Legislación, vigilancia y control:

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Transcripción de la presentación:

Legislación, vigilancia y control: Delitos e infracciones en materia de tráfico y seguridad vial A. Mónica Colás Pozuelo

La situación española: legislación y vigilancia Mi guión Planteamiento La importancia de la legislación, la vigilancia y la sanción en seguridad vial La situación española: legislación y vigilancia La velocidad como factor de riesgo El alcohol como factor de riesgo La legislación penal y administrativa en velocidad, alcohol y drogas La vigilancia de estos factores de riesgo

SEGURIDAD VIAL. MEJORA SEGURIDAD VIAL EN TERMINOS DE ¿reducción accidentes? ¿reducción de lesiones? ¿movilidad y la fluidez del tráfico? ¿medio ambiente? coste-beneficio.... Prevención de accidentes Prevención de lesiones Factores de riesgo y factores de protección Velocidad y Alcohol y drogas

Vigilancia y control Educación Legislación Los delitos e infracciones que suponen conductas de riesgo requieren una atención especial en el marco de las políticas de seguridad vial: Propician la producción de accidentes Agravan sus consecuencia Herramientas frente a los principales factores riesgo: Vigilancia y control Educación Legislación

ALGUNOS FACTORES DE RIESGO Legislación Vigilancia y control como medidas disuasorias de las conductas de riesgo Intervenciones legislativas más efectivas Leyes relativas al alcohol Leyes relativas a la velocidad Leyes relativas al uso de elementos de retención Leyes relativas al uso del casco Las más graves: No es casualidad que estén expresamente tipificadas en el código penal y sean consideradas como delito VELOCIDAD ALCOHOL

Velocidad Alcohol 24% accidentes en carretera 7% accidentes en zona urbana 28% de los muertos en carretera 28% de los muertos en zona urbana Velocidad 30/40 % de los conductores fallecidos 7%* de las pruebas realizadas en carretera 10%* de las pruebas realizadas en zona urbana * Depende de la fuente y de cómo se hagan los controles Alcohol

La importancia de la legislación, la vigilancia y la sanción en seguridad vial

1ª HERRAMIENTA CLAVE EN LA REDUCCIÓN DE LESIONES: LA LEGISLACIÓN ¿Qué papel juega la legislación en la reducción de lesiones? La norma como: Herramienta de prevención en la salud pública Herramienta útil de prevención. Existen muchos ejemplos que demuestran la superior eficacia de las normas (principalmente las obligatorias) frente a otras medidas como la educación, lo que no significa que precedidas por ella, o en conjunción con otras muchas de esas estrategias, aumentan su eficacia Herramienta efectiva, tanto más cuanto más difíciles de implementar resulten otras (como la ingeniería) ¿cuáles son los límites de la legislación? Legislar= regular ¿Hasta dónde puede regular un gobierno en una determinada materia como la salud pública? Mientras pueda demostrar la “necesidad racional” de proteger la salud de la sociedad frente a todo lo que pudiera ponerla en peligro Existen muchas estrategias dirigidas a la reducción de accidentes y reducción de lesiones

Principios básicos Legislación Para quién? Por qué? Toda la sociedad, regulando conductas generales A los infractores de las normas, constituyendo la herramienta que permita prohibir los comportamientos peligrosos Por qué? Es preciso regular comportamientos Predecible, homogéneo y, por ende, seguro Cuando el usuario cumpla las normas se desplazará de manera más segura Cuando una conducta está regulada en la norma es más efectiva que cuando no lo está. Pej. En ausencia de una ley que regule el uso del casco, éste será del 50%. Recogido en ella se puede elevar al 100%. Legislación Principios básicos Credibilidad de las normas Las normas han de ser válidas, pretender propósitos adecuados y ser acordes con los principios filosóficos, políticos, económicos y culturales de una sociedad Deben justificarse, modificarse o derogarse en función de la información que aporten los datos epidemiológicos y las investigaciones. Necesidad de coordinación entre todos los sectores implicados de cara a un abordaje integral del problema a resolver.

