LA INMIGRACIÓN CONTEMPORÁNEA EN LA ARGENTINA. DINÁMICAS Y DERECHOS

Slides:



Advertisements
Presentaciones similares
COMISIÓN AUTONÓMICA CONTRA LA VIOLENCIA DE GÉNERO
Advertisements

BIENVENIDAS Y BIENVENIDOS.
Riberalta, Beni – Bolivia.
Seminario El Futuro del Seguro de Vida
POLITICA DE EMPLEO PARA COSTA RICA
NORMATIVA INTERNACIONAL.
Marco Jurídico Reunión en el marco de la Conferencia Regional sobre Migración para la elaboración de los Lineamientos Regionales para la Atención de Niños,
Protección Integral de Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes. 2005
Curso de sensibilización en Derechos del niño y Participación
Geografía de la población
Convenio sobre libertad sindical y protección del derecho de sindicación núm. 87 María Marta Travieso Servicio de Libertad Sindical OIT.
EL TRATAMIENTO MIGRATORIO EN LOS ESPACIOS DE INTEGRACIÓN SUBREGIONAL SUDAMERICANA: BUENAS PRÁCTICAS EN PROCESO DE PRUEBA Jorge Martínez Pizarro, con.
Seminario sobre Integración de Migrantes en Países Receptores
Legislación migratoria, soberanía de Estado y derechos humanos
Buenos Días.
OIM Cooperación para las iniciativas estatales para el fomento de la integración en los países miembros de la CRM.
Convenio núm. 169 sobre los pueblos indígenas y tribales
REPRESENTATIVO REPUBLICANO FEDERAL
Trabajo Decente y Juventud
1 Subsecretaría de Educación Superior Dirección General de Profesiones.
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y PREVISIÓN SOCIAL
Estado de la normativa migratoria en materia laboral
28 y 29 de abril 2011 República Dominicana. En el proceso migratorio participan los Estados de origen, de tránsito y de destino; quienes comparten cuotas.
Diane Richler Presidenta Inclusion International
Instructivo para la solicitud de datos de estudiantes extranjeros
Ministerio del Interior
NUEVA LEY DE MIGRACIÓN VIGENTE EL 26 DE MAYO DE 2011
Alejandro P. Bulgheroni CEPAL – Santiago de Chile
POLÍTICA MIGRATORIA: AVANCES Y DESAFÍOS.
TEMAS FUNDAMENTALES DE LA CONVENCION: DERECHOS HUMANOS
Modelo de Evaluación Institucional
Declaración Universal de los Derechos Humanos
Modernización de la Gestión Pública del Estado Peruano
MIGRACIÓN INTERNACIONAL PERUANA, Aníbal Sánchez Aguilar
CONCEPTOS BÁSICOS SOBRE LA MOVILIDAD HUMANA
II ENCUENTRO REGIONAL ANDINO: INTERCULTURALIDAD Y ACCESO A LA JUSTICIA
Planteamiento de la Red Peruana de Migraciones y Desarrollo sobre la Migración Diana Miloslavich.
Hacia una agenda regional Los desafíos pendientes de Chile Carolina Stefoni Universidad Alberto Hurtado.
1 1 Consejería de Innovación, Ciencia y Empresas Secretaría General de Universidades, Investigación y Tecnología Real Decreto 806/2006, de 30 de junio.
Panel internacional: Cambios, innovaciones y desafíos de los programas de transferencias condicionadas Simone Cecchini División de Desarrollo Social Auditorio.
La Convención internacional sobre la protección de los derechos de todos los trabajadores migratorios y de sus familiares.
GOBIERNO CORPORATIVO Y RESPONSABILIDAD SOCIAL Agosto 2010.
Primer censo Los tres primeros censos son denominados los “censos liberales”. Tomaron al individuo como unidad de análisis. Este censo.
Calidad de la información de oficio: fortaleciendo el derecho a la información 1.
Subsecretar í a de Poblaci ó n, Migraci ó n y Asuntos Religiosos Coordinaci ó n General de la Comisi ó n Mexicana de Ayuda a Refugiados “ 2014, A ñ o de.
BORRADOR PLAN DE LA DIVERSIDAD
REQUISITOS PARA LA OBTENCIÓN DE RESIDENCIAS
Ministerio de Comercio, Industria y Turismo República de Colombia.
CONVENCION DE LOS DERECHOS DEL NIÑO Y ADOLESCENTES
C OMPROMISOS 24 de setiembre, 2012 X CURSO REGIONAL SOBRE DERECHO INTERNACIONAL DE REFUGIADOS EN AMÉRICA LATINA: “Retos contemporáneos de la protección.
Ministerio de Educación Nacional República de Colombia NEGOCIACION DE SERVICIOS DE ENSEÑANZA EN EL ALCA.
SECRETARIA DE GOBERNACIÓN Y JUSTICIA. DIRECCION GENERAL DE MIGRACION Y EXTRANJERIA.
Barbara A. Frey, J.D. Directora, Human Rights Program University of Minnesota ASPECTOS FUNDAMENTALES DE LOS DERECHOS HUMANOS: ESTÁNDARES Y PRÁCTICA EN.
Migraciones intra-regionales en Sud América
SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE MIGRACIONES
MINISTERIO DE JUSTICIA y DERECHOS HUMANOS DE LA NACION SECRETARIA DE DERECHOS HUMANOS RAADHH Reunión de Altas Autoridades Competentes en Derechos Humanos.
Ponente: Abg. Gerardo Torrealba
Centro Interuniversitario de Desarrollo Reconocimiento de títulos y movilidad María José Lemaitre Directora Ejecutiva CINDA Reunión de Expertos en Educación.
Conversatorio: La coyuntura migratoria actual en la región y los riesgos asociados a los delitos de trata de personas y tráfico ilícito de migrantes: Retos.
Incorporación de mecanismos de protección de derechos en los programas de trabajo temporal: experiencias, lecciones aprendidas, desafíos y posibilidades.
Derechos de la infancia, migración
El protocolo contra el tráfico ilícito de migrantes Joel HERNANDEZ.
Las migraciones en las últimas décadas
ARTÍCULO 19: Ningún habitante de la Nación será obligado a hacer lo que no manda la ley, ni privado de lo que ella no prohíbe. CONSTITUCIÓN NACIONAL.
ATENCIÓN DE SALUD A PERSONAS INMIGRANTES
“Sesión 1: Protección jurídica en materia de discapacidad: Momento actual y proyección futura” “Sesión 1: Protección jurídica en materia de discapacidad:
MARCO LEGAL Y NORMATIVO EN DISCAPACIDAD Dirección Ejecutiva en Prevención de riesgos y promoción de la Salud -INR.
R E S G U A R D O D E D E R E C H O S CAPACITACIÓN OFICINA 600 Octubre 2006.
Trabajo Intersectorial para la Población Migrante en la Región de Coquimbo SEREMI de Desarrollo Social Coquimbo Otoño 2016.
Ciudadanía movilizada por equidad, inclusión, entre otros temas Desconfianza ciudadana en las instituciones y crisis democrática Período de reformas sociales.
Transcripción de la presentación:

