Procedimiento para Adolescentes

Slides:



Advertisements
Presentaciones similares
Conocimientos y habilidades para la intervención judicial oral Mexicali, 15 al 26 de junio de 2009 CESAR AUGUSTO REYES MEDINA FERNANDO JIMENEZ MONTES (Colombia)
Advertisements

Lic. María Cristina del Rosario Berjes Cardoso
ETAPA DE INVESTIGACIÒN
IV. ESQUEMA PROCESAL.
IX Encuentro Nacional de Profesores de Derecho Procesal Penal
Sistema Acusatorio Tema: No. 4.
ACTIVIDAD PROCESAL Dr. JUAN RAMÓN ALEGRE.
Etapa Intermedia Titulo 2 Etapa Intermedia
Seguridad pública y procedimiento penal..  La seguridad pública es una función a cargo de la Federación, el Distrito Federal, los Estados y los Municipios,
Los presupuestos procesales
NUEVO CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS PENALES
DISPOSICIONES CONSTITUCIONALES
EL PAPEL DE LA POLICIA PREVENTIVA COMO PRIMER RESPONDIENTE EN EL SISTEMA PENAL ACUSATORIO Puebla de Zaragoza, Pub.. Noviembre, 2015.
CONTENIDO [Art ] Nombre completo del imputado Los hechos y tipificación específica (Fiscal: tipificación alternativa) El nombre del agraviado (si.
REGLAS BRASILIA ACCESO A LA JUSTICIA DE LAS PERSONAS EN CONDICION DE VULNERABILIDAD.
CONVENCION INTERAMERICANA PARA PREVENIR Y SANCIONAR LA TORTURA ASPECTOS MAS SALIENTES. Curso Posgrado de Derechos Humanos y Humanitario Prof. Eduardo J.
Delitos Fiscales Definición de Delito: – Es toda acción u omisión que sanciona las leyes fiscales y penales. – Por querella – Por declaratoria De perjuicios.
FACULTADES DE COMPROBACION ART. 42 CFF Rectificar errores aritméticos, omisiones u otros Declaraciones solicitudes avisos Solicitar la contabilidad para.
LA PRISIÓN PREVENTIVA (Cumplimiento de los Presupuestos Materiales desde la perspectiva jurisdiccional) RENE S. ZELADA FLORES Juez Titular Juzgado Penal.
ASPECTOS GENERALES DEL DERECHO PENAL GENERAL
PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO
ABA ROLI MÉXICO Iniciativa para el Estado de Derecho PROGRAMA DE NUEVOS ABOGADOS PARA EL SISTEMA DE JUSTICIA EN MÉXICO.
PODER JUDICIAL PROPUESTA DE MARCO CONCEPTUAL HOMOLOGADO DE LA ESTADÍSTICA CON PERSPECTIVA DE GÉNERO Y DE DERECHOS HUMANOS DEL SISTEMA PROCESAL PENAL ACUSATORIO.
DISPOSICIONES GENERALES DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO
SECCIÓN DE ANÁLISIS CRIMINAL
CONTROL FISCAL.
Procedimiento Tribunales de Familia
Licenciatura en Derecho Tema: «INVESTIGACIÓN INICIAL”
Cierre de la instrucción.
PROCESO PENAL EN MÉXICO
FASE INTERMEDIA En esta fase se realizan actos de una gran importancia para el proceso, debido a que el juez de control, en conocimiento de las partes,
PROCEDIMIENTO ABREVIADO
Iniciativa Nuevo CPP Chihuahua
Procedimiento Tribunales de Familia
LEY NACIONAL DEL SISTEMA INTEGRAL DE JUSTICIA PENAL PARA ADOLESCENTES
UNIDAD XVIII DEL DERECHO DE ACCIÓN.
PROCESO PENAL ACUSATORIO
Licencias de Funcionamiento