Si la norma existe, pero no se cumple, es necesario + INTERVENCIÓN y CONTROL

2ª HERRAMIENTA CLAVE EN LA REDUCCIÓN DE LESIONES: VIGILANCIA Y CONTROL ¿Qué es vigilar? Controlar y asegurar el cumplimiento de las normas NO incrementando necesariamente el número de controles SI incrementando el riesgo para los conductores, el real y el percibido, de poder ser denunciado si cometen una infracción ¿Por qué la vigilancia como medida de prevención? Porque ha demostrado su eficacia por encima de otras medidas como la educación o la mejora de las carreteras Es uno de los caminos por los que el gobierno puede más claramente mostrar a la sociedad su determinación para mejorar la seguridad vial Medida complementaria de la legislación. Todas las investigaciones sobre los efectos de la ley muestran la necesidad de “vigilar” y “sancionar” para hacerla efectiva La posibilidad de ser controlado reduce las conductas de riesgo La presencia policial aumenta los comportamientos correctos y reduce los comportamientos arriesgados (plan nera) A un nivel dado de vigilancia le corresponde un nivel de seguridad vial: Si se reduce la vigilancia la seguridad empeora (las infracciones aumentan) Si se incrementa la vigilancia, la seguridad mejora.

Mayor importancia a la seguridad vial que a otras tareas policiales. ¿Quién la realiza? Las fuerzas policiales Organización especializada e independiente Mayor importancia a la seguridad vial que a otras tareas policiales. Más actividad proporcionalmente dedicada al tráfico. Actuación más eficiente. Estrategias para aumentar su eficacia: Ser complementadas con información y campañas cuya frecuencia e intensidad es discutible. Policía muy visible. Uso de cámaras de TV y apoyo de las nuevas tecnologías Complementaria a su vez: Importancia de su labor en la gestión del tráfico, la investigación de accidentes y otras tareas, lo que redunda a su vez en beneficio de la seguridad vial.

3ª HERRAMIENTA CLAVE: LA SANCION “RÁPIDA” MINIMIZAR EL TIEMPO ENTRE INFRACCIÓN –NOTIFICACIÓN - SANCIÓN “JUSTA” LA SANCIÓN DEBE SER ACORDE CON LA INFRACCIÓN “FACILITADA EN SU CUMPLIMIENTO” MÁXIMAS FACILIDADES PARA QUIEN DESEE CUMPLIRLA “COMPRENSIBLE” DEBE SER “ASUMIDA” COMO JUSTA POR EL CIUDADANO No se dispone de estudios que muestren su efecto sobre los accidentes, pero sí que su existencia incrementa el grado de cumplimiento de las leyes. Permiso y privación de libertad redunda en reducciones de la accidentalidad en torno a un 10%. Permiso por puntos se asocia a una reducción del 5%.

Legislación y vigilancia Situación española. Legislación y vigilancia

Situación española Principales normas: Código Penal Extensa regulación normativa Principales normas: Código Penal LTCVMSV (RDL 339/1990) y en el Reglamento General de Circulación Diversas modificaciones posteriores Innumerables disposiciones normativas complementarias y específicas Marco competencial La LSV atribuye al Ministerio del Interior “vigilancia y disciplina del tráfico” En todas las vías interurbanas y en travesías si no existe policía local Denuncia y sanción de las infracciones a las normas de circulación” “regulación, gestión y control del tráfico” Policías Locales en vías urbanas Policías autonómicas en las CCAA con competencias transferidas

Planteamiento problema desde un punto de vista jurídico: Regulación Código Penal Tipificación como delito Vía judicial Regulación Leyes Administrativas Consideración como infracción Vía administrativa Vías consecutivas: principio “non bis in idem” Código Penal Influencia Peligro concreto Ley administrativa Tasas Peligro abstracto

el código penal….. Respecto al alcohol, el Código Penal “afianza” la condena social del que bebe al volante. Respecto a la velocidad, el Código Penal “inicia” la condena social a los grandes excesos de velocidad. La velocidad excesiva comienza a ser mal vista. Respecto al permiso por puntos, el Código Penal “cierra” el círculo: perder todos los puntos no puede quedar en una simple multa. Respecto a la conducción sin tener permiso, el Código Penal regulariza una anomalía: no es posible estar al margen del sistema.