LA INMIGRACIÓN CONTEMPORÁNEA EN LA ARGENTINA. DINÁMICAS Y DERECHOS María Inés Pacecca FFyL - UBA Asociación por los Derechos Civiles (ADC) mpacecca@adc.org.ar Junio de 2011 Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Los procesos migratorios y los migrantes son foco de miradas diversas: Las miradas Los procesos migratorios y los migrantes son foco de miradas diversas: Investigador@s y científic@s El Estado y sus agencias Los organismos de Derechos Humanos internacionales (ONU), supranacionales (Mercosur) y nacionales (ONGs /OSCs). Diversas instancias de la sociedad civil (medios de comunicación, etc.)

La mirada de la investigación ¿Quién migra? aspectos demográficos y económicos aspectos socio-antropológicos ¿Por qué migra? ¿Dónde migra? ¿Cómo migra? ¿Qué hace donde migra? (trabajo, vínculos) ¿Qué NO hace donde migra? ¿De qué manera inciden los Estados nacionales en estos procesos?

La mirada del Estado ¿Qué se espera del extranjero? Aportes raciales / culturales Aporte de mano de obra Aporte de capital ¿Qué condiciones de ingreso y permanencia deberá cumplir? (Regulación) ¿Qué derechos le acuerda a los extranjeros? ¿Qué derechos se reserva el Estado de destino? (expulsión, deportación) ¿Qué efectos tendrá la presencia de extranjeros en la sociedad nacional?

