Cuotas compensatorias e importaciones de aceite de oliva

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Transcripción de la presentación:

Cuotas compensatorias e importaciones de aceite de oliva

Caso: Importaciones de aceite de oliva originarias de la UE. La producción de aceite de oliva tiene ciertas localizaciones geográficas, en forma de franjas paralelas al ecuador, y está marcada por condiciones climáticas que favorecen el cuidado y mantenimiento del olivo.

Países productores de aceite de oliva (miles de toneladas)

Países consumidores de aceite de oliva (miles de toneladas)

Situación: En México el consumo de aceite de oliva representa menos del 1% del consumo nacional de aceites vegetales. Su producción se localiza en Baja California.

Mercado de aceite de oliva en México (miles de toneladas)

Incremento notable de consumo de aceite de oliva a partir del año 2000, en el cual las importaciones provenientes de la UE entraron a México.

Queja: En 2003, la empresa Fortuny de México presentó una solicitud de inicio de investigación por subvención ante la SE y manifestó que las importaciones de aceite de oliva procedentes de la UE (principalmente España e Italia) se efectuaron en condiciones de subvención de precios ocasionando un daño a la industria en el país. El argumento histórico promovido por Fortuny se basa en que la industria de aceite de olivo en México comenzó en 1947 sin interrupción hasta marzo de 2002 por las importaciones subvencionadas provenientes de la UE.

Precios de las importaciones de aceite de oliva

En 2003, la Secretaría de Economía inició un proceso de investigación por subvención de precios sobre las importaciones de aceite de oliva provenientes de la UE. Las empresas exportadoras de la UE indicaron que la aceituna era el objetivo de la subvención y no el aceite de oliva; mencionaron también que el programa proporcionaba la ayuda a partir de la cantidad de aceite de oliva extraído de las aceitunas pero que solamente era una referencias para calcular el monto del beneficio pagado a los agricultores productores de aceitunas.

Sin embargo, la investigación confirmó que el subsidio se otorgó a los oleicultores en función del aceite de oliva producido y que sólo una menor proporción del subsidio se destinó a la aceituna. También se aceptó que existe una parte de la ayuda que se puede destinar al apoyo de la aceituna de mesa y por tanto, se excluyó el monto correspondiente al cálculo de la cuantía de la subvención.

Respecto a la transferencia del subsidio de la aceituna al aceite de olivo, las empresas exportadoras señalaron a su favor que no se había acreditado el mecanismo de transmisión del subsidio y manifestaron que existen diversas etapas en el proceso productivo del aceite de oliva entre partes independientes y a precios de mercado que “desconectan” cualquier relación con la transmisión del apoyo a las aceitunas con el aceite de oliva. La decisión final aceptó que el subsidio no pasa al 100% debido a que desde la obtención del aceite de oliva hasta el momento en que éste se destina a la exportación, existen otras etapas en el proceso productivo.

Calculo de Subvención Las disposiciones que utiliza la Secretaría de Economía para establecer que exista una subvención especifican que es necesario demostrar que existe una contribución financiera, que ésta otorgue un beneficio y que sea específica a un grupo de productores o ramas de producción. Se estableció que la contribución financiera correspondió a una transferencia directa de fondos a la producción de aceite de oliva y que fue otorgada por un organismo público. Este programa otorgó un beneficio directo a los productores de la Unión Europea.

La SE calculó un precio de exportación promedio ponderado al mercado mexicano para cada empresa exportadora. Además, calculó dos precios de exportación, uno referente al precio ex fabrica (precio subsidiado) y el otro corresponde a un precio inferido (precio con subsidio) el cual se obtuvo sumando el precio de exportación subsidiado más el monto unitario de la subvención. Establecido el precio con subsidio, se determinaron los márgenes de subvención individuales para cada empresa exportadora de la UE que compareció en le procedimiento administrativo. Aquellas empresas que no comparecieron estarían sujetas a la cuota residual de $4.05 dólares.

Efecto en la producción nacional Se consideró a Fortuny como única empresa productora de aceite de oliva, por lo que sus indicadores económicos y financieros se utilizaron como correspondientes a la rama de producción nacional. El período de existencia de subvención fue determinado entre abril y diciembre de 2002. Por su parte, el período de daño fue de abril a diciembre de los años 2000, 2001 y 2002.

Las importaciones de la UE representan más del 90% del total de importaciones. Se comparó el precio de las importaciones subvencionadas en relación con el precio del producto nacional y observó que existían márgenes de subvaloración de por lo menos 24% entre ambos. Esta tendencia a la baja de las importaciones generó el cierre de la industria nacional debido al precio subvencionado en comparación con el precio del producto nacional.

Por lo anterior, la Secretaría de Economía determinó la aplicación de cuotas compensatorias a las importaciones. Estas cuotas solo se aplicaron a las importaciones que ingresaron a precios inferiores al precio de $4.05 dólares por kg, que es el precio que corresponde al valor en aduana del aceite de oliva no distorsionado por las subvenciones.

Reacciones La Unión Europea solicitó la instalación de un Grupo Especial (Panel) en la OMC. En marzo de 2006, Distribuidora Ibarra pidió al Tribunal Federal de Justicia Fiscal Administrativa (TFJFA) la nulidad de la resolución donde se imponen las cuotas compensatorias. El TFJFA se declaro firme en la sentencia de nulidad. Tal acción dejo sin efectos la resolución final de la investigación por subvención de precios sobre las importaciones de aceite de oliva originarias de la UE.

El estudio realizado por la SE ayudó a determinar que las importaciones de aceite de oliva ocasionaron un grave daño en la producción nacional. Con la imposición de la cuota compensatoria los precios se nivelaron y el volumen de importación del producto no volvió a alcanzar su máximo registrado en 2004, lo que permitió que la rama de producción nacional reabriera operaciones y retomara su nivel de producción.