Mecanismos de Simplificación: Terminación Anticipada

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Transcripción de la presentación:

Mecanismos de Simplificación: Terminación Anticipada Semana 7 José Antonio Neyra Flores

Proceso por Terminación Anticipada

Fundamento: Necesidad de conseguir una justicia más rápida y eficaz, respetando el principio de legalidad procesal. La simplificación del Procedimiento parte del Principio de Consenso.

Proceso por Terminación Anticipada (Art. 468 - 471) Iniciativa Juez de la Investigación Preparatoria Fiscal Abogado Oportunidad: expedida la Disposición Fiscal (Art. 336 NCPP) y hasta antes de formulada la acusación Fiscal. Citación: Una sola Vez Audiencia: Carácter privada

Concepto Es el proceso especial que consta en el acuerdo entre el procesado y la Fiscalía con admisión de culpabilidad de algún o algunos cargos que se formulan, permitiéndole al encausado la obtención de la disminución punitiva.

Antecedentes Terminación Anticipada Art. 37 del C de PP De Colombia de 1991 Art. 444 Código procesal Italiano Pattegiamento Plea bargainig (EE. UU.)

Plea bargainig de los Estados Unidos

La decisión del acusado de declarase culpable (guilty plea) que constituye un alto porcentaje de condenas en estados unidos, implica la conformidad del imputado con los cargos que se le imputan.

Por esta decisión renuncia al juicio oral y pierde voluntariamente la posibilidad de ser absuelto por el Jurado o Juez profesional. (implica renunciar al derecho la no autoincriminacion, al cross examination y al derecho al jurado).

Concepto

Es una forma distinta del proceso penal que consiste en las negociaciones llevadas a cabo entre el Fiscal y la defensa, en torno a la obtención de un acuerdo transaccional (agreement) (…)

(…) mediante el cual el acusado se confiesa culpable o nolo contendere evitando así la celebración del juicio a cambio de una light sentence, esto es una reducción de cargos o una recomendación de indulgencia hecha por el Fiscal.

El poder del órgano de la acusación de negociar el ejercicio y contenido de la acción penal esta implícito en la discrecionalidad y monopolio de que disfruta.

¿Cuando se hace uso del plea bargainig?

El momento procesal en que opera el plea bargainig es la audiencia previa al juicio (arraignment) en la que tras darse lectura al acta de acusacion, le juez invita al acusado al pleading es decir a expresarse acerca de su propia culpabilidad.

El arraigo (arraignment) El acusado es llevado después de instaurada la acusación en su contra ante el tribunal de enjuiciamiento, donde se entera de los cargos y manifiesta si es culpable o inocente.

Juicio oral Si el acusado sostiene su inocencia y rechaza los cargos que se le imputan, se pasa ala verdadera fase del juicio donde se selecciona al jurado o si cree conveniente juzgara un juez profesional

La sentencia en el Plea bargainig Si se declara culpable, el Juez después de efectuar una comprobación acerca de si la declaración ha sido efectuada consciente y libremente (examinan la intelligence y la voluntariness) (…)

(…) y sobre la factual basis o exactitud de la misma, fija la fecha para la sentencing, es decir la audiencia donde se decide la pena a imponer.

El Pateggiamento Italiano

El Patteggiamento Es concebido como un procedimiento especial en el cual el Imputado y Ministerio Público solicitan al Juez, que tras el reconocimiento de la responsabilidad penal por el delito, imponga la pena prevista en el Código Penal reducida en un tercio.

Se trata de un mecanismo premial, en virtud del cual el imputado, no sólo obtiene una reducción de pena sino que también podrá disfrutar de otros beneficios.

Sujetos Legítimados Son dos: El Imputado. El Ministerio Fiscal. Ni en el requerimiento y el acuerdo interviene la víctima.

Ámbito de la Aplicación: Es preciso cumplir con dos presupuestos: Presupuesto Positivo.- lo condiciona al quantum de la pena objeto del acuerdo que, tras valorar las circunstancias del caso y la disminución de un tercio, en ningún caso podrá superar los 5 años. De esta manera puede aplicarse en delitos de gravedad medio-alta.

