RIESGOS Y ACCIDENTES DE TRABAJO

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Transcripción de la presentación:

RIESGOS Y ACCIDENTES DE TRABAJO

EL PELIGRO ES TODO AQUELLO QUE TIEN EL POTENCIAL DE PRODUCIR DANO O UN DETERIORO DE LA CALIDAD DE VIDA INDICIDUAL O COLECTIVA DE LAS PERSONAS

EL PELIGRO SI NO ES EVITADO, ELIMINADO O CONTROLADO, SU POTENCIALIDAD SE MANIFESTARÁ Y OCURRIRÁ UN INCIDENTE QUE PUDIERA O NO RESULTAR EN DAÑOS O LESIONES, DEPENDIENDO DE LO EXPUESTO.

EL RIESGO ES UNA MEDIDA DE LA PROBABILIDAD DE QUE OCURRA UN INCIDENTE RELACIONADO CON EL PELIGRO Y LA SEVERIDAD DEL DAÑO O LESIONES QUE PUDIERA RESULTAR.

RIESGOS DE TRABAJO

Ley federal del trabajo Articulo 473 Ley federal del trabajo Un riesgo de Trabajo son los accidentes o enfermedades a que están expuestos los trabajadores en ejercicio o con motivo de trabajo.

ACCIDENTE EL ACCIDENTE SE DEFINE COMO LA MATERIALIZACION DE UN RIESGO, EL CUAL INTERRUMPE LA CONTINUIDAD DEL TRABAJO Y PUEDE SUPONER UN DANO A LAS PERSONAS O A LA PROPIEDAD

INCIDENTE EL ACCIDENTE SE DEFINE COMO LA MATERIALIZACION DE UN RIESGO, EL CUAL INTERRUMPE SOLO LA CONTINUIDAD DEL TRABAJO Y NO SUPONE UN DANO A LAS PERSONAS O A LA PROPIEDAD

ACCIDENTES DE TRABAJO EVITARLOS ??? PREVEERLOS??? POR QUE ?????

TIPOS DE INCIDENTES ACCIDENTE CON DANOS Y LESIONES INCIDENTE DAÑOS O LESIONES NO NO HAY PERDIDAS DAÑOS O LESIONES (ACCIDENTE) SI SI HAY PERDIDAS DANOS AL MATERIAL ACCIDENTE CON SOLO DANOS LESIONES ACCIDENTE CON SOLO LESIONES TIPOS DE INCIDENTES ACCIDENTE CON DANOS Y LESIONES

FACTORES HUMANOS Y TECNICOS

+ ACCIDENTES DE TRABAJO ACCIDENTE DE TRABAJO ACTO INSEGURO CONDICION INSEGURA ACTO INSEGURO CONDICION INSEGURA +

ACCIDENTES DE TRABAJO ACTO INSEGURO NO SABE NO PUEDE NO QUIERE

ACTO INSEGURO LAS ACCIONES PERSONALES POCO SEGURAS (ACTOS INSEGUROS) SON AQUELLOS TIPOS DE CONDUCTAS QUE PRODUCEN LESIONES

ACCIDENTES DE TRABAJO EJEMPLOS DE ACTOS INSEGUROS DENTRO DE UNA EMPRESA TRABAJO CON POCA SEGURIDAD REALIZAR OPERACIONES SIN PERMISO QUITAR O MODIFICAR DISPOSITIVOS DE SEGURIDAD OPERAR A VELOCIDADES POCO SEGURAS USAR EL EQUIPO EN FORMA INSEGURA USO DE EQUIPO INADECUATO O POCO SEGURO JUGAR, HACER BURLAS, INSULTAR, ETC NO USAR ADECUADAMENTE EL VESTIDO Y EPP

CONDICIONES INSEGURAS SE DEFINE COMO UNA CONDICION NO OPTIMA DE OPERACIÓN, SE REFIERE A LAS CONDICIONES FISICAS DEL MATERIAL, EQUIPO E INSTALACIONES DONDE SE DESARROLLA LA ACTIVIDAD.

