Organograma del Organismo Público Descentralizado Instituto Guerrerense para la Atención Integral de las Personas Adultas Mayores Consejo Ciudadano de.

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Transcripción de la presentación:

Organograma del Organismo Público Descentralizado Instituto Guerrerense para la Atención Integral de las Personas Adultas Mayores Consejo Ciudadano de Adultos Mayores Consejo Directivo Lic. Francisco Sánchez Nájera Secretario Técnico Lic. Esteban Celis González Encargado de Despacho de la Dirección General Lic. Miguel Ángel Otero Mondragón Comisario Público Ing. Iván Mendoza Valencia Unidad de Informática y Archivo Sin titular Unidad de Promoción y Comunicación social Lic. Rafael Feerman Carbajal Dirección de Finanzas y Administración Sin Titular Dirección de Asistencia Social a los Adultos Mayores Lic. Mara Vicencio Talamantes Dirección de Coordinación y Concertación Sin Titular Dirección de Estudios y Proyectos Sin Titular Departamento de Operación y Control del Programa “Pensión Guerrero” Sin Titular Departamento de Seguimiento a programas Federales, Estatales y Municipales Sin titular Departamento de Estudios Especiales sobre la Problemática de los Adultos Mayores L.A.E. Rosita Espinoza Ortega Departamento de Recursos Humanos y Materiales Ing. Fortunato Reyes Hidalgo Departamento de Atención a Programas “Siempre es Tiempo de Estudiar” y “Fomento a la Creación de Organizaciones Productivas. Sin Titular Departamento de Coordinación y Concertación con los Sectores Social y Privado Sin titular Departamento de Asesoría Jurídica y Técnica C.P. Yazmín García Hidalgo Departamento de Contabilidad y Control Presupuestal. Sin Titular Departamento de Fomento a la Organización y Gestión del Adulto Mayor. Sin Titular Departamento de Seguimiento y Evaluación Regresar Lic. Martha Elena Sánchez Salgado Departamento de Supervisión y Control de Centros Asistenciales

Consejo Directivo del IGATIPAM Consejo Directivo: El consejo Directivo del Instituto Guerrerense para la Atención Integral de las Personas Adultas Mayores, se integrará conforme a lo establecido en el Artículo 44 de la Ley Número 375 de los Derechos de las Personas Adultas Mayores del Estado de Guerrero.   Facultades: I. Sesionar cuando menos cuatro veces al año en forma ordinaria y las que se requieran en el caso de las sesiones extraordinarias; II. Declarar válidas las sesiones cuando se cuente con la asistencia de la mitad más uno de sus integrantes; III. Tomar las decisiones que considere necesarias para el buen despacho de los asuntos inherentes a las atribuciones y objeto del Instituto Guerrerense para la Atención Integral de las Personas Adultas Mayores y las demás que con carácter indelegable establezca la Ley de Entidades Paraestatales del Estado; IV. Nombrar al Secretario Técnico; V. Aprobar los Estados Financieros anuales que le presente el Director General; y VI. Las demás que sean o resulten inherentes a la naturaleza, objeto y atribuciones del Instituto Guerrerense para la Atención Integral de las Personas Adultas Mayores. Responsabilidades: Las establecidas en la Ley Número 674 de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Guerrero Título Tercero Responsabilidades Administrativas. Capítulo I Sujetos y Obligaciones del Servidor Público Artículo 45 y 46 Regresar

Lic. Francisco Sánchez Nájera Secretario Técnico del IGATIPAM Facultades: I. Levantar las actas y recabar la firma de los miembros del Órgano de Gobierno; II. Convocar a sesiones a los integrantes del mismo, con anuencia del Presidente del Consejo Directivo haciéndoles llegar el orden del día y la documentación correspondiente a los asuntos a tratar; III. Administrar el archivo de la documentación generada por el Consejo Directivo; y IV. Las demás que le sean asignadas por el Consejo Directivo y la Dirección General. Responsabilidades: Las establecidas en la Ley Número 674 de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Guerrero Título Tercero Responsabilidades Administrativas. Capítulo I Sujetos y Obligaciones del Servidor Público Artículo 45 y 46 Regresar