10.000 efectivos 150.000 Kms de red ATGC Actividad de vigilancia y control ATGC en cumplimiento de la norma: nuestros efectivos 10.000 efectivos ATGC 150.000 Kms de red ¿Cómo se coordina su actuación? Instrucciones anuales ATGC Directrices básicas a las policías locales 53.727 efectivos 8867 municipios con policía local Policías autonómicas en CCAA transferidas

Actividad de vigilancia y control ATGC en cumplimiento de la norma Actuaciones continuadas: Normal funcionamiento de las fuerzas policiales Instrucción de Vigilancia ATGC Criterios de control: Razones estrictamente de seguridad vial Razones de oportunidad Campañas especiales: Reforzar la vigilancia de determinados factores de riesgo en determinados momentos y determinados lugares.

La velocidad como factor de riesgo

LA VELOCIDAD Necesita regularse y vigilarse Constituye la forma más común de infringir las normas No sólo es causa de accidentes sino que agrava sus consecuencias (lesiones) Potencia negativamente la mayor parte de los errores humanos Los aumentos de los límites han ido siempre aparejados a aumento de siniestralidad y viceversa Las investigaciones apuntan a que el respeto a los límites normativos tiene un efecto puntual, pero que poco a poco se iría produciendo un “efecto de adaptación o incremento de la tolerancia” en los conductores con tendencia a infringirla, lo que hace que con el paso del tiempo se vaya superando el nuevo límite establecido. Importancia “efectos ola”

¿Cómo debe medirse el impacto de los excesos de velocidad? La influencia de la velocidad debe evaluarse en el conjunto de todos los accidentes. “La velocidad es causa directa de un X% de accidentes” “Las políticas de gestión de la velocidad pueden evitar un máximo de un X% de accidentes” El análisis del impacto de los excesos de velocidad debe hacerse respondiendo a la siguiente pregunta: ¿cuál sería el número de accidentes/víctimas si hubiera un cumplimiento perfecto de los límites? Ejemplo: el impacto de los excesos de velocidad en Francia fue estimado en Chapelon, J.; Lassarre, S. (2010) Road safety in France: The hard path toward science-based policy. Se estimó que si todos los conductores obedecieran los límites de velocidad, la velocidad media descendería un 4,8%. Aceptando el modelo potencial de Nilsson, la reducción de accidentes mortales esperada en ese escenario sería: 22

Planteamiento de objetivos Podríamos plantearnos dos tipos de preguntas: Velocidad = V1 Resto de factores de influencia: Exposición. Características de la vía. Conductores. Vehículos. Entorno. Opción Nº1: ¿Cuál es el número de accidentes esperado? Resultado=A1 Opción Nº2: ¿Cuál es la variación del número de accidentes esperada? Velocidad = V2 Constantes Resultado=A2/A1 23

El estudio de la Universidad de Adelaida Riesgo de implicación en un accidente con al menos una persona hospitalizada Fuente: Kloeden y otros (2001 y 2002).

El modelo potencial (Power Model) El modelo predice que un aumento del 1% de la velocidad producirá, aproximadamente: Un aumento del 4% de los accidentes mortales. Un aumento del 3% de los accidentes mortales y con heridos graves; por tanto, un aumento de (algo) menos del 3% de los accidentes con heridos graves. Un aumento del 2% de los accidentes con todo tipo de víctimas; por tanto, un aumento de (algo) menos del 2% de los accidentes con heridos leves. Aumentos del número de muertes, heridos graves y heridos leves superiores a los correspondientes aumentos de los accidentes.

