Exclusividad del proceso

Slides:



Advertisements
Presentaciones similares
El Tribunal Constitucional
Advertisements

El Recurso de Casación.
UNIDAD V – PUNTO 3 ACTO ADMINISTRATIVO
EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO LEY N° LEY DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO GENERAL Oscar Herrera Giurfa.
EL PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO
PROCESO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
Extinción de los Actos Administrativos
JOSÉ LUIS SILVESTRE CORTEZ
El Proceso Contencioso Administrativo Actuaciones en el Proceso
Fin del Procedimiento Richard Martin Tirado.
“CONVENIO ARBITRAL, RECURSOS IMPUGNATORIOS SOBRE EL LAUDO ARBITRAL Y LA EJECUCIÓN DEL LAUDO EN VÍA LA JUCIAL.” ALUMNA: María Alejandra Tantaleàn Mesta.
ASOCIACIÓN PERUANA DE FACULTADES DE MEDICINA
EL CONTROL JUDICIAL DE LOS ACTOS DE LA ADMINISTRACION
Acción contencioso administrativa
El Silencio Administrativo
Competencia Competencia Aptitud que tiene un órgano jurisdiccional para ejercer válidamente la función jurisdiccional en un determinado ámbito. Derechos.
GARANTÍAS DE LOS DDFF.
CAPITULO VIII : FIN DEL PROCEDIMIENTO LEY N° 27444
LA ACUMULACION DE PRETENSIONES
LA ACUMULACION DE PRETENSIONES
De la Jurisprudencia, constituirán precedente:. Las tesis sustentadas en las sentencias de las Secciones de la Sala Superior, siempre que sean aprobadas.
El Proceso Contencioso Administrativo Actuaciones en el Proceso
TEMA 5 PRECEDENTE Y EFICACIA DE LAS SENTENCIAS CONSTITUCIONALES
“EL REGISTRO DE ESTADO CIVIL Y LA ACTIVIDAD JURISDICCIONAL”
Derecho Administrativo, Las formas jurídico administrativas
EL ACTO ADMINISTRATIVO
GARANTÍAS DE DERECHOS DE LOS CONTRIBUYENTES EN EL PROCEDIMIENTO DE REVISIÓN DE ACTOS DE LA ADMINISTRACIÓN EN MODELO PERUANO LOURDES CHAU PERU
COMPETENCIAS Y ATRIBUCIONES DE LA COMISIÓN DE ELIMINACIÓN DE BARRERAS BUROCRÁTICAS EFRAÍN PACHECO GUILLÉN.
DERECHO PROCESAL LABORAL
Francisco Carruitero Lecca
Dret processal Administratiu
LA EFICACIA, LA EJECUCIÓN E INVALIDACIÓN DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS.
Las relaciones TC-PJ El valor de la jurisprudencia vinculante Javier Adrián.
EL PROCEDIMIENTO ANTE ARBITROS. CATEGORIAS Los árbitros, son de tres clases: -de derecho, - arbitradores y -mixtos.
UNIDAD V CODIGO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS LEY N° 3559 ACTO ADMINISTRATIVO.
Lady Chumbes Villavicencio
LEY DEL PROCEDIMIENTTO ADMINISTRAIVO GENERAL
Primacía y eficacia Derecho UE Chiara Favilli Roma 7-8 de abril de 2014.
EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO
APELACIÓN Y QUEJA Acmon Gamarra Miraflores, 03 de marzo de 2014
DIPLOMADO EN DERECHO ADMINISTRATIVO - CLASE 7
Tribunal Constitucional del Perú
“EL PROCESO DE HÁBEAS CORPUS “
SISTEMA DE HOMOLOGACION DE RESOLUCIONES JURISDICCIONALES EXTRANJERAS
GARANTÍAS ORGÁNICAS Defensor del pueblo
“CUMPLIMIENTO DE EJECUTORIAS DE AMPARO
© Jose Luis Silvestre 2009 TEMA 1 Naturaleza y Presupuestos del Proceso de Amparo DERECHO PROCESAL CONSTITUCIONAL 1.
Marco Jurídico Mexicano
Finalidad de la Acumulación
OBJETO DEL PROCESO EL Proceso contencioso Administrativo.- es un instrumento procesal para el control judicial de la legalidad de la actividad de la.
ESPECIALIZACION DE DERECHO ADMINISTRATIVO
1 PRECEDENTES VINCULANTES EN MATERIA ADMINISTRATIVA CHRISTIAN GUZMAN NAPURI.
EL ARBITRAJE CON EL ESTADO: EL ARBITRAJE ADMINISTRATIVO Oscar Herrera Giurfa.
“Recursos Administrativos y Declaración de Nulidad del Acto Administrativo” Dr. Juan Carlos Rivera Veliz.
PROCESO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
Expositor: Renato Espinola Lozano Febrero – 2013
DR. BORIS BARRIOS GONZÁLEZ Profesor de Maestría en Derecho Procesal Constitucional, de la Universidad Interamericana de Panamá.
EL ARBITRAJE EN LA NORMATIVA DE CONTRATACIÓN ESTATAL
PROYECTO DEL REGLAMENTO DE INSCRIPCIONES DEL REGISTRO DE PERSONAS JURÍDICAS Elena Rosa Vásquez Torres Vocal del Tribunal Registral.
LA ADMINISTRACIÓN PUBLICA
Semblanza del Articulo 16 y 17 constitucional.
1 En un Estado de Derecho la aplicación de la ley es imperante, el Estado está obligado a ayudar a aquellos ciudadanos que se encuentren en minusvalía.
Semblanza del Articulo 16 y 17 constitucional.
Juicio de Amparo. El amparo es un proceso concentrado de anulación –de naturaleza constitucional- promovido por vía de acción, reclamándose actos de autoridad,
EL PROCESO DE ACCIÓN POPULAR David Aníbal Ortiz Gaspar Profesor de Derecho Constitucional CETEX 2015-II.
RELACION DEL DERECHO TRIBUTARIO CON OTRAS RAMAS DEL DERECHO.
Garantías Constitucionales. EEEEn un estricto sentido técnico jurídico, se entiende por garantía constitucional el conjunto de instrumentos procesales,
PROCESO DE CUMPLIMIENTO PROF. DAVID ANÍBAL ORTIZ GASPAR CETEX 2015-II.
Actos y Procedimientos Administrativos
Transcripción de la presentación:

