PRUEBA DE ACCESO A LAS ENSEÑANZAS UNIVERSITARIAS OFICIALES DE GRADO

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Transcripción de la presentación:

PRUEBA DE ACCESO A LAS ENSEÑANZAS UNIVERSITARIAS OFICIALES DE GRADO RD 1892/2008, de 14 de noviembre, por el que se regulan las condiciones para el acceso a las enseñanzas universitarias oficiales de grado y los procedimientos de admisión a las universidades públicas españolas (BOE de 24de noviembre de 2008)

ESTRUCTURA DE LA PRUEBA FASE GENERAL (obligatoria) FASE ESPECÍFICA (voluntaria)

FASE GENERAL Tiene por objeto valorar la madurez y destrezas básicas que debe alcanzar el estudiante al finalizar el bachillerato para seguir las enseñanzas universitarias oficiales de Grado, especialmente en lo que se refiere a: La comprensión de mensajes, el uso del lenguaje para analizar, relacionar, sintetizar, expresar ideas. La comprensión básica de una lengua extranjera. Los conocimientos o técnicas fundamentales de una materia de modalidad. Consta de 4 ejercicios. (1) (1) En las comunidades autónomas con otra lengua cooficial, la administración educativa podrá establecer la obligatoriedad de un quinto ejercicio referido a dicha lengua.

FASE ESPECÍFICA De carácter voluntario, tiene por objeto la evaluación de los conocimientos y la capacidad de razonamiento en unos ámbitos disciplinares concretos y relacionados con los estudios que se pretenden cursar. Permite mejorar la calificación obtenida en la fase general.

Fase general: PRIMER EJERCICIO Comentario, por escrito, de un texto no especializado y de carácter informativo o divulgativo, relacionado con las capacidades y contenidos de la materia de Lengua castellana y literatura. El ejercicio presentará dos opciones diferentes entre las que el estudiante deberá elegir una.

Fase general: SEGUNDO EJERCICIO Versará sobre las capacidades y contenidos de una de las siguientes materias comunes de 2º de Bachillerato: Historia de la filosofía Historia de España Consistirá en la respuesta por escrito a una serie de cuestiones adecuadas al tipo de conocimientos y capacidades que deban ser evaluados y cuyo formato de respuesta deberá garantizar la aplicación de los criterios objetivos de evaluación previamente aprobados. El ejercicio presentará dos opciones diferentes entre las que el estudiante deberá elegir una.

Fase general: TERCER EJERCICIO El tercer ejercicio será de lengua extranjera. Tendrá como objetivo valorar la comprensión oral y lectora y la expresión oral y escrita. El ejercicio presentará dos opciones diferentes entre las que el estudiante deberá elegir una. IMPORTANTE: La prueba oral de este ejercicio se implantará en el curso académico 2011-2012.

Fase general: CUARTO EJERCICIO Versará sobre los contenidos de una materia de modalidad de segundo de Bachillerato. Consistirá en la respuesta por escrito a una serie de cuestiones adecuadas al tipo de conocimientos y capacidades que deban ser evaluados y cuyo formato de respuesta deberá garantizar la aplicación de los criterios objetivos de evaluación previamente aprobados. El ejercicio presentará dos opciones diferentes entre las que el estudiante deberá elegir una.

Fase general: DURACIÓN DE LOS EJERCICIOS Cada uno de los ejercicios de esta fase tendrá una duración máxima de hora y media. Deberá establecerse un intervalo mínimo de 45 minutos entre el final de un ejercicio y el inicio del siguiente.

CALIFICACIÓN DE LA FASE GENERAL Cada uno de los ejercicios mencionados con anterioridad se calificará de 0 a 10 puntos, con dos cifras decimales. La calificación de la fase general será la media aritmética de las calificaciones de todos los ejercicios expresada en forma numérica de 0 a 10 puntos, redondeada a la centésima más próxima y en caso de equidistancia a la superior.

