Expositor: Lic. René Fonseca

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Transcripción de la presentación:

Expositor: Lic. René Fonseca EJECUCIÓN PRESUPUESTARIA mediante convenios Expositor: Lic. René Fonseca

Ejecución Presupuestaria Mediante Convenios “Las Entidades de la Administración Central y Entidades Descentralizadas, que bajo su responsabilidad ejecuten programas y proyectos con organizaciones no gubernamentales, asociaciones legalmente constituidas o cualquier organismo regional o internacional, deberán suscribir los respectivos convenios”. Art. 12 Decreto 70-2007 del Congreso de la República.

Organismo Ejecutor Delegado por Convenios Es toda persona jurídica, legalmente constituida, que por delegación de una Entidad de la Administración Central y Entidades Descentralizadas, según convenio autorizado por la máxima autoridad que corresponda. Se encargará de administrar la ejecución de programas y/o proyectos financiados con recursos públicos, acción por la cual percibe comisión o cualquier otra forma de retribución.

La gestión presupuestaria de los Organismos Ejecutores Delegados por Convenios Constituye una modalidad de ejecución, en la cual las entidades deben programar la ejecución en sus respectivos presupuestos institucionales y en la estructura programática que corresponda. De acuerdo a la técnica presupuestaria, los renglones de gasto deben reflejar los bienes y servicios a obtener.

Requisitos mínimos que deben contener los convenios o contratos suscritos con los Organismos Ejecutores Delegados por Convenios:

Presentar a la entidad con quien suscribió convenio o contrato, por lo menos una vez al mes, información del avance físico y financiero de la obra o actividad Consignar el valor anual de los recursos a transferir para la ejecución del convenio Asignar un código único interno de identificación al convenio suscrito Depositar mensualmente los intereses y otros productos financieros, generados por los fondos trasladados en las cuentas monetarias que se señalen.

Instruir a la entidad bancaria correspondiente, para que envíe diariamente a Tesorería, por medios electrónicos la información de las operaciones y saldos de las cuentas de depósitos monetarios. Trasladar al final del ejercicio fiscal los saldos no utilizados de los fondos transferidos. Trasladar al Estado la propiedad de los activos fijos que se adquieran con los recursos recibidos para su administración, en el momento de la adquisición de los mismos. Informar a la UDAF de la entidad contratante sobre su ejecución detallada de gastos, de conformidad con los requisitos correspondientes, para el registro inmediato en el SICOIN-WEB 9. En el caso de convenios existentes o en ejecución, deben ser modificados para cumplir los requisitos indicados anteriormente.

CAMBIOS EN EL SICOIN-WEB /1 No. ACCION PROPOSITO INFORMACION A INCLUIR 1 Crear un Nuevo Clasificador de Convenios Llevar un control sobre cada convenio, de forma consolidada y unificada. La documentación soporte debe estar respaldada por DTP. Tipo de Convenio NIT Organismo Ejecutor del Convenio Entidad Unidad Ejecutora Estado del convenio Fecha de inicio, Fecha de finalización Descripción Valor Anual a Transferir: Código Único Interno del Convenio en la Entidad Código del Convenio: Generarlo automáticamente así: TC-NIT-Entidad -UE-Correlativo y año Bandera para clasificar los activos fijos adquiridos a partir el convenio, sobre Propiedad de Bienes, “Bienes Cedidos en Uso”.

CAMBIOS EN EL SICOIN-WEB /2 No. ACCION PROPOSITO INFORMACION A INCLUIR 2 Crear Nuevos Reportes Facilitar la obtención de la información por medio impreso del nuevo clasificador. Así como de la ejecución presupuestaria (inclusive a nivel de programas) donde son involucrados los Convenios. Reporte del Clasificador de Convenios. Y sus respectivos filtros. Reportes de ejecución de presupuesto para obtener información de lo ejecutado por cada convenio.

Clasificador de Convenios La información consignada en el convenio o contrato será registrada por la Contabilidad en el Clasificador de Convenios de Organismos Ejecutores Delegados por Convenios, que servirá para asignar un auxiliar contable para el control de anticipos y rendiciones de manera individual. Esta última obligación aplica tanto para las entidades de la administración central como de las entidades descentralizadas.

Pantalla de Ingreso de Tipos de Convenios Pantalla de Ingreso de Convenios

Ejecución del Presupuesto Para realizar el registro de la Ejecución del Presupuesto, las entidades previamente deben programar en sus respectivos presupuestos institucionales y en la estructura programática que corresponda, los renglones de gasto que reflejen los bienes y servicios a obtener. Debe programarse también la asignación presupuestaria para el pago de la comisión o la retribución que corresponda al Organismo Ejecutor Delegado por Convenios.

