SISTEMA NACIONAL ANTICORRUPCIÓN Lic. David Olvera Romero

Slides:



Advertisements
Presentaciones similares
LEY FEDERAL DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS (LFRASP) Nueva Ley publicada en el Diario Oficial de la Federación el 13.
Advertisements

Sistema Nacional Anticorrupción SISTEMA NACIONAL ANTICORRUPCIÓN Maestro Guillermo Huizar Carranza Guadalajara, Jal., Noviembre 2015.
transparencia.scgg.gob.hn DIRECCIÓN PRESIDENCIAL DE TRANSPARENCIA, MODERNIZACION Y REFORMA DEL ESTADO. MECANISMO.
Sistema Nacional Anticorrupción 18 de noviembre de 2015 SUBSECRETARÍA DE CONTROL Y AUDITORÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA UNIDAD DE AUDITORÍA GUBERNAMENTAL Foro.
Ley General de Contabilidad Gubernamental Guadalajara, Jal. 18 de Noviembre de 2015.| 1.
Dr. Víctor Manuel Díaz Vázquez Consejero Propietario Instituto Morelense de Información Pública y Estadística EL SISTEMA NACIONAL ANTICORRUPCIÓN: CASO.
Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios Sábado 30 de abril Toluca, Estado de México.
La Contraloria General de la Republica. CONCEPTO La Contraloría General de la República del Perú es un organismo constitucional autónomo del Estado Peruano.
Sistema Nacional Anticorrupción
Sistema Nacional Anticorrupción
Sistema Nacional Anticorrupción
Sistema Nacional Anticorrupción
Dip. Hilda Graciela Pérez Luis Dip. María de Jesús Melgar Vásquez
EL PAPEL DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA
SISTEMA NO JURISDICCIONAL DE PROTECCIÓN Y DEFENSA DE LOS DERECHOS HUMANOS EN MÉXICO AGOSTO DE 2008.
Sistema Nacional Anticorrupción
CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN
El Futuro de la Fiscalización en México.

EL FUTURO DE LA FISCALIZACIÓN EN MÉXICO Nuevas Obligaciones vs Disponibilidad Presupuestal 1.
Nuevas obligaciones vs disponibilidad presupuestal
Sistema Nacional Anticorrupción
CONTROL FISCAL.
1er. Congreso Internacional de Contralores Municipales
Sistema Nacional Anticorrupción v.1
ANTECEDENTES EVOLUCIÓN DEL GRUPO DE TRABAJO DE RESPONSABILIDADES
DIRECCIÓN DE EDUCACIÓN MEDIA SUPERIOR
SISTEMA NACIONAL DE TRANSPARENCIA
TRANSPARENCIA EN EL MARCO DEL SISTEMA ESTATAL ANTICORRUPCIÓN
ETICA.
Sistema Nacional Anticorrupción
Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación Suprema Corte de Justicia de la Nación Consejo de la Judicatura Federal Tribunales de Circuito Colegiados.
Plataforma Virtual del Sistema Nacional de Fiscalización
Visión de la PND en la SFP
Normatividad Aplicable a la Contraloría Social
PRINCIPALES REFORMAS CONSTITUCIONALES EN MATERIA ANTICORRUPCIÓN
Objetivo General El Tribunal, es un Órgano Colegiado, integrado por Cinco Salas Ordinarias (cada una con tres Magistrados) y una Sala Superior (compuesta.
LEY DEL INSTITUTO NACIONAL PARA LA EVALUACIÓN DE LA EDUCACIÓN
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
YENNY CARREÑO TGO OBRAS CIVILES. TITULO 1:DE LOS PRINCIPIOS FUNDAMENTALES ART DEL 1 AL 10 ENTIDADES QUE SIRVEN AL ESTADO SOBERANIA QUE ES LA.
SISTEMA NACIONAL ANTICORRUPCIÓN
Sistema Nacional Anticorrupción
Ley de Administración Financiera y del Régimen Presupuestario Ley No. 550 Organización del subsistema del presupuesto Universidad de las Regiones Autónomas.
CONTRALORÍA SOCIAL Participación ciudadana para combatir la corrupción.
Tres Elementos a Reflexionar en Democracia Poder Autoridad Control.
Generalidades del Tribunal
Sistema Estatal Anticorrupción
Funciones y Obligaciones de las Contralorías Internas Municipales
Secretaria de Coordinación
TRANSPARENCIA Y CORRUPCIÓN. SISTEMA NACIONAL ANTICORRUPCIÓN
Sistema Estatal Anticorrupción C.P.C. Myrna Rocío Moncada Mahuem
Registro Único de Servidores Públicos del Estado de Jalisco
REFORMAS EN MATERIA DE COMBATE A LA CORRUPCIÓN
Proceso Electoral Estatal Ordinario
Objetivo. Dar a conocer las nuevas disposiciones y procedimientos correctos para mantener actualizado el inventario de bienes muebles (equipo de cómputo,
dante preisser rentería
La Ley General de Archivos y el Sistema Nacional Transparencia
Normatividad Aplicable a la Contraloría Social
Informe de avances de acciones ejecutivas
AUDITORÍA SUPERIOR DE LA FEDERACIÓN
"La Autonomía del Tribunal Estatal de Justicia Administrativa“
SISTEMA NACIONAL ANTICORRUPCIÓN
Dra. Nancy García Vázquez El Colegio de Jalisco
SEMINARIO DE TRANSPARENCIA, ACCESO A LA INFORMACION Y PROTECCION DE DATOSPERSONALES Sesión 2, jueves 30 de agosto TRANSPARENCIA Y POLÍTICAS ANTICORRUPCIÓN.
ORGANIZACIÓN, COMPETENCIAS Y ATRIBUCIONES DEL ESTADO BOLIVIANO MGP. Freddy Aliendre España 2011.
La Ley General de Archivos y el Sistema Nacional Transparencia
AVANCES, RETOS Y COMPROMISOS
SISTEMA NACIONAL ANTICORRUPCIÓN. ¿Qué es? De conformidad con el artículo 113 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Sistema Nacional.
Funciones y facultades de los poderes en México (Ejecutivo, Legislativo y Judicial)
CAPACITACIÓN DEL : PROGRAMA DE CAPACITACIÓN PARA EL DESARROLLO PROFESIONAL DOCENTE PRODEP UTTECAM.
Transcripción de la presentación:

