IMPACTO DE LA NUEVA Ley de profesiones Y SU REGLAMENTO EN LA VALUACIÓN

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Transcripción de la presentación:

IMPACTO DE LA NUEVA Ley de profesiones Y SU REGLAMENTO EN LA VALUACIÓN MTRO. LUIS ALFONSO FAVELA CALDERÓN

PREVENCIÓN Tanto el presente material escrito, como las opiniones que el suscrito dará al hacer la presente exposición, o bien la asesoría que, en mi carácter de expositor, les proporcione, puede ser contraria a la interpretación las autoridades educativas del Estado de Sinaloa, respecto a la Ley de Profesiones para el Estado de Sinaloa.

FUNDAMENTO CONSTITUCIONAL DE LA LEY DE PROFESIONES PARA EL ESTADO DE SINALOA

FUNDAMENTO CONSTITUCIONAL VIGENTE Art. 5º.-  ...  La Ley determinará en cada entidad federativa, cuáles son las profesiones que necesitan título para su ejercicio, las condiciones que deban llenarse para obtenerlo y las autoridades que han de expedirlo.

FUNDAMENTO CONSTITUCIONAL VIGENTE Art. 121.- En cada entidad federativa se dará entera fe y crédito de los actos públicos, registros y procedimientos judiciales de todas las otras. El Congreso de la Unión, por medio de leyes generales, prescribirá la manera de probar dichos actos, registros y procedimientos, y el efecto de ellos, sujetándose a las bases siguientes:   V. Los títulos profesionales expedidos por las autoridades de una entidad federativa con sujeción a sus leyes, serán respetados en las otras.

LEY DE PROFESIONES PARA EL ESTADO DE SINALOA Art. 1º.-  …es reglamentaria de los artículos: 5º; y, 121, fracción V de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos… en lo relativo al ejercicio profesional en el Estado…

NOVEDADES que PRESENTA LA NUEVA LEY ARTÍCULOS TRANSITORIOS 2. PROFESIONISTAS QUE SE DESEMPEÑAN COMO PERITOS 3. COLEGIOS DE PROFESIONISTAS Nuevas obligaciones y facultades. 4. CERTIFICACIÓN Y REFRENDO PROFESIONAL 5. ORGANISMOS CERTIFICADORES

NOVEDADES que PRESENTA LA NUEVA LEY 1. ARTÍCULOS TRANSITORIOS PRIMERO. – El presente Decreto entrará en vigor a los sesenta días siguientes de su publicación en el Periódico Oficial "El Estado de Sinaloa". 02 NOVIEMBRE 2016 El Capítulo II del Título Cuarto denominado "De los Profesionistas que se Desempeñen como Peritos", iniciará su vigencia en un plazo de doscientos diez días posteriores al inicio de vigencia del presente ordenamiento jurídico. (Ref. Según Dec. 57 publicado en el P.O. No. 158 del 28 de diciembre del 2016). 01 JUNIO 2017

NOVEDADES que PRESENTA LA NUEVA LEY 1. ARTÍCULOS TRANSITORIOS SEXTO. – Los colegios de profesionistas constituidos con anterioridad al inicio de vigencia del Decreto, MANTENDRÁN SU REGISTRO Y RECONOCIMIENTO OFICIAL, contando con un plazo de 210 días a partir de la entrada en vigor de la presente Ley, para que, adecuen su normatividad interna y cumplan con los requisitos previstos en la misma… (Ref. Según Dec. 57 publicado en el P.O. No. 158 del 28 de diciembre del 2016). 01 JUNIO 2017. …Asimismo, los Títulos de Profesionistas vigentes se integrarán al Registro Profesional Estatal. A partir del 1º Diciembre 2016.

NOVEDADES que PRESENTA LA NUEVA LEY 2. PROFESIONISTAS QUE SE DESEMPEÑAN COMO PERITOS La actividad pericial se clasifica de la siguiente manera: I. Peritos valuadores: Son todos aquellos profesionistas legalmente facultados para realizar trabajos de valuación, que cuentan con los conocimientos teóricos y prácticos que les permiten desempeñar su labor, con título universitario otorgado por instituciones educativas de nivel superior y con sus cédulas expedidas en términos de esta Ley, cuya función consiste en determinar, certificar y valuar en cantidad de pesos, los bienes a que se refiere la fracción I del artículo 61 de esta Ley según la modalidad solicitada, y extender el documento denominado avalúo, que dictamine el valor del bien preciso y que contenga el estudio que determine dicho bien;