El Proceso Contencioso Administrativo como medio de revisión de las actuaciones procedimentales

Exclusividad del proceso Las actuaciones de la administración pública sólo pueden ser impugnadas en el proceso contencioso administrativo, salvo los casos en que se pueda recurrir a los procesos constitucionales.

Exclusividad del proceso Sentencia Exp. Nº 05691-2008-AA/TC “ (…) que en tanto el Art. 20 de la Constitución a los Colegios Profesionales otorga la categoría de instituciones autónomas con personalidad de derecho público, los procedimientos administrativos disciplinarios desarrollados en su seno se rigen supletoriamente por las disposiciones de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley N.º 27444; y, consiguientemente, sus actuaciones corresponden ser impugnadas en la vía contencioso administrativa”. Se determinó la improcedencia de la demanda porque existía una vía procedimental igualmente satisfactoria (el proceso contencioso administrativo). No se vulneran con ello los derechos constitucionales alegados por el demandante?. * Evaluar este pronunciamiento a la luz de la Sentencia recaída en el Exp. 0349-2006PA/TC

Proceso contencioso administrativo Los actos administrativos y cualquier otra declaración administrativa. El silencio administrativo, la inercia y cualquier otra omisión de la administración pública. La actuación material que no se sustenta en acto administrativo. La actuación material de ejecución de actos administrativos que transgrede principios o normas del ordenamiento jurídico. Las actuaciones u omisiones de la administración pública respecto de la validez, eficacia, ejecución o interpretación de los contratos de la administración pública, con excepción de los casos en que es obligatorio o se decida, conforme a ley, someter a conciliación o arbitraje la controversia. Las actuaciones administrativas sobre el personal dependiente al servicio de la administración pública Actuaciones impugnables

Actuaciones impugnables Actuaciones impugnables: silencio administrativo Sentencia Exp. Nº 1003-98-AA/TC “El silencio administrativo constituye un privilegio del administrado ante la Administración, para protegerlo ante la eventual mora de ésta en la resolución de su petición. Se trata de "una simple ficción de efectos estrictamente procesales, limitados, además, a abrir la vía de recurso", en sustitución del acto expreso; pero "en beneficio del particular únicamente", así "el acceso a la vía jurisdiccional una vez cumplidos los plazos (queda) abierto indefinidamente en tanto la Administración no (dicte) la resolución expresa" (…) (subrayado nuestro, Eduardo García de Enterría y Tomás-Ramón Fernández. Curso de Derecho Administrativo, 7ª ed., Edit. Civitas S.A., Madrid, 1996, p. 573). Sobre el particular, deben resaltarse dos aspectos: Se trata de una presunción en beneficio del particular únicamente, y su efecto es abrir la vía jurisdiccional, indefinidamente, en tanto la Administración no haya resuelto expresamente el recurso." El propio Tribunal aclara su propia interpretación, precisando lo siguiente: "La interpretación aún vigente del Tribunal Constitucional no concuerda con estos dos aspectos. En el primer caso, porque no se aplica en beneficio del particular, sino de la Administración, resultando que ésta, "la incumplidora de dicho deber de resolver, se beneficia de su propio incumplimiento“. En el segundo caso, porque en lugar de abrir indefinidamente la vía judicial en tanto la Administración no resuelva expresamente, le impone un plazo, el que, además, ninguna norma del citado cuerpo normativo establece“.