SISTEMA NACIONAL ANTICORRUPCIÓN Lic. David Olvera Romero

REFORMAS CONSTITUCIONALES EN MATERIA ANTICORRUPCIÓN PRINCIPALES REFORMAS CONSTITUCIONALES EN MATERIA ANTICORRUPCIÓN Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de combate a la corrupción. Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de mayo de 2015.

REFORMAS CONSTITUCIONALES EN MATERIA ANTICORRUPCIÓN El Sistema Nacional Anticorrupción se concibe como un conjunto de acciones institucionales que cuentan con: Una instancia de coordinación entre las autoridades de todos los órdenes de gobiernos competentes en la: Prevención, detección y sanción de responsabilidades administrativas y hechos de corrupción. Fiscalización y control de recursos públicos.

Responsabilidades Específicas del Sistema Nacional Anticorrupción REFORMAS CONSTITUCIONALES EN MATERIA ANTICORRUPCIÓN Establecer mecanismos de coordinación con los sistemas locales Anticorrupción. Diseñar y promover políticas integrales para fiscalizar y controlar el ejercicio de recursos públicos. Prevenir, controlar y disuadir que ocurran faltas administrativas y hechos de corrupción. Responsabilidades Específicas del Sistema Nacional Anticorrupción Determinar mecanismos para proporcionar, intercambiar, sistematizar y actualizar la información en materia de fiscalización y control de recursos públicos y en el ámbito de la prevención, el control y la disuasión de hechos de corrupción se generen por las instituciones competentes de los diferentes órdenes de gobierno.

Responsabilidades Específicas del Sistema Nacional Anticorrupción REFORMAS CONSTITUCIONALES EN MATERIA ANTICORRUPCIÓN Establecer bases y principios para una efectiva coordinación entre autoridades de fiscalización y control de recursos públicos de todos los órdenes de gobierno. Responsabilidades Específicas del Sistema Nacional Anticorrupción Elaborar un informe anual sobre los resultados de su ejercicio y de la aplicación de las políticas y programas que aliente, así como de sus avances.