Presupuesto Negativo: Será aplicado cuando la pena supere los dos años de prisión y concurran las circunstancias subjetivas y objetivas determinadas en el artículo 444 CPPI. Criterios Subjetivos: no podrán acogerse al procedimiento los imputados que hayan sido declarados delincuentes habituales, reincidentes o profesionales.

Criterios Objetivos: Excluye a los imputados por delito, consumado o en grado de tentativa, de asociación para delinquir, asociación de tipo mafioso, delitos contra la personalidad individual, de violación de menores y pornografía infantil, del secuestro con extorsión, terrorismo y cualquier delito cometido, valiéndose de la asociación de tipo mañoso.

Procedimiento: Aprobar Sentencia Rechazar Consenso Requerimiento Acuerdo Requerimiento Fiscal Abogado Fiscal Abogado Sentencia aprueba Aprobar Rechazar

CONTROL JUDICIAL DEL ACUERDO Se realiza en un sentido bifásico: positivo y negativo. Positivo, se materializa en la supervisión de la calificación jurídica y las circunstancias valoradas al imponer una determinada pena. Negativo, el realizado al comprobar que no existe insuficiencia probatoria.

Eventualmente: El Juez podrá comprobar la voluntad de la solicitud del consenso, con la comparecencia del imputado. Asimismo, será suficiente que el Juez compruebe que las partes han hecho un uso correcto y no desorbitado de sus prerrogativas y que el acuerdo plasma la negociación.

Sentencia: En el patteggiamento la decisión judicial carecerá de la valoración de los hechos y de la prueba que constituye en el juicio oral la premisa necesaria para imponer una pena. Con el requerimiento el imputado solicita se le imponga una sanción pero, en ningún caso, dicha solicitud supone una confesión o un reconocimiento explícito de la culpabilidad por parte de la defensa.

La sentencia del patteggiamento no presupone la culpabilidad del imputado. Por el contrario es concebido como el resultado de una estrategia defensiva.

DIFERENCIAS CON EL Plea bargaining La decisión de no introducir una expresa admisión de culpabilidad y la comprobación judicial de las causas de sobreseimiento, incluso tras el requerimiento y consenso del imputado responden a las garantías del debido proceso italiano distintas al due proces americano.

La Terminación Anticipada en el NCPP

¿En qué consiste la Terminación Anticipada? Mecanismo de simplificación procesal Principio de Consenso Conclusión anticipada del proceso penal

¿La Terminación Anticipada se aplica a cualquier clase de delito? Doloso o culposo Sin importar la pena prevista

¿Quiénes pueden solicitar la Terminación Anticipada? Solicitada ante el Juez de la Investigación Preparatoria, a iniciativa del: Fiscal Imputado Conjuntamente

Proceso de Terminación Anticipada El Fiscal y el imputado podrán pedir una solicitud conjunta, un acuerdo provisional sobre la pena y la reparación civil (y demás consecuencias accesorias), pueden sostener reuniones informales. Pronunciamiento acerca del Proceso de Terminación Anticipada y formulación de pretensiones Conocimiento de todas las partes procesales. 5 días

Oportunidad para Requerir la aplicación de la Terminación Anticipada Cuando se formaliza la investigación hasta antes de la acusación. Art. 468. ¿Cuando se traslada la acusación al imputado? (¿terminación anticipada en la etapa intermedia?) Art. 350.1. e

Oportunidad para Requerir la aplicación de la Terminación Anticipada En el proceso inmediato antes de formalizar acusación. Art. 408.3 ¿Acusación directa? (¿terminación anticipada en la etapa intermedia?) Art. 350.1. e Audiencia de prisión preventiva.

