Concesión de Subvenciones

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Transcripción de la presentación:

Concesión de Subvenciones Proyecto 8 Concesión de Subvenciones

Índice Diferencia entre SUBVENCIÓN y AYUDA Aspectos comunes de las subvenciones Análisis de la Orden 58/2017 y Resolución de 21/02/2018

Ayudas Subvenciones Disposición de fondos pública a favor de una persona o entidad pública o privada (Es un concepto más general). Disposición de fondos pública a favor de una persona o entidad pública o privada para el fomento de una determinada actividad

CLASES DE SUBVENCIONES Y AYUDAS SUBVENCIÓN DETERMINADA Concedidas a un beneficiario determinado. SUBVENCIÓN GENÉRICA Para una pluralidad de beneficiarios o para una finalidad sin especificación de los beneficiarios SUBVENCIÓN ESPECÍFICA Concedidas a un beneficiario singular, sin promover la concurrencia (sin fomentar la afluencia pública)

Condiciones generales No son invocables como precedente. No es exigible su revisión, salvo disposición legal expresa. No pueden exceder en su cuantía del coste de la situación. Cuando el destino sea la construcción o adquisición de bienes que tengan la consideración de activos fijos inventariables, el beneficiario se comprometa a no enajenarlos o cederlos durante un plazo no inferior a cinco (5) años.

Principios de concesión Las convocatorias públicas deberán contener los criterios objetivos de valoración de las solicitudes que sirvan de base para la concesión Principios de concesión Objetividad Publicidad Concurrencia Igualdad Mediante convocatoria pública a través del Boletín Oficial correspondiente.

Bases de la convocatoria Cualquier modificación de las bases de una convocatoria deberá ser objeto de publicación en el Boletín Oficial correspondiente Estados, situaciones o hechos a los que se destina la ayuda Importe de las ayudas o subvenciones y su aplicación presupuestaria Requisitos exigidos, así como la forma de acreditarlos Relación de los documentos a aportar por los solicitantes Plazo de presentación de solicitudes, mínimo de 15 días Plan de financiación o previsión de gastos e ingresos (cuando se considere necesaria) Criterios objetivos de valoración y baremo aplicable Órganos competentes para la instrucción y resolución del procedimiento Plazo o calendario de resolución y efectos de la falta de resolución expresa Condiciones a que se sujeta el desarrollo de la actividad subvencionada y plazo dentro del cual deben realizarse o adoptarse Forma y requisitos exigidos para el abono. Medios por los que deberá acreditarse el empleo de los fondos públicos en la realización de las actividades. Plazo en el que los beneficiarios deben justificar el empleo de los fondos públicos recibidos. Obligación del beneficiario de someterse a las actuaciones de comprobación y a facilitar la información. Previsión de que las solicitudes que se presenten presumen la aceptación incondicionada de las bases de la convocatoria y de las condiciones, requisitos y obligaciones que se contienen en la misma.

Procedimiento en régimen de concurrencia Se inicia de oficio mediante convocatoria aprobada por el órgano competente INICIO De forma telemática o en papel Incluir la documentación requerida PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES Comprobación de los datos Propuesta de concesión se presenta al órgano concedente por un órgano colegiado INSTRUCCIÓN Plazo máximo de R y N de 6 meses. Plazo de notificación de 10 días desde la resolución. RESOLUCIÓN Y NOTIFICACIÓN Justificar la utilización de los fondos recibidos. Plazo fijado por las bases reguladoras JUSTIFICACIÓN

Análisis de la Orden 58/2017 y Resolución de 21/02/2018

por el Instituto de Promoción Exterior de Castilla-La Mancha. Orden 58/2017, de 20 de marzo, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la participación agrupada en acciones de internacionalización convocadas por el Instituto de Promoción Exterior de Castilla-La Mancha. Es una Entidad de Derecho Público, adscrita a la Consejería de Economía, Empresas y Empleo que actúa como organismo de  referencia en  comercio exterior y captación de inversión extranjera en Castilla-La Mancha.  La misión del IPEX es liderar en Castilla-La Mancha la internacionalización en el ámbito económico y promover la internacionalización social e institucional para convertir a nuestra región en una economía competitiva y abierta al mundo, con empresas exportando e implantándose en nuestra región. Establece las bases reguladoras de la ayudas otorgadas por el IPEX. Faculta al Director del IPEX para la realización de las convocatorias Resolución de 21/02/2018 del director del Instituto de Promoción Exterior de Castilla-La Mancha, por la que se aprueba la convocatoria de concesión de subvenciones para la participación en “ENCUENTROS EMPRESARIALES DE SECTOR TIC EN PERÚ Y COLOMBIA 2018”

PERÚ - Es la 6ª economía de Latinoamérica en términos de PIB - Lidera el crecimiento medio-largo plazo Ambas potencias económicas han experimentado un rápido crecimiento en el ámbito de las TICs El IPEX ha visto en este crecimiento una gran oportunidad para que las empresas del sector TICs de CLM COLOMBIA - Su economía se basa en la producción de bienes primarios y exportación de mercancías - 4ª economía de Latinoamérica

Estructura de la Resolución

Condiciones específicas Introducción Aporta información sobre la situación económica de Perú y Colombia con la intención de justificar las ayudas convocadas. Disposiciones Primera: Objeto y sector Empresarial Segunda: Bases de Aplicación Tercera: Beneficiarios Cuarta: Cuantía de la Ayuda Quinta: Financiación Sexta: Marco de Rendimiento e indicadores de productividad Séptima: Criterios de Valoración y procedimiento de concesión Octava: Solicitudes: Forma y Plazo de presentación de las Solicitudes Novena: Acreditación del Cumplimiento de los requisitos para ser beneficiario. Décima: Órganos competente para instruir y resolver el procedimiento. Undécima: Plazo de Justificación Duodécima: Devolución a Iniciativa del perceptor Decimotercera: Régimen de Información y Comunicación. Decimocuarta: Protección de Datos Decimoquinta: Recursos Decimosexta: Eficacia Condiciones específicas Organización de encuentros Costes de participación del IPEX Agenda de reuniones Viaje y alojamientos Gastos de cancelación

ACERCA DE LA CONVOCATORIA

20.928 € 21/05 – Encuentro empresarial/ jornada formativa cofinanciado al 80% FEDER 21/05 – Encuentro empresarial/ jornada formativa 21-23/05 – Reuniones individuales en Lima 24/05 – Encuentro empresarial/ jornada formativa en Bogotá 24-25/05 – Reuniones individuales en Bogotá Concepto de gasto Costes asumidos por las empresas Importe máximo de la Ayuda (60% de los coste asumidos) Preparación de agendas 2.560 1.536 Viaje de una persona (hoteles y avión) 1.800 1.080

REQUISITOS DE LOS BENEFICIARIOS

Podrán ser beneficiarios de las subvenciones reguladas en esta convocatoria: Empresas Personas físicas que se encuentren en alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) Clústeres (agrupación de empresas e instituciones relacionadas entre sí, pertenecientes a un mismo sector) Comunidades de bienes Cooperativas Agrupaciones y asociaciones de empresas con ánimo de lucro Cualquier otro tipo de unidad económica con patrimonio separado, excepto las fundaciones, empresas u organismos públicos y las administraciones públicas.

Los beneficiaros deberán cumplir los siguientes requisitos: Desarrollar su actividad económica en Castilla-La Mancha. No estar incurso en las prohibiciones del artículo 13 “Requisitos para obtener la condición de beneficiario o entidad colaboradora” de la Ley 38/2003. No encontrarse la persona que ostente la representación legal de la entidad, en los supuestos de incompatibilidad regulados en la Ley 11/2003. Encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones por reintegro de subvenciones. No haber solicitado ni obtenido cualquier otra ayuda, subvención, ingreso o recurso con cargo a los presupuestos de la JCCM. Disponer de un plan de prevención de riesgos laborales y no haber sido sancionados por falta grave o muy grave en materia de prevención de riesgos laborales. No estar sujeto a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión, que haya declarado una ayuda ilegal o incompatible con el mercado interior. No tener la consideración de empresa en crisis. No haber puesto fin a una actividad idéntica o similar para la que se solicita la ayuda, dentro del espacio Económico Europeo en los dos años anteriores a la presentación de la solicitud, ni tener plan de hacerlo en los dos años siguientes a la finalización de las inversiones que se vayan a subvencionar.

PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN Y CRITERIOS DE VALORACIÓN PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN Y CRITERIOS DE VALORACIÓN. CONCURRENCIA COMPETITIVA

a) Existencia de un departamento de exportación propio o externo (Máximo 5 puntos) 1º. No tiene departamento, 0 puntos. 2º. Departamento externo, 1 punto. 3º. Departamento propio formado por una persona, 3 puntos. 4º. Departamento propio formado por más de una persona, 5 puntos b) Número de ediciones en las que se ha participado en la acción de promoción objeto de la convocatoria del IPEX (Máximo 5 puntos) 1º. Más de 3 ediciones, 1 punto. 2º. De 1 a 3 ediciones, 3 puntos. 3º. Nunca se ha participado en la acción, 5 puntos. c) Participación en Programas de Internacionalización en los últimos 24 meses desde la fecha de publicación de la convocatoria, (Programa Gestor Ipex, ICEX Next, etc.) (Máximo 5 puntos). 1º. Ninguno, 1 punto. 2º. Programas de otros organismos (ICEX, etc.), 3 puntos. 3º. Programas del IPEX, 5 puntos. d) Disposición por parte de la empresa página Web en inglés y/o en otros idiomas (Máximo 5 puntos). 1º. No tiene Web, 0 puntos. 2º. Web en español, 1 punto. 3º. Web en español e inglés, 3 puntos. 4º. Web en español, inglés y otros idiomas, 5 puntos

INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN

En todas las medidas de información y comunicación que el beneficiario lleve a cabo, deberá reconocer el apoyo de los Fondo al proyecto, mostrando: - El emblema de la UE Una referencia al Fondo Europeo de Desarrollo (FEDER) - El Logotipo de la JCCM y del IPEX

Además, durante la realización del proyecto y hasta que se haga efectivo el pago de la ayuda, deberá: Incluir en su página web o sitio de internet una breve descripción del proyecto, destacando la cofinanciación tanto de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, como de la Unión Europea a través del Feder. Colocar un cartel informativo sobre el proyecto, que mencionará la ayuda financiera de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, y de la Unión Europea a través del Feder. El cartel tendrá un tamaño mínimo A3, y se colocará en un lugar bien visible para el público.

PLAZO Y FORMA DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES

https://www.jccm.es/sede/ventanilla/electronica/KXR La solicitud se debe realizar de por vía telemática rellenando el ANEXO I

Los solicitantes cumplen los requisitos RELLENAR ANEXO I El Departamento de Administración del IPEX analiza y emite un informe donde se plasma Los solicitantes cumplen los requisitos Los solicitantes NO cumplen los requisitos El Director del IPEX dicta la resolución, identificando: - El beneficiario - La finalidad - La cuantía - Demás circunstancias Sus solicitudes son valoradas por una comisión compuesta por dos técnicos del departamento de promoción de lPEX Pueden interponer recurso en el plazo de un mes desde la publicación de la resolución.

Plazo de justificación de abono - Una memoria de actuación justificativa del cumplimiento. Una relación clasificada de los gastos de la actividades Facturas justificativas de los gastos realizados Una relación detallada de otros ingresos o ayudas públicas que hayan financiado la actividad Carta de pago de reintegro en el supuesto de remanentes. Las tres ofertas de distintos proveedores. Documentación gráfica suficiente que acredite el debido cumplimiento durante la ejecución del proyecto, de las medidas de información y comunicación. Plazo máximo de presentación de la justificación de un mes desde la finalización de la acción, para lo que se deberá cumplimentar la solicitud de abono de ayuda (Anexo II) junto con la documentación.