La mirada de organismos de DDHH Énfasis en la protección de los derechos de migrantes, refugiados y desplazados. Preocupación por situaciones institucionalizadas de discriminación y de vulneración de derechos. Intentos por fijar estándares internacionales mínimos. 1990 – ONU – Convención Internacional sobre los derechos de todos los trabajadores migrantes y sus familiares, ratificada por Argentina

La mirada de la Sociedad Civil El extranjero como otro y como amenaza: La competencia económica, social y política Las acusaciones de marginalidad, delincuencia y saturación de servicios. La burla, el estigma y la deslegitimación Distinción entre “buenos inmigrantes” y “malos inmigrantes”. Cristalización del relato épico de la migración europea (en clave racial). Discursos: multiculturalismo/diversidad. Los pogrom mediáticos

Dos relatos sobre la inmigración La migración europea de fines del siglo XIX y principios del siglo XX como paradigma de la inmigración buena, provechosa y útil. La imagen del migrante civilizado y civilizador, que se convierte en figura social legítima La migración proveniente de países latinoamericanos como el paradigma de la inmigración no deseada, no provechosa y conflictiva. La imagen del migrante bárbaro y predador, que nunca logra legitimar su presencia.

El relato “épico” El relato sobre la migración europea se sustenta en el sentido común y en la transmisión oral de muchas historias familiares. En Buenos Aires, el relato “épico” se naturalizó como clave de lectura de cualquier proceso migratorio. Tiende a reforzar el componente étnico y racial y a minimizar los contexto normativos e institucionales.

La propuesta Indagar las dimensiones mudas del relato épico, para contextuarlo y desnaturalizarlo. Para ello, revisaremos brevemente: las cifras de las migraciones europeas y latinoamericanas, las dinámicas de la migración latinoamericana, la normativa y los derechos, con especial foco en la salud.

Los censos nacionales de población Son la fuente más apropiada para ver la evolución global de la población extranjera: periódicos; de gran cobertura; permiten conocer y rastrear la construcción del dato. En Argentina, la cédula censal pregunta por “lugar de nacimiento”: para el censo, son “no nativos” quienes nacieron en otro país, aún cuando se hayan nacionalizado. No se pide documentación que respalde los dichos. No preguntan ni distinguen situación migratoria (regular o irregular).

Población nacida en el extranjero según origen limítrofe o no limítrofe, en censos nacionales. Total país, 1869-2001. Año censo Población total Población extranjera Total % de extranjerosobre población total Población extranjera no limítrofe % de extranjeros no limítrofes sobre población total Población extranjera limítrofe % de extranjeros limítrofes sobre población total 1869 1.737.076 210.189 12,1 168.970 9,7 41.360 2,4 1895 3.954.911 1.004.527 25,2 890.946 22,3 115.892 2,9 1914 7.885.237 2.357.952 29,9 2.184.469 27,3 206.701 2,6 1947 15.893.827 2.435.927 15,3 2.122.663 13,3 313.264 2,0 1960 20.010.539 2.604.447 13,0 2.137.187 10,7 467.260 2,3 1970 23.390.050 2.210.400 9,5 1.676.550 7,2 533.850 1980 27.947.447 1.912.217 6,8 1.149.731 4,1 753.428 2,7 1991 32.615.528 1.628.210 5,0 811.032 817.428 2001 36.260.130 1.531.940 4,2 608.695 1,6 923.215

Evolución de la migración limítrofe y peruana, 1960-2001. País de origen 1960 1970 1980 1991 2001 Total países 467.260 533.850 761.989 857.636* 1.010.761 Bolivia 89.155 92.300 118.141 143.569 233.464 Brasil 48.737 45.100 42.757 33.476 34.712 Chile 118.165 133.150 215.623 244.410 212.429 Paraguay 155.269 212.200 262.799 250.450 325.046 Uruguay 55.934 51.100 114.108 133.453 117.564 Perú --- 8.561 15.939 87.546

Migrantes latinoamericanos residentes en el Área Metropolitana de Buenos Aires Año Total país Reside en AMBA 1960 467.260 25% 1980 761.989 45% 1991 857.636 49% 2001 1.010.761 59%