INTEGRACIÓN DEL SISTEMA NACIONAL ATICORRUPCIÓN REFORMAS CONSTITUCIONALES EN MATERIA ANTICORRUPCIÓN INTEGRACIÓN DEL SISTEMA NACIONAL ATICORRUPCIÓN Comité Coordinador Comité de Participación Ciudadana Sistemas Locales Anticorrupción

Integración del Comité Coordinador REFORMAS CONSTITUCIONALES EN MATERIA ANTICORRUPCIÓN Integración del Comité Coordinador Titular de la Auditoría Superior de la Federación. Titular de la Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción. Titular de la Secretaría del Ejecutivo Federal a cargo del Control Interno de la Administración Pública Federal. Presidente del Tribunal Federal de Justicia Administrativa. Presidente del Instituto Federal de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales. Representante del Consejo de la Judicatura Federal.

Comité de Participación Ciudadana REFORMAS CONSTITUCIONALES EN MATERIA ANTICORRUPCIÓN Comité de Participación Ciudadana El representante de la sociedad será un integrante de dicho Comité. Estará compuesto por 5 ciudadanos que se hayan destacado por su contribución a la transparencia, la rendición de cuentas o el combate a la corrupción.

Sistemas Locales Anticorrupción REFORMAS CONSTITUCIONALES EN MATERIA ANTICORRUPCIÓN Sistemas Locales Anticorrupción Las entidades federativas establecerán sistemas locales anticorrupción. Cuyo objeto es coordinar a las autoridades locales competentes en la prevención, detección y sanción de responsabilidades administrativas y hechos de corrupción.

REFORMAS CONSTITUCIONALES EN MATERIA ANTICORRUPCIÓN El Sistema Nacional Anticorrupción, se concibe a partir de 4 Principios de la gestión pública y sus correspondientes Pilares institucionales PRINCIPIO PILARES INSTITUCIONALES Los órganos competentes en los poderes legislativo, ejecutivo y judicial y los constitucionalmente autónomos, de la Federación como de las entidades federativas. Principio del control interno de la gestión y de los recursos públicos. La Auditoría Superior de la Federación de la Cámara de Diputados y las entidades de fiscalización superior de las Legislaturas de los Estados y del Distrito Federal. Principio de la fiscalización superior de la gestión y de los recursos públicos.

REFORMAS CONSTITUCIONALES EN MATERIA ANTICORRUPCIÓN PRINCIPIO INSTITUCIÓN Principio de investigación de los delitos y el establecimiento de probables responsabilidades para su dilucidación en el proceso penal correspondiente. La Procuraduría General de la República y los órganos homólogos de las entidades federativas. Tribunal Federal de Justicia Administrativa, (faltas administrativas consideradas como graves por la ley), así como de sus homólogos en las entidades federativas; y los Juzgados y Tribunales en materia penal de la Federación y de las entidades federativas. Principio de la impartición de justicia por órganos imparciales con autonomía para dictar sus resoluciones.

Principales Reformas SNA REFORMAS CONSTITUCIONALES EN MATERIA ANTICORRUPCIÓN Atribuciones del Congreso Atribuciones de la ASF Secretaría del Ejecutivo Federal Tribunal Federal de Justicia Administrativa Fiscalía Anticorrupción Principales Reformas SNA

REFORMAS CONSTITUCIONALES EN MATERIA ANTICORRUPCIÓN del Congreso

REFORMAS CONSTITUCIONALES EN MATERIA ANTICORRUPCIÓN Expedir Leyes Que regulen la organización y facultades de la ASF. Que instituya el Tribunal Federal de Justicia Administrativa. Que distribuya competencias entre los órdenes de gobierno para establecer las responsabilidades administrativas de los servidores públicos, sus obligaciones, las sanciones aplicables por los actos u omisiones en que incurran. Que establezca las bases de coordinación del SNA. Y las que correspondan a los particulares vinculados con faltas administrativas graves que al efecto prevea, así como los procedimientos para su aplicación.

Atribuciones de la Cámara de Diputados REFORMAS CONSTITUCIONALES EN MATERIA ANTICORRUPCIÓN Atribuciones de la Cámara de Diputados

REFORMAS CONSTITUCIONALES EN MATERIA ANTICORRUPCIÓN Coordinar y evaluar, sin perjuicio de su autonomía técnica y de gestión, el desempeño de las funciones de la ASF. Designar a los titulares de los OIC de los organismos con autonomía reconocida en la Constitución, que ejerzan recursos del Presupuesto de Egresos de la Federación. Ratificar el nombramiento del Secretario responsable del Control interno del Ejecutivo Federal.