Lic. Esteban Celis González Encargado de Despacho de la Dirección General del IGATIPAM Facultades: I. Dirigir y coordinar las acciones que el Consejo Directivo le ordene realizar para el debido cumplimiento de las funciones que le competen al Instituto Guerrerense para la Atención Integral de las Personas Adultas Mayores; II. Ejercer la representación legal del Instituto Guerrerense para la Atención Integral de las Personas Adultas Mayores, con todas las facultades generales y las especiales que requieran cláusulas especiales conforme a la Ley, así como delegar dicha facultad a servidores públicos subalternos, mediante poder con las más amplias facultades generales y las especiales que requieran cláusula especial conforme a la Ley para pleitos y cobranza, y actos de administración para intervenir en toda clase de procedimientos, juicios del orden laboral y contencioso administrativo con autorización para sustituir o delegar su poder a terceros, así como para articular y absolver posiciones; IV. Presentar al Consejo Directivo el Informe Anual de Actividades y estados financieros para su aprobación; y V. Las demás que le confiera la Ley de la materia, su Reglamento Interior y otros ordenamientos aplicables. Responsabilidades: Las establecidas en la Ley Número 674 de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Guerrero Título Tercero Responsabilidades Administrativas. Capítulo I Sujetos y Obligaciones del Servidor Público Artículo 45 y 46 Regresar

Ing. Iván Mendoza Valencia Jefe de Unidad de Informática y Archivo Facultades: I. Diseñar y analizar la Base de Datos del Programa “Pensión Guerrero”, de acuerdo a los lineamientos normativos para la integración, operación y mantenimiento de los padrones de los programas sociales; XIII. Imprimir los recibos del Programa “Pensión Guerrero”; XVI. Administrar el archivo del Programa “Pensión Guerrero”; y XVII. Las demás que le asigne el Director General del Instituto Guerrerense para la Atención Integral de las Personas Adultas Mayores, o le señalen otras disposiciones legales aplicables. Responsabilidades: Las establecidas en la Ley Número 674 de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Guerrero Título Tercero Responsabilidades Administrativas. Capítulo I Sujetos y Obligaciones del Servidor Público Artículo 45 y 46 Regresar

Unidad de Promoción y Difusión Facultades: Promover la difusión de los derechos y valores en beneficio de las personas adultas mayores, con el propósito de sensibilizar a las familias y a la sociedad en general respecto a la problemática de este sector; IX. Las demás que le asigne el Director General del Instituto Guerrerense para la Atención Integral de las Personas Adultas Mayores, o le señalen otras disposiciones legales aplicables. Sin titular Unidad de Promoción y Difusión Responsabilidades: Las establecidas en la Ley Número 674 de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Guerrero Título Tercero Responsabilidades Administrativas. Capítulo I Sujetos y Obligaciones del Servidor Público Artículo 45 y 46 Regresar

L.A.E. Rafael Feerman Carbajal Director de Finanzas y Administración Facultades: I. Supervisar la administración y el desarrollo de personal adscrito al IGATIPAM; IV. Implementar medidas tendientes a detectar, prevenir y resolver irregularidades del personal en sus funciones; XVI. Llevar el seguimiento de los programas, objetivos y funciones de cada una de las áreas del IGATIPAM; XVII. Evaluar de manera oportuna los procedimientos de cada una de las direcciones y sus departamentos; y XVIII. Las demás que determine el Director General o le señalen otras disposiciones legales aplicables. Responsabilidades: Las establecidas en la Ley Número 674 de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Guerrero Título Tercero Responsabilidades Administrativas. Capítulo I Sujetos y Obligaciones del Servidor Público Artículo 45 y 46 Regresar

Regresar L.A.E. Rosita Espinoza Ortega Jefa del Departamento de Recursos Humanos y Materiales Facultades: Los Departamentos se apegarán a las funciones que se les asignen en el Manual de Organización del Instituto Guerrerense para la Atención Integral de las Personas Adultas Mayores. Responsabilidades: Las establecidas en la Ley Número 674 de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Guerrero Título Tercero Responsabilidades Administrativas. Capítulo I Sujetos y Obligaciones del Servidor Público Artículo 45 y 46 Regresar

Jefa del Departamento de Contabilidad y Control Presupuestal C.P. Yazmin García Hidalgo Jefa del Departamento de Contabilidad y Control Presupuestal Facultades: Los Departamentos se apegarán a las funciones que se les asignen en el Manual de Organización del Instituto Guerrerense para la Atención Integral de las Personas Adultas Mayores. Responsabilidades: Las establecidas en la Ley Número 674 de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Guerrero Título Tercero Responsabilidades Administrativas. Capítulo I Sujetos y Obligaciones del Servidor Público Artículo 45 y 46 Regresar