Evolución de la concentración en el AMBA según país de origen   Bolivia Brasil Chile Paraguay Uruguay País AMBA 1960 100 12% 24% 16% 28% 62% 1980 37% 19% 80% 1991 39% 27% 18% 65% 81% 2001 51 % 31 % 17% 73% 75%

¿Qué regula la normativa migratoria? Quiénes pueden ingresar al país Por qué lugares pueden ingresar Con qué documentos deben ingresar Cuánto tiempo se pueden quedar Qué cosas pueden o no puedenhacer dentro del país (derechos y obligaciones) Qué ocurre si infringen la ley migratoria

Ingreso y permanencia de extranjeros – Hitos del corpus normativo 1876 - Ley Avellaneda, Nº 817 1902 - Ley de Residencia, Nº 4144 1910 - Ley de Defensa Social, Nº 7029 1981 – Ley 22.439 (ley Videla) 1987 – Reglamento, Decreto 1434/87 1994 – Reglamento, Decreto 1023/94 2003 - Ley de Migración, Nº 25.871 Cientos de decretos y disposiciones de la autoridad administrativa (Dirección Nacional de Migraciones)

La ley Avellaneda (817/1876) Definición de inmigrante (art.12) “todo extranjero jornalero, artesano, industrial, agricultor o profesor (…) menor de 60 años [que llegase] pagando pasaje de 2º o 3º clase, o teniendo el viaje pagado por cuenta de la Nación, de las provincias, o de las empresas particulares protectoras de la inmigración y la colonización”.

La ley Avellaneda (817/1876) Dos categorías de ingreso: “inmigrante” o “viajero”. A los “inmigrantes” corresponden los mismos derechos civiles que a los nacionales (art. 14 CN). Se controla el ingreso pero no la permanencia. Oficinas de Trabajo dependientes del Depto. Gral. de Inmigración. Hotel de Inmigrantes.

Leyes de Residencia (1904) y de Defensa Social (1910) La ley 4144 – de Residencia de Extranjeros autoriza al Poder Ejecutivo a detener, ordenar la salida o impedir la entrada de extranjeros que perturben el orden público o que hayan cometido delitos comunes. La ley 7029 – de Defensa Social restringe los criterios de admisión, limita las reuniones públicas y establece castigos para los delitos “anarquistas”.

Ingreso y permanencia de extranjeros – Corpus normativo A partir de 1960 aproximadamente, la normativa migratoria comenzó a focalizar en el control de permanencia. Sucesivos decretos y reglamentos permitían el ingreso de migrantes limítrofes en calidad de turistas, pero no su radicación / residencia. Esto permitió un fuerte control policial (las fuerzas federales controlan, por delegación, la aplicación de la ley migratoria)

Ley 22.439/1981 – Ley Videla Fomenta la inmigración “cuyas características culturales permitan su adecuada integración en la sociedad argentina”. Las escuelas medias y superiores sólo podrán inscribir a los alumnos “debidamente documentados”. La obligación de denuncia. Los allanamientos de la DNM sin orden de juez.

Ingreso y permanencia de extranjeros – Corpus normativo Reglamentos ley 22.439/1981 Decreto 1434/1987: Residencia para “migrantes con capital propio” (art. 15. inc.d) y para “extranjeros que revistan un especial interés para el país” (art. 15 inc.f) Decreto 1023/1994: residencia para migrantes con contrato de trabajo celebrado por escrito.

Ingreso y permanencia de extranjeros – Corpus normativo Res. 700/88 (Interpreta el art 15. inc. f) “corresponde valorar la situación de aquellos inmigrantes originarios de los países europeos, de los que han provenido mayoritariamente las corrientes inmigratorias que han servido de base al crecimiento y desarrollo de nuestra nación, que con los países aludidos nos unen lazos sanguíneos, similitud de costumbres, identidad de creencias, razones de por sí valederas para considerarlos comprendidos en el régimen de excepciones preceptuadas en el Art. 15 inc. f) del decreto 1434/87”.

Ingreso y permanencia de extranjeros – Corpus normativo 1994- Resolución 4632, establece Tratamiento especial para inmigrantes de países exURSS.: Ingresan al país con residencia temporaria por un año, que permite trabajar “en blanco”.