Velocidades libres en España La velocidad libre se mide en condiciones en las que los conductores son libres para elegir su velocidad - por ejemplo: tramo recto, sin pendiente, sin control de velocidad, con baja intensidad de tráfico, en buenas condiciones meteorológicas y con buen pavimento. En España, se ha realizado dos campañas, en 2009 y en 2010, de medición de la velocidad libre en España en vías interurbanas, de acuerdo con la metodología del proyecto europeo SafetyNet. Fuente: DGT 26

El alcohol como factor de riesgo

EL ALCOHOL El alcohol aumenta el riesgo de accidente más que cualquier otra infracción de tráfico. Existen estudios muy consistentes sobre la eficacia de las estrategias legislativas en la accidentalidad, que además son medidas de bajo coste. Tipos de medidas legislativas: Establecimiento de límites genéricos de alcoholemia Establecimiento de límites específicos (conductores noveles, profesionales, etc) Modificación de los límites Cambios en la edad mínima para el consumo de alcohol Todas las medidas sobre legislación de alcohol redundan en una reducción de la accidentalidad

Efecto introducción de límites de alcohol en la accidentalidad Accidentes mortales nocturnos 1 veh Accidentes mortales Accidentes con víctimas

Efecto reducción de límites máximos de alcohol en la accidentalidad

y administrativa en velocidad, La legislación penal y administrativa en velocidad, alcohol y drogas

De los delitos contra la seguridad del tráfico Velocidad, alcohol y otras drogas El que condujere un vehículo de motor o un ciclomotor a velocidad superior en 60 Km/h en vía urbana o en 80 Km/h vía interurbana a la permitida reglamentariamente, será castigado con la pena de prisión de tres a seis meses o con la de multa de seis a doce meses o con la de trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días, y, en cualquier caso, con la de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta cuatro años. Con las mismas penas será castigado el que condujere un vehículo de motor o ciclomotor bajo la influencia de drogas tóxicas, estupefacientes, sustancias psicotrópicas o de bebidas alcohólicas. En todo caso será condenado con dichas penas el que condujere con una tasa de alcohol en aire espirado superior a 0,60 miligramos por litro o con una tasa de alcohol en sangre superior a 1,2 gramos por litro.

Temeridad manifiesta y pusiere en concreto peligro la vida o integridad de las personas Es temeridad manifiesta el delito de velocidad y alcohol Si resultado lesivo de las conductas anteriores (delitos), la pena más alta Negativa a someterse a las pruebas de alcohol y drogas Conducir tras (pena de prisión de tres a seis meses o multa de doce a veinticuatro meses) Perdida de vigencia por pérdida de puntos Conducir privado de permiso Conducir sin permiso Otras conductas Colocando en la vía obstáculos imprevisibles, derramando sustancias deslizantes o inflamables o mutando, sustrayendo o anulando la señalización o por cualquier otro medio. No restableciendo la seguridad de la vía, cuando haya obligación de hacerlo.

Legislación Administrativa Ley de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial Reglamento General de Circulación Otros reglamentos Otras disposiciones; órdenes, instrucciones. Non bis in idem… Código Penal Peligro concreto Ley administrativa Peligro abstracto

Regulación administrativa de la velocidad En autopistas y autovías: turismos y motocicletas, 120 kilómetros por hora; autobuses, vehículos derivados de turismo y vehículos mixtos adaptables, 100 kilómetros por hora; camiones, vehículos articulados, tractocamiones, furgones y automóviles con remolque de hasta 750 kilogramos, 90 kilómetros por hora; restantes automóviles con remolque, 80 kilómetros por hora. En carreteras convencionales señalizadas como vías para automóviles y en el resto de carreteras convencionales, siempre que estas últimas tengan un arcén pavimentado de 1,50 metros o más de anchura, o más de un carril para alguno de los sentidos de circulación: turismos y motocicletas, 100 kilómetros por hora; autobuses, vehículos derivados de turismo y vehículos mixtos adaptables, 90 kilómetros por hora; camiones, tractocamiones, furgones, vehículos articulados y automóviles con remolque, 80 kilómetros por hora. En el resto de las vías fuera de poblado: turismos y motocicletas, 90 kilómetros por hora; autobuses, vehículos derivados de turismo y vehículos mixtos adaptables, 80 kilómetros por hora; camiones, tractocamiones, furgones, vehículos articulados y automóviles con remolque, 70 kilómetros por hora. En cualquier tipo de vía donde esté permitida su circulación: vehículos de tres ruedas y cuadriciclos, 70 kilómetros por hora. La velocidad máxima que no deberán rebasar los vehículos en vías urbanas y travesías se establece, con carácter general, en 50 kilómetros por hora. Autopistas y autovías 120 Km/h Carretera convencional con arcén de 1,50 m 100 Km/h Carretera convencional 90 Km/h Vía urbana 50 Km/h Art. 65 Sanción grave o muy grave

Sanciones administrativas a la velocidad

Regulación administrativa alcohol y otras drogas Art. 12 Ley: Prohibición circular por encima de ciertas tasas: alcohol y drogas Obligación de someterse: Conductor vehículo o bicicleta Demás usuarios implicados en accidente Determinación de pruebas por vía reglamentaria (aire espirado: alcohol) Posibilidad de pruebas de contraste, a petición del interesado o por orden de la Autoridad Judicial Obligación de los servicios sanitarios de dar cuenta del resultado de las pruebas a la autoridad judicial, JPTs o autoridades municipales. Posibilidad de establecer por vía reglamentaria pruebas para la detección de otras sustancias. Art. 65.5: Infracciones muy graves Ingerir tasas superiores a las establecidas reglamentariamente: alcohol La conducción bajo efecto de las drogas Negativa a someterse a las pruebas.

Reglamento General de Circulación: alcohol Tasas alcohol: 0,5 gr/l de sangre (0,25 mg/l de aire) 0,3 gr/l de sangre (0,15 mg/l de aire) Transporte de mercancías superior a 3.500 Kg Transporte de viajeros de más de 9 plazas Servicio público Transporte escolar o de menores Transporte de mercancías peligrosas Servicio de urgencia o transportes especiales Durante los dos años siguientes a la obtención del permiso o licencia (computándose la antigüedad de la licencia sólo para los vehículos para los que sea suficiente dicha licencia)

Sanciones administrativas al alcohol y drogas Infracción Multa euros Puntos Alcohol: Mas de 0,50 mg/l aire (si límite 0,25): 500 6 puntos Más de 0,30 mg/l aire (si límite 0, 15): Entre 0,25 y 0,50 mg/l aire (si límite 0,25): 250 4 puntos Entre 0, 15 y 0,30 mg/l aire (si límite 0, 15) Drogas: “conducir bajo los efectos de…”: 250-500 Negativa pruebas:

Reglamento General de Circulación: alcohol PRUEBAS 1ª prueba + ó síntomas 2ª prueba por procedimiento similar 10 min Si + ó síntomas Análisis de sangre Pruebas de alcoholemia. Procedimiento: Verificación aire espirado mediante etilómetros. Pruebas de contraste: Análisis de sangre, orina u otros. En caso de lesiones, decisión del personal facultativo de centros médicos. Inmovilización del vehículo

Equilibrio constante del alcohol entre sangre y aire alveolar (2.000) SANGRE (1)

Normativa en reforma en materia de drogas Ultima reforma Ley de Enjuiciamiento criminal La legislación penal regula la influencia y la administrativa la presencia Prohibición de conducir habiendo ingerido o incorporado al organismo drogas, entre las que se incluirán los medicamentos, cuando alteren el estado físico o mental apropiado para circular con seguridad. Saliva como muestra biológica Laboratorios homologados

¿Cómo realizamos los controles de drogas en carretera? 4, Envío a laboratorio toxicológico con cadena de de frío y cadena de custodia 5, Análisis cuantitativo por Cromatografia Liquida-Espectrometria de Masas en tandem (prueba evidencial) 2, Lectura de resultados cualitativos (prueba indiciaria) 3, Si positivo: toma de 2ª muestra de fluido oral 1, Toma de muestra de fluido oral