ACCIDENTES DE TRABAJO EJEMPLOS DE CONDICIONES INSEGURAS DENTRO DEL AREA DE CORTE Y SOLDADURA DE UNA EMPRESA LA PROTECCION NO ENCIERRA LAS AREAS DE RIESGO LA PROTECCION ES INEFICAZ DENTRO DE CIERTAS OPERACIONES LA PROTECCION RESULTA FACILMENTE DANADA Y PIERDE SU EFICACIA NO SE UTILIZA (O SE EVITA) LA PROTECCION POR SER INCONVENIENTE

ORIGEN Y CONTROL DE ACCIDENTES TRIÁNGULO DE HEINRICH 1 29 300 15000 ACCIDENTES GRAVES O FATALES ACCIDENTES LEVES ACCIDENTES SIN LESIÓN PRÁCTICAS INSEGURAS

INVESTIGACIÓN DEL ACCIDENTE ADMINISTRACIÓN DE LA SEGURIDAD INVESTIGACIÓN DEL ACCIDENTE INFORMACIÓN MÍNIMA REQUERIDA DURANTE LA INVESTIGACIÓN DEL ACCIDENTE

EJERCICIOS En equipos de 3 personas Identificar 5 actos inseguros y 5 condiciones inseguras en sus actividades de practicas de laboratorio

El interés por la seguridad es de responsabilidad general pero, específicamente, de altos niveles quienes deben concienciar a sus subordinados la necesidad de prevenir.

La investigación de causas Comprende 2 aspectos: Estudio sobre las posibles causas de accidentes en función del sistema de trabajo empleado, los métodos y medios necesarios para contrarrestarlas.

2.-Reunión de datos analíticos y estadísticos sobre hechos consumados con el fin de establecer causas, hora, lugar del accidente, gravedad, frecuencia, condición física y mental del empleado, naturaleza y clase de trabajo efectuado.

En resumen para prevenir accidentes debemos investigar, evaluar y corregir las condiciones y circunstancias causantes, aplicando métodos selectivos específicos, que interrelacionados den lugar a la Seguridad Industrial.

INVESTIGACIÓN DEL ACCIDENTE ADMINISTRACIÓN DE LA SEGURIDAD INVESTIGACIÓN DEL ACCIDENTE DATOS GENERALES NOMBRE DEL TRABAJADOR, EDAD, FECHA DE NACIMIENTO RFC, No. AFILIACIÓN IMSS DEPARTAMENTO, SUPERVISOR, TURNO, DÍA DESCANSO ESTADO CIVIL, ESCOLARIDAD ANTIGÜEDAD PLANTA, ANTIGÜEDAD PUESTO, TRABAJO ANTERIOR DIRECCIÓN, CON QUIÉN VIVE HORAS TRABAJADAS ANTES DEL ACCIDENTE ACCIDENTES ANTERIORES FECHA ACCIDENTE, REPORTADO, INVESTIGADO

INVESTIGACIÓN DEL ACCIDENTE ADMINISTRACIÓN DE LA SEGURIDAD INVESTIGACIÓN DEL ACCIDENTE CAUSAS CONSTRUCCIÓN PELIGROSA MALA PROTECCIÓN CONTRA INCENDIO MAQUINARIA ESTACIONARIA SIN GUARDAS O DEFECTUOSAS HERRAMIENTA INSEGURA EQUIPO INSEGURO CONDICIONES LABORALES INSEGURAS

INVESTIGACIÓN DEL ACCIDENTE ADMINISTRACIÓN DE LA SEGURIDAD ADMINISTRACIÓN DE LA SEGURIDAD INVESTIGACIÓN DEL ACCIDENTE CAUSAS BAJO EFECTO DE DROGAS O ALCOHOL DEFICIENTE SUPERVISIÓN FALTA DE ADAPTABILIDAD MENTAL FALTA DE E.P.P. ROPA O EQUIPO PERSONAL IMPROPIO DESCUIDO ATRIBUIDO AL TRABAJADOR VIOLACIÓN A LOS REGLAMENTOS O POLÍTICAS DE SEGURIDAD FALTA DE CONOCIMIENTOS OTROS

