DERECHO REAL DE DOMINIO

Slides:



Advertisements
Presentaciones similares
TRABAJO DE ACCESION Marco Vinicio alvarado CURSO REALES I ESTUDIANTES
Advertisements

DERECHOS REALES Curso 2004 UNIVERSIDAD DE BUENOS AIRES
Propiedad Ius utendi Ius fruendi Ius sabutendi Derecho sobre una cosa.
RESTRICCIONES Y LIMITES AL DOMINIO
DERECHO CIVIL III (REALES)
MARIA YOLANDA MARTINEZ BECERRIL
Derecho de los bienes y las sucesiones
Tema XVII La donación Si tienes mucho, da mucho; si tienes poco, da poco: pero da siempre. Anónimo.
La relación laboral y el contrato de trabajo Índice del libro.
Tema XVI Derechos reales limitados (II) Usufructo Los bienes son para aquellos que saben disfrutarlos. Epicuro de Samos Disfrutar de todos los placeres.
ENCUENTRO REGIONAL NOVEL NEA - CORRIENTES DERECHO DE SUPERFICIE Articulos
TRABAJO DE CIENCIAS ECONOMICAS «LOS SECTORES ECONOMICOS» BRANDON CASTELLANOS PAREJA LUIS DAVID BRITO BOLAÑO (ESTUDIANTES) JAIME PEREA (DOCENTE) 11°02 RODOLFO.
Estructura De Acto y potencia. Nociones de acto y potencia: La primera determinación del acto y la potencia surge del análisis del movimiento. Para Parménides.
ISAE UNIVERSIDAD FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS POLITICAS DERECHO CIVIL VII LA SERVIDUMBRE INTEGRANTES: ESQUINA EDUARDO PUGA MARLINA ROA HERNAN GRUPO:
9/25/2016 MODO DE ADQUIRIR LA POSESION  Debora Amador  Marla Espinosa  Danibeth Herrera  Ramiro Abaunza.
Aproximación al concepto de obligación Cátedra de Derecho Civil II -Derecho Privado III Obligaciones Univ. de Mendoza - U.N.Cuyo.
Tema I Introducción. Los Derechos Reales El saber es la única propiedad que no puede perderse. Bias de Priene.
DERECHOS REALES Título V. Propiedad horizontal Capítulo 1. Disposiciones generales.
REGIMENES PATRIMONIALES. REGIMEN DE SEPARACION DE BIENES El Código de Familia institucionaliza el régimen de separación de bienes en el Art. 48 el cual.
JOSE ALI PORTILLO MARTINEZ CI El Derecho Mercantil es la rama del Derecho Privado constituido por una serie de normas que regulan aquellos actos.
Autores: Abache, Eunice Astudillo, Adriana García, Juan García, Mariel Mundaray, Joserraul Mundaray, Raúl Profesor (a): Abg. da Alejandra Duran Derecho.
DERECHOS REALES.
Derecho Real de Condominio
Restricciones y Limites al Dominio
DERECHOS REALES Son los que crean una relación directa e inmediata entre una persona y una cosa PERSONA Sujeto activo COSA Objeto cosa.
UNIDAD I: DERECHOS REALES EN GENERAL
Adquisición de los Derechos Reales
DERECHO REAL DE CONJUNTO INMOBILIARIO
Responsabilidad de los gobernantes.
TEMA 5 LOS DERECHOS REALES.
Bienes.
MODOS DE ADQUIRIR EL DERECHO DE PROPIEDAD
EL PATRIMONIO DERECHO CIVIL BIENES.
OCUPACIÓN EN DOCTRINA SE DIFERENCIA CON LA APROPIACIÓN, APLICÁNDOSE LA OCUPACIÓN A LOS BIENES INMUEBLES Y LA APROPIACIÓN PARA LOS MUEBLES. ( Por ejemplo.
Tema XXI La relación jurídica y el derecho subjetivo
DERECHO CIVIL BIENES Y DERECHOS REALES
DERECHO CIVIL BIENES Y DERECHOS REALES
La diversidad de la materia
DERECHO CIVIL BIENES Y DERECHOS REALES
TEMA 4 LAS COSAS Y LOS BIENES.
Unidad I: Teoría de la norma y concepción del derecho en las principales corrientes del pensamiento.
Uso Y Habitación El derecho de uso es un derecho real que consiste en la facultad de servirse de la cosa de otro, con la obligación de conservar la cosa.
¿CÓMO SE INTERPRETA UN CONTRATO?
Herramientas de los Derechos Reales aplicadas a la Ingeniería
D. Ph. Perla Lucía Ordóñez Baquera
Unidad VI: Técnica jurídica.
CONTRATO DE ARRENDAMIENTO
Unidad VI: Técnica jurídica.
CODIGO CIVIL Y COMERCIAL
Bienes y Sucesiones..
Introducción a la Administración

