PRINCIPIO DE PROPORCIONALIDAD

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Transcripción de la presentación:

PRINCIPIO DE PROPORCIONALIDAD Roldán Hernández Alejandra Romero Domínguez José Salas Hernández Yamilet

Principio de Proporcionalidad «Toda pena deberá ser proporcional al delito que sancione y al bien jurídico afectado».

Bienes jurídicos que se deben de proteger Legislador Define los: Bienes jurídicos que se deben de proteger Evitar el Daño Social Norma Penal Ius puniendi Poder legislativo Poder judicial Acciones indeseables Creación, aplicación e interpretación hasta la ejecución de la norma penal. Intimidación social Idea de proporción

Antecedentes históricos Declaración de Derechos y Deberes del hombre y el ciudadano Art.12: «La ley no debe señalar más que las penas estrictamente necesarias y proporcionales al delito». Beccaria: «No sólo es interés común que no cometan delitos, sino que sean menos frecuentes proporcionalmente al daño que causan en la sociedad…. Debe por eso haber una proporcionalidad entre delitos y las penas»

Análisis CPEUM Art.22: Bienes jurídicos: Con la integridad del ser humano. «Quedan prohibidas las penas de mutilación y la infamia, la marca, los azotes, los palos, el tormento de cualquier especie, la multa excesiva, la confiscación de bienes y cualesquiera otras penas inusitadas y trascendentales. Castigos crueles

Contenido del principio de proporcionalidad «Establece que la gravedad de la pena o de la medida de seguridad debe corresponder con la gravedad del hecho cometido o con la peligrosidad del sujeto, respectivamente.» Cumple con la función de GARANTÍA en el ámbito jurídico – penal. Utilización desmedida de las sanciones.

Principio de Proporcionalidad en Derecho Penal La pena que establezca el legislador al delito deberá ser proporcional a la importancia social del hecho

Hay que distinguir dos exigencias: La pena debe ser proporcional al delito, es decir, no debe ser exagerada. La proporcionalidad se medirá con base en la importancia social del hecho. El Derecho Penal debe ajustar la gravedad de las penas a la trascendencia que para la sociedad tienen los hechos, según el grado de afectación al bien jurídico.

Este principio de proporcionalidad exige que un medio sea, en el caso concreto, idóneo y necesario para conseguir el fin deseado.

Fundamento Constitucional El principio de proporcionalidad de las penas se encuentra plasmado en el artículo 22 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Artículo 22: Quedan prohibidas las penas de muerte, de mutilación, de infamia, la marca, los azotes, los palos, el tormento de cualquier especie, la multa excesiva, la confiscación de bienes y cualesquiera otras penas inusitadas y trascendentales. Toda pena deberá ser proporcional al delito que sancione y al bien jurídico afectado. 

Concepto de Bien Jurídico Se identifica al bien jurídico con la idea de interés, que en su sentido más propio importa la idea de utilidad. Se denomina : derecho protegido, bien garantizado, objeto jurídico etc. El objeto de la tutela son la vida, la libertad, el patrimonio, la seguridad, la salud entre otros.

FEUERBACH (IUSNATURALISTA) ILUSTRACION BIEN JURIDICO BIRNBAUM FEUERBACH (IUSNATURALISTA)

Para que el juzgador imponga una pena justa debe hacerlo acorde con el principio de igualdad, gracias al debe tratarse igual a lo que es igual y desigual a lo desigual.

Fundamento Constitución La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos ordena el ejercicio del poder estatal en beneficio del pueblo Art. 39 Cuando una persona comunica a otro que algo le beneficia, ello significa que ese «algo» le causa o genera un bien en su vida. En un estado social y democrático de Derecho, la liberad es uno de los bienes más valiosos por lo que el estado debe ejercer sus facultades y garantizar el goce de estos a los ciudadanos