1. Organización Administrativa 1.1 Principios Constitucionales De La Organización Administrativa
Título IV: Del Gobierno y de la Administración El poder ejecutivo, ejercido por el gobierno, está regulado en el titulo IV. El título IV comprende los artículos 97 al 107 , ámbos inclusive.
El Gobierno. Composición Presidente Vicepresidentes (uno o varios) Ministros Demás miembros previstos por la ley
El Gobierno: Funciones Es el órgano que dirige la política interior y exterior, la administración civil y militar y la defensa del estado. Ejerce la función ejecutiva y la potestad reglamentaria de acuerdo con la constitución y las leyes.
El Gobierno: Constitución Y Cese Procedimiento de investidura del presidente Cesa por celebración de elecciones generales (cada 4 años) Por disolución anticipada de las cortes Por pérdida de confianza parlamentaria Por dimisión o muerte del presidente
Procedimiento De Investidura
La Administración Pública Es el elemento no político del poder ejecutivo Está formada por organismos e instituciones Servida por funcionarios Que gestionan los servicios públicos Bajo la dirección del Gobierno
Administración Publica Principios (Art. 103) Eficacia. Jerarquía. Descentralización. Desconcentración. Coordinación. Debe ajustarse en sus actuaciones a estos principios constitucionales
Principio De Eficacia Las actuaciones de la administración han de obtener Los mejores resultados Con los mínimos trámites En el menor tiempo
Principio De Jerarquía Un órgano de la administración se subordina a otro: Con arreglo a una escala de mayor a menor rango Con objeto de lograr la unidad de mando El órgano superior: Dirige, vigila, controla y resuleve conflictos entre los órganos inferiores
Descentralización Consiste en el traspaso de competencias de los órganos de una Administración a otra distinta Que ejerce en lo sucesivo estas competencias como propias Sin posibilidad de fiscalización por parte del órgano que descentralizó
Descentralización (Ejemplos) Transferencia de competencias del Estado a las Comunidades Autónomas. Transferencia de competencias de las Comunidades Autónomas a los Ayuntamientos y Diputaciones.
Desconcentración Es una transferencia de funciones de forma permanente de los órganos superiores a los órganos inferiores jerárquicamente ordenados
Desconcentración: Ejemplos Traspaso de funciones de los órganos centrales del estado a los órganos periféricos en las comunidades autónomas (delegados del gobierno) y en las provincias (subdelegados) También puede producirse entre órganos de la administración autonómica y local (ayuntamientos y diputaciones)
Coordinación Tiene por objeto realizar acciones conjuntas y evitar una duplicidad en la actividad de la Administración Pública
Coordinación (Ejemplos) Actuación del Presidente del Gobierno: Coordina las funciones del Consejo de Ministros Actuación del Presidente de una Comunidad Autónoma o de las comisiones delegadas del Gobierno Coordinan la acción a los ministerios interesados en objetivos comunes
1.2 Organización De Las Administraciones Públicas Administración Central, Territorial, Institucional
Contenido La administración general del estado Las comunidades autónomas La administración local Su desarrollo legal se contempla en la constitución Título IV: del gobierno y la administración Título VIII: de la organización territorial del estado La Constitución regula las Administraciones Autonómica y local en el título VIII
La Administración Pública Española Constituida por entidades públicas que tienen como base un territorio determinado, una comunidad de ciudadanos y unos fines generales
Composición Administración general del estado Central, periférica, exterior y organismos públicos Administración autonómica Administración local Provincias y municipìos
Administración Pública Española
1.3 Administración General Del Estado Órganos De La Administración Central y Periférica Principios De Relación.
Administración General Del Estado Órganos centrales Su competencia se extiende a todo el territorio nacional (gobierno) Órganos periféricos Su competencia comprende una parte del territorio (delegados del gobierno en las comunidades autónomas y subdelegados en las provincias
Administración General Del Estado Órganos en el exterior Su misión es la de representar a España ante otros Estados y organismos intenacionales (embajadores y representantes permanentes) Organismos públicos No tienen una demarcación territorial concreta (Organismos autónomos y entidades públicas empresariales)
Administración Central Órganos centrales Consejo de ministros Comisiones delegadas del gobierno Presidente del gobierno Ministros
El Consejo De Ministros La reunión del gobierno en pleno, bajo la dirección del presidente se denomina consejo de ministros Art. 97 El Gobierno es el órgano que dirige la política interior y exterior, la Administración Civil y militar y la Defensa del Estado. Ejerce la función ejecutiva y la potestad regla...
Las Comisiones Delegadas Del Gobierno (I) Creadas por el gobierno tienen: Funciones coordinadoras de la acción de los asuntos comunes a varios ministerios De determinados asuntos que afecten a varios ministerios y exijan una propuesta conjunta previa a su resolución en consejo de ministros
Las Comisiones Delegadas Del Gobierno (II) Actualmente existen seis Asuntos económicos Asuntos exteriores Seguridad del estado Política educativa, cultural y científica Política autonómica Comisión para situaciones de crisis
Presidente Del Gobierno Competencias (I) Dirigir la acción del Gobiertno y coordinar la acción de los demas miembros del mismo Proponer al Rey el nombramiento y separación de los demás miembros del gobierno Suscitar ante las Cortes la cuestión de confianza
Presidente Del Gobierno Competencias (II) Proponer al rey la disolución de las cortes generales o de una de sus cámaras Solicitar al rey la disolución del consejo de ministros Interponer, cuando proceda, el recurso de constitucionalidad
El Vicepresidente Del Gobierno Es un órgano de existencia no obligatoria. Asumirá las funciones que expresamente le delegue el presidente, así como sustituirlo en caso de fallecimiento, ausencia en el extranjero o enfermedad.
Los Ministerios La administración general del estado se organiza en ministerios. Cada uno comprende uno o varios sectores funcionalmente homogéneos de actividad administrativa.
Órganos De Los Ministerios Órganos superiores Ministros Secretarios de estado Órganos directivos Subsecretarios Secretarios generales Secretarios generales técnicos Directores generales Subdirectores generales
Ministros Nombrados por el Rey a propuesta del presidente del Gobierno. Dirigen los sectores de actividad administrativa integrados en su ministerio. Asumen la responsabilidad inherente.
Ministros: Competencias (I) Ejercer la potestad reglamentaria. Fijar los objetivos del ministerio, aprobar los planes de actuación del mismo y asignar los recursos necesarios para su ejecución. Apropbar los estados de gastos del ministerio y organismos públicos dependientes del mismo.
Ministros: Competencias (II) Determinar y proponer la organización interna del ministerio Evaluar la realización de los planes de actuación del ministerio Nombrar y separar a los titulares de los órganos directivos del ministerio Mantener las relaciones con las CCAA Los ministros son jefes superiores de los departamentos y superiores jerárquicos directos de los Secretarios de Estado
Ministros: Competencias (III) Dirigir la actuación de los titulares de los órganos superiores y directivos del ministerio. Resolver los recursos que se interpongan contra las resoluciones de los órganos superiores o, directivos que dependan directamente de él.
Secretarios De Estado Ejercen las competencias sobre el sector de actividad administrativa asignado o el que les delegue el ministro Dirigen y coordinan bajo las direcciones generales situados bajo su dependencia Responden ante el ministro de la ejecución de los objetivos fijados para la Secretaria de Estado
Órganos directivos de los ministerios (I) Función: Desarrollo y ejecución de los planes de actuación establecidos por los órganos superiores Categoria Alto cargo Dependencia De los ministros o de los secretarios de estado
Órganos Directivos De Los Ministerios (II) Ordenación jerárquica: Subsecretarios Secretarios generales Secretarios generáles técnicos Directores generales Subdirectores generales
Subsecretarios Ostentan la representación ordinaria del ministerio, Dirigen los servicios comunes Apoyan a los órganos superiores a través del asesoramiento técnico Asesoran jurídicamente al ministro Desempeñan la jefatura superior de personal de todo el ministerio
Secretarios Generales Existencia excepcional Gestionan un sector de la actividad administrativa Ejercen competencias dirigidas a impulsar la consecución de los objetivos y ejecución de los proyectos de su organización Tienen categoría de subsecretarios
Secretarios generáles Técnicos Dependen del subsecretario Competencias relativas a producción normativa, asistenca jurídica y publicaciones Categoria de director general
Directores Generales Se encargan de la gestión de una o varias áreas funcionalmente homogéneas del ministerio Proponen los proyectos para alcanzar los objetivos establecidos por el ministro Dirigen su ejecución Controlan su cumplimiento
Subdirectores generales Son los responsables, bajo la supervisión del director general, de la ejecución de aquellos proyectos, objetivos y actividades que les sean asignados
Órganos y Unidades Administrativas .
Órganos y unidades administrativas Son elementos básicos de las estructuras orgánicas bajo la dependencia de un órgano superior o directivo Usualmente se conocen como: Servicios y secciones Engloban varios negociados
La Administración Periférica Del Estado .
