La Adopcion Abog. Alexander Joao Peñaloza M.. Adopcion Recibir como hijo al que no lo es naturalmente Se establece una relacion paterno o materno filial.

Slides:



Advertisements
Presentaciones similares
La Adopción Carlos Luis Loor.
Advertisements

Adopción La palabra adopción tiene su origen en el latín “adoptio ”, se entiende por adopción o filiación adoptiva al acto jurídico mediante el cual.
Integrantes: Yohana Contreras Paula Huerta Curso: 4° A
COLEGIO DE ABOGADOS DE LIMA
“EL REGISTRO DE ESTADO CIVIL Y LA ACTIVIDAD JURISDICCIONAL”
J U R I S D I C C I Ó N E S P E C I A L I Z A D A I N T E G R A C I Ó N CORTE SUPREMA DE JUSTICIA JUZGADOS Y TRIBUNALES DE NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEFENSORÍA.
TEMA 2 LA PERSONA FÍSICA.
COLEGIO UNIVERSITARIO DE PUEBLA (UNICUP)   MATERIA: FAMILIA Y SUCESIONES EXPOSICIÓN  SOBRE “ADOPCIÓN” INTEGRANTES: DIANA BERENICE LÓPEZ FLORES.
Clasificación de Tutelas y curadurías Patricio Cunalata.
DERECHO DE FAMILIA ALIMENTOS. Nació en Rosario, Argentina, en 1938 Abogado (1960) Doctor en Derecho y Ciencias Sociales (1966) Juez de la Corte Suprema.
Las Guardas Testamentarias
La ADOPCIÓN. PROCESO NO CONTENCIOSO adopción de persona capaz: TRAMITE notarial (11) Rosalía Mejía Rosasco Notaria de Lima Magister en Derecho. Abril 2013.
Adopción Eduardo G. Roveda
Filiación Matrimonial en el Derecho Civil Peruano. ESTUDIO JURÍDICO SOTELO M´s ASOCIADOS
PRINCIPIOS RECTORES CODIGO DE FAMILIA. La importancia de los principios rectores podemos tratar de concretarla en dos funciones, sin que ello implique.
ACTO JURIDICO. 1.-Planteamiento General Se trata del estudio sistemático de los mecanismos jurídicos destinados a la satisfacción de intereses privados.
MATRIMONIO Código Civil y Comercial. MATRIMONIO  Principio de libertad e igualdad  Impedimentos  Edad legal  Falta de salud mental  Nulidades  Se.
El Matrimonio. Qué es el matrimonio Etimología  El matrimonio (del latín: matrimonīum) es una institución social que crea un vínculo conyugal entre sus.
De los ejidatarios y avecindados Derechos agrarios individuales. Los ejidatarios gozarán del derecho de uso y disfrute de sus parcelas, de los derechos.
LA FAMILIA. CLASES DE FAMILIA. EXISTEN VARIAS FORMAS DE ORGANIZACIÓN FAMILIAR Y DE PARENTESCO, ENTRE ELLAS SE HAN DISTINGUIDO CUATRO TIPOS DE FAMILIAS:
 ACEPTACION DE HERENCIA INTESTADA POR LA VIA JUDICIAL.
Filiacion extramatrimonial Abog. Alexander Joao Peñaloza M.
Reformas del Nuevo Código Civil y Comercial en el ámbito de la Niñez y Adolescencia.
ALIMENTOSALIMENTOS Por: Evelyn Luz Mariño Arroyo.
TALLER CÁMARA DE COMERCIO DE SANTIAGO
LECCION III EL NOMBRE.
Nulidad del Matrimonio Religioso Católico en Argentina
Yazmín cárdenas quintero Directora general de senniaf
