Democracia representativa. Es el mecanismo previsto en la constitución de Chile, que garantiza la participación de los ciudadanos. El pueblo gobierna.

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Transcripción de la presentación:

Democracia representativa

Es el mecanismo previsto en la constitución de Chile, que garantiza la participación de los ciudadanos. El pueblo gobierna a través de representantes, para ocupar diferentes cargos de elección popular. Por tanto se delega ciudadanía en quienes resulten electos. El pueblo participa de manera indirecta en la administración del poder

Si comparamos en la constitución ecuatoriana en el capítulo cuarto existen derechos garantizados como mantener y desarrollar identidad, no ser objeto de racismo ni discriminación consulta previa libre e informada antes de desarrollar un proyecto económico en algún territorio conservar y desarrollar formas propias de convivencia y organización social. En la constitución boliviana en su capítulo cuarto se hace mención al derecho a ser nación y pueblo indígena originario.

Democracia directa. En una democracia directa el ciudadano participa de las decisiones políticas sin que exista representante que opine por el. A través de un plebiscito o consulta popular, pudiendo este ser convocado por la autoridad o por la misma ciudadanía. Mandato revocatorio, mecanismo que permite aprobar o no la permanencia de un personero su cargo

Democracia participativa y comunitaria. En la democracia participativa se interviene directamente en la gestión de lo público a través de la participación y control social pudiendo la ciudadanía asociarse en distintas instancias que tengan influencia en los diferentes niveles del Estado. Dependiendo del país a la democracia directa también se la llama participativa. En el caso venezolano se habla de democracia participativa y protagónica ya que se garantiza la soberanía al pueblo venezolano

Democracia comunitaria. Se ejerce al interior de comunidades, pueblos y nacionalidades. La toma de decisiones se lleva a cabo según sus tradiciones, usos y costumbres. Esto permite, como en el caso boliviano, que se respeten métodos ancestrales.

Ciudadanía En la constitución política de Chile en su artículo 13 se establece que Son ciudadanos todos los chilenos mayores de edad que no hayan tenido pena y aflictiva. El ser ciudadano da derecho a elegir y ser electo. Si se está fuera del país, se puede votar para elecciones presidenciales y y en ocasión de plebiscitos nacionales

Derechos Los derechos limitan el poder y la acción del Estado. Hay ciertos derechos que están dentro de la constitución de Chile y otros que provienen de niveles internacionales. El artículo 19 de nuestra constitución establece ciertos derechos que el Estado chileno debe promover o garantizar. Nuestra constitución sólo consigna un artículo, el mencionado 19 respecto de los derechos de los ciudadanos a diferencia de otras constituciones(Venezuela, Ecuador, Bolivia), que contienen sendos articulados a ese respecto

El derecho a la educación en la constitución chilena. Los padres tienen derecho y deber de educar a sus hijos, además las familias tienen el derecho de elegir a donde estudian sus hijos. Existe libertad de enseñanza reflejada en la libertad de los privados para instalar establecimientos educacionales. El Estado se compromete a proteger el derecho y deber de los padres, promover la educación parvularia; financiar un sistema gratuito de educación parvularia básica y media. Respecto de la educación universitaria sólo se compromete a fomentarla

De acuerdo a lo establecido entonces el Estado no se obliga a garantizar educación de carácter público y estatal sino financiando un sistema gratuito que puede ser estatal o bien privado con dineros estatales. De acuerdo a lo establecido de acuerdo a lo establecido tampoco tiene el deber de garantizar una educación superior gratuita; ni pública ni privada.

El derecho a la salud El Estado se obliga a proteger el acceso a la salud, a coordinar y controlar las acciones relacionadas con la misma, garantizar la ejecución de acciones de salud a través de instituciones tanto públicas como privadas. Cada persona tiene derecho a elegir el sistema de salud al que desea acogerse. El Estado no se compromete a financiar un sistema salud pública y tampoco se compromete a financiar un sistema estatal gratuito de salud

Estado y economía Se garantiza el derecho a desarrollar cualquier actividad económica. Por otro lado el Estado y sus organismos sólo podrán desarrollar alguna actividad económica y-o empresarial si hay una ley de quórum calificado que la autorice. Esto favorece el rol subsidiario del Estado chileno, impidiendo participación directa en actividades productivas

Estado y propiedad privada La constitución chilena no establece ninguna facultad para restringir concentración o monopolios. Desde el numeral 21 al 25 del artículo 19 se establecen garantías a la protección del derecho a la propiedad y la actividad económica privada. En el numeral 23 se restringe la posibilidad del control por parte del Estado y la regulación de la adquisición de ciertos bienes

La constitución chilena y los derechos de la naturaleza Si bien en el artículo 19 numeral ocho se establecen el derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación y el deber por parte del Estado deber para que este derecho no sea afectado y tutelar por la preservación de la naturaleza no existe en detalle la jurisprudencia necesaria para proteger de manera decidida el medio ambiente, la naturaleza, vistos como patrimonio fundamental del pueblo chileno

Constitución y derechos de pueblos indígenas En la constitución política de Chile no se mencionan a los pueblos originarios y por tanto tampoco contempla derechos específicos de los mismos. Estos derechos si son mencionados constituciones políticas de otros países de Sudamérica