Fiscal presenta cargos Juez instara a la partes Proceso de Terminación Anticipada Fiscal presenta cargos contra el imputado Acusado: acepta o rechaza los cargos Audiencia de Terminación Anticipada Juez explica imputado alcances y limites del acuerdo Imputado se pronuncia Suspender la audiencia por breve término Continuar el mismo día No se actúan pruebas Juez instara a la partes a que lleguen a un acuerdo

¿Que significa que el Juez instara a las partes a que leguen a un acuerdo? Esto significa que el Juez interviene para facilitar el acuerdo entre las partes procesales, que pueden tener como base el acuerdo provisional o que se puede realizar sin él. No que el Juez determine un acuerdo.

Proceso de Terminación Anticipada SI EL FISCAL Y EL IMPUTADO LLEGAN A UN ACUERDO ACERCA: Circunstancias del hecho punible, La pena, Reparación Civil Consecuencias accesorias a imponer No imposición de pena privativa de libertad efectiva conforme a la Ley penal ACTA Juez dictara sentencia anticipada Puede ser apelada por los demás sujetos procesales

Contenido de los Formatos peruanos de Terminación Anticipada

Actas de Terminación Anticipada (NCPP) Determinación del sujeto En general hay una buena identificación del imputado Imputado No se habla de un acusado, sino de un imputado, por cuanto sobre él pesa una imputación, pero aún no una acusación. Hechos Narraciones no incriminadoras, muy breves. No vinculan más allá al sujeto con el delito. Evidencia Suelen llamarlos elementos de convicción. Son los elementos que llevan al Fiscal a creer en la participación del imputado en el delito. Surge la duda de que no siendo el control jurisdiccional sobre la autenticidad o suficiencia de las pruebas, éstas deban incorporarse (aun llamadas “elementos de convicción). Libertad y probidad de la declaración No se evidencia mayor preocupación por el grado de libertad en el arribo del acuerdo, ni el nivel de salud mental del .imputado Cargos El imputado acepta hechos, no delitos. Pena La pena es única y determinada, no hay rango de pena. Es además inmodificable por el Juez de la Investigación preparatoria.

¿Cuándo puede ser Desaprobado el Acuerdo? Cuando se prescinde de la reparación civil o esta es diminuta. Si no se contempla al tercero civilmente responsable. Si la calidad y cantidad de pena no es proporcional con la calidad del injusto. Etc.

Problemas Planteados en la aplicación: 1. En el beneficio de la terminación anticipada: la rebaja de 1/6 se acumula a la de confesión.

2. Cual es la base que se tiene que tomar para fijar estos beneficios ¿la pena mínima del tipo penal o la pena acordada entre Fiscal e imputado?

En el acuerdo de Fiscal e imputado y defensa se debe incluir la rebaja de 1/6 y la de confesión o sólo uno de ellos?

La confesión para la terminación anticipada del proceso debe tener en cuenta los supuestos de confesión sincera del Art. 161 del NCPP (que no sea en flagrancia o irrelevancia en la admisión de los cargos en atención a los elementos probatorios incorporados)?

Si falta en el acuerdo la rebaja de 1/6 el Juez lo debe incluir?

Si el Juez en la sentencia aprobatoria no incluye atenuantes o las incluye pero no era lo que esperaban el Fiscal o el imputado ¿se puede apelar?.

¿El acuerdo debe omitir pronunciarse sobre la situación de los demás sujetos procesales: 3° civilmente responsable, las medidas aplicables a las personas jurídicas?

Si según el articulo 11.1 NCPP la constitución en actor civil cesa la legitimación del Ministerio Público para intervenir en el objeto civil y el actor no esta legitimado para intervenir en la celebración del acuerdo sobre el monto de la reparación civil como puede actuar para que el Juez conozca su pretensión?

¿Se puede apelar el auto que desaprueba el acuerdo?.

El Fiscal y el imputado pueden apelar la sentencia aprobatoria?

¿Existiendo acuerdo preparatorio se puede absolver?

¿Que sucede cuando el Juez desaprueba el acuerdo de terminación anticipada con la aceptación de cargo por el imputado?

Si dos de cuatro co imputados no se acogieron a la terminación anticipada se puede seguir el juicio oral contra ellos teniendo para la teoría del caso del Fiscal como hechos ciertos lo declarado por sus co imputados que si se acogieron a la terminación anticipada.