POR EL CUAL SE ORDENA LA PUBLICACION DEL BOLETIN INFORMATIVO DEL CONCEJO BIC.

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Transcripción de la presentación:

POR EL CUAL SE ORDENA LA PUBLICACION DEL BOLETIN INFORMATIVO DEL CONCEJO BIC

COMPETENCIA DEL CONCEJO El numeral 1 del artículo 12 del Decreto 1421 de 1993, establece que es competencia del Concejo de Bogotá Dictar las normas necesarias para garantizar el adecuado cumplimiento de las funciones y eficiente prestación de los servicios a cargo del Distrito.

MARCO CONSTITUCIONAL Y LEGAL Constitución Nacional - artículo 209: La función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad. Código Contencioso Administrativo - artículo 3: las actuaciones administrativas se desarrollarán con arreglo a los principios de economía, celeridad, eficacia, imparcialidad, publicidad y contradicción... (...) en virtud del principio de publicidad, las autoridades darán a conocer sus decisiones mediante las comunicaciones, notificaciones o publicaciones.

Ley 57 de artículo 1: La nación. los departamentos y los municipios incluirán en sus respectivos diarios gacetas o boletines oficiales; todos los actos gubernamentales y administrativos que la opinión deba conocer para informarse sobre el manejo de asuntos públicos y para ejercer eficaz control sobre la conducta de las autoridades, y los demás que según ley, deban publicarse para que produzca efectos jurídicos.

EL PRINCIPIO DE PUBLICIDAD Y LOS VALORES DE LA INFORMACION El principio de publicidad como la posibilidad de que toda persona tenga conocimiento de las actuaciones de la Administración en general. Los particulares deben tener la posibilidad de conocer las distintas actuaciones de las autoridades, pues esta información constante es la que materializa la democracia.

Se debe establecer una relación de constante diálogo entre la administración y los administrados, donde la información fluya, logrando una total transparencia de las actuaciones del Estado. Debe eliminarse el secreto de las actuaciones administrativas, obligando a las entidades estatales a mostrarle al ciudadano todos los pormenores de su actividad que no hayan sido declarados como reservados mediante una Ley. El control es el principal mecanismo de contrapeso al poder, el cual evita abusos y corrige malos e ineficientes manejos. Sin procesos de información se vería obstaculizado hasta el punto que resultaría muy costoso - en términos económicos y políticos- la obtención de los datos necesarios para ejercerlos.

CARACTERIZACION DE LA INFORMACION Oportunidad de la información Veracidad de la información Integridad de la información vigencia de la información Relevancia de la información Imparcialidad de la información

ANÁLISIS DE CONVIVENCIA Objeto y explicación del proyecto: el proyecto busca lograr que el Concejo de Bogotá cuente con una herramienta eficiente de difusión, por medio del cual se publique la actividad normativa y de control político que se ejerce en el Cabildo, logrando así que las actuaciones desarrollen los principios de publicidad y transparencia, y que los ciudadanos puedan conocer de manera oportuna la información, para ejercer control activo sobre las decisiones que se toman en su interior. Este debe incluir:

*Listado de proposiciones aprobadas, indicando la comisión, fecha de aprobación, entidades citadas, concejales citantes y breve descripción del tema. *Cronograma de los debates de control político que se vayan a realizar, donde indique número de proposición, tema, comisión, concejales citantes, entidades citadas o invitadas, fecha y hora realización. *Listado de los proyectos de Acuerdo discriminado entre los proyectos presentados por la Administración y por los concejales, especificando nombre de ponentes, fecha radicación e indicando etapa del trámite que se encuentra.

*Cronograma de las sesiones de discusión y aprobación de los proyectos de Acuerdo que se vayan a realizar indicando el número y título de cada proyecto, especificando si se trata de primer o segundo debate, mencionando nombre del autor y del ponente, fecha y hora del debate. *Listado de los Acuerdos sancionados y objetados por el Alcalde Mayor durante los treinta (30) días anteriores a la publicación, especificando brevemente el tema.

