Negociación Internacional

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Transcripción de la presentación:

Negociación Internacional Medidas de Protección Contingente (Remediales) M.Sc. Oscar García Cardoze

Qué son Medidas Contingentes ? Prácticas Desleales de Comercio Dumping (Derechos Antidumping) Subvenciones (Medidas Compensatorias) Salvaguardias

Cuando es Posible que las Cosas Empiecen a ir Mal... Medidas de Salvaguardia Concepto de Rama de Producción Nacional Concepto de Daño Grave Relación Causal Importaciones Crecientes por la Aplicación del Programa de Desgravación Arancelaria Daño Asociado a las Importaciones Tipos: Bilaterales vs. Globales Provisionales vs. Definitivas Necesidad de Compensar

Profundización Bilateral de Compromisos a Nivel Multilateral Prácticas de Comercio Desleal Dumping Concepto: Exportaciones con un precio inferior al “valor normal” Instrumento: Derechos Antidumping Provisionales vs. Definitivos Subsidios Concepto: Ayuda financiera de un Gobierno Instrumento: Medidas Compensatorias Programa de Trabajo Futuro

Cuándo se Aplican los Derechos Antidumping? Cuando se demuestre: Dumping Daño Relación Causal

Por valor normal se entiende: Definición de Dumping El dumping es la exportación de un producto a un precio inferior a su valor normal Por valor normal se entiende: El precio comparable En el curso de operaciones comerciales normales De un producto similar Destinado al consumo en el país exportador

Cálculo del Margen de Dumping Valor Normal Ajustado Precio de Exportación Ajustado Margen de dumping Precio de Exportación Ajustado

Calcule el margen de dumping si Ejemplo Calcule el margen de dumping si La empresa Z vende el producto X en el mercado interno a $550/TM a consumidores finales, pero a $500 cuando es a mayoristas Las exportaciones de Z del producto X a EUA tienen un valor cif de $450/TM El costo de seguro y flete es de $50/TM Cómo se afectaría el concepto de cálculo del margen de dumping en productos usados (v. gr. ropa, llantas, etc.)

Tipos de Daño Daño importante causado a una rama de producción nacional (daño actual) Amenaza de daño importante (daño importante futuro) Retraso importante en la creación de una rama de producción

Principios para la Determinación del Daño Examen objetivo de: Volumen de las importaciones objeto de dumping Efectos de las importaciones sobre los precios del producto en cuestión, en el mercado interno Consiguiente repercusión de esas importaciones sobre los productores nacionales del producto El análisis se basará en evidencias positivas y no en meras alegaciones o suposiciones

La autoridad investigadora tendrá en cuenta si: Reglas para el análisis de las importaciones y su efecto sobre los precios La autoridad investigadora tendrá en cuenta si: Ha habido aumento significativo de las importaciones objeto de dumping Ha habido una significativa sub-valoración de precios de las importaciones objeto de dumping, o si el efecto de tales importaciones ha sido deprimir los precios, o contener su subida.

Lista de indicadores económicos a evaluar la disminución real y potencial de las ventas, los beneficios, el volumen de producción, la participación en el mercado, la productividad, el rendimiento de las inversiones o la utilización de la capacidad; los factores que afecten a los precios internos; la magnitud del margen de dumping; los efectos negativos reales o potenciales en el flujo de caja las existencias, el empleo, los salarios, el crecimiento, y, la capacidad de reunir capital o la inversión

Determinación de la existencia de amenaza de daño La autoridad deberá considerar entre otros (los del art. 3.4), los siguientes factores: Una tasa significativa de incremento de las importaciones que indique la probabilidad real de un aumento sustancial adicional Una suficiente capacidad libremente disponible del exportador , teniendo en cuenta la existencia de otros mercados exportables que puedan absorber el aumento Posibles efectos en los precios internos Las existencias del producto objeto de investigación

Cuál es el análisis requerido en una determinación de amenaza de daño? El aspecto más importante a resolver en un análisis de amenaza de daño, es la cuestión de la “consiguiente repercusión” de la continuación de las importaciones objeto de dumping sobre la rama de producción nacional Los factores descritos en el párrafo 4 del artículo 3 no están limitados al análisis de daño importante, en consecuencia deberá evaluarse en el análisis de amenaza conjuntamente con los descritos en 3.7 (Panel de Fructosa)

El Análisis de Causalidad Superponer en el tiempo las circunstancias del daño vs. las importaciones en condición de dumping Técnicas econométricas Análisis de otros factores distintos a las importaciones objeto de dumping Contracción de la demanda Importaciones sin dumping Evolución de la tecnología Resultados de la actividad exportadora, etc.

Medidas Provisionales Sólo se aplican medidas provisionales si: Se ha iniciado una investigación, se ha dado aviso publico y se ha dado a las partes la oportunidad de presentar información Se ha llegado a una determinación preliminar de la existencia de dumping y el daño Se juzga la necesidad de la medida durante la investigación No se pueden aplicar antes de transcurrido 60 días desde el inicio

Derechos Definitivos Deben percibirse en la cuantía apropiada, sin discriminación sobre todas las importaciones investigadas, salvo aquellos con compromisos de precios, y los reportados como de minimis Se insta a aplicar la regla del menor derecho (lesser duty - rule) Se pueden fijar por proveedor individual o por país

Difieren de las medidas antidumping y compensatorios en que: Salvaguardias Difieren de las medidas antidumping y compensatorios en que: No exigen una práctica desleal Se aplican en régimen NMF Hay que compensar cuando se adoptan No se limitan a aplicar derechos adicionales, también se pueden definir contingentes Se requiere que la industria se vaya ajustando paulatinamente

Requisitos Básicos para una Salvaguardia Se requiere una investigación Aumento de las importaciones Que causa o amenaza causar daño grave A la rama de producción nacional De productos similares o directamente competidores Evolución imprevista de las circunstancias por efecto de las concesiones bajo el GATT

Daño Grave Menoscabo general y significativo de la situación de la rama de producción nacional Evaluación de todos los factores Ritmo y aumento de las importaciones Participación de mercado Cambios en los niveles de ventas Situación de la producción, productividad Utilización de la capacidad Ganancias y pérdidas Empleo

Amenaza de Daño Grave Debe ser inminente Basada en hechos y no simples alegaciones o conjeturas El análisis no constituye un examen de cuál es el futuro o condición probable de la industria Debe analizarse elementos que tengan relación con el estado actual de la industria

Las necesarias para prevenir el daño y facilitar el reajuste Aplicación de Medidas Las necesarias para prevenir el daño y facilitar el reajuste Nivel de contingentes: No inferior al nivel medio de los últimos tres años Cuando no se aplique este criterio, se dará una justificación clara

Duración de las Medidas Se pueden aplicar medidas provisionales si se produciría un daño irreparable durante la investigación Su duración máxima es de 200 días Las medidas definitivas duran 4 años prorrogables y máximo 8 años si siguen siendo necesarias Si exceden de tres años debe darse liberalización progresiva Existen normas que limitan la reimposición

Compensación y Suspensión de Concesiones El miembro que adopte una medida tiene el deber de compensar de manera equivalente Se consulta con los exportadores con interés sustancial Si no se llega a un acuerdo, el exportador tendrá la opción de suspender concesiones si el Consejo de Mercancías no lo desaprueba La suspensión no aplica los tres primeros años

Trato Especial y Diferenciado Para los países en desarrollo se establecen criterios de minimis más amplios (3% si acumulativamente no sobrepasen el 9%) Se les permite prórrogas las medidas por dos años más (10 en total) Pueden renovar las medidas más fácilmente

Negociaciones con Centroamérica Las salvaguardias bilaterales se aplicarán conforme a OMC y la Ley Interna de cada país Se aplicarán durante el período de transición (plazos del programa de desgravación + 2 años) Hay que probar daño o amenaza de daño y que sea la “causa sustancial” La salvaguardia consiste en restituir el arancel NMF vigente al producto o el consolidado al inicio de la negociación

Negociaciones con Centroamérica La medida deberá aplicarse antes del año desde el inicio de la investigación La duración no será mas de un año y se prorrogará sólo por 1 año adicional Sólo se puede aplicar dos veces una medida de salvaguardias para una misma mercancía, y no será consecutiva Se podrán aplicar medidas provisionales por un máximo de 120 días Hay que compensar los efectos comerciales “sustancialemente equivalentes”

Resumen de Procesos en Panamá (CLICAC)