Departamento de Seguimiento y Evaluación Sin Titular Departamento de Seguimiento y Evaluación Facultades: Los Departamentos se apegarán a las funciones que se les asignen en el Manual de Organización del Instituto Guerrerense para la Atención Integral de las Personas Adultas Mayores. Responsabilidades: Las establecidas en la Ley Número 674 de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Guerrero Título Tercero Responsabilidades Administrativas. Capítulo I Sujetos y Obligaciones del Servidor Público Artículo 45 y 46 Regresar

Dirección de Asistencia Social a los Adultos Mayores Sin Titular Dirección de Asistencia Social a los Adultos Mayores Facultades: I. Operar el Programa Pensión Guerrero, con carácter permanente que tenderá a la cobertura universal para las personas adultas mayores, estableciendo las directrices para su operación o funcionamiento; II. Propiciar la incorporación de los adultos mayores, a los procesos productivos emprendidos por los sectores público y privado, de acuerdo a sus capacidades y aptitudes; III. Propiciar y fomentar programas especiales de educación y becas de capacitación para el trabajo, mediante los cuales se logren su reincorporación a la planta productiva del país y, en su caso, a su desarrollo profesional; XXIV. Las demás que determine el Director General u otras disposiciones legales aplicables. Responsabilidades: Las establecidas en la Ley Número 674 de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Guerrero Título Tercero Responsabilidades Administrativas. Capítulo I Sujetos y Obligaciones del Servidor Público Artículo 45 y 46 Regresar

Sin Titular Departamento de Operación y Control del Programa “Pensión Guerrero” Facultades: Los Departamentos se apegarán a las funciones que se les asignen en el Manual de Organización del Instituto Guerrerense para la Atención Integral de las Personas Adultas Mayores. Responsabilidades: Las establecidas en la Ley Número 674 de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Guerrero Título Tercero Responsabilidades Administrativas. Capítulo I Sujetos y Obligaciones del Servidor Público Artículo 45 y 46 Regresar

Ing. Fortunato Reyes Hidalgo Departamento de Atención a Programas “Siempre es Tiempo de Estudiar” y “Fomento a la Creación de Organizaciones Productivas. Facultades: Los Departamentos se apegarán a las funciones que se les asignen en el Manual de Organización del Instituto Guerrerense para la Atención Integral de las Personas Adultas Mayores. Responsabilidades: Las establecidas en la Ley Número 674 de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Guerrero Título Tercero Responsabilidades Administrativas. Capítulo I Sujetos y Obligaciones del Servidor Público Artículo 45 y 46 Regresar

Sin Titular Departamento de Fomento a la Organización y Gestión del Adulto Mayor. Facultades: Los Departamentos se apegarán a las funciones que se les asignen en el Manual de Organización del Instituto Guerrerense para la Atención Integral de las Personas Adultas Mayores. Responsabilidades: Las establecidas en la Ley Número 674 de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Guerrero Título Tercero Responsabilidades Administrativas. Capítulo I Sujetos y Obligaciones del Servidor Público Artículo 45 y 46 Regresar

Regresar Lic. Martha Elena Sánchez Salgado Departamento de Supervisión y Control de Centros Asistenciales Facultades: Los Departamentos se apegarán a las funciones que se les asignen en el Manual de Organización del Instituto Guerrerense para la Atención Integral de las Personas Adultas Mayores. Responsabilidades: Las establecidas en la Ley Número 674 de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Guerrero Título Tercero Responsabilidades Administrativas. Capítulo I Sujetos y Obligaciones del Servidor Público Artículo 45 y 46 Regresar

Lic. Mara Vicencio Talamantes Dirección de Coordinación y Concertación Facultades: I. Promover con el concurso de la Secretaria General de Gobierno y de la Secretaría de Desarrollo Económico, el impulso de programas de autoempleo de acuerdo a su profesión u oficio y a través de apoyos financieros, de capacitación y la creación de redes de comercialización; XXIII. Promover la coordinación de acciones y programas que realicen otras dependencias y entidades de la administración pública del Estado, las delegaciones y representaciones de la federación y los municipios, que tengan como destinatarios a los adultos mayores, buscando con ello optimizar la utilización de los recursos materiales y humanos y evitar la duplicidad de acciones;   XLIX. Las demás que determine el Director General o le señalen otras disposiciones legales aplicables. Responsabilidades: Las establecidas en la Ley Número 674 de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Guerrero Título Tercero Responsabilidades Administrativas. Capítulo I Sujetos y Obligaciones del Servidor Público Artículo 45 y 46 Regresar