Objetivo General El Tribunal, es un Órgano Colegiado, integrado por Cinco Salas Ordinarias (cada una con tres Magistrados) y una Sala Superior (compuesta.
2) Cuál es el contenido de la Tutela Judicial Efectiva.
Proyecto de Ley sobre Educación Superior
GARANTÍAS DE IGUALDAD (artículos 1º, 2 º, apartado B, 4º, 5º, primer párrafo, 12, 13 y 31 fracción IV)
Artículo 1. Obligación de Respetar los Derechos
CURSO DE MEDICINA LEGAL 2006
ESTADO DE DERECHO Clases Clases Material Material Formal Formal Regulación en CE 1978 Regulación en CE 1978 Interdicción arbitrariedad y seguridad jurídica.
ESTADO DE DERECHO Clases Clases Material Material Formal Formal Regulación en CE 1978 Regulación en CE 1978 Interdicción arbitrariedad y seguridad jurídica.
LIBRO CUARTO RESPONSABILIDAD DEL ADOLESCENTE INFRACTOR.
EL PROCESO INMEDIATO EN CASOS DE FLAGRANCIA Y EL DERECHO DE DEFENSA Por: Abog. Lady D. Cueva Vizcarra.
RESPONSABILIDAD DERIVADA DE INCOMPATIBILIDAD DE EMPLEOS, CARGOS O COMISIONES.
Disposiciones legales aplicables al personal en formación
Inmunidad de arresto Artículo 69.- Ningún senador o diputado, desde el día de su elección hasta el de su cese, puede ser arrestado; excepto el caso de.
Poder judicial.
Procesos de familia.
M O D U L O IV M O D U L O IV.
ACCESO A LA JUSTICIA Y LA APLICACIÓN EFECTIVA DE LA LEY 19580
LA RESPUESTA INSTITUCIONAL A LA VIOLENCIA DOMESTICA
ESTADO DE DERECHO Clases Clases Material Material Formal Formal Regulación en CE 1978 Regulación en CE 1978 Interdicción arbitrariedad y seguridad jurídica.
DRA. ARCELIA MORENO AGRAZ
DR. ELDER J MIRANDA ABURTO. El Código procesal penal  La define: Art 268°: Presupuestos materiales El juez, a solicitud del Ministerio Público, podrá.
ETAPA DE INVESTIGACION
Aspecto Penal de lo Fiscal Agosto Competencia y Facultades Competencia de la Administración General Jurídica en materia penal Facultades concurrentes.
 En el Perú, el Código Penal y Procesal Penal, han prohibido el uso de la tortura para obtener confesiones.  Todos los actos de investigación urgentes.
PROTECCIÓN DE DATOS O HÁBEAS DATA.
Ley Penal Juvenil. CÓDIGO DE LOS NIÑOS Y ADOLESCENTES Esquema del Proceso Único Detención en flagrancia Denuncia e investigación Fiscal: Puede -Aplicar.
Cadena de Custodia Diana M González S. Manual de Cadena de Custodia Esta dirigido a los servidores públicos y particulares que tengan contacto con los.
Protocolo para seguimiento de las Medidas de Protección
MAESTRIA EN DERECHO Y JUSTICIA ALTERNATIVA MAESTRA: LIC. MARÍA CRUZ LIMÓN PARRA MATERIA: SISTEMA PROCESAL PENAL ACUSATORIO ADVERSARIA Y ORAL NOMBRE ALUMNO:
JUSTICIA AMBIENTAL EN EL PERÚ BACH. JASMIN GONZALES MUERAS.
Unidad 5.   El Proceso Penal: concepto. Garantías procesales. Garantías constitucionales (Habeas Corpus y Recurso de Amparo).  Funciones y atribuciones.
Código de Procedimiento Penal
Transcripción de la presentación:

Procedimiento para Adolescentes Luz María Félix Figueroa

Desarrollo del Cerebro en el Adolescente

Corteza prefrontal Entre los 10 y 12 años, esta región sufre un agrandamiento, seguido por una dramática disminución a los 20 años. Probablemente esto es debido a un crecimiento de las conexiones neuronales, seguido por una etapa de poda, en la que se pierden las conexiones establecidas que ya no se necesitan.

Corteza Prefrontal “Operador Ejecutivo Central” del Cerebro Memoria de trabajo Control del movimiento voluntario Atención Razonamiento Planificación Decisión Control de impulsos Pensamiento abstracto

Objeto del procedimiento para adolescentes Establecer la existencia jurídica de un hecho señalado como delito, determinar si la persona adolescente es su autor o partícipe, el grado de responsabilidad y, en su caso la aplicación de las medidas que correspondan conforme a la ley.

Fin socioeducativo. Limitación de medidas privativas de libertad. Medidas cautelares y de sanción menos gravosas. Medidas privativas de libertad periódico más breves posibles. Los plazos son perentorios y se habilitan días y horas no laborales para conocer las causas.

Prescripción proceso adolescentes Grupo etario I la prescripción de la acción penal en ningún caso podrá exceder de un año. Grupo etario II, la prescripción de la acción penal en ningún caso podrá exceder de tres años Grupo etario III, la prescripción de la acción penal, en ningún caso, podrá exceder de cinco años Tratándose de delitos sexuales o trata de personas en contra de niñas, niños y adolescentes, el plazo de prescripción empezará a correr cuando la víctima cumpla dieciocho años.

Prescripción por sustracción. Cuando una persona adolescente sujeto a medida de sanción privativa de libertad se sustraiga, se necesitará para la prescripción el mismo tiempo que faltaba para cumplirla, más una cuarta parte de la medida impuesta . El plazo no podrá ser menor de un año.

Incompetencia Si en el trascurso del procedimiento se comprueba que la persona adolescente a quien se le imputa la realización del hecho era menor de 12 años de edad al momento de realizarlo, quedará al cuidado de quien legalmente le corresponda, debiendo notificarse a la Procuraduría de Protección competente para que actué en términos de lo previsto por la Ley General.

Validez de actuaciones Las actuaciones que se remitan por causa de incompetencia serán válidas tanto para la jurisdicción especial de adolescentes como para la ordinario, siempre que no contravengan los fines de esta ley ni los derechos humanos de la persona adolescentes.

Duración proceso adolescentes Desde la vinculación a proceso hasta el dictado de sentencia no podrá transcurrir un plazo mayor de seis meses . Las etapas del procedimiento penal para adolescentes serán las previstas en el CNPP y se regirán por la normas contenidas en esta ley y supletoriamente por las del CNPP.

MEDIDAS CAUTELARES Presentación periódica ante autoridad que el Juez designe. La prohibición de salir de área específica. Cuidado o vigilancia de una persona o institución determinada. La prohibición de asistir a reuniones o visitar lugares. La prohibición de convivir, acercarse o comunicarse con determinadas personas, víctimas, ofendidos, testigos. La separación inmediata del domicilio. La colocación de localizadores electrónicos. Garantía económica para asegurar la comparecencia. Embargo de bienes. Inmovilización de cuentas. El resguardo en su domicilio. Internamiento preventivo.

MEDIDAS CAUTELARES Arts 119 y 120 Se puede prescindir de toda medida cautelar; promesa del adolescente de someterse al proceso. Modificarse, sustituirse o revocarse en cualquier momento hasta antes de dictarse sentencia firme. Asegurar la presencia de la persona adolescente en el procedimiento, garantizar la seguridad de la víctima u ofendido o del testigo, o para evitar la obstaculización del procedimiento. Las medidas de garantía económica, embargo de bienes e inmovilización de cuentas sólo procederán cuando la persona adolescente haya cumplido la mayoría de edad y cuente con bienes o cuentas bancarias propias.

MEDIDAS CAUTELARES EN INTERNAMIENTO Arts 122 al 124. A ninguna persona adolescente menor de catorce años. Excepcional y sólo por los delitos que ameriten medida de sanción de internamiento. Garantizar la comparecencia de la persona adolescente en el juicio o en el desarrollo de la investigación, la protección de la víctima, o de los testigos o de la comunidad. Necesidad de cautela. M.P. Favorecer una medida cautelar diferente o justificar su improcedencia. Plazo máximo de cinco meses. No prisión preventiva oficiosa. Máxima prioridad en la tramitación del proceso. .

REVISION MENSUAL MEDIDA CAUTELAR La medida cautelar de prisión preventiva deberá ser revisada mensualmente en audiencia por el Juez de control, en ella se revisarán si las condiciones que dieron lugar a la prisión persisten o, en su caso si se puede imponer una medida cautelar menos lesiva.

INVESTIGACION REGLAS GENERALES Art 125 al 128 Prohibición de arraigo. Menor de doce años de edad, aviso a quienes ejerzan sobre ella la patria potestad o tutela, así como a la Procuraduría de Protección competente para procedimiento de protección y restitución de derechos. Determinación de abstenerse de investigar, no ejercicio de la acción penal, archivo temporal o criterios de oportunidad. Además de los casos en los que proceda la aplicación de los criterios de oportunidad, de acuerdo con el Código Nacional, el M.P. puede prescindir de la acción penal cuando se trate de conductas atribuidas a adolescentes que no lesionen o pongan gravemente en riesgo el bien jurídico tutelado y que puedan ser consideradas como parte del proceso de desarrollo y formación.

FLAGRANCIA Art 129.-Cuando una persona adolescente sea sorprendida en la comisión de una conducta que las leyes señalen como delito, podrá ser detenida sin orden judicial y deberá ser puesta a disposición inmediata de la autoridad más cercana y ésta con la misma prontitud lo pondrá a disposición del Ministerio Público competente. El primer respondiente deberá hacer el registro inmediato de la detención. Art 130. En los casos de personas adolescentes detenidos en flagrancia, en términos de la Constitución y el Código Nacional, el Ministerio Público deberá ponerlos a disposición del Juez en un plazo que no podrá exceder de treinta y seis horas, salvo que el Ministerio Público requiera agotar el plazo constitucional por las características propias de la investigación que así lo justifique. En casos de cumplimiento de orden de aprehensión o comparecencia serán puestos de inmediato a disposición del Juez de Control.

ETAPA INICIAL Art 131 al 133 . Antes de concluir la audiencia inicial, M.P. solicita plazo para cierre de la investigación complementaria. El Juez fijará un plazo que no podrá ser mayor a tres meses, contados en días naturales, a partir del auto de vinculación a proceso. Transcurrido el plazo fijado para el cierre de la investigación, esta se dará por cerrada, salvo que las partes soliciten la prórroga al Juez, antes de cumplirse el plazo fijado y no podrá ser mayor a un mes. Cerrada la investigación complementaria, si M.P. dentro de los cinco días naturales siguientes, no solicita el sobreseimiento, la suspensión del proceso, o formula acusación, el Juez de Control pondrá el hecho en conocimiento del Titular del Ministerio Público respectivo para que se pronuncie en el plazo de tres días naturales. Transcurrido este plazo, sin pronunciamiento. Sobreseimiento.

INVESTIGACION Comienza con el requisito de procedibilidad que ponga en conocimiento de la autoridad el hecho de que se ha cometido aparentemente un delito y concluye con el cierre de la investigación. SE DIVIDE EN DOS SUB-ETAPAS INVESTIGACION INICIAL INVESTIGACION COMPLEMENTARIA

INVESTIGACION Debe basarse en principios de legalidad y respeto a los derechos fundamentales reconocidos por CPEUM y los Tratados Internacionales donde México es parte. Principios de flexibilidad, desconcentración, secrecía, colaboración, coordinación, especialización criminalística.

Investigación El objetivo de la etapa de investigación consiste en que el investigador realice todas la diligencias de investigación que estime convenientes con la finalidad de obtener fuentes de prueba (datos de prueba)que develen lo ocurrido en el hecho que se investiga.

Diligencias de investigación sin exigencia de una autorización jurisdiccional Inspecciones. Levantamiento de cadáveres. Exámenes periciales. Aportación de parte de particulares de comunicaciones privadas. Geolocalización de las personas. Entrevista de testigos. Agente encubierto. Medias de vigilancia.

Diligencias de investigación que requieren autorización jurisdiccional Toma de muestras con oposición de la persona o siendo adolescentes. Cateo. Intervención de comunicaciones.

Requisitos de procedibilidad Pesquisa. Flagrancia. Descubrimiento probatorio. Delación (anónima). Denuncia. Autoacusación. Excitativa (richiesta). Querella. Instaza (delito cometido en el extranjero) .

Determinación de la investigación Abstenerse de investigar. Decretar el archivo temporal. Decretar el no ejercicio de la acción penal. Aplicar algún criterio de oportunidad. Solicitar el desarrollo dela audiencia inicial (ejercicio acción penal).