FASE ESPECÍFICA Cada estudiante se podrá examinar de cualquiera de las materias de modalidad de segundo de Bachillerato, distinta a la materia elegida en el cuarto ejercicio de la fase general. Los ejercicios de cada una de las materias elegidas por el estudiante consistirán en la respuesta por escrito a una serie de cuestiones adecuadas al tipo de conocimientos y capacidades que deban ser evaluados y cuyo formato de respuesta deberá garantizar la aplicación de los criterios objetivos de evaluación previamente aprobados.

Fase específica: DURACIÓN DE LOS EJERCICIOS Cada uno de los ejercicios de esta fase tendrá una duración máxima de hora y media. Deberá establecerse un intervalo mínimo de 45 minutos entre el final de un ejercicio y el inicio del siguiente.

CALIFICACIÓN DE LAS MATERIAS DE LA FASE ESPECÍFICA Cada uno de las materias de las que se examine el estudiante en esta fase se calificará de 0 a 10 puntos, con dos cifras decimales. Se considerará superada la materia cuando se obtenga una calificación igual o superior a 5 puntos.

SUPERACIÓN DE LA PRUEBA DE ACCESO A LA UNIVERSIDAD El acceso a la universidad española, tanto pública como privada, requerirá, con carácter general, la superación de la prueba de acceso a la universidad. Se considerará que un estudiante ha superado la prueba cuando haya obtenido una nota igual o mayor a 5 puntos como resultado de la media ponderada del 60 por ciento de la nota media de bachillerato y el 40 por ciento de la calificación de la fase general, siempre que haya obtenido un mínimo de 4 puntos en la calificación de la fase general. La nota media del bachillerato se expresará con dos decimales, redondeada a la centésima más próxima y en caso de equidistancia a la superior.

NOTA DE ADMISIÓN A LAS ENSEÑANZAS UNIVERSITARIAS Nota de admisión = 0,6·NMB + 0,4·CFG + a·M1 + b·M2 NMB = nota media del Bachillerato CFG = Calificación de la fase general. M1, M2 = Las dos mejores calificaciones de las materias superadas de la fase específica. a, b = parámetros de ponderación de las materias de la fase específica. La nota de admisión incorporará las calificaciones de las materias de la fase específica en el caso de que dichas materias estén adscritas a la rama de conocimiento del título al que se quiera ser admitido. El parámetro de ponderación (a ó b) de las materias de la fase específica será igual a 0,1. Las universidades podrán elevar dicho parámetro hasta 0,2 en aquellas materias que consideren más idóneas para seguir con éxito sus enseñanzas. Las universidades deberán hacer públicos los valores de dichos parámetros para las materias seleccionadas al inicio del curso correspondiente a la prueba.

CONVOCATORIAS Anualmente se celebrarán dos convocatorias de la prueba de acceso a la universidad. Los estudiantes podrán presentarse en sucesivas convocatorias para mejorar la calificación de la fase general o de cualquiera de las materias de la fase específica. Se tomará en consideración la calificación obtenida en la nueva convocatoria, siempre que ésta sea superior a la anterior. La superación de la fase general tendrá validez indefinida. La calificación de las materias de la fase específica tendrá validez para el acceso a la universidad durante los dos cursos académicos siguientes a la superación de la prueba.

PRUEBAS ESPECÍFICAS PARA EL ACCESO A DETERMINADAS ENSEÑANZAS UNIVERSITARIAS Las universidades podrán establecer condiciones o pruebas especiales para el acceso a determinadas enseñanzas. Estas condiciones o pruebas especiales deberán ser incluidas en la memoria del plan de estudios verificado y autorizado, de acuerdo con los dispuesto en el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias españolas.

APLICABILIDAD NORMATIVA La nueva prueba de acceso a la universidad se aplicará a partir del año académico 2009-2010. El tercer ejercicio de lengua extranjera no incluirá la valoración de la comprensión y expresión oral hasta el curso académico 2011-2012. (Dos años antes de la implantación de la prueba oral se realizará un estudio para determinar las características específicas de la prueba y, en su caso, tomar las decisiones oportunas sobre su implantación)