Sistema Nacional Anticorrupción v.1

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Transcripción de la presentación:

Sistema Nacional Anticorrupción v.1 COMITÉ DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA

Sistema Nacional Anticorrupción EL Sistema Nacional Anticorrupción Mediante Reforma a la Constitución General de la República, publicada el 27 de mayo de 2015, se creó el Sistema Nacional Anticorrupción Tiene por objeto ser la instancia de coordinación entre las autoridades de los órdenes de gobierno competentes en la prevención, detección y sanción de responsabilidades administrativas y hechos de corrupción; así como para la fiscalización y control de recursos públicos.

Sistema Nacional Anticorrupción Secretaría de la Función Pública Art. 113 Fracción I y Segundo Transitorio Secretaría de la Función Pública Atribuciones de la Secretaría de la Función Pública Formar parte integrante del Comité Coordinador del Sistema Nacional Anticorrupción. Investigar las responsabilidades de los servidores públicos y sancionar faltas no graves Recurrir las determinaciones de la Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción y del TFJA. Organizar y Coordinar el Control Interno. Presentar las denuncias ante la Fiscalía Especializada Revisar el manejo de los recursos públicos Formar parte del Sistema Nacional de Fiscalización

Sistema Nacional Anticorrupción Artículo 109 Responsabilidades de los Servidores Públicos y Particulares: Contempla: Graves No graves Hechos de Corrupción como delito Daño Patrimonial del Estado

Sistema Nacional Anticorrupción Artículo 114 Prescripción de la Responsabilidad Administrativa La ley señalará los casos de la responsabilidad administrativa tomando en cuenta la naturaleza y consecuencia de los actos y omisiones a que hace referencia la fracción III del artículo 109. Cuando dichos actos u omisiones fuesen graves los plazos de prescripción no serán inferiores a siete años.

El Comité de Participación Ciudadana El Comité Coordinador Sistema Nacional Anticorrupción Artículo 7. El Sistema Nacional se integrá por: El Comité de Participación Ciudadana El Comité Coordinador Los Sistemas Locales Anticorrupción El Comité Rector del Sistema Nacional de Fiscalización

Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción Sistemas Locales Anticorrupción Entidad Superior de Fiscalización Local Órgano Estatal de Control Comité de Participación Ciudadana Local Integrantes Procuraduría General de Justicia Local Instituto de Transparencia Local Tribunal de lo Contencioso Administrativo Consejo de la Judicatura Local

Sistemas Locales Anticorrupción Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción Sistemas Locales Anticorrupción Artículo 36 Armonización normativa local Prevención Detección Sanción Ley del Sistema Local Anticorrupción Hechos de Corrupción Responsabilidades Administrativas Fiscalización y Control de Recursos Públicos Ley Orgánica de la Administración Pública Local Ley de Responsabilidades Administrativas Local Ley Orgánica del Tribunal de lo Contenciosos Administrativo Comité Coordinador Local Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas Local Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia Local Titular ESF Local PGJ Local OEC Presidente TCA Local IAIP - Local Código Penal Local Representante CJ Local CPC-Local

Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción Alcance de las Leyes Generales en los Sistemas Locales Anticorrupción Las legislaturas locales deberán expedir las leyes correspondientes en materia anticorrupción, antes del 19 de julio de 2017. Las leyes locales deben apegarse al contenido de la LGRA y de la LGSNA. La LGSNA establece que las entidades contarán con Sistemas Locales Anticorrupción, con integración equivalente a las del SNA. La LGRA creó un catálogo único nacional de faltas administrativas y sus sanciones, así como el procedimiento aplicable para su investigación, substanciación e imposición. NO deben crear un nuevo marco sustantivo en materia de responsabilidades administrativas. Congresos de las Entidades Federativas SÍ deben adecuar su marco normativo al nuevo contenido de las Leyes Generales, abrogando catálogos locales de conductas, sanciones y procedimientos. SÍ deben ajustar sus órganos públicos para la integración de su Sistema Local Anticorrupción.

Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción ADECUACIÓN DE MARCOS NORMATIVOS LOCALES SUSTANTIVA Abrogar leyes que contengan catálogos de faltas administrativas y sanciones de los servidores públicos locales. Abrogar leyes que prevean disposiciones para la substanciación y sanción de responsabilidades administrativas. Abrogar leyes que contemplen mecanismos para la determinación de daños a la Hacienda Pública o al patrimonio de los entes públicos adicionales a los de la LGRA derivado de la fiscalización. Reformar leyes para dotar a sus autoridades competentes de las facultades necesarias para cumplir con la reforma anticorrupción.

Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción REESTRUCTURACIÓN ORGÁNICA Secretarías encargadas del control interno Entidades de Fiscalización Superior de las Entidades Federativas Órganos Internos de Control Poder Judicial Fiscalías Especializadas en Combate a la Corrupción Tribunal Local de Justicia Administrativa

Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción Secretarías encargadas del Control Interno Emitir lineamientos para que los OIC´s implementen mecanismos de prevención Administrar los sistemas de certificación electrónica para que los servidores públicos presenten sus declaraciones Prever que los Titulares de las Secretarías participen en el Comité Coordinador del Sistema Local Anticorrupción Solicitar a las autoridades la información en materia fiscal, o la relacionada con operaciones de recursos monetarios Suscribir convenios de colaboración con el sector privado

Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción Plataforma Digital Nacional Título Cuarto El Comité Coordinador del SNA emitirá las bases para el funcionamiento de la Plataforma Digital Nacional y cumplir con los procedimientos, obligaciones y disposiciones de la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción y de la Ley General de Responsabilidades Administrativas. Conformada por la información que incorporen las autoridades integrantes del Sistema Nacional Anticorrupción y contará, al menos, con los siguientes sistemas electrónicos: Sistema de evolución patrimonial, de declaración de intereses y constancia de declaración fiscal. Sistema de información y comunicación del Sistema Nacional Anticorrupción y del Sistema Nacional de Fiscalización Sistema de los servidores públicos que intervengan en procedimientos de contrataciones públicas Sistema de denuncias públicas de faltas administrativas y hechos de corrupción Sistema Nacional de servidores públicos y particulares sancionados Sistema de Información Pública de Contrataciones

Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción 27 Mayo 2015 Reforma Constitucional Sistema Nacional Anticorrupción Artículo 113 Secretaría de la Función Pública Artículo 2° Transitorio Auditoría Superior de la Federación Artículo 79 Responsabilidades Administrativas Artículo 109 Declaración Patrimonial e Intereses Artículo 108 Vigencia a partir del 19 de julio de 2016 Vigencia a partir del 19 de julio de 2017 18 Julio 2016 Leyes Reglamentarias 5° Transitorio Vigencia misma fecha que las Leyes Reglamentarias LGSNA LOAPF LFyRC LOTFJA Armonización Normativa Constitucional 180 Días Vigencia a partir del 19 de julio de 2016 LOPGR a partir del nombramiento del Titular de la Fiscalía Vigencia CPF Congresos Estatales LGRA 19 julio 2017 Vigencia 1 año Leyes Locales

Ley Orgánica de la Administración Pública Federal Principales atribuciones de la Secretaría de la Función Pública Art. 37 LOAPF Implementar las acciones que acuerde el SNA y el SNF Colaborar en el establecimiento de las bases y principios de coordinación necesarios, que permitan el mejor cumplimiento de las responsabilidades de los integrantes del SNA Investigar y sancionar las faltas No Graves Investigar y calificar las faltas graves y turnarlas al TFJA Denunciar ante la PGR los hechos de corrupción Resolver el Recurso de Revocación en términos de la LGRA Realizar auditorías, revisiones y evaluaciones a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal Revisar el ejercicio de recursos federales en entidades federativas Organizar y coordinar el sistema de control interno de la Administración Pública Federal Control Interno Fiscalización Combate a la Corrupción Responsabilidad Administrativa

Ley General de Responsabilidades Administrativas Principios y directrices que rigen la actuación de los Servidores Públicos Honradez Disciplina Imparcialidad Legalidad Objetividad Integridad Lealtad Eficiencia Profesionalismo Eficacia Rendición de cuentas

Ley General de Responsabilidades Administrativas Autoridades competentes para investigar y sancionar responsabilidades administrativas y hechos de corrupción Investigar y calificar las faltas administrativas La Secretaría de la Función Pública Sancionar faltas administrativas no graves Investigar y elaborar informes de presunta responsabilidad por faltas administrativas graves y turnarlas al TFJA y sus homólogos en las entidades federativas Órganos Internos de Control Investigar y elaborar informe de presunta responsabilidad por hechos de corrupción Órganos Estatales de Control Denunciar ante la PGR los hechos de corrupción

Ley General de Responsabilidades Administrativas Procedimiento por faltas administrativas no graves INVESTIGACIÓN Multa Oficio Medidas de Apremio Fuerza Pública Denuncia Derivada de Auditorías Arresto Autoridad Investigadora Nombre y Domicilio de la Autoridad Investigadora Nombre y Domicilio de los Servidores Públicos autorizados Nombre y Domicilio del presunto responsable Narración de los Hechos Infracción que se imputa Pruebas y medidas cautelares solicitadas Firma autógrafa de la autoridad investigadora Informe de presunta responsabilidad Autoridad Substanciadora Declaración por escrito o verbal Desahogo de PRUEBAS y ALEGATOS Emplaza para audiencia Inicial Ofrecer pruebas RESOLUCIÓN 30 días Admite Previene Nombrar defensor Aclaración

Ley General de Responsabilidades Administrativas Faltas administrativas graves de los servidores públicos Peculado Desacato Cohecho Encubrimiento Contratación indebida Tráfico de influencias Obstrucción de la justicia Desvío de recursos públicos Utilización indebida de información Abuso de funciones

Ley General de Responsabilidades Administrativas Procedimiento por faltas administrativas graves o faltas de particulares Convenios para intercambio de información Fiscal Bursátil Autoridad Investigadora Acceso a información Reservada Informe de presunta responsabilidad Nombre y Domicilio de la Autoridad Investigadora Nombre y Domicilio de los Servidores Públicos autorizados Nombre y Domicilio del presunto responsable Narración de los Hechos Infracción que se imputa Pruebas y medidas cautelares solicitadas Firma autógrafa de la autoridad investigadora Autoridad Substanciadora Declaración por escrito o verbal Cierre de audiencia inicial Emplaza para audiencia Inicial Admite Ofrecer pruebas Remite al Tribunal Administrativo el expediente Previene Nombrar defensor Aclaración Admite Pruebas Resolución Alegatos Reclasifique Falta Grave Verifica Resuelva Autoridad Substanciadora Remite

GRACIAS

Sistema Nacional Anticorrupción COMITÉ DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA