Mtro. Adalberto Méndez López, LL.M.

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Transcripción de la presentación:

Mtro. Adalberto Méndez López, LL.M. Sistema INTERAMERICANO de DDHH Mtro. Adalberto Méndez López, LL.M.

Panamericanismo Movimiento o corriente política, social, económica y diplomática americana que tiene como objeto originar, promover, alimentar, acondicionar u organizar las relaciones, cooperación y asociación que se puede generar entre los países que forman al Continente en los distintos ámbitos donde poseen un interés en particular  Un principio o creencia de unidad entre las naciones que representa el Continente Americano. La idea del panamericanismo nace con Simón Bolívar en el año 1826 con la convocatoria que realizó al Congreso de Panamá para crear una asociación de países Americanos que reafirmara lazos históricos y naturales, recordando intereses comunes y un movimiento universal por la paz y la justicia entre las naciones Actualmente los países de nuestro continente cuentan con la OEA, naciente de la Unión Panamericana que, a su vez, se originó de la Oficina Comercial de las Repúblicas Americanas creada el 14 de abril de 1890.

Origen e Historia del SIDH Desde su creación, los Estados Americanos han adoptado una serie de instrumentos internacionales que se han convertido en la base normativa de un sistema regional de promoción y protección de los DDHH, al reconocer estos derechos, establecer obligaciones tendientes a su promoción y protección, y crear órganos destinados a velar por su observancia. Este sistema se inició formalmente con la aprobación de la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre en la IX Conferencia Internacional Americana celebrada en Bogotá en 1948, en el marco de la cual también se adoptó la propia Carta de la OEA que proclama los "derechos fundamentales de la persona humana" como uno de los principios en que se funda la OEA.

Evolución del Sistema Interamericano de Protección de Derechos Humanos Momentos claves en el marco de la OEA durante la segunda mitad del Siglo XX: 1948 Carta de la OEA (Estatuto Constitutivo) Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre (DADDH) 1959 Se establece la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) 1960 Primer Estatuto CIDH 1969 Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH) y crea Corte IDH 1978 Entra en vigor de la CADH 1979 Primer Estatuto Corte IDH 1988 Primera sentencia de Fondo de la Corte IDH 1990s Desarrollo de estándares sustantivos 2000 Reflexiones sobre SIDH (diálogo Sociedad Civil y Reformas Reglamentos)

Instrumentos del Sistema Interamericano de Derechos Humanos Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre (DADDH) Convención Americana sobre DD.HH (CADH) “Pacto de San José de Costa Rica” Protocolo a la CADH relativo a la abolición de la pena de muerte Protocolo Adicional a la CADH en materia de DESC “Protocolo de San Salvador” (artículos 8 párrafo a. y artículo 13) Protocolo a la Convención Americana sobre derechos humanos relativo a la abolición de la pena de muerte Convención Interamericana para Prevenir y Sancionar la Tortura Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer “Convención de Belém do Pará” (artículo 7) Convención Interamericana para la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra las Personas con Discapacidad Carta Democrática Interamericana Convención Interamericana contra el Racismo, la Discriminación Racial y formas conexas de Intolerancia (2013) Convención Interamericana contra toda forma de Discriminación e Intolerancia (2013)

Órganos del Sistema Interamericano de protección de Derechos Humanos Comisión Interamericana de Derechos Humanos Corte Interamericana

Comisión Interamericana de Derechos Humanos General Órgano autónomo de la OEA creado para promover la observancia y la defensa de los derechos humanos y servir como órgano consultivo de la Organización en esa materia Creada en 1959, en la Quinta Reunión de Consulta de Ministros del Exterior Sede en Washington DC Funcionamiento Sesiones ordinarias (al menos 2 anuales) y extraordinarias (la cantidad necesaria). Siempre en su sede. Por mayoría absoluta puede resolver reunirse en otro lugar con la anuencia o por invitación del respectivo Estado Secretaría Ejecutiva permanente (Sec. Ejecutivo/a y Adjunto/a designados/as por el/la Secretario/a General de la OEA a proposición de la CIDH, por mandato de 4 años, renovable por única vez) Grupos de trabajo y Relatorías (de país, temáticas y especiales)

Comisión Interamericana de Derechos Humanos Composición y organización 7 miembros (Comisionados/as) Personas de alta autoridad moral y reconocida versación en materia de DDHH Nacionales de los Estados miembros de la OEA Actúan a título personal, independientemente. No participan en asuntos u observaciones in loco de sus países ni en aquellos casos en que hayan actuado en algún carácter antes de su designación Elegidos por la Asamblea General de la OEA Mandato de 4 años y posibilidad de una reelección Directiva: Presidencia y Vicepresidencia Primera y Segunda (elegidas por la CIDH, mandato de un año, posibilidad de una reelección) Mayoría absoluta para quórum para sesionar y decidir sobre la directiva, interpretación del Reglamento, adopción de informe de país y previsto por CADH.

Comisión Interamericana de Derechos Humanos Funciones (Art. 41 CADH) Dimensión política Dimensión jurisdiccional Función de promover la observancia y la defensa de los derechos humanos a través del uso de herramientas políticas y mecanismos tales como la negociación y la presión internacional para mejorar su goce efectivo en los Estados miembros de la OEA. Capacidad de recibir y tramitar casos de violaciones de derechos humanos presentados contra un Estado. Medidas cautelares (art. 25 Re CIDH) Sistema de peticiones individuales (art. 44 CADH) Comunicaciones interestatales (art. 45 CADH) Observaciones in loco Informes (Anual de la CIDH, temático, sobre situación de derechos humanos de un Estado) Audiencias de carácter general Publicaciones sobre temas específicos Comunicados de prensa Conferencias, seminarios y reuniones Solicitar opiniones consultivas a la Corte Relatorías Medios

Corte Interamericana de Derechos Humanos General Órgano de supervisión judicial de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH) Creada en 1969 en el marco de la CADH y establecida en 1979 luego de su entrada en vigor Sede en San José de Costa Rica Funcionamiento Sesiones ordinarias (la cantidad necesaria para el cabal ejercicio de sus funciones) y extraordinarias (convocadas por la Presidencia). Siempre en su sede. Por mayoría de sus miembros puede resolver reunirse en cualquier Estado miembro que lo considere conveniente con su anuencia o invitación Secretaría permanente (Secretario/a elegido/a por la Corte, por un período de 5 años y posibilidad de una reelección, el/la Adjunto/a a sugerencia del/la Secretario/a de la Corte)

Corte Interamericana de Derechos Humanos Composición y Organización 7 miembros (Jueces/zas) Juristas nacionales de los Estados miembros de la OEA de la más alta autoridad moral y reconocida competencia en materia de der. hum. Actúan a título personal, independientemente. No participan en el conocimiento ni deliberación de los casos cuando sean nacionales del Estado demandado Jueces ad-hoc sólo paras aquellos casos contenciosos originados en comunicaciones interestatales (OC 20/09) Elegidos por los Estados Parte de la CADH Mandato de 6 años y posibilidad de una reelección Directiva: Presidencia y Vicepresidencia (elegidas por la Corte, mandato de dos años, posibilidad de una reelección) El quórum para las deliberaciones es de 5 jueces

Corte Interamericana de Derechos Humanos Competencias Consultiva (art. 64 CADH) Contenciosa (art. 61.2 CADH) Facultad de emitir opiniones en abstracto interpretando el alcance de cualquier disposición de la CADH u otros tratados interamericanos Medidas Provisionales - Peticiones individuales cuando la CIDH abre la instancia ¿Para qué sirven? Ayudar a los Estados a cumplir obligaciones internacionales; Apoyar a la OEA en el cumplimiento de su mandato vinculado con derechos humanos.

Corte Interamericana de Derechos Humanos Opiniones Consultivas Cuestión jurídica  Análisis e Interpretación Sobre los instrumentos interamericanos o la adecuación de la legislación interna con los estándares interamericanos A solicitud de: - Estado miembro de la OEA - la CIDH - otro Órgano de la OEA

Comisión Interamericana de Derechos Humanos Sistema de peticiones individuales ante la CIDH Proceso contradictorio (con participación de los afectados y el Estado) Petición o denuncia de tercero (art. 44 CADH) o por iniciativa propia de la CIDH (art. 24 Re) No se requiere del consentimiento de la(s) víctima(s) Distinción entre el carácter de peticionario y víctima Etapas Análisis de Admisión Admisibilidad Fondo Cumplimiento o envío a la Corte

Comisión Interamericana de Derechos Humanos Admisibilidad Definida por Principios de D. Int. y arts. 46 y 47 CADH Competencia ratione personae Competencia ratione loci Competencia ratione materiae Competencia ratione temporis Agotamiento de los recursos internos Presentación de la denuncia antes de que pasen 6 meses de la notificación de la decisión definitiva a nivel interno Ausencia de otro proceso internacional y de duplicidad

Comisión Interamericana de Derechos Humanos Admisibilidad Análisis de Competencias Competencia Ratione personae Competencia Ratione loci ¿Quién puede presentar una denuncia? Cualquier individuo, grupo de personas, ONG; siempre en nombre de una víctima ¿Contra qué Estado? Cualquier Estado miembro de la OEA o Estado Parte del instrumento protege un derecho que se alega ha sido violado ¿Dónde deben haber ocurrido los hechos? Dentro del territorio del Estado o bajo su jurisdicción (art. 1.1 CADH) Competencia Ratione materiae Competencia Ratione temporis Algún derecho protegido por: La Declaración Americana Cualquier tratado interamericano que le otorgue competencia a la CIDH para conocer peticiones individuales Principio de irretroactividad Prestar atención a la fecha de ratificación de la/s Convención/es que protegen los derechos que se alega se violaron (así como a las reservas) y de reconocimiento de la competencia contenciosa de la Corte IDH.