Atribuciones de la Secretaría del Ejecutivo Federal REFORMAS CONSTITUCIONALES EN MATERIA ANTICORRUPCIÓN Atribuciones de la Secretaría del Ejecutivo Federal

Será responsable del Control Interno. REFORMAS CONSTITUCIONALES EN MATERIA ANTICORRUPCIÓN SEF Será responsable del Control Interno. Podrá recurrir las determinaciones de la Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción y del Tribunal Federal de Justicia Administrativa. Formará parte del Comité Coordinador del Sistema Nacional Anticorrupción

REFORMAS CONSTITUCIONALES EN MATERIA ANTICORRUPCIÓN Reformas al Título Cuarto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, de las Responsabilidades de los Servidores Públicos, Particulares Vinculados con Faltas Administrativas Graves o Hechos de Corrupción, y Patrimonial del Estado.

Atribuciones de la Auditoría Superior de la Federación REFORMAS CONSTITUCIONALES EN MATERIA ANTICORRUPCIÓN Atribuciones de la Auditoría Superior de la Federación

REFORMAS CONSTITUCIONALES EN MATERIA ANTICORRUPCIÓN Revisión durante el ejercicio fiscal y sobre actos realizados en ejercicios fiscales anteriores. Se eliminan principios de anualidad y posterioridad. Auditorías durante el ejercicio en curso. La fiscalización inicia el primer día del siguiente ejercicio fiscal que se va a auditar. Se continuará revisando la CP del ejercicio fiscal que corresponda. Auditorías sobre actos irregulares cometidos en ejercicios anteriores. Podrá solicitar la información que requiera durante el ejercicio fiscal para poder planear sus auditorías. Los informes que presentará los días 1 de mayo y noviembre, incluirá los montos efectivamente resarcidos a la HPF o al patrimonio de los entes públicos federales, como consecuencia de sus acciones de fiscalización. Así como las denuncias penales presentadas y los procedimientos iniciados ante el TFJA.

REFORMAS CONSTITUCIONALES EN MATERIA ANTICORRUPCIÓN Podrá investigar las irregularidades que detecte en la Cuenta Pública, en el ejercicio fiscal en curso o en ejercicios anteriores y promover el fincamiento de responsabilidades ante el Tribunal de Federal de Justicia Administrativa y la Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción de la Fiscalía General de la República. Fiscalizará el destino y ejecución de los recursos provenientes de deuda pública que esté garantizada por la Federación. Fiscalizará recursos federales que se destinen y ejerzan por fideicomisos, fondos y mandatos, públicos y privados. No aplicará el secreto fiduciario a las labores de fiscalización sobre recursos públicos, llevadas a cabo por ésta. Cuenta con la facultad para que fiscalice las participaciones de manera directa o coordinada.

Atribuciones del Tribunal Federal de Justicia Administrativa REFORMAS CONSTITUCIONALES EN MATERIA ANTICORRUPCIÓN Atribuciones del Tribunal Federal de Justicia Administrativa

REFORMAS CONSTITUCIONALES EN MATERIA ANTICORRUPCIÓN Dirimir las controversias que se susciten entre la administración pública federal y los particulares. Imponer sanciones a los servidores públicos por las responsabilidades administrativas que la ley determine como graves y a los particulares que participen en actos vinculados con dichas responsabilidades. Fincar a los responsables el pago de las indemnizaciones y sanciones pecuniarias que deriven de los daños y perjuicios que afecten a la Hacienda Pública Federal o al patrimonio de los entes públicos federales. El Tribunal funcionará en Pleno o en Salas Regionales.

REFORMAS CONSTITUCIONALES EN MATERIA ANTICORRUPCIÓN INTEGRACIÓN DEL TFJA La Sala Superior del Tribunal se compondrá de 16 Magistrados. Actuará en Pleno o en Secciones. Una le corresponderá la resolución de los procedimientos. Los Magistrados de la Sala Superior y los Magistrados de Sala Regional serán designados por el Presidente de la República. Serán ratificados por el voto de las dos terceras partes de los miembros presentes del Senado de la República.

REFORMAS CONSTITUCIONALES EN MATERIA ANTICORRUPCIÓN Los servidores públicos estarán obligados a presentar su declaración patrimonial y de intereses ante las autoridades competentes. La comisión de delitos por parte de cualquier servidor público o particulares que incurran en hechos de corrupción, será sancionada en los términos de la legislación penal aplicable.