NOVEDADES que PRESENTA LA NUEVA LEY 2. PROFESIONISTAS QUE SE DESEMPEÑAN COMO PERITOS Los requisitos para ser perito profesional, por área de especialidad son: … VI. Estar certificado y en su caso de refrendo que demuestre que no sólo tiene los conocimientos suficientes, sino que se encuentra actualizado, así como la capacidad para ser perito profesional en el área que solicita

NOVEDADES que PRESENTA LA NUEVA LEY 2. PROFESIONISTAS QUE SE DESEMPEÑAN COMO PERITOS ¿Porqué negarse a la certificación? Por que nos capacitamos constantemente; Contamos con grado académico (especialidad, maestría); Es discriminatoria; Viola artículo 5º de la CPEUM.

NOVEDADES que PRESENTA LA NUEVA LEY 2. PROFESIONISTAS QUE SE DESEMPEÑAN COMO PERITOS ¿Qué tiene que ver una Ley de Profesiones, con unidades de valuación, bancos y catastro? Por que la Ley de Profesiones tiene por objeto: Regular el ejercicio profesional en la Entidad, en asuntos del orden común. El Perito es, un profesionista titulado, con cédula profesional o constancia oficial, y con registro ante la SEPyC o ante autoridades estatales y federales correspondientes.

NOVEDADES que PRESENTA LA NUEVA LEY 2. PROFESIONISTAS QUE SE DESEMPEÑAN COMO PERITOS ¿Qué tiene que ver una Ley de Profesiones, con unidades de valuación, bancos y catastro? ¿Es valido que una Ley de Profesiones le quite valor legal a los avalúos catastrales? ¿Por qué la Ley de Profesiones le quita valor legal a los avalúos catastrales? ¿Por qué únicamente los avalúos emitidos por peritos valuadores inscritos en el registro previsto en esa Ley, tendrán valor legal

NOVEDADES que PRESENTA LA NUEVA LEY 2. PROFESIONISTAS QUE SE DESEMPEÑAN COMO PERITOS ¿Qué tiene que ver una Ley de Profesiones, con unidades de valuación, bancos y catastro? Artículo 64. Las dependencias de los Poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial del Estado, sus organismos descentralizados, los ayuntamientos y sus organismos paramunicipales sólo admitirán los avalúos que se requieran para trámites ante dichas dependencias y entidades o en la substanciación de procesos que hubieran sido expedidos por peritos valuadores inscritos en el registro previsto en esta Ley, excluidos los avalúos catastrales. ¿Quién esta en desacuerdo con este artículo y por qué?

NOVEDADES que PRESENTA LA NUEVA LEY 2. PROFESIONISTAS QUE SE DESEMPEÑAN COMO PERITOS ¿Qué tiene que ver una Ley de Profesiones, con unidades de valuación, bancos y catastro? REGLAMENTO. Artículo 50. Para los efectos a que alude el artículo 64 de la Ley, se precisa que serán reconocidos legalmente los avalúos expedidos por Unidades de Valuación, Bancos u otras Instituciones reguladas por la Legislación Federal, siempre que los peritos suscriban los dictámenes valuatorios estén registrados de conformidad con la Ley y este Reglamento; así como los emitidos por Corredores Públicos, en los términos de la Ley Federal de Correduría Pública y su reglamento. ¿Quién esta en desacuerdo con este artículo y por qué?

NOVEDADES que PRESENTA LA NUEVA LEY 2. PROFESIONISTAS QUE SE DESEMPEÑAN COMO PERITOS ¿Qué tiene que ver una Ley de Profesiones, con unidades de valuación, bancos y catastro? ii. Las unidades de valuación son: Es la persona moral que se encuentra inscrita como tal en la Sociedad Hipotecaria Federal, S.N.C., de acuerdo a las disposiciones que ésta emita. (Art. 3, IX, Ley de Transparencia y de Fomento a la Competencia en el Crédito Garantizado)

NOVEDADES que PRESENTA LA NUEVA LEY 2. PROFESIONISTAS QUE SE DESEMPEÑAN COMO PERITOS ¿Qué tiene que ver una Ley de Profesiones, con unidades de valuación, bancos y catastro? La Ley de Transparencia y de Fomento a la Competencia en el Crédito Garantizado, tiene por objeto: (DO 30 diciembre 2002) Regular las actividades y servicios financieros para el otorgamiento de Crédito Garantizado, para la adquisición, construcción, remodelación o refinanciamiento destinado a la vivienda con la finalidad de asegurar la transparencia en su otorgamiento y fomentar la competencia.