Comisión Interamericana de Derechos Humanos Admisibilidad Agotamiento de los recursos internos Principio de subsidiariedad  Carácter subsidiario y complementario del Sistema Interamericano Recursos judiciales y ordinarios con capacidad de dirimir la controversia Recurso idóneo y eficaz Excepciones (art. 46.2 CADH y art. 31 Re – OC 11/90) 1. Falta de debido proceso legal interno para la protección del derecho violado 2. Denegación de justicia o imposibilidad de acceder a los recursos internos 3. Retardo injustificado en la decisión Plazo de 6 meses Principio de seguridad jurídica

Comisión Interamericana de Derechos Humanos Admisibilidad Trámite de la petición Petición individual Revisión inicial (art. 26 Re)….acuse de recibo Análisis de admisibilidad Traslado al Estado – Observaciones del Estado (3 meses) (Observaciones adicionales del peticionario) Informe de (in)admisibilidad (art. 36 Re)

Comisión Interamericana de Derechos Humanos Fondo Trámite de la petición Notificación del Informe de admisibilidad a las partes Observaciones de fondo (peticionarios y Estado) (Audiencia/Visita in loco) Decisión sobre el fondo (art. 43 Re)

Comisión Interamericana de Derechos Humanos Fondo Decisión sobre el Fondo No hubo violación Informe definitivo (público) / Informe Anual de la OEA Hubo violación Informe preliminar (confidencial) = “Inf. 50” con recomendaciones Al Estado: plazo para informar sobre cumplimiento de las recomendaciones Al Peticionario: notifica adopción del Informe / Solicita posición sobre envío a la Corte IDH.

la jurisdicción de la Corte Comisión Interamericana de Derechos Humanos Fondo Después del Informe 50 Si el Estado ACEPTÓ la jurisdicción de la Corte Estado cumple con las recomendaciones Estado no cumple con las recomendaciones: Informe 51 (público) Caso ante la Corte Si el Estado NO ACEPTÓ la jurisdicción de la Corte Estado cumple con las recomendaciones Estado no cumple con las recomendaciones: Informe 51 (público) y Seguimiento vía Informes Anuales a la AG de la OEA (art. 47 Re)

¿Cómo se resuelve el envío del caso a la Corte Interamericana de Derechos Humanos ? La CIDH decide la remisión del caso a la Corte En un plazo de 3 meses: es posible suspender el plazo (art. 46 Re) … A pedido del Estado que: demuestre voluntad y capacidad de implementación Con renuncia expresa a interponer excepción preliminar respecto del cumplimiento del plazo de remisión La CIDH podrá considerar Complejidad del asunto: coordinación entre poderes o estado nacional/subnacional Medidas previas a la solicitud Posición del peticionario

Corte Interamericana de Derechos Humanos Instrumentos que otorgan competencia contenciosa Convención Americana sobre Derechos Humanos (“Pacto de San José de Costa Rica”) Artículos 8 y 13 del Protocolo Adicional a la CADH sobre DESC (“Protocolo de San Salvador”) Protocolo sobre Derechos Humanos relativo a la abolición de la pena de muerte Convención Interamericana para Prevenir y Sancionar la Tortura Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas Artículo 7 de la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (“Convención de Belém do Pará”)

Corte Interamericana de Derechos Humanos SÍNTESIS del Trámite del caso ante la Corte Presentación del caso por la CIDH (Informe 50) (artículo 35 del Reglamento de la Corte) Demanda escrita por los peticionarios (ESAP): 2 meses (artículo 40 del Reglamento de la Corte) Observaciones del Estado: 2 meses Audiencia (artículo 45 del Reglamento de la Corte) Sentencia Seguimiento del Cumplimiento de la Sentencia

Corte Interamericana de Derechos Humanos Peticiones individuales ante la Corte Proceso contradictorio (con participación de los afectados y el Estado) Presentación de la demanda por la CIDH Defensor Interamericano (art. 37 Re) Etapas Excepciones Preliminares Fondo Reparaciones

