DIPLOMADO INTREGRAL DE LA CONTADURIA MODULO NORMAS DE INFORMACION FINANCIERA EXPOSITOR L.C. EDUARDO M. ENRÍQUEZ G. 1.

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Transcripción de la presentación:

DIPLOMADO INTREGRAL DE LA CONTADURIA MODULO NORMAS DE INFORMACION FINANCIERA EXPOSITOR L.C. EDUARDO M. ENRÍQUEZ G. 1

NIF C-18 OBLIGACIONES ASOCIADAS CON EL RETIRO DE PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO EXPOSITOR L.C. EDUARDO M. ENRÍQUEZ G. 2

INTRODUCCIÓN Establecer las normas particulares para el reconocimiento inicial y posterior de una provisión relativa a las obligaciones asociadas con el retiro de componentes de propiedades, planta y equipo (PPE) ( ) 3

RETIRO Remoción permanente, desmantelamiento, demolición, venta abandono, reciclado o disposición. Restauración, reparación, resarcimiento o rehabilitación del medio ambiente. 4 INTRODUCCIÓN

CONVERGENCIA Converge con las NIIF, particularmente con IFRIC 1, con la NIC 16, Propiedades, Planta y A partir del 1º de enero de

OBJETIVO Establecer las normas particulares para el reconocimiento inicial y posterior de las provisiones relativas a las obligaciones asociadas con el retiro de componentes de Propiedades, Planta y Equipo 6

Debe aplicarse a las entidades que tengan obligaciones legales o asumidas relacionadas con el retiro de un componente de PPE ALCANCE 7

No debe aplicarse a: Las obligaciones que se derivan de un plan normal de venta. Las modificaciones en PPE arrendadas que pasaran a ser propiedad del arrendador. ALCANCE 8

Costos incrementables: Valor presente de las erogaciones que se podrían incurrir en la adquisición de un activo o liquidación de un pasivo, sobre los términos pactados. Método de interés efectivo: Método de cálculo del costo amortizado. Tasa de descuento apropiada (tasa de interés efectiva): Tasa que descuenta apropiada para determinar el valor presente. TERMINOS 9

Obligación asociada con el retiro de un componente de PPE: Cualquier obligación por la remoción permanente de servicio de un componente. Retiro: Remoción permanente, desmantelamiento, demolición, venta, abandono, reciclado, o la disposición de alguna otra manera de un componente de PPE, así como la restauración, reparación, resarcimiento o rehabilitación del medio ambiente en que opera un componente asociados con su retiro. TERMINOS 10

Periodicidad de los flujos de efectivo: tiempo a vencimiento de las erogaciones necesarias para liquidar una provisión. Riesgo de crédito: riesgo de que una de las partes involucradas en una transacción deje de cumplir su obligación y cause que la otra incurra en una pérdida. Valor presente esperado: flujos de efectivo futuros descontados a una tasa de descuento apropiada y ponderados por su ocurrencia, incorpora, riesgos de variaciones en el monto y periodicidad de los flujos de efectivo TERMINOS 11

Reconocimiento – general Debe aplicarse en el reconocimiento inicial de cualquier obligación asociada con el retiro de componentes de PPE, así como en el reconocimiento posterior de los cambios de su estimación a reconocer, como: -Parte del costo de adquisición de un componente de PPE -Una provisión NORMAS DE VALUACIÓN 12

Reconocimiento – general Se debe capitalizar el costo asociado con el retiro de un CPPE relativo por el mismo monto en que se reconoce en la provisión. (Estos costos no califican como RIF) (Utilizar método de depreciación adecuado) NORMAS DE VALUACIÓN 13

Reconocimiento inicial – Norma general Se debe reconocer inicialmente una provisión de una obligación asociada con el retiro de un CPPE con la mejor estimación del desembolso necesario para liquidar la obligación presente en el momento en que se contrae, utilizando la técnica de valor presente esperado NORMAS DE VALUACIÓN 14

Reconocimiento inicial – Norma general En el remoto caso de no poder estimarse, se debe reconocer cuando se tengan elementos suficientes para determinar la mejor estimación y ajustarse conforme sea mas confiable. Cuando se adquiere un CPPE, que conlleva a esa fecha una obligación asociada con su retiro, debe reconocerse una provisión de esa obligación, dado que se contrae una obligación legal o asumida en la fecha de adquisición. NORMAS DE VALUACIÓN 15

