VI Jornada de Contabilidad Actualización Profesional
Proyecto Nº 39 de RT (FACPCE) “Remedición de activos” Será tratado en JG FACPCE del 1/12 Finalizó el periodo de consulta y observaciones el pasado viernes 17
Es parte del proceso de difusión del proyecto de resolución técnica 39 Cra. Ana Maria Petti Miembro Titular representante de organizaciones academicas de CENCyA FACPCE
Recordemos su origen…………. NCPA de reconocimiento y medición: RT 17 y 41; Interpretación 8; RJG 517/16; RJG 527/17 Cierres desde 1/12/17 se aplicarán secciones 3.1 y 2.6 de RT 17 y RT 41 Recordemos su origen………….
Restricciones para ajustar por inflación Decreto 1269/02 modificado por Decreto 664/03 Resulta necesario ir por otro camino……………
“Un camino para atenuar el riesgo de erosión patrimonial” Recientemente: Cambio de actitud del gobierno nacional Proyecto de ley vinculante Organismos de contralor aceptaron la propuesta “Un camino para atenuar el riesgo de erosión patrimonial”
Y en eso estamos……….. aceptado algunas y rechazando otras………… CENCyA elaboró propuesta de RT. 17 de marzo : JG aprobó tal propuesta. CENCyA elaboró el Proyecto de RT. 30 de junio : JG aprobó conexiones con organismos antes de tratar el PRT 7 de septiembre : nueva propuesta CENCyA aprobó 15 de septiembre : JG aprobó el proyecto Desde el 18 de septiembre y hasta el pasado 17 de noviembre se fijó el periodo de consulta y observaciones Y en eso estamos……….. aceptado algunas y rechazando otras…………
Resulta imprescindible recordar Unidad de medida Criterios de medición
Resulta imprescindible recordar Corregir las partidas medidas en una fecha anterior a la de cierre: moneda homogénea Aplicar criterios de medición al cierre basados en valores corrientes
es diferente a referirnos a los criterios de medición. Sabemos …… Es sabido hablar de unidad de medida es diferente a referirnos a los criterios de medición.
Sabemos………….. moneda homogénea valores corrientes
¿Y entonces?………... Se trata de una propuesta alternativa al ajuste por inflación de los estados contables.
¿En que consiste? Calcular importes remedidos
Interrogantes………….
Respuestas……….. En el texto que estuvo en web hasta el viernes pasado Algunas cuestiones al analizar las observaciones “CENCyA aceptó modificar” Otras será decisión de la JG
Interrogantes…………. ¿Quiénes aplicarán esta norma? ¿Quiénes no la aplicarán? ¿Cuándo se aplicará? ¿Qué carácter tendrá su aplicación?
Interrogantes…………. ¿Qué activos deben remedirse? ¿Qué procedimiento / s se aplicarán? ¿Donde se presentará la contrapartida? ¿El destino de la misma cual será?
¿Quiénes la aplicarán y quienes no podrán hacerlo? Todos los entes Excepto aquellos que utilicen las NCP de la RT 26
¿Cuándo se aplicará? 01/12/17 y 30/11/18 Al cierre del ejercicio que finalice entre 01/12/17 y 30/11/18 Ambas inclusive
¿Carácter de su aplicación? Por una única vez (norma de excepción) Obligatoria Tema JG optativa
Activos no monetarios alcanzados Por orden alfabético Activos bilógicos Activos Intangibles Activos no corrientes… Bienes de cambio Bienes de uso Bienes retirados de servicio Participaciones Permanentes Propiedades de Inversión
¿Los activos no monetarios indicados o algunos se excluyen? Podría ser que se excluyan: los ya medidos a valores corrientes aquellos cuya contribución a generar flujos de efectivo sea incierta Tema JG podrían no ser todos
¿Los activos no monetarios indicados o algunos se excluyen? No se incluyó pero es regla en las NCPA Bienes totalmente depreciados si aplico factor ($0 x factor = $ 0)
¿Pasivos no monetarios? Solo si depende de un activo no monetario y éste se remide.(hoy no está en el texto) Si el activo no monetario fue medido a valor corriente, el pasivo no monetario relacionado también lo fue.
¿ Que procedimiento se aplicará? Medir Activos según NCPA vigentes y políticas contables que correspondan Remedir ciertos activos no monetarios alcanzados a valores corrientes o hacerlo mediante la multiplicación del importe en libros por un factor que FACPCE elaborará Comparar con el valor recuperable
Para la remedición hay……. Procedimiento preferible Procedimiento alternativo Ante activos no significativos: no remedir es una opción
Preferible……. Remedir a valor corriente (en base a procedimientos consistentes con lo previsto en NCP)
Emplear sobre importe en libros factores de corrección Alternativo……. Emplear sobre importe en libros factores de corrección Cuales serán: JG por resolución los brindará Con posterioridad a las gestiones para “compatibilizar con revalúo contable”. FACPCE propondrá usar en la reglamentación de la ley los mismos factores.
Para la remedición hay……. Podrían ser procedimientos de igual nivel o el alternativo solo si el preferible no se obtiene Tema JG factor por opción
Activos a valores corrientes Nueva magnitud del Patrimonio Neto …Se «arregla» la magnitud del PN PN»……………………… Activos x factor Activos a valores corrientes Nueva magnitud del Patrimonio Neto
“Un camino para atenuar el riesgo de erosión patrimonial” No se acompaña: con importes corregidos de los componentes del PN Con el resultado del ejercicio corregido
Mejora la comparabilidad de la información contable
El importe remedido considerando el valor recuperable Será el costo atribuido a esa fecha Salvo excepciones ……
Las excepciones son: Los bienes de uso que el ente viene revaluando y decide continuar haciéndolo Las propiedades de inversión y los activos no corrientes mantenidos para la venta que se miden a VNR y el ente decide continuar haciendolo
Contrapartida Patrimonio Neto: Saldo o Reserva por Remedición Será resultados acumulados y en especial resultados diferidos Contrapartida
Contrapartida Se disminuirá por impuesto a las ganancias o sea por el PID (incluso RT 41 segunda parte)
No podrá transferirse a resultados no asignados Contrapartida No podrá transferirse a resultados no asignados
Resolverá la Junta de Gobierno Carácter de su aplicación Exclusión de algunos activos no monetarios Procedimientos opcionales a igual nivel o con prioridad uno sobre otro Resolverá la Junta de Gobierno
Coincidencias y diferencias con el Proyecto de ley -Titulo II art Coincidencias y diferencias con el Proyecto de ley -Titulo II art. 16 a 19-
Reserva especial del PN No distribuible Quienes: sujetos que lleven registraciones contables que permitan confeccionar balances comerciales Frecuencia: única vez Carácter : opcional Cuando: 1° ejercicio que cierre posterior a entrada en vigencia Bienes: según reglamento y NCP Procedimiento: ver revalúo impositivo y reglamento Contrapartida: Reserva especial del PN No distribuible El destino lo fijará el reglamento Factor de corrección
Profesión: Ley: resolver cuestiones ocurridas en el pasado Objetivos distintos Profesión: resolver cuestiones ocurridas en el pasado Ley: solución financiera a futuro
¡MUCHAS GRACIAS! A esperar al 1/12 …………..