EJECUCIÓN FORZADA
EJECUCIÓN FORZADA TASACIÓN PUBLICIDAD REMATE PAGO CONVOCATORIA Artículos 725 – 748 CPC. TASACIÓN CONVOCATORIA PUBLICIDAD REMATE PAGO
EJECUCIÓN FORZADA TASACIÓN CONVOCATORIA PUBLICIDAD REMATE ADJUDICACIÓN 728 - 730 2 peritos Innecesario si hay tasación convencional. Innecesario si lo embargado es dinero. Plazo para observaciones a la tasación = 3 días. La desaprobación es inimpugnable. CONVOCATORIA 731 - 732 Nombra martillero facultado de señalar lugar, día y hora. Lugar para inmueble el Juzgado, para mueble donde está PUBLICIDAD 733 - 734 Diario de los avisos judiciales. 3 días para muebles y 6 días para inmuebles. Además avisos en el inmueble y en el Juzgado. Contenido aviso: 1) Partes y terceros legitimados; 2) El bien con descripción y características, 3) afectaciones,… REMATE 735 - 743 El postor deposita 10 % del valor.- (Art. 735 CPC) Exonerado el ejecutante y tercero legitimado. Ejecutado no puede ser postor (Art. 735 in fine) Precio base: 2/3 del valor. Juez ordena al adjudicatario deposite el saldo en 3 días. Acta final.- contenido artículo 738 CPC. Depositado el saldo el Juez transfiere la propiedad en auto Incumplimiento de adjudicatario.- (Art. 741 CPC) Segunda convocatoria.- (Art. 742 CPC) menos 15 % ADJUDICACIÓN 742, 744 - 745 10 días para solicitarse. Si no solicita, se dispone nueva tasación y remate (742) Si no se deposita el exceso (3 días de la liquidación) se deja sin efecto la adjudicación (744) PAGO 746 - 748 Juez ordena el pago, al efecto ordena al Secretario liquide los intereses, costas y costos en plazo que fije. Si hay observación en 3 días, con su absolución o en rebeldía se resuelve aprobándola o modificándola y requiriendo su pago.