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Transcripción de la presentación:

Camarones 3559 Ciudad Autónoma de Buenos Aires 4568-1723 C 1407 FME ESCUELA DE EDUCACIÓN ESPECIAL PARA LA FORMACIÓN LABORAL Nº 16 DE 12 “Carolina Tobar García” Camarones 3559 Ciudad Autónoma de Buenos Aires 4568-1723 C 1407 FME

DECLARACIÓN UNIVERSAL DE LOS DERECHOS HUMANOS

AUTORES JUAN CARLOS LAILHACAR JORGE MORENO CARLOS NIEVA DIEGO ZONIS AYUDA Y COORDINACIÓN: Prof. SILVIA ESTELA CORVALÁN ILUSTRACIONES: JEAN-MICHEL FOLON

Artículo 1: Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros. TENER UNA FAMILIA , QUE ENSEÑE A VIVIR CON MUCHO AMOR , RESPETANDO A LOS OTROS Y CUIDANDO LA VIDA.

Artículo 2: 1) Toda persona tiene todos los derechos y libertades proclamados en esta Declaración, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición. 2) Además, no se hará distinción alguna fundada en la condición política, jurídica o internacional del país o territorio de cuya jurisdicción dependa una persona, tanto si se trata de un país independiente, como de un territorio bajo administración fiduciaria, no autónomo o sometido a cualquier otra limitación de soberanía. TENEMOS DERECHO A UN NOMBRE Y UNA NACIONALIDAD. ESTAMOS EN CONTRA DE LA DISCRIMINACION Y EL RACISMO. A PESAR DE SER DIFERENTES O DISTINTOS TENEMOS QUE CUIDARNOS ENTRE TODOS.

Artículo 3: Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona. QUE TENGA AMOR Y AMISTAD PARA DISFRUTAR DE LA VIDA Y JUSTICIA, PAZ Y SEGURIDAD PARA DISFRUTAR LA LIBERTAD.

Artículo 4: Nadie estará sometido a esclavitud ni a servidumbre, la esclavitud y la trata de esclavos están prohibidas en todas sus formas. TODAS LAS PERSONAS TIENEN QUE SER LIBRES, SI TRABAJAN TIENEN QUE TENER UN SUELDO, PERO NO SE PUEDE TRATARLAS COMO ESCLAVAS.

ARTÍCULO 5: Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes. LAS GUERRAS SON VIOLENTAS, ESTÁN MATANDO A MILLONES DE PERSONAS PORQUE LOS POLÍTICOS QUIEREN EL PODER. NOS MALTRATAMOS POR CUALQUIER RAZÓN Y, PARECE QUE NADIE TIENE RESPETO POR LA VIDA.

Artículo 8: Toda persona tiene derecho a un recurso efectivo ante los tribunales nacionales competentes, que los ampare contra actos que violen sus derechos fundamentales reconocidos por la constitución o por la ley. PORQUE ALGUNAS PERSONAS ASALTAN, SON DELINCUENTES, COMPRAN ARMAS, Y MATAN A GENTE INOCENTE, PERO NECESITAN UN JUICIO JUSTO Y UN TRATO BUENO. PORQUE LA GENTE PIDE AYUDA. ESTAMOS CANSADOS DE LA INSEGURIDAD.

Artículo 9: Nadie podrá ser arbitrariamente detenido, preso ni desterrado. ESTÁ MAL CUANDO LA POLICIA LLEVA PRESOS SIN MOTIVOS PORQUE NO HACEN NADA Y LOS ECHAN PORQUE SI.

Articulo 10: Toda persona tiene derecho, en condiciones de plena igualdad, a ser oída públicamente y con justicia por un tribunal independiente e imparcial, para la determinación de sus derechos y obligaciones o para el examen de cualquier acusación contra ella en materia penal. LA JUSTICIA DEBE SER CREIBLE PARA NO GENERAR VIOLENCIA ENTRE NOSOTROS MISMOS, PARA PODER VIVIR MAS TRANQUILOS Y SIN MIEDO Y QUE EL FUTURO DE NUESTROS HIJOS SEA SIN TANTA DELINCUENCIA.

Artículo 14: 1) En caso de persecución, toda persona tiene derecho a buscar asilo, y a disfrutar de él, en cualquier país. 2) Este derecho no podrá ser invocado contra una acción judicial realmente originada por delitos comunes o por actos opuestos a los propósitos y principios de las Naciones Unidas. EN NUESTRO PAIS, SE TIENE QUE MIRAR PARA ADELANTE Y NO HACIA ATRÁS.