DEREHCHOS REALES ADMINISTRATIVOS Alexa González
Relaciones de poder (1908) Son relaciones de hecho 1) tenencia
Ineficacias del acto jurídico
LIMITACIONES ADMINISTRATIVAS A LA PROPIEDAD PRIVADA
ESTATUTO DE LAS CORTES Y DE SUS MIEMBROS
DERECHO REAL DE CONJUNTO INMOBILIARIO
DERECHO DE PROPIEDAD.
DERECHO REAL DE USUFRUCTO
PROFESOR MARCO V. ALVARADO QUESADA
DERECHOS REALES PROPIEDAD POSESION USUFRUCTO USO HABITACION SERVIDUMBRE SUPERFICIE LAS GARANTIAS.
DERECHO CIVIL III -REALES
El Patrimonio concepto
Introducción al estudio del Derecho
GARANTÍAS REALES.
T14. Los negocios jurídicos sobre la empresa
Apropiación de la cultura escolar
Tecnología sábado, 24 de agosto de 2019
Derechos reales.
Transcripción de la presentación:

DERECHO REAL DE DOMINIO Es el Derecho real por el cual se le atribuye a su titular un poder básico, complejo y genérico, lo más amplio posible respecto de una cosa que es su objeto y que en principio es pleno exclusivo y perpetuo, con tendencia a recuperar tales caracteres apenas cesan los motivos que lo afectan. CARACTERES 1. ABSOLUTO (ART. 1941) Facultades materiales y jurídicas sobre la cosa IUS FRUENDI, IUS ABUTENDI, IUS UTENDI y IUS POSSIDENDI 2. PERPETUO (ART. 1942) En dos sentidos Extensión ilimitada en el tiempo No se extingue por el no uso exc. prescripción adquisitiva 3. EXCLUSIVO (ART. 1943) Carácter esencial. No puede existir sobre la cosa y al mismo tiempo más de un titular. 1

1. ACTOS MATERIALES DE USO Y GOCE (ART 1941) CONTENIDO 1. ACTOS MATERIALES DE USO Y GOCE (ART 1941) 2. DERECHO DE POSEER (ART 1941) 3. DERECHO DE DISPONER (ART 1941) 4. FACULTADES DE EXCLUSIÓN Y CERRAMIENTO (ART. 1944) 5. FACULTAD DE ADMINISTRACIÓN (ART 1941) EXTENSIÓN MATERIAL 1. Objetos que forman un todo con la cosa y con sus accesorios 2. Inmuebles: subsuelo y espacio aéreo, mientras sea posible su aprovechamiento, exc. Normas especiales 3. Construcciones siembras o plantaciones existentes: Pertenecen al dueño Se presumen hechas por el dueño 2

CLASES DE DOMINIO PERFECTO O PLENO (ART. 1941) IMPERFECTO O MENOS PLENO (ART. 1946/1964) 1. DESMEMBRADO 2. REVOCABLE (ART. 1965 A 1969) 3. FIDUCIARIO (ART. 1701 A 1707) 3

Modos especiales de adquisición del dominio 1. APROPIACIÓN (Art. 1947) APREHENSIÓN + PERSONA CAPAZ + INTENCIÓN DE ADQUIRIR OBJETO: - MUEBLE NO REGISTRABLES SIN DUEÑO O ABANDONADAS POR SU DUEÑO. - CAZA/ PESCA / ENJAMBRES - AGUA PLUVIAL - NO: COSAS PERDIDAS TESOROS ANIMALES DOMÉSTICOS Y LOS DOMESTICADOS, SI EL DUEÑO SIGUE PERSIGUIÉNDOLOS 4

COSA AJENA + TRABAJO DEL HOMBRE = COSA NUEVA 2. TRANSFORMACIÓN: COSA AJENA + TRABAJO DEL HOMBRE = COSA NUEVA DUEÑO DE LA MATERIA PRIMA ≠ DEL QUE HACE EL TRABAJO Variables a tener en cuenta: Si la cosa puede volver al estado anterior Buena o mala fe del transformador 5

3. ACCESIÓN DE COSAS MUEBLES: (Art. 1958) - Dos cosas de distinto dueño acceden entre sí sin el hecho del hombre. - Una es principal y la otra accesoria. - Es imposible separarlas sin deteriorarlas o sin gastos excesivos FORMAS: Mezcla (cosas sólidas: trigo) y Confusión (cosas líquidas o gaseosas: vino) COSA NUEVA: Pertenece a la que tenía mayor valor económico y si no se puede ambos adquieren en partes iguales. 6

4. ACCESIÓN DE INMUEBLES Aluvión (Art. 1959) Avulsión (Art. 1961) Construcción, siembra y plantación (Art. 1962) Invasión de inmueble colindante (Art. 1963) 7

LÍMITES AL DOMINIO Interés Publico - Restricciones Administrativas (Art. 1970/1971) - Cláusula de Inenajenabilidad (Art. 1972) - Camino de sirga (Art. 1974) - Emergentes de las relaciones de vecindad - Inmisiones (Art. 1973) - Obstáculo al curso de las agua (Art. 1975) - Recepción de aguas, arena y piedras (Art. 1976) - Instalaciones provisorias y paso de personas que trabajan en una obra (Art. 1977) - Vistas y Luces (Art. 1978 a 1981) - Árboles, arbustos u otras plantas (Art.1982)