Los aspectos “mudos” del relato épico La migración de ultramar contó con dos GIGANTESCOS dispositivos de inclusión: La ley Avellaneda (1876) La ley 1420 de Educación Común (1884) Los derechos y los efectos inclusivos de ambos dispositivos fueron naturalizados por sus beneficiarios.

Entonces: HAY DERECHOS O NO HAY DERECHOS No hay migrantes El relato “épico” de la migración de europea sobrevaluó el componente étnico-racial y desestimó los efectos inclusivos y legitimadores del marco de derechos que la sostuvo. No hay migrantes “naturalmente” / “racialmente” buenos ni migrantes “naturalmente” / “racialmente” malos. HAY DERECHOS O NO HAY DERECHOS

Ley de Migración 25.871 / 2004 Primera ley con trámite parlamentario regular después de 120 años Perspectiva de derechos (Convención ONU – Derechos de los trabajadores migratorios y sus familias) Lógica regional (Mercosur) Instrumentada a través del Programa “Patria Grande”, (disp. DNM 53.253/2005). Reglamentada en 2010.

Ley de Migración 25.871 El art. 23 inc. l) indica que, en virtud del criterio de nacionalidad, pueden solicitar la residencia temporaria con autorización para permanecer en el país por dos (2) años, prorrogables con entradas y salidas múltiples, las personas provenientes de los Estados Parte y Asociados al Mercosur (Brasil, Paraguay, Uruguay, Chile, Bolivia, Perú, Colombia, Ecuador y Venezuela).

Ley de Migración 25.871 ART. 6°: El Estado en todas sus jurisdicciones, asegurará el acceso igualitario a los inmigrantes y sus familias en las mismas condiciones de protección, amparo y derechos de los que gozan los nacionales, en particular lo referido a servicios sociales, bienes públicos, salud, educación, justicia, trabajo, empleo y seguridad social. ART. 7°: En ningún caso la irregularidad migratoria de un extranjero impedirá su admisión como alumno en un establecimiento educativo, ya sea este público o privado; nacional, provincial o municipal; primario, secundario, terciario o universitario. ART. 8°: No podrá negársele o restringírsele en ningún caso, el acceso al derecho a la salud, la asistencia social o atención sanitaria a todos los extranjeros que lo requieran, cualquiera sea su situación migratoria.

Acceso a la salud Total Con cobertura % con cobertura Bolivia 110.114 Cobertura en salud (obra social, plan de salud privado, o mutual). Ciudad de Buenos Aires y 14 partidos del Gran Buenos Aires. Total Con cobertura % con cobertura Bolivia 110.114 19.721 17,91 Brasil 10.685 6.199 58,02 Chile 35.101 16.104 45,8 Paraguay 236.698 71.774 30,32 Uruguay 89.013 44.662 50,17 Fuente: ECMI – INDEC, 2002

Acceso a la salud ¿Cómo percibe a los migrantes el sistema de salud? Portadores de “peligro sanitario” “Depredadores” de los servicios de salud públicos, especialmente ginecología, obstetricia y pediatría. Generadores de una “demanda ilegítima” que satura servicios con recursos insuficientes o limitados. Las diferencias culturales como obstáculo Respuestas-obstáculo de algunos efectores de salud: Exigencia de DNI “Indagación” por situación migratoria Exigencia de pago de arancel. Entrega de certificados de nacimiento sólo contra pago de arancel. Otras exigencias administrativas.

Acceso a la salud Pensar el acceso a la salud en tres dimensiones: La normativa nacional, y los derechos que asegura (ley 25.871 – de migraciones) La implementación jurisdiccional (provincial, municipal) de los derechos establecidos en la normativa. El rol de las administraciones públicas y de las “ventanillas”: no pueden exigir lo que la ley no exige. El contacto cara a cara: las dinámicas de la interacción y la comunicación en el contexto de “la consulta”. Las barreras, los obstáculos, las posibilidades y las responsabilidades ¿son las mismas en cada dimensión?

como miembros de un grupo basado en nuestra decisión D e r e c h o s “No nacemos iguales, nos volvemos iguales como miembros de un grupo basado en nuestra decisión de garantizarnos mutuamente derechos iguales”. Hannah Arendt Los orígenes del totalitarismo

¡Muchas gracias! María Inés Pacecca mpacecca@adc.org.ar