La vigilancia de estos factores de riesgo

VIGILANCIA VELOCIDAD Importantísimo efecto sobre el comportamiento de los usuarios: muchos más conductores infringirían si supieran que no hay controles. (Ej: huelga policial en Finlandia crecimiento de infracciones entre un 50 y un 100%) Controles fijos Reducción de accidentes mortales de un 14% (entre un 8 y un 20%) Reducción de accidentes con heridos de un 6% (entre un 4 y un 9%) Ligero aumento de los accidentes con daños materiales (entre un -1 y un +3) Controles móviles Reducción de accidentes con víctimas del 16% Control automático (cámaras, radares o semáforos fijos) Reducción de accidentes del 17% y 12%

Efecto control de la velocidad en los accidentes

Efecto control de la velocidad en los accidentes

Los controles de velocidad en la Dirección General de Tráfico

Cinemómetros fijos (por tipo de vía)

Parque de secciones de control (cabinas v.s. cinemómetros) ¡ + 189 cinemómetros móviles de la ATGC !

RADARES MÓVILES Se enviaran a Estrada solo los “sin parada”: denuncias “de oficio”. Tratamiento de “pórtico” Nueva delegación de competencias. Ahorro trabajo Inmediatez en la notificación

CENTRO “ESTRADA”: CENTRO DE TRATAMIENTO DE DENUNCIAS AUTOMATIZADAS. Capacidad de gestión de 8.000.000 denuncias/año Recibe 2.000.000 fotos/año Se tramitan 1.200.000 denuncias/año

UBICACIÓN.CONEXIÓN RADARES FIJOS. “Santovenia de la Valdoncina” Delegación competencias Jefes Provinciales de Tráfico 1 de Marzo de 2008

Series temporales de los factores de riesgo 54

Velocidades en la Red de Carreteras del Estado Fuente: elaboración de la S. G. de Intervención y Políticas Viales a partir de los datos publicados por el Ministerio de Fomento y Abertis. (1) Datos correspondientes a la nueva campaña de medición de velocidades realizada en 2009

Nuestros retos actuales Radares de tramo Medición de la velocidad media en un tramo 4 proyectos en funcionamiento (3 en túneles y 1 en carretera abierta) Tramos con características determinadas para hacer una medición adecuada. Equipos homologados por el CEM (como los de SICE e INDRA) Su objetivo es concienciar en la importancia de la continuidad en la conducción segura más allá de la vigilancia instantánea

6% 0,6% 2001 % de conductores que exceden los 150 km/h autopista 2011 velocidad 2001 % de conductores que exceden los 150 km/h autopista 6% 2011 % de conductores que exceden los 150 km/h autopista 0,6%

VIGILANCIA Y CONTROL DE ALCOHOL De extraordinaria importancia para disuadir de conducir habiendo ingerido alcohol. Diferentes tipos de controles Controles selectivos: Control policial de la conducción bajo los efectos del alcohol. Efecto importante a corto plazo Controles aleatorios: Control policial de la conducción bajo los efectos del alcohol mediante controles al azar sin sospecha previa de consumo de alcohol. Aumentan la percepción de ser detectado y, por ende, el cambio de conducta. La Comisión Europea considera que deberían hacerse tantos controles como para asegurar que todo conductor es sometido a alguno al menos cada tres años. Efecto a largo plazo

Entre 6 y 11% de accidentes mortales El control policial de alcohol se asocia a una reducción de: Entre 6 y 11% de accidentes mortales Entre 6 y 8% de accidentes con lesiones La suspensión del permiso, sin más, está asociada a una reducción de: Entre el 16 y el 19% del total de accidentes El efecto combinado de sanciones (multas, suspensión o cárcel) se asocia a reducciones de: Entre un 3 y un 5% del total de accidentes. Medidas rehabilitadoras Como alternativa a la suspensión del permiso se traducen en un incremento de la accidentalidad Sin combinar con otras medidas, reducción del 27% no significativa (intervalo de confianza de -86;+274)