NOVEDADES que PRESENTA LA NUEVA LEY 2. PROFESIONISTAS QUE SE DESEMPEÑAN COMO PERITOS ¿Qué tiene que ver una Ley de Profesiones, con unidades de valuación, bancos y catastro? La Ley de Transparencia y de Fomento a la Competencia en el Crédito Garantizado, tiene por objeto: (DO 30 diciembre 2002) Artículo 7.- Los avalúos de los bienes inmuebles objeto de Créditos Garantizados a la Vivienda deberán realizarse por peritos valuadores autorizados al efecto por la Sociedad Hipotecaria Federal, S.N.C. El acreditado tendrá el derecho a escoger al perito valuador que intervenga en la operación de entre el listado que le presente la Entidad. A efecto de lo anterior, la Sociedad Hipotecaria Federal, S.N.C. deberá establecer mediante reglas de carácter general los términos y condiciones para obtener la autorización de perito valuador, la que se renovará cada 3 años. Asimismo, la Sociedad Hipotecaria Federal, S.N.C. podrá establecer, a través de dichas reglas, la metodología para la valuación de los bienes inmuebles.

NOVEDADES que PRESENTA LA NUEVA LEY 2. PROFESIONISTAS QUE SE DESEMPEÑAN COMO PERITOS ¿Qué tiene que ver una Ley de Profesiones, con unidades de valuación, bancos y catastro? La Ley Orgánica de la Sociedad Hipotecaria Federal determina que: (DO 11 octubre 2001) Artículo 4o.- La Sociedad podrá llevar a cabo los actos siguientes: VIII. Realizar avalúos que tendrán la misma fuerza probatoria que las leyes asignan a los efectuados por corredor público o perito;

NOVEDADES que PRESENTA LA NUEVA LEY 2. PROFESIONISTAS QUE SE DESEMPEÑAN COMO PERITOS ¿Qué tiene que ver una Ley de Profesiones, con unidades de valuación, bancos y catastro? Reglas de Carácter General relativas a la autorización como perito valuador de inmuebles objeto de créditos garantizados a la vivienda. (DO 30 junio 2003) Primera. Objeto. …es establecer los términos y las condiciones relativos al otorgamiento de la autorización como perito valuador y a la inscripción en el registro de Unidades de Valuación de la Sociedad Hipotecaria Federal…

NOVEDADES que PRESENTA LA NUEVA LEY 2. PROFESIONISTAS QUE SE DESEMPEÑAN COMO PERITOS ¿Qué tiene que ver una Ley de Profesiones, con unidades de valuación, bancos y catastro? Reglas de Carácter General relativas a la autorización como perito valuador de inmuebles objeto de créditos garantizados a la vivienda. (DO 30 junio 2003) Tercera. Definiciones. II. Avalúo. El dictamen que elaboren los peritos valuadores… que esté certificado por la Unidad de Valuación en cuyo Padrón se encuentre inscrito el perito valuador correspondiente…

NOVEDADES que PRESENTA LA NUEVA LEY 2. PROFESIONISTAS QUE SE DESEMPEÑAN COMO PERITOS ¿Qué tiene que ver una Ley de Profesiones, con unidades de valuación, bancos y catastro? iii. Los bancos… La Ley de Instituciones de Crédito determina: (DO 18 julio 1990) Artículo 46.- Las instituciones de crédito sólo podrán realizar las operaciones siguientes: XXII. Encargarse de hacer avalúos que tendrán la misma fuerza probatoria que las leyes asignan a los hechos por corredor público o perito;

NOVEDADES que PRESENTA LA NUEVA LEY 2. PROFESIONISTAS QUE SE DESEMPEÑAN COMO PERITOS ¿Qué tiene que ver una Ley de Profesiones, con unidades de valuación, bancos y catastro? iv. Catastro…

NOVEDADES que PRESENTA LA NUEVA LEY 2. PROFESIONISTAS QUE SE DESEMPEÑAN COMO PERITOS ¿Es legal que el reglamento señale que, al estar registrado en la SEPyC, ya no se ocupa de registro en Catastro? ¿Tiene la SEPyC gente calificada para evaluar a los peritos valuadores? ¿Pueden ingresar unidades de valuación a catastro?

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