I. los que nazcan en territorio de la republica, sea cual fuere la nacionalidad de sus padres; II.- los que nazcan en el extranjero, hijos de padres mexicanos nacidos en territorio nacional, de padre mexicano nacido en territorio nacional, o de madre mexicana nacida en territorio nacional; III.- los que nazcan en el extranjero, hijos de padres mexicanos por naturalización, de padre mexicano por naturalización, o de madre mexicana IV.- los que nazcan a bordo de embarcaciones o aeronaves mexicanas, sean de guerra o mercantes
I.- los extranjeros que obtengan de la secretaria de relaciones carta de naturalización II.- la mujer o el varón extranjeros que contraigan matrimonio con varón o con mujer mexicanos, que tengan o establezcan su domicilio dentro del territorio nacional y cumplan con los demás requisitos que al efecto señale la ley.
TERRITORIO NACIONAL
I. El de las partes integrantes de la federación II. El de las islas, incluyendo los arrecifes y cayos en los mares adyacentes; III. El de las islas de Guadalupe y las de Revillagigedo situadas en el océano pacifico; IV. La plataforma continental y los zócalos submarinos de las islas, cayos y arrecifes; V. Las aguas de los mares territoriales en la extensión y términos que fije el derecho internacional y las marítimas interiores VI. El espacio situado sobre el territorio nacional, con la extensión y modalidades que establezca el propio derecho internacional.
LOS ESTADOS ADOPTARAN, PARA SU REGIMEN INTERIOR, LA FORMA DE GOBIERNO REPUBLICANO, REPRESENTATIVO, POPULAR, TENIENDO COMO BASE DE SU DIVISION TERRITORIAL Y DE SU ORGANIZACION POLITICA Y ADMINISTRATIVA EL MUNICIPIO LIBRE, CONFORME A LAS BASES SIGUIENTES:
2.1+Organizaci%C3%B3n+del+Estado+M exicano Organizaci%C3%B3n+del+Estado+M exicano /31.htm?s /31.htm?s /43.htm?s= /43.htm?s /116.htm?s