Sin Titular Departamento de Seguimiento a programas Federales, Estatales y Municipales Facultades: Los Departamentos se apegarán a las funciones que se les asignen en el manual de organización del Instituto Guerrerense para la Atención Integral de las Personas Adultas Mayores. Responsabilidades: Las establecidas en la Ley Número 674 de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Guerrero Título Tercero Responsabilidades Administrativas. Capítulo I Sujetos y Obligaciones del Servidor Público Artículo 45 y 46 Regresar

Regresar Sin Titular Departamento de Coordinación y Concertación con los Sectores Social y Privado Facultades: Los Departamentos se apegarán a las funciones que se les asignen en el manual de organización del Instituto Guerrerense para la Atención Integral de las Personas Adultas Mayores. Responsabilidades: Las establecidas en la Ley Número 674 de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Guerrero Título Tercero Responsabilidades Administrativas. Capítulo I Sujetos y Obligaciones del Servidor Público Artículo 45 y 46 Regresar

Facultades: I. Establecer las bases para la asignación de beneficios sociales, descuentos y exenciones para ese sector de la población de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables, por parte de las autoridades estatales y municipales; II. Proporcionar la asesoría jurídica en materia laboral, civil, familiar, fiscal, y penal a las personas adultas mayores que lo soliciten; IX. Proteger, asesorar, atender y orientar a las personas adultas mayores y presentar denuncias de actos y hechos presuntamente delictuosos ante las autoridades competentes; XIII. Elaborar y mantener actualizado el diagnóstico así como promover estudios e investigaciones especializadas sobre la problemática de los adultos mayores en el Estado, para su publicación y difusión; XVI. Las demás que determine el Director General o le señalen otras disposiciones legales aplicables. Sin Titular Dirección de Estudios y Proyectos Responsabilidades: Las establecidas en la Ley Número 674 de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Guerrero Título Tercero Responsabilidades Administrativas. Capítulo I Sujetos y Obligaciones del Servidor Público Artículo 45 y 46 Regresar

Sin titular Departamento de Estudios Especiales sobre la Problemática de los Adultos Mayores Facultades: Los Departamentos se apegarán a las funciones que se les asignen en el manual de organización del Instituto Guerrerense para la Atención Integral de las Personas Adultas Mayores. Responsabilidades: Las establecidas en la Ley Número 674 de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Guerrero Título Tercero Responsabilidades Administrativas. Capítulo I Sujetos y Obligaciones del Servidor Público Artículo 45 y 46 Regresar

Departamento de Asesoría Jurídica y Técnica Sin titular Departamento de Asesoría Jurídica y Técnica Facultades: Los Departamentos se apegarán a las funciones que se les asignen en el manual de organización del Instituto Guerrerense para la Atención Integral de las Personas Adultas Mayores. Responsabilidades: Las establecidas en la Ley Número 674 de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Guerrero Título Tercero Responsabilidades Administrativas. Capítulo I Sujetos y Obligaciones del Servidor Público Artículo 45 y 46 Regresar

Lic. Miguel Ángel Otero Mondragón Comisario Público del IGATIPAM Facultades: I. Realizar auditorias técnicas, legales, administrativas, financieras y contables al Instituto Guerrerense para la Atención Integral de las Personas Adultas Mayores; II. Dictaminar los estados financieros; III. Vigilar y evaluar la operación y funcionamiento del Guerrerense para la Atención Integral de las Personas Adultas Mayores; IV. Realizar estudios sobre la eficiencia con la que se ejerzan en los rubros de gasto corriente y de inversión, así como en lo referente a los ingresos; V. Solicitar la información y realizar los actos que requiere el adecuado cumplimiento de sus funciones, sin perjuicio de las tareas que la Contraloría General del Estado le señale; VI. Asistir a todas las sesiones del Consejo Directivo con derecho a voz, pero sin voto; y VII. Rendir a la Contraloría General del Estado, un informe bimestral respecto del ejercicio de sus actividades. Responsabilidades: Las establecidas en la Ley Número 674 de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Guerrero Título Tercero Responsabilidades Administrativas. Capítulo I Sujetos y Obligaciones del Servidor Público Artículo 45 y 46 Regresar