Importancia del boletín informativo del Concejo (BIC) para el ciudadano: *Ejercer un control a la actividad del Concejo. *Conocer las decisiones que se van a tomar dentro de la corporación, contando con el tiempo prudencial para pronunciarse sobre ellas. *Abre la posibilidad de que el ciudadano aporte información o sea oído directamente dentro de los debates del Concejo. *Se concretará lo que la doctrina ha llamado el poder ciudadano, entendido como el conjunto de garantías y herramientas brindadas por el estado a los ciudadanos para que contrarresten los poderes públicos y ejerzan contrapeso.

Importancia del Boletín Informativo del Concejo (BIC) para el Concejo mismo y para los concejales: *Elevará el perfil del Concejo haciendo más visibles sus decisiones. *Se creará un verdadero canal de comunicación con la ciudadanía. *Se publicará la actividad de cada uno de los concejales en condiciones de igualdad y de imparcialidad. *Se fomentará el cumplimiento de las agendas de las comisiones, imprimiendo orden a la programación de las mismas y evitando que se aplacen debates sin necesidad. *Contribuirá a que la ciudadanía recupere la confianza en el Concejo de Bogotá.

Importancia del proyecto del BIC para la integración y actuación coordinada entre el Distrito, la región y la nación: *Permite que los miembros del Congreso de la República conozcan los proyectos de Acuerdo y los acuerdos sancionados, integrando así sus iniciativas con lineamientos distritales. *Permite a las autoridades municipales conocer a tiempo la actividad normativa de la capital, tomar las medidas necesarias para aprovechar los beneficios o mitigar los impactos que traigan los Acuerdos Distritales y lograr integración de temas específicas. *Permite que las entidades del orden nacional, conozcan los distintos temas distritales.

Análisis de políticas públicas: *El problema a solucionar se divide en tres puntos: 1. El bajo perfil que tiene el Concejo para grandes sectores de la ciudadanía. 2. La falta de confianza de la ciudadanía en el mismo en virtud del desconocimiento de las tareas que se adelantan y 3. La falta de publicidad de las decisiones y actividades del Concejo de Bogotá. *El fin del proyecto es dar publicidad a las decisiones y a la actividad del Concejo de Bogotá, logrando que la información sea oportuna, veraz, relevante, íntegra, vigente e imparcial. Este fin sigue de manera textual preceptos constitucionales y legales, y busca la concreción de principios que orientan la actividad administrativa.

*Una publicación como la que se pretende con este proyecto es capaz de informar al ciudadano sobre la actividad del Concejo, las decisiones que se tomen en él y la agenda de los debates, cumpliéndose una de las dimensiones del principio de publicidad de la actividad administrativa. *Para garantizar la publicidad real, el proyecto ordena que como un mínimo se distribuya un ejemplar a los principales actores dentro de la sociedad, para que estos sirvan de difusores. *Este proyecto de Acuerdo es la medida más austera para lograr el fin ya que solicita un número de ejemplares mínimo. La distribución estratégica de un número reducido de ejemplares reemplaza una publicación mayor distribuida indiscriminadamente.

*Además la publicación en internet supone una ampliación considerable de cobertura sin un costo adicional. *Sopesando el costo y el beneficio de la medida puede establecerse, que el fin perseguido justifica un esfuerzo, pues detrás de él están valores invaluables para la democracia como la publicidad administrativa, la legitimidad institucional y la posibilidad del control ciudadano. *El proyecto establece la función en cabeza de la administración Distrital, correspondiendo al Alcalde Mayor, mediante Decreto, la asignación de la tarea a una entidad Distrital concreta.

*El proyecto obliga a tener mayor responsabilidad en la programación y cumplimiento de la agenda por parte de las comisiones y los concejales, pero no supone ningún impacto negativo o algún obstáculo para el adecuado funcionamiento del Concejo.