Administración y Representación
EL COMERCIANTE Mg. Rossana Taquía Gutiérrez
LICENCIAS ESPECIALES Ley No y
NACIONALIDAD Y CIUDADANÍA
SUCESION ABINTESTATO POR DERECHO PERSONAL Y POR DERECHO DE REPRESENTACIÓN Se sucede por derecho personal, cuando el llamado a la herencia lo hace por sí.
TEMA 1 LA PERSONA FÍSICA.
LAS PERSONAS NATURALES Y LAS PERSONAS JURÍDICAS
El trámite que establece el Código para la celebración del matrimonio comprende cuatro momentos: a) La declaración del proyecto matrimonial y la comprobación.
UNIDAD XVII DERECHO HEREDITARIO.
Ley Adopción de Menores.
Derechos Individuales I
Derecho de las personas
ADOPCIÓN.
UNIDAD XVII DERECHO HEREDITARIO.
MODULO 3 UNIDAD 2 SECION 4 ACTIVIDAS 2 HIJOS TUTORES
LAS RELACIONES PARENTALES Y PATERNO FILIALES
EL PARENTESCO 1. I.- DEFINICIÓN: Es el vínculo que une a los miembros de una familia: es la relación que se establece entre ellos. II.- CLASES DE PARENTESCO:
PARENTESCO.
CLASE: DERECHO DE LA SEGURIDAD SOCIAL TEMA: ELEMENTOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL Abogado: óscar Javier Córdova Guevara Presentado por: CARLOS ARTURO REYES.
Conceptos generales Unidad 1.
ESTADISTICAS 2011 – 2016* DIRECCIÓN GENERAL DE ADOPCIONES
Dra. Claudia M Alvarado H. Abg.
MATRIMONIO CONCUBINATO UNION DE HECHO El articulo 234 del código civil El articulo 326 del código civil La Ley establece que la Unión de Hecho o.
REPRESENTACIÓN.
TEMA VII.
LA TENENCIA EN EL PERU. DEFINICIÓN DE TENENCIA.- La tenencia es la situación por la cual un menor se encuentra en poder de uno de sus padres. Es uno de.
Derecho a la identidad Limites al derecho a conocer
LA COMPENSACION CONCEPTO SEGÚN MADURO LUYANDO ES LA EXTINCION QUE SE OPERA EN DEUDAS DE DOS PERSONAS CUANDO DICHAS DEUDAS SON OMOGENEAS C. C, ARTÍCULO.
FUNCION PÚBLICA.
Objetivos Específicos
DIRECCIÓN DE ATENCIÓN A LAS MUJERES
Tener un nombre es mi derecho ANÁLISIS DE LA PROBLEMÁTICA EN EEDUCACIÓN INICIAL.
Universisad Autnoma de San Luis Potosi
ACTO ADMINISTRATIVO: DELIMITACIÓN CONCEPTUAL, CONCEPTO Y CARACTERÍSTICAS. ELEMENTOS ESENCIALES: COMPETENCIA: CONCEPTO, PRINCIPIOS Y CLASES.
Catedrático: Dr. Miguel Ángel Pastor Calderón
Asignatura: Catedrático(a): Presentado por:. La adopción es una Institución jurídico social de protección tutelada por el Estado, donde una persona.
ISAE UNIVERSIDAD DERECHO CIVIL III LA OBLIGACION JURIDICA Y SUS PRESUPUESTOS POR: DEL CID MILENA NORMA BEITIA.
Causas de nulidad del matrimonio Características La nulidad consiste en la declaración general de ineficacia, que tiene como consecuencia que una norma,
INSTITUCIONES DE DERECHO CIVIL GUATEMALTECO Y ROMANO.
DERECHO CIVIL LOS CONTRATOS EN GENERAL
Transcripción de la presentación:

La Adopcion Abog. Alexander Joao Peñaloza M.

Adopcion Recibir como hijo al que no lo es naturalmente Se establece una relacion paterno o materno filial entre dos personas que no lo son por naturaleza Relacion que genera los mismos derechos y deberes reciprocos entre padres e hijos, como si se tratara de una relacion paterno o materno filial natural

La Adopcion Es una institucion social que viene a satisfacer: 1. El anhelo de paternidad en personas que por diversos motivos, la naturaleza les ha negado la posibilidad de crear 2. Otorga una familia a aquellas personas que no la tienen, o teniendola no encuentran en ella el calor de una filiacion digna y solidaria

Concepto Actos juridico entre dos personas que genera una relacion analoga a la que resulta de la paternidad y filiacion (Castan Tobeñas) Contrato que crea entre dos personas relaciones puramente civiles de paternidad y maternidad y de filiacion (Josserand)

Concepto Contrato solemne de derecho familiar, en cuya virtud el adoptado adquiere en general la calidad de hijo matrimonial del adoptante (Cornejo Chavez) Institucion basada en una ficcion legal, por la que se establece una relacion paterno filial o materno filial, entre dos personas que no tienen esa relacion por naturaleza, generando entre adoptante y adoptado los mismos derechos y obligaciones de la relacion paterno o materno filial natural (Aguilar Llanos)

Razon de ser En primera instancia, se considero a la adopcion como una institucion que venia a satisfacer un anhelo natural de paternidad o maternidad en personas que por naturaleza no podian tener hijos En segunda instancia se considero que la adopcion busco igualmente dar hogar a los niños abandonados o desamparados cuyos padres no estan al frente de ellos

Razon de ser Institucion fundamentalmente social, porque termina ayudando al Estado en su labor social, cuando se trata de la niñez desamparada o abandonada Es una institucion social, que cumple un importante papel proporcionando a la persona un padre o una madre que llene la necesidad del adoptado de un calor materno o paterno, y por otro, satisface en el adoptante el sentimiento paterno o materno

Etimologia De origen latin: adoptio onem, derivado del verbo adoptare, que se compone del prefijo ad y del verbo optare, que significa DESEAR

Naturaleza juridica Acto Juridico Contrato Institucion Acto juridico unilateral, manifestacion de voluntad encaminada directa y reflexivamente a producir efectos juridicos (Mazeaud y Bonnecase) El consentimiento del adoptante y adoptado era lo esencial en el contrato, y si el adoptado era menor de edad, la aceptacion venia del representante legal (Planiol y Ripert) Los requisitos, formalidades y efectos se encuentran estipulados con presicion en la ley, con prescindencia de las partes, correspondiendoles solo a ellas adherirse a las mismas, sin poder alterar o modificar sus consecuencias

Institucion familiar Eminentemente social, con reglas de derecho dirigidas a regular la relacion paterno o materno filial, que nace a traves de esta ficcion legal (Benjamin Aguilar)

Evolucion historica Codigo de Hammurabi; se reglamento la adopcion como un medio de ingresar a una familia y tambien de crear un heredero En el Derecho Germano, de tipo especial y se realizaba solemnemente ante la asamblea a traves de varios ritos simbolicos, de efectos mas morales que juridicos Roma, mecanismo para preservar la subsistencia de la familia

Evolucion historica Roma, se conocia la adopcion de menores como allienis juris, y la de mayores como sui juris (arrogacion o adrogacion) Edad media, se extendieron por influjo de la Iglesia, las formas de adopcion per scriptum un hereditatem que equivalian a pactos sucesorios, como la adoptio in hereditatem en la forma de affilatio o affractio (por lo que una persona era llamada como hija o como hermana a la sucesion de otra)

Evolucion historica En el Derecho Frances, se le consideraba como un contrato (Codigo Napoleonico) Codigo Civil de 1852, solo podian adoptar los mayores de 50 años que no habian hecho voto de castidad y sin hijos, la adopcion cesaba si el adoptante tenia hijos legitimos o reconocia a hijos naturales

Evolucion historica Plena Semi plena C.C. 1936

Evolucion historica C.C. 1936, solo podian adoptar los mayores de 50 años, sin descendencia con derecho a heredar, sancionada judicialmente, salvo dispensa judicial en caso de abandono o peligro moral del menor La adopcion semi plena, se limitaba la adopcion a la obligacion del adoptante de alimentar al adoptado

Evolucion historica El adoptante ejercia la patria potestad, pero el adoptado mantenia los derechos y deberes con su familia natural La adopcion se hacia plena despues de una año de ser concedida y en un inicio podia ser revocada en cualquier momento por el Juez Despues basto con el consentimiento de la sentencia para que sea irrevocable

Clases de adopcion Remunerativa, cuando el adoptado salva la vida del adoptante Testamentaria, es la que deja el tutor a su pupilo cuando fallece, antes de que este cumpla la mayoria de edad, siempre que haya estado bajo su tutela por 5 años Plena, que genera relacion filial entre el adoptante y adoptado Semi plena, que solo otorga derechos alimentarios y confiere al adoptante la patria potestad, pero el adoptado mantiene sus vinculos con la familia naturales