Administración Periférica Las funciones de la Administración General del Estado son ejercidas en las CCAA y en las provincias por los siguientes órganos directivos: En las CCAA por Delegados del Gobierno En las Provincias por Subdelegados del Gobierno
Delegados del Gobierno Ostentan la representación del Gobierno en la CCAA (en tanto que el presidente de la CCAA ostenta la representación del Estado) Tienen rango de subsecretario y, por tanto de alto cargo Ejercen la dirección y supervisión de todos los servicios de la Administración General del Estado Protegen el libre ejercicio de derechos y libertades y garantizan la seguridad ciudadana.
Subdelegados del Gobierno En cada provincia, y bajo la dependencia del delegado del Gobierno, existe un subdelegado Nombrados por el Delegado del Gobierno de la CCAA entre los funcionarios de carrera del Estado Nivel de subdirector general, no son altos cargos En las CCAA uniprovinciales no hay. En las Islas hay un Director Insular
La Administración General del Estado en el Exterior .
Administración General del Estado en el Exterior (I) Misiones diplomáticas permanentes Encargadas de representar de forma permanente a España en los Estados. Misiones diplomáticas especiales Representan temporalmente a España ante un Estado para un cometido determinado Representaciones o misiones permanentes Representan, de forma permanente a España ante una organización internacional
Administración General del Estado en el Exterior (II) Delegaciones Encarnan la representación de España ante una organización internacional o en una conferencia de Estados convocada por una órganización internacional Oficinas consulares Se encargan de las funciones consulares en los términos definidos por las leyes y los acuerdos internacionales
Administración General del Estado en el Exterior (III) Instituciones y organismos públicos de la Administración General del Estado en el exterior Desempeñan, sin carácter representativo, las actividades que tengan encomendadas
Embajadores y Representantes permanentes Son órganos directivos que representan a España en el Estado u organización internacional ante los que están acreditados Dirigen la Administración General del Estado en el exterior y coordinban la actividad de los órganos y unidades administrativas.
Los organismos Públicos .
Los Organismos Públicos
ORGANISMOS AUTÓNOMOS Realizan actividades administrativas de Fomento Prestación y gestión de servicios públicos Administración de bienes del estado ALGUNOS DE ELLOS INAP INEM MUSEO DEL PRADO BOE
Entidades Públicas Empresariales (I) Organismos públicos dependientes de un ministerio o un organismo autónomo, a los que se encomienda la realización de actividades de: Prestación o gestión de servicios, o producción de bienes de interés público susceptibles de contraprestación En general sometidas a derecho privado
Entidades Públicas Empresariales (II) Personal sometido a derecho laboral pero puede haber funcionarios Ejemplos: Correos y Telégrafos RTVE RENFE Además existen sociedades mercantiles estatales sometidas a Derecho Privado
LA ADMINISTRACIÓN CONSULTIVA .
Administración Consultiva Misión Asesorar y emitir dictámenes sobre las disposiciones de los órganos consultivos Sus dictámenes no son vinculantes (salvo que lo indique la Ley) sino orientativos Destacan Consejo de Estado Consejo Económico y Social
Consejo de Estado Emite dictámenes sobre cuantos asuntos sometan a su consulta el Gobierno o sus miembros y las CCAA a través de sus presidentes Deberá ser consultado en asuntos referidos a: Proyectos de Decretos Leyes, Anteproyectos de leyes en ejecución de tratados internacionales Transferencias a las CCAA
El Consejo Económico y Social (I) Es un órgano consultivo del Gobierno en materia socieconómica y laboral Está adscrito al Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales Formado por representantes de organizaciones sindicales y empresariales
El Consejo Económico y Social (I) Funciones principales Emitir dictámenes sobre anteproyectos de leyes y proyectos de decretos legislativos que regulen materias económicas y laborales Elaborar estudios e informes sobre materia socioeconómicas
El control Financiero de la Administración .
Órganos de Control Financiero del Estado
Intervención General Realiza el control interno de la Administración General del Estado Mediante intervenciones delegadas en cada ministerio, organismo autónomo, sociedad estatal o ente público Mediante intervenciones territoriales en las provincias
Tribunal de Cuentas Realiza el control a posteriori Formado por 12 consejeros de cuentas, nombrados por las Cortes Generales por un período de 9 años y un presidente nombrado por el Rey entre sus miembros, a propuesta de estos, por un período de 3 años Funciones Fiscalización externa yh permanente Enjuiciamiento de la responsabilidad contable