Reconocimiento inicial – Valor presente esperado Cuando se utiliza VPE, se deben traer a valor presente los flujos de efectivo futuros mediante el método de interés efectivo, usando como tasa de descuento apropiada, una tasa libre de riesgo ajustada por el riesgo de crédito de la entidad; El efecto del riesgo de crédito es reflejado en la tasa de descuento en lugar de en los flujos de efectivo esperados La NIF C – 9 señala que la tasa de descuento debe reflejar las evaluaciones del valor del dinero en el tiempo o sea su riesgo de crédito NORMAS DE VALUACIÓN 16

Reconocimiento inicial – Valor presente esperado Técnica del valor presente Tasa de descuento observable Obligación presente Obligación de la entidad NORMAS DE VALUACIÓN 17

Reconocimiento inicial – Costos incrementables Cuando la obligación se contrae en más de un período. La obligación debe considerarse como una capa (componente) adicional de la deuda original Mismo tratamiento de la deuda original con base en la mejor estimación posible NORMAS DE VALUACIÓN 18

Reconocimiento inicial – Precios de mercado Cuando se utiliza como la mejor estimación posible un precio de mercado actual, se debe sumar el costo financiero y el riesgo de crédito adicionando la prima de riesgo de mercado, después determinar el valor presente mediante el método de interés efectivo, considerando como tasa de descuento apropiada el costo financiero imputado NORMAS DE VALUACIÓN 19

Reconocimiento posterior – Norma general Se debe reconocer mediante una provisión el efecto de los hechos o circunstancias siguientes: -Una modificación en la salida estimada de recursos para liquidar la obligación. -Un cambio en la tasa de descuento apropiada basada en las condiciones del mercado actual (tasa de interés y/o riesgos). -Un cambio en la periodicidad de los desembolsos estimados de los flujos de efectivo esperados. NORMAS DE VALUACIÓN 20

Reconocimiento posterior – Norma general La aplicación del método de interés efectivo en la técnica del valor presente esperado implica determinar cuando surge la obligación del costo financiero que incrementara la provisión de una obligación por el retiro de un CPPE, se debe utilizar una tasa de descuento apropiada libre de riesgo ajustada por el riesgo de crédito y debe reconocerse como un costo financiero incrementando la provisión y como un gasto de intereses dentro del RIF del período y nunca será capitalizable NORMAS DE VALUACIÓN 21

Reconocimiento posterior – Revisión de la estimación La mejor estimación se debe revisar por lo menos una vez al año, utilizando la técnica de valor presente esperado, utilizando como tasa de descuento, una tasa libre de riesgo ajustada por el riesgo de crédito. NORMAS DE VALUACIÓN 22

Reconocimiento posterior – Revisión de la estimación Los cambios deben reconocerse como un aumento o una disminución de la provisión y como un costo capitalizado que forme parte del valor en libros del componente cumpliendo con: -Los incrementos como una adición al costo del componente y evaluar si son recuperables y efectuar prueba de deterioro. -Por las disminuciones debe reconocerse una disminución del costo sin exceder el valor neto en libros, si es así se afecta directamente en resultados como depreciación NORMAS DE VALUACIÓN 23

Reconocimiento posterior – Revisión de la estimación Los cambios en los costos deben aplicarse prospectivamente y sistemáticamente en el período del cambio. El saldo ajustado por redimir del componente debe depreciarse a lo largo de su vida útil; los incrementos efectuados después de concluir su vida útil deben cargarse a resultados conforme se efectúe como depreciación. NORMAS DE VALUACIÓN 24

La provisión de obligaciones debe presentarse en el Estado de Posición Financiera como un pasivo no circulante (a largo plazo) separado, de su porción circulante. Los costos asociados con el retiro deben presentarse formando parte del costo de adquisición del componente que lo genere. NORMAS DE PRESENTACIÓN 25

Se debe revelar la siguiente información: -Descripción de las obligaciones asociadas con el retiro de CPPE. -Monto de los activos legalmente restringidos para fines de la liquidación de las obligaciones. -Conciliar los saldos al inicio y al final de las provisiones por las obligaciones del retiro de un CPPE, atribuibles a: -Las provisiones por obligaciones contraídas. -Provisiones liquidadas. -Costo financiero -Cambios por revisiones de periodicidad, de los flujos de efectivo y/o tasas de descuento. NORMAS DE REVELACIÓN 26

27 VIGENCIA 1 DE ENERO DE 2011 Elimina supletoriedad de IFRIC 1

Muchas Gracias!!!!!!! EXPOSITOR L.C. EDUARDO M. ENRÍQUEZ G. 28