Requisitos de la adopcion Edad, se exige que entre el adoptante y el adoptado exista una diferencia minima de 18 años de edad La edad del adoptante sea por lo menos igual a la suma de la mayoridad y la del hijo por adoptar

Requisitos de la adopcion Consentimiento, la misma que debe manifestarse en el petitorio y en la ratificacion ante la autoridad que conoce el proceso de adopcion Si el adoptante es casado, se exige el asentimiento del conyuge, lo que no implica que el conyuge se convierta en adoptante Si el adoptado es mayor de edad, debe prestar su consentimiento, si es menor de edad, el consentimiento lo prestan sus representantes, salvo que el menor tenga 10 años, en cuyo caso se exige su consentimiento

Requisitos de la adopcion Requisitos formales, procedimiento para lograr la adopcion y las exigencias establecidas en cada uno de estos procesos Tratandose de menores de edad, se puede tramitar ante el proceso administrativo o judicial, si fuese tramitado en un proceso administrativo, se requiere que haya sido declarado judicialmente en abandono por el Juez de familia en lo tutelar.

Adopcion administrativa A cargo de a Secretaria Nacional de adopciones, la misma que es titular del Programa de adopciones de menores en estado de abandono (conjunto de actividades tendentes a brindar hogar definitivo a un niño o adolescente)

Adopcion administrativa EvaluativaAdoptiva Post adoptiva

Etapa evaluativa A cargo de la Oficina de Evaluacion integral y que emite informe sobre los solicitantes nacionales y extranjeros asi como de los niños por adoptar

Etapa adoptiva A cargo de la Oficina de verificacion e integracion familiar, que designa al niño por adoptar y en donde se realizan las diligencias de empatia (presentacion al futuro adoptado con los adoptantes) La colocacion familiar, que implica la externacion del niño y la convivencia con los adoptantes por siete dias prorrogables a otros 7 dias mas

Etapa adoptiva De ser favorable el informe social, se procede a emitir la resolucion administrativa de adopcion Debiendo los padres adoptantes proceder a firmar el compromiso post – adoptivo Oficiandose a la Oficina del Registro Civil para que se deje sin efecto la partida original y se extienda una nueva

Etapa post adoptiva A cargo de la Oficina de acompañamiento y control post adoptivo Control que se realiza cada seis meses y por un periodo de tres años en el caso de nacionales y por un periodo de 4 años en el caso de extranjeros, salvo Italia, Canada, con quienes se cuenta con convenios de adopcion

Proceso Judicial de adopcion Se tramita ante el Juzgado de Familia NO se requiere declaracion judicial de abandono, para determinados casos A favor del que posea vinculo matrimonial con el padre o madre del niño o adolescente a adoptar A favor del que posea vinculo de parentesco hasta el 4to grado de consaguinidad o segundo de afinidad con el niño o adolescente pasible de adopcion

Proceso Judicial de adopcion Procede a favor del que ha prohijado o convivido con el niño o adolescente por adoptar durante un periodo no menor de dos años Si el adoptado fuese mayor de edad, se tramita en un proceso no contencioso (art. 781 CPC) Si el adoptado fuese incapaz, se requiere la intervencion de su representante legal Si cesa la incapacidad del adoptado, este puede solicitar se deje sin efecto la adopcion, dentro del año siguiente al cese de la incapacidad

Efectos de la adopcion Se crea una relacion paterno o materno filial entre adoptante y adoptado identica a la que existe en la sociedad paterno o materno filial biologica En cuanto al nombre, el adoptado lleva los apellidos del adoptante y se omiten sus apellidos anteriores En cuanto al Derecho de Familia, el adoptado ingresa en calidad y con los derechos del hijo matrimonial, dejando se pertenecer a la familia consanguinea

Efectos de la adopcion La patria potestad del menor adoptado es asumida por los padres adoptantes, quedando extinguida la de padres naturales Los adoptantes asumen el deber de prestar alimentos El adoptante ejercera la representacion legal del adoptado, sera el que autorice el matrimonio del menor, designara tutor o curador testamentario para el adoptivo Pasibles de herencia, legal y testamentaria