Proceso contencioso administrativo La declaración de nulidad, total o parcial o ineficacia de actos administrativos. El reconocimiento o restablecimiento del derecho o interés jurídicamente tutelado y la adopción de las medidas o actos necesarios para tales fines. La declaración de contraria a derecho y el cese de una actuación material que no se sustente en acto administrativo. Se ordene a la administración pública la realización de una determinada actuación a la que se encuentre obligada por mandato de la ley o en virtud de acto administrativo firme. La indemnización por el daño causado con alguna actuación impugnable. Pretensiones

Pretensiones Acumulación de pretensiones Siempre que se cumplan las siguientes condiciones: a) Mismo órgano competente. b) No sean contrarias entre sí; salvo que se planteen en forma subordinada o alternativa. c) Sean tramitables en la misma vía procedimental d) Exista conexidad. * Pueden presentarse antes de la sentencia.

Pretensiones Acumulación de pretensiones: CAS. Nº 108-2005 ICA Materia del recurso: Resolución que declara improcedente la demanda acumulada de impugnación de resolución administrativa e indemnización de daños y perjuicios. D. L. 1067: Artículo 5.- Pretensiones En el proceso contencioso administrativo podrán plantearse pretensiones con el objeto de obtener lo siguiente: (...) 5. La indemnización por el daño causado con alguna actuación impugnable, conforme al artículo 238 de la Ley Nº 27444, siempre y cuando se plantee acumulativamente a alguna de las pretensiones anteriores.

Pretensiones Acumulación de pretensiones: CAS. Nº 108-2005 ICA: Supuesto de indemnización “Quinto.- Que, (…), de una interpretación literal del artículo 26 de la Ley número 27584, se infiere que la pretensión de indemnización de daños y perjuicios se plantea como pretensión principal, de acuerdo a las reglas del Código Civil y Código Procesal Civil, por lo que, no resulta acumulable a una demanda contenciosa administrativa, por ser de distinta naturaleza; sin embargo, la indebida acumulación a una demanda contencioso administrativa, no hace que ésta sea improcedente, sino que deberá declararse improcedente sólo la demanda acumulada de indemnización, admitiéndose a trámite la demanda contenciosa administrativa, en virtud del invocado principio de favorecimiento del proceso”.

Pretensiones Acumulación de pretensiones: Conexidad Sentencia de Casación Nº 474-2008 Se declaró fundado el recurso de casación, al considerar que las instancias de mérito no calificaron debidamente la demanda presentada. Se concluye que sí se cumplió con el requisito de conexidad que exige la acumulación de pretensiones. El Tribunal efectuó un examen de logicidad entre los actos administrativos cuestionados a partir del petitorio (que es el núcleo de la pretensión), en el sentido que el reconocimiento del acogimiento a los beneficios tributarios de la Ley de la Actividad Empresarial de la Industria Azucarera podría derivar no sólo en la declaración de nulidad de la RTF Nº 1206-5-2008, que era parte de la pretensión principal, sino también de la nulidad de las otras RTF que eran parte de la pretensión accesoria. Así, los elementos comunes del petitorio definieron la procedencia de la demanda.

a) Control difuso. b) Debida motivación Facultades del órgano jurisdiccional a) Control difuso. b) Debida motivación

Ejercicio del control difuso Facultades del órgano jurisdiccional Ejercicio del control difuso EXP. N.º 2293-2010-PA/TC “(…) el ejercicio del control difuso contra normas autoaplicativas no es un poder-deber privativo de la jurisdicción constitucional, sino que, por imperio de los artículos 51º y 138º de la Constitución, alcanza a todos los jueces y tribunales de la República en toda clase de procesos. En esa medida, como bien establece el artículo 7º 1 de la Ley N.º 27584 –Ley que regula el Proceso Contencioso Administrativo–, “[e]n aplicación de lo dispuesto en los Artículos 51 y 138 de la Constitución Política del Perú, el proceso contencioso administrativo procede aun en caso de que la actuación impugnada se base en la aplicación de una norma que transgreda el ordenamiento jurídico. En este supuesto, la inaplicación de la norma se apreciará en el mismo proceso”.

Debida motivación Facultades del órgano jurisdiccional En todo Estado constitucional y democrático de Derecho, la motivación debida de las decisiones de las entidades públicas –sean o no de carácter jurisdiccional– es un derecho fundamental que forma parte del contenido esencial del derecho a la tutela procesal efectiva. El derecho a la motivación debida constituye una garantía fundamental en los supuestos en que con la decisión emitida se afecta de manera negativa la esfera o situación jurídica de las personas, naturales o jurídicas (de derecho publico o privado). Así, toda decisión que carezca de una motivación adecuada, suficiente y congruente, constituirá una decisión arbitraria y, en consecuencia, será inconstitucional.