REFORMAS CONSTITUCIONALES EN MATERIA ANTICORRUPCIÓN Las faltas administrativas graves serán investigadas y substanciadas por la Auditoría Superior de la Federación y los órganos internos de control, o por sus homólogos en las entidades federativas y serán resueltas por el Tribunal de Justicia Administrativa que resulte competente. Las demás faltas y sanciones administrativas, serán conocidas y resueltas por los órganos internos de control. Se adiciona la figura de enriquecimiento ilícito y extinción de dominio. La ley establecerá los supuestos y procedimientos para impugnar la clasificación de las faltas administrativas como no graves.

REFORMAS CONSTITUCIONALES EN MATERIA ANTICORRUPCIÓN Prevenir, corregir e investigar actos u omisiones que pudieran constituir responsabilidades administrativas. Sancionar aquéllas conductas distintas a las que son competencia del Tribunal Federal de Justicia Administrativa. Revisar el manejo de los recursos públicos federales y participaciones federales. Presentar las denuncias por hechos u omisiones que pudieran ser constitutivos de delito ante la Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción. Los entes públicos federales tendrán órganos internos de control facultados para: Los entes públicos estatales y municipales, así como del Distrito Federal y sus demarcaciones territoriales, contarán con órganos internos de control, que tendrán, en su ámbito de competencia local, las atribuciones a que se refiere.

Los Tribunales de Justicia Administrativa, impondrán: REFORMAS CONSTITUCIONALES EN MATERIA ANTICORRUPCIÓN Los Tribunales de Justicia Administrativa, impondrán: A los particulares que intervengan en actos vinculados con faltas administrativas graves, las sanciones económicas; inhabilitación para participar en adquisiciones, arrendamientos, servicios u obras públicas; así como el resarcimiento de los daños y perjuicios ocasionados a la Hacienda Pública o a los entes públicos federales, locales o municipales. Sanciones a las personas morales cuando los actos vinculados con faltas administrativas graves sean realizados por personas físicas que actúen a nombre o representación de la persona moral y en beneficio de ella, en la que también se podrá ordenarse la suspensión, disolución o intervención de la sociedad respectiva cuando se trate de faltas administrativas graves que causen perjuicio a la Hacienda Pública o a los entes públicos, federales, locales o municipales.

así como en la fiscalización y control de recursos públicos. REFORMAS CONSTITUCIONALES EN MATERIA ANTICORRUPCIÓN Los órganos responsables de la investigación y sanción de responsabilidades administrativas y hechos de corrupción. No les serán oponibles las disposiciones dirigidas a proteger la secrecía de la información en materia fiscal o la relacionada con operaciones de recursos monetarios. El Sistema Nacional Anticorrupción es la instancia de coordinación. entre las autoridades de todos los órdenes de gobierno competentes en la prevención, detección y sanción de responsabilidades administrativas y hechos de corrupción. así como en la fiscalización y control de recursos públicos.

Las legislaturas de los estados deberán: REFORMAS CONSTITUCIONALES EN MATERIA ANTICORRUPCIÓN Las legislaturas de los estados deberán: Fiscalizar las acciones de Estados y Municipios en materia de fondos, recursos locales y deuda pública. Recibir la cuenta pública del año anterior a más tardar el 30 de abril. Podrá ampliar el plazo de presentación de la cuenta pública, cuando medie solicitud del Gobernador.

REFORMAS CONSTITUCIONALES EN MATERIA ANTICORRUPCIÓN Las Constituciones y leyes de los Estados deberán: Instituir Tribunales de Justicia Administrativa. Dotarlos de plena autonomía para dictar sus fallos. Estableciendo su organización, funcionamiento, procedimientos. Así como los recursos contra sus resoluciones.

Los Tribunales tendrán a su cargo: REFORMAS CONSTITUCIONALES EN MATERIA ANTICORRUPCIÓN Los Tribunales tendrán a su cargo: Dirimir las controversias que se susciten entre la administración pública local y municipal y los particulares. Imponer sanciones a los servidores públicos locales y municipales por responsabilidad administrativa grave. Imponer sanciones a los particulares que incurran en actos vinculados con faltas administrativas graves. Así como el pago de las indemnizaciones y sanciones pecuniarias que deriven de los daños y perjuicios que afecten a la Hacienda Pública Estatal o Municipal.