados, 8 días antes de su elección. Elaborar las planchas o listas, con sus candidatos,. Dar a conocer los programas para el período (proselitismo o campaña electoral comunal). Prepara la logística de la elección: Lugar, silletería, sonido, listados de asistencia, formatos, sonido, etc.

Cómo se eligen los dignatarios? LO QUE HAY QUE HACER DURANTE: TEMAS DE LA ASAMBLEA: Orden del día: Protocolo: saludos, oración, himnos. Verificación del quórum. Nombramiento del presidente y secretario para la Asamblea. Presentación de las Planchas o listas. Votación. Escrutinio: aplicación del cuociente electoral bloque por bloque, si aplica. Presentación y juramento de los dignatarios electos.

EL DURANTE ELECCIÓN DE DIGNATARIOS: Cierre del libro de afiliados: Ocho (8) días antes, refrendado por el Fisca. Convocatoria: La hace el Presidente(a) a través del Secretario(a). Sistemas de elección: LISTAS ó PLANCHAS. Asignación de cargos: Por CUOCIENTE ELECTORAL Y SUS RESIDUOS, mediante cinco (5) bloques separados, así: Bloque 1: Mesa Directiva. Bloque 2: Fiscalía. Bloque 3: Comisión de Convivencia y Conciliación. Bloque 4: Coordinadores de las Comisiones de Trabajo y/o Empresariales (Secretarías Ejecutivas). Bloque 5: Delegados al Organismo Comunal de grado superior.

TENER PRESENTE EN UNA ELECCIÒN DE DIGNATARIOS Plancha o lista única: Es válida, cuando la votación es igual o mayor a la mitad más uno de los votantes. Los votos nulos no se tienen en cuenta para definir el cuociente electoral, los votos en blanco, sí. Cuando se presenta empate por igual residuo, la asamblea lo define con antelación. El cuociente electoral se aplica para cada bloque al elegir dos (2) o más de sus miembros. Los candidatos a elegir deben ser afiliados o delegados y estar presentes en la elección.

VALIDEZ DE LAS REUNIONES DE ASAMBLEA DE AFILIADOS Clases de Quórum: -Deliberatorio -Decisorio -Supletorio Clases de Reuniones: -Ordinarias -Extraordinarias -Por Derecho propio

AL ELEGIR LOS DIGNATARIOS: Conocer los cargos que se van a proveer o a elegir. Preparar, elaborar y presentar las Planchas o Listas en su debido tiempo, con los respectivos candidatos y datos. El Fiscal debe cerrar y refrendar con ocho (8) días de anticipación, el libro de afiliados. Entre los afiliados inscritos no debe haber parentesco (hasta 4° grado de consanguinidad, 2° de afinidad y 1° civil). Elegir el Tribunal de Garantías con 15 días de anticipación a la elección de dignatarios.

EJERCICIO DE UNA ELECCIÓN Igual procedimiento de elección debe hacerse para cada uno de los bloques: URNAS - VOTOS Bloque N° 1 Mesa Directiva Bloque N° 2 Fiscal Bloque N° 3 C. C. C. Bloque N° 4 Coordinad C.T. -C.E. Bloque N° 5 Delegados ASOC. - FEDER. PLANCHA N°.___ Voto Blanco _________ N°. ____ N°. ____ - N°. ______

De no existir la ASOCOMUNAL, se eligen o no los delegados En el sistema por Planchas, la asignación de cargos se da de acuerdo al cargo al que aspire cada candidato, respetando el orden de presentación y a los resultados. En el sistema por Listas, la elección se da de acuerdo al orden de presentación de los candidatos y entre los elegidos se asignan los cargos.

No se debe presentar Duplicidad de Cargos, ya que cada cargo tiene unas funciones específicas. La elección mediante éstos dos sistemas, propicia espacios de concertación, transparencia y procesos de participación autónomos y democráticos. Las minorías pueden tener su representación. Mayor autonomía para elegir mediante el voto secreto.

Aplicación del cuociente electoral:

Aplicación del cuociente electoral: Plancha 1 110 Votos válidos 185 Ni nulos, ni no marcados Plancha 2 60 Cargos a proveer 4 Bloque directiva Votos en Blanco 15 Cuociente electoral 180/4 = 45 No se aplican decimales Votos Nulos 5 No marcadas Plancha 1. 110/45= 2 Residuo: 15 Presidente Vicepresidente TOTAL 195 60/45= 1 Residuo:15 Tesorero Cómo dirimir empates???

Cómo se eligen los dignatarios? LO QUE HAY QUE HACER DESPUÉS Preparar el acta y documentos anexos que requieren para el registro legal de los dignatarios. Recomendamos: revisión previa entes de radicarla. Radicar la documentación.

5. Y qué hacer después? Pueden haber impugnaciones. Preparar el informe de gestión. Empalme. Reclamar los autos de reconocimiento. Posesión e inicio de gestión. Elección de los dignatarios de Asocomunal, Federación y Confederación. Capacitación de los dignatarios electos: artículo 32 del decreto 2350. Plan de trabajo y que se sienta la ACCIÓN COMUNAL.

EL DESPUES IMPUGNACIONES: Objeto de Impugnación: Por la elección de dignatarios o por las decisiones adoptadas por los órganos de los organismos comunales. Procedimiento: Se cumple en dos (2) instancias: La Primera: Es adelantada por el organismo comunal de grado superior. La Segunda: En casos de apelación, de acuerdo al fallo expedido o cuando no exista Organismo Comunal de grado superior en el territorio, ante la Entidad que ejerce la I., C. y V.

PARA EL TRÁMITE LEGAL: Inscripción Legal de Dignatarios (total o parcial): Solicitud firmada por el P y S electos Copia del acta Listado de afiliados con sus datos Certificado sobre posible parentesco, si lo hay Reforma Estatutaria: Solicitud Listado de Afiliados Copia de los Estatutos reformados

OFICINA ORGANISMOS COMUNALES ¡ MUCHAS GRACIAS ! SOMOS LA GOBERNACIÓN DE ANTIOQUIA SECRETARÍA DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA Y DESARROLLO SOCIAL OFICINA ORGANISMOS COMUNALES PISO 10, OFICINA 1006 www.antioquia.gov.co Teléfonos: 383 90 97 - 383 90 98 - 383 90 99 - 383 90 89