Registro de la Ejecución del Presupuesto

Programación de Anticipos En el caso de las Entidades de la Administración Central, la Dirección Técnica del Presupuesto incluirá en las cuotas cuatrimestrales los anticipos a favor de los Organismos Ejecutores delegados por convenios. Cuotas que se someterán a consideración del Comité de Programación y Ejecución Presupuestaria –COPEP-, que autorizará dichos anticipos.

El anticipo de recursos se efectuará como una salida de fondos de Tesorería, sin imputación presupuestaria, de acuerdo a la programación de caja. El registro del anticipo se hará contablemente de conformidad con el procedimiento específico y las normas de contabilidad gubernamental. Dicho anticipo deberá responder a la programación de la ejecución presupuestaria y en función de la disponibilidad de los recursos.

Monto del Anticipo Con autorización de la Tesorería Nacional, podrá anticiparse a los Organismos Ejecutores delegados por convenios, hasta el 20% del valor anual a transferir del convenio, que se ejecutará bajo esta modalidad. Cuando se trate de la Administración Central, la entidad contratante, en situaciones debidamente justificadas podrá requerir un monto superior al 20%, el mismo será aprobado por el Comité de Programación y Ejecución Presupuestaria – COPEP-.

Registro de Cuentas de Depósitos monetarios: Los Organismos Ejecutores, deberán solicitar a TN registro en el SICOIN-WEB de cuenta monetaria por CADA CONVENIO SUSCRITO. Autorización de Anticipos Adicionales: para que TN autorice anticipos adicionales la UDAF debe regularizar el 100% del penúltimo anticipo y como mínimo el 75% del último.

y los siguientes Auxiliares: Auxiliar 1 Cuenta Monetarias Registro Contable El registro y control contables, debe llevarse en las cuentas de mayor: 1136 04 01 Organismos Ejecutores por Convenios y los siguientes Auxiliares: Auxiliar 1 Cuenta Monetarias Auxiliar 2 Cero Auxiliar 3 Código del Convenio. Estas cuentas deberán debitarse con cada anticipo de fondos y acreditarse en forma automática con cada regularización del gasto.

Contabilización de Activos Cuando se trate de adquisición de Activos Fijos inventariables, se contabilizarán en la cuenta correspondiente a la naturaleza del bien adquirido, y en el módulo de inventarios del SICOIN-WEB deberá indicarse que están bajo el control y a disposición temporal o en uso de un Organismo Ejecutor. Para el efecto se deberá aperturar en el Módulo de Inventarios del SICOIN-WEB, Unidad Administrativa de Inventarios, por cada CONVENIO que tenga estas características de administración de bienes inventariables.

Liquidación de Saldos Al final del ejercicio fiscal, la Unidad Ejecutora deberá tener regularizado el 100% de los desembolsos y si existieran saldos disponibles, para el caso de la Presidencia, Ministerios, Secretarías y otras dependencias del Ejecutivo deberán requerir al Organismos Ejecutores Delegados por Convenios, el traslado de los recursos a la cuenta 110001-5 “Gobierno de la República-Fondo Común”. Las Entidades Autónomas, Descentralizadas, Empresas Públicas y el resto de entidades que conforman la Administración Central deberán realizar dicho depósito en la cuenta correspondiente. Si quedara saldo por rendir o por reintegrar al fondo común, la Contabilidad deberá hacer registro directamente a Deudores del Estado e informar al Ente de Control Gubernamental sobre esta situación, para que aplique las sanciones correspondientes.

Registro de cuentas monetarias Registro de cuentas monetarias. La Tesorería registrará en el Sistema de Contabilidad Integrada SICOIN-WEB, las cuentas de depósitos monetarios correspondientes a cada Organismos Ejecutores Delegados por Convenios, en calidad de cuentas de beneficiarios a efecto de realizar los pagos de anticipos que corresponda. Casos Especiales. Para la Presidencia, Ministerios, Secretarias y otras dependencias del Ejecutivo, los casos que ameriten un tratamiento especial, serán resueltos por el Comité de Programación de la Ejecución Presupuestaria –COPEP-.

MUY FELIZ NAVIDAD Y PROSPERO AÑO NUEVO. MUCHAS MUY FELIZ NAVIDAD Y PROSPERO AÑO NUEVO. GRACIAS POR SU APRECIABLE ATENCIÓN.