Vínculo entre los Órganos Interamericanos de Protección de DDHH Comisión IDH Corte IDH Dimensión jurisdiccional Competencia contenciosa Presentación de una denuncia: Petición Evaluación de cumplimiento de requisitos (art. 28 y 31 Re) Procedimiento de admisibilidad: grupo de trabajo Análisis de competencias Agotamiento de recursos internos Plazo de presentación Duplicación de procedimientos Procedimiento sobre el fondo Invitación a solución amistosa Discusión sobre fondo: 3 meses para cada parte Decisión sobre el fondo Informe sobre fondo con recomendaciones y plazo para cumplimiento Notificación al peticionario con plazo de 1 mes para posicionarse sobre envío a la Corte Plazo del 51.1 y resolución sobre envío. Sometimiento del caso a la CorteIDH: Demanda CIDH Informe. Art. 50 Motivos que llevan a la CIDH a presentar el caso Pruebas recibidas Presentación por parte de representantes: ESAP en plazo de 2 meses improrrogables Traslado al Estado de la demanda y del ESAP: 2 meses a partir de la notificación del ESAP para responder ambas. Procedimiento Oral: Corte fija inicio y celebración de audiencias: lista definitiva de declarantes, comparecientes a audiencias, plazos para objeciones o recusaciones. Alegatos finales escritos.

Corte Interamericana de Derechos Humanos Reparaciones Artículo 63 CADH “1. Cuando decida que hubo violación de un derecho o libertad protegidos en esta Convención la Corte dispondrá que se garantice al lesionado en el goce de su derecho o libertad conculcados. Dispondrá asimismo si ello fuera procedente, que se reparen las consecuencias de la medida o situación que ha configurado la vulneración de esos derechos y el pago de una justa indemnización a la parte lesionada” ¿Cómo? Plena restitución de los derechos violados (restitutio in integrum) De no ser posible: - Medidas de no repetición - Medidas de satisfacción - Indemnización compensatoria

Corte Interamericana de Derechos Humanos Reparaciones Medidas de no repetición Medidas de satisfacción - Adecuar una ley o política interna a los estándares interamericanos - Dictar cursos de capacitación - Creación de un banco de datos genéticos, registro de detenidos - Obligación de investigar, juzgar y sancionar a los responsables - Acto público de disculpas en presencia de la víctima, Altas Autoridades y prensa - Construcción de monumentos (conmemorativos) - Prestaciones de tipo médico o psicológico - Becas de estudio - Localización de los restos Indemnización - Daño moral - Daño material

Acuerdo de Solución Amistosa IMPORTANTE Ya sea durante el proceso ante la CIDH como en la Corte IDH, en cualquier momento existe la posibilidad de abrir negociaciones para llegar a un: Acuerdo de Solución Amistosa Artículos 48.1.f y 49 CADH, 40 Re CIDH y 63 Re Corte IDH Negociación entre las partes (y la CIDH como intermediaria) Se requiere del consentimiento de las víctimas Homologación por la CIDH (se comparte a la Secretaría General de la OEA para su publicación) Posibilidad de denunciar el Acuerdo

Comisión Interamericana de Derechos Humanos Medidas Cautelares (art Comisión Interamericana de Derechos Humanos Medidas Cautelares (art. 25 Re) Situación de gravedad o urgencia A pedido de parte o por iniciativa propia Para prevenir daños irreparables a las personas (independientemente de cualquier petición o caso pendiente) o al objeto del proceso (en conexión con petición o caso pendiente) Pueden ser de naturaleza colectiva (vínculo con una organización, grupo o comunidad de personas determinadas o determinables) Requerimiento de información al Estado involucrado (excepto que la urgencia de la situación justifique el otorgamiento inmediato) Consideración de gravedad y urgencia, el contexto y la inminencia del daño en cuestión, si la situación de riesgo fue denunciada a nivel interno o los motivos que lo impidieron, la identificación individual de potenciales beneficiarios (o grupo al que pertenecen) y su expresa conformidad cuando la presentación sea de terceros/s (salvo justificación de ausencia de consentimiento) CIDH hará seguimiento y revisión periódica para mantenerlas o evaluar su retiro El otorgamiento no constituye prejuzgamiento

Corte Interamericana de Derechos Humanos Medidas Provisionales (Art Corte Interamericana de Derechos Humanos Medidas Provisionales (Art. 27 Re) La Corte podrá dictarlas de oficio En cualquier estado del procedimiento Situaciones de extrema gravedad o urgencia (distinción entre caso y asunto) A pedido de parte o por iniciativa propia Para evitar daños irreparables a las personas A solicitud de la CIDH en asuntos aún no sometidos a su conocimiento A solicitud de la(s) víctima(s) o sus representantes en casos contenciosos ya en conocimiento, cuando existe relación con el objeto del caso Supervisión mediante presentación de informes estatales y observaciones a los mismos

Ciclo de los casos individuales ante el Sistema Interamericano de Protección de Derechos Humanos

¡MUCHAS GRACIAS! Mtro. Adalberto Méndez López, LL.M. Contacto E-Mail: amendez@cndh.org.mx / adalsamma@yahoo.com.mx Twitter: @ADALSAMMA Teléfono: (55) 56 81 81 25 / (55) 54 90 74 00