Marco Legal Art. 345 Ley 483 Art. 351 Ley 483 Art. 383 RE Anexo 14 RE.

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Transcripción de la presentación:

Modelo Operativo para la Recepción de paquetes Electorales (Mesas Receptoras)

Marco Legal Art. 345 Ley 483 Art. 351 Ley 483 Art. 383 RE Anexo 14 RE

Objetivo: Garantizar una eficiente y correcta recepción de los paquetes electorales una vez concluida la Jornada Electoral en los Consejos Distritales.

Procedimiento para la integración de las MR La segunda semana de mayo se deberá aprobar el modelo operativo. Designación de un número suficiente de auxiliares de recepción. Elaboración del diagrama de flujo que ilustrará el modelo operativo. Análisis del horario de arribo de los paquetes electorales con base en los tiempos y distancias de recorrido. Se deberán instalar mesas receptoras. Por cada 30 paquetes electorales. Cada mesa contará con dos puntos de recepción. 2 Auxiliares de recepción 1 auxiliar de traslado 2 Auxiliares generales. Carpas / lonas /sanitarios/ sillas/ Anexo 14 RE

Personal que podrá participar en la integración de las MR de los CD. Personal administrativo (Analista Jurídico, Organización y Auxiliar Administrativo. Personal Eventual (CAE Local) Personal Eventual (integrantes de mesas receptoras) Se deberá entregar un gafete de identificación a las personas acreditadas.

Aspectos generales de las MR se dará preferencia a las personas con discapacidad, embarazadas, o adultas mayores. se instalarán en un lugar visible en la sede del CD, para garantizar el flujo inmediato. Se considerará la instalación de al menos 2 MR con cuatro puntos de recepción, para recibir los paquetes electorales provenientes de los CRyT. Se preverán las condiciones óptimas de iluminación. Recibirán capacitación los integrantes de las MR.

Plazos para la entrega del paquete electoral Articulo 345 Ley 483 Electoral Local Inmediatamente cuando se trate de casillas ubicadas en la cabecera del distrito; Hasta doce horas cuando se trate de casillas urbanas ubicadas fuera de la cabecera del distrito; y Hasta veinticuatro horas cuando se trate de casillas rurales. IMPORTANTE: Independientemente del plazo para la entrega del paquete electoral, el Funcionario de la MDC debe trasladarse inmediatamente al Consejo Distrital para entregar el paquete electoral.

Funciones de los Auxiliares de Recepción de las Mesas Receptoras. Recibir los paquetes electorales Revisar que el paquete electoral se encuentre bien sellado y sin alteraciones o evidencia de que se hubiese abierto. Llenar el recibo de entrega del paquete electoral al Consejo Distrital Electoral.

Mecánica para la Recepción de los paquetes electorales en las MR de los CD. El Funcionario de la casilla entregará el paquete electoral al auxiliar de recepción de la MR del Consejo Distrital, desprenderá el sobre bolsa que corresponde al PREP y entregará el paquete al Auxiliar de traslado quien lo llevará a la sala de sesiones para que el funcionario extraiga copia del acta de escrutinio y cómputo de la casilla y dé a conocer y registre los resultados de la votación en la casilla y en seguida llevará el paquete electoral a la bodega electoral. Tener listo el formato del ( recibo de entrega del paquete electoral al Consejo Distrital Electoral) y contará con un reloj para registrar la hora de entrega del paquete electoral. El Auxiliar de bodega llevará un control del ingreso de los paquetes electorales

Diagrama de flujo de recepción de los paquetes electorales en las MR de los CD. 1. La o el auxiliar de recepción, recibe el paquete 2. La o el auxiliar elaborará y entregará el recibo correspondiente a la o el funcionario de la mesa directiva de casilla. 3. La o el auxiliar de traslado lleva el paquete a la mesa de sesiones. 4. Presidencia, lee en voz alta los resultados del acta de escrutinio y cómputo que saca de la bolsa del paquete electoral. 5. La o el auxiliar de traslado lleva el paquete a la bodega. 6. La o el auxiliar de bodega, anota el ingreso del paquete y lo guarda en orden numérico de las casillas. 7.Recepción y resguardo de paquetes electorales en su totalidad, para posteriormente, sellar las puertas de la bodega electoral. 8.Acta circunstanciada con hora y estado de recepción en que se encuentra cada paquete Anexo 14 RE

Si se recibieran paquetes electorales que correspondan a otro ámbito de competencia:  La Junta Local del Instituto correspondiente Se coordinarán para que se convoque a las comisiones correspondientes para realizar dicho intercambio de boletas electorales. El Presidente Notificará Órgano Superior de dirección del OPL. La comisión de Integra por: Presidente/a Consejeros/as electorales Personal de la estructura administrativa Representantes de los partidos políticos y candidatos independientes que decidan participar. Se levantará Acta circunstanciada Se entregará una copia a los integrantes de la comisión Las boletas electorales serán entregadas por el Presidente del órgano competente en sus instalaciones al presidente o responsable de la comisión. De los incidentes presentados en el traslado a la sede del órgano que recibió los paquetes electorales a través de la comisión, se levantará un acta circunstanciada. El Presidente del Consejo Distrital o del Consejo General del OPL remitirá dicha información de inmediato a la Junta Local del Instituto correspondiente.

Supuestos al Recepcionar los Paquetes Electorales en las MR. Paquete Electoral: Con los sobres por fuera del Paquete Electoral: *Sobre Actas de Escrutinio y Cómputo de Casilla . *Sobre Con Acta del PREP Únicamente con el Sobre con el Acta del PREP Sin Sobres por fuera del Paquete Electoral. Con signos evidentes de alteración pero con los sobres de las Actas por fuera del paquete electoral. Entregado fuera del plazo establecido en la normatividad electoral