Efecto control policial de alcohol en la accidentalidad

AÑO Accidente % positivas accidente Infracción % positivas infrac Preventivas % positivas preventivas Número diligencias Total efectuadas 2000 72154 7,09 99514 3,77 1580178 5,00 1.580.183 2001 69691 6,72 136265 2,77 1602648 4,95 1.602.653 2002 74316 6,93 166255 2,12 1654683 4,42 1.654.687 2003 89006 6,14 259585 1,81 1715092 4,17 15120 1.730.216 2004 95519 5,54 340811 1,42 2282336 3,35 13643 2.295.982 2005 100117 5,48 346535 1,41 2856244 2,58 12109 2.868.356 2006 89757 398665 1,48 3347015 2,47 13659 3.360.676 2007 99114 6,53 414800 1,40 3759574 2,13 15228 3.774.804 2008 102420 5,92 567808 1,16 4417645 1,84 19268 4.436.915 2009 104891 5,56 650731 1,05 5105660 1,76 19533 5.125.195 2010 108227 5,46 583018 1,09 4550158 1,78 17870 4.568.030

Controles de alcoholemia en carretera

Instrucción de Vigilancia ATGC (alcoholemia 2012) PRUEBAS REALIZADAS TOTAL PRUEBAS POSITIVAS % POSITIVAS /PRUEBAS % POSITIVAS /TOTAL GENERAL PRUEBAS PRUEBAS POR ACCIDENTE 32.330 POSITIVAS POR ACCIDENTE 1.874 5,80 0,09 PRUEBAS POR INFRACCIÓN 227.816 POSITIVAS POR INFRACCIÓN 2.606 1,14 0,13 PRUEBAS POR CONTROL 1.752.512 POSITIVAS POR CONTROL 31.647 1,81 1,57 TOTAL GENERAL 2.012.658 36.127 1,79

5% 1,8% 2001 % de conductores con resultado positivo 2011 Alcohol 2001 % de conductores con resultado positivo 5% 2011 % de conductores con resultado positivo 1,8%

Problema del alcohol y otras sustancias.

Controles de drogas: una problemática especial Distribución geográfica de los 128 puntos de control

Estudio de prevalencia en España: Principales Resultados

Estudio de prevalencia en España: Principales Resultados Proporción de casos positivos en alguna sustancia según la edad

Estudio de prevalencia en España: Principales Resultados Proporción de casos con alcohol sólo (>0,05 mg/L aire espirado) según edad

Procedimientos: algoritmos de actuación policial Tipo 1. Control preventivo: alcohol ± drogas Control de alcohol Resultado negativo legal Resultado positivo legal Agente: Observación signos generales Agente: Observación signos generales Sí No Test Drogas in situ ¿Presencia de Signos específicos? Positivo Negativo Sí No Toma y envío de muestra a laboratorio Procedimiento correspondiente Resultado analítico ¿Signos específicos?: Informe agente Informe toxicológico Procedimiento correspondiente

Procedimientos: algoritmos de actuación policial Tipo 2. Control preventivo específico de drogas Test de drogas Positivo a alguna sustancia Negativo a todas sustancias Toma y envío de muestra a laboratorio ¿Signos específicos?: Informe agente Resultado analítico Informe toxicológico Test Alcohol Procedimiento correspondiente

Las conductas arriesgadas que constituyen factores de riesgo se traducen en producción de accidentes y agravan las lesiones derivadas de los mismos. 2) Contra ellas es necesario diseñar estrategias viales. 3) La legislación, al más alto nivel normativo, es una herramienta fundamental pues redunda en: a) modificación en el comportamiento de los usuarios b) se muestran eficaces en la prevención de accidentes y reducción de la accidentalidad c) además de sus efectos en movilidad, el medio ambiente o coste-beneficio 4) Si pudieran tener un efecto limitado, las medidas de vigilancia y control incrementan su eficacia, unidas a la ejecución de sanciones. 5) Esto es, la vigilancia y el control es indispensable para la consecución de objetivos. 6) La acción de vigilar gana valor con la puesta en marcha de acciones especiales acompañadas de sus correspondientes campañas informativas. 7) Si bien hay muchas estrategias evaluadas “científicamente”, otras muchas no lo están pero existe el convencimiento y los datos de su eficacia. Conclusión

Muchas gracias Intervencion.politicasviales@dgt.es