INVESTIGACIÓN DEL ACCIDENTE ADMINISTRACIÓN DE LA SEGURIDAD ADMINISTRACIÓN DE LA SEGURIDAD INVESTIGACIÓN DEL ACCIDENTE TIPO DE LESIÓN HERIDA ABIERTA, ABRASIVA, CORTANTE LUXACIÓN, ESGUINCE FRACTURA AMPUTACIÓN QUEMADURA QUÍMICA QUEMADURA TÉRMICA CUERPO EXTRAÑO INTOXICACIÓN CONTUSIÓN CHOQUE ELÉCTRICO SOBRESFUERZO, LUMBALGIA

INVESTIGACIÓN DEL ACCIDENTE ADMINISTRACIÓN DE LA SEGURIDAD ADMINISTRACIÓN DE LA SEGURIDAD INVESTIGACIÓN DEL ACCIDENTE CÓMO OCURRIÓ EL ACCIDENTE ????? DESCRIPCIÓN DETALLADA DEL ACCIDENTE TESTIGOS ACCIONES TOMADAS ANTES Y DESPUÉS DEL ACCDENTE

INVESTIGACIÓN DEL ACCIDENTE ADMINISTRACIÓN DE LA SEGURIDAD ADMINISTRACIÓN DE LA SEGURIDAD INVESTIGACIÓN DEL ACCIDENTE OBSERVACIONES Y RECOMENDACIONES MEDIDAS DE CONTROL

ADMINISTRACIÓN DE LA SEGURIDAD ADMINISTRACIÓN DE LA SEGURIDAD “REALIZA UNA TAREA QUE VERDADERAMENTE AMES Y NUNCA TENDRÁS QUE TRABAJAR EL RESTO DE TU VIDA” PROVERBIO CHINO

ADMINISTRACIÓN DE LA SEGURIDAD “HAY QUE HACER DE LA SEGURIDAD UNA FORMA DE VIDA Y NO UNA FORMA DE VIVIR”

Comision mixta de seguridad e higiene NOM-019-STPS

La seguridad y la higiene aplicadas a los centros de trabajo, tienen como objetivo salvaguardar la vida y preservar la salud y la integridad física de los trabajadores por medio del dictado de normas encaminadas tanto a que se les proporcionen las condiciones adecuadas para el trabajo, como a capacitarlos y adiestrarlos para que se eviten, dentro de lo posible, las enfermedades y los accidentes laborales. Con bases en las disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, en todas las empresas deben integrarse las Comisiones Mixtas de Seguridad e Higiene, encargadas de prevenir cualquier daño que pueda sobrevenir a la salud de los trabajadores mediante la investigación de las causas de los accidentes y enfermedades, la disposición de mediados para prevenirlos y la vigilancia de su cumplimiento.

Las Comisiones Mixtas de Seguridad e Higiene son órganos legales que reflejan la responsabilidad obrero-patronal compartida. Las Comisiones Mixtas de Seguridad e Higiene son los organismos que establece la Ley Federal del Trabajo en sus artículos 509 y 510, para investigar las causas de los accidentes y enfermedades en los centros de trabajo, proponer medidas para prevenirlos y vigilar que se cumplan.

Las Comisiones Mixtas de Seguridad e Higiene deberán integrarse con igual número de representantes obreros y patronales, en un plazo no mayor de 30 días a partir de la fecha en que inicien sus actividades los centros de trabajo y de inmediato en donde no existan.

El número total de representantes en las Comisiones, debe ser en relación con el número de trabajadores que laboren en cada división, planta o unidad, en la siguiente forma. Para un número de trabajadores no mayor de veinte, un representante de los trabajadores y uno de los patrones. De veintiuno a cien trabajadores, dos representantes de los trabajadores y dos de los patrones. Para un número mayor de cien trabajadores, cinco representantes de los trabajadores y cinco de los patrones. Se podrán nombrar más representantes si así se considera necesario. Por cada representante propietario, se debe designar un suplente.

La comisión se organizará en los términos que señala el apartado 6. 3 En caso de no existir sindicato, podrán designar el número de vocales que acuerden ambas representaciones. Para cumplir con las funciones que señala esta Norma, el coordinador, el secretario y los vocales recibirán capacitación, conforme a lo previsto en el Reglamento.

La seguridad y la higiene aplicadas a los centros de trabajo, tienen como objetivo salvaguardar la vida y preservar la salud y la integridad física de los trabajadores por medio del dictado de normas encaminadas tanto a que se les proporcionen las condiciones adecuadas para el trabajo, como a capacitarlos y adiestrarlos para que se eviten, dentro de lo posible, las enfermedades y los accidentes laborales. Con bases en las disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, en todas las empresas deben integrarse las Comisiones Mixtas de Seguridad e Higiene, encargadas de prevenir cualquier daño que pueda sobrevenir a la salud de los trabajadores mediante la investigación de las causas de los accidentes y enfermedades, la disposición de mediados para prevenirlos y la vigilancia de su cumplimiento.

Las Comisiones Mixtas de Seguridad e Higiene son órganos legales que reflejan la responsabilidad obrero-patronal compartida. Las Comisiones Mixtas de Seguridad e Higiene son los organismos que establece la Ley Federal del Trabajo en sus artículos 509 y 510, para investigar las causas de los accidentes y enfermedades en los centros de trabajo, proponer medidas para prevenirlos y vigilar que se cumplan.

Las Comisiones Mixtas de Seguridad e Higiene deberán integrarse con igual número de representantes obreros y patronales, en un plazo no mayor de 30 días a partir de la fecha en que inicien sus actividades los centros de trabajo y de inmediato en donde no existan.

El número total de representantes en las Comisiones, debe ser en relación con el número de trabajadores que laboren en cada división, planta o unidad, en la siguiente forma. Para un número de trabajadores no mayor de veinte, un representante de los trabajadores y uno de los patrones. De veintiuno a cien trabajadores, dos representantes de los trabajadores y dos de los patrones. Para un número mayor de cien trabajadores, cinco representantes de los trabajadores y cinco de los patrones. Se podrán nombrar más representantes si así se considera necesario. Por cada representante propietario, se debe designar un suplente.

ACCIONES QUE DESARROLLARAN LAS COMISIONES MIXTAS DE SEGURIDAD E HIGIENE Promover  y vigilar la higiene y seguridad del edificio de trabajo. Elaborar un calendario anual de actividades. Vigilar las normas de seguridad e higiene en su área de competencia. Vigilar en su caso, lo relativo al equipo de protección de las y los trabajadores. Vigilar que se coloquen avisos de seguridad e higiene, en función de las actividades que se desarrollen. Promover y vigilar la integración de los botiquines de primeros auxilios.

ACCIONES QUE DESARROLLARAN LAS COMISIONES MIXTAS DE SEGURIDAD E HIGIENE Llevar a cabo los recorridos tanto de observación general, como la objetiva parcial y la especial en casos necesarios. Mantener informados a las y los trabajadores del centro de trabajo, sobre las causas de los accidentes y enfermedades de trabajo ocurridos, así como de las medidas que se han adoptado para prevenirlos. Informar trimestralmente de sus actividades a su Comisión Coordinadora. Realizar campañas sobre Seguridad e Higiene. Promover y coordinar la capacitación y adiestramiento de las y los trabajadores.

TRABAJO DE LA UNIDAD En equipos de 4 personas, crear una comision mixta de seguridad e higiene, con las caracteristicas definidas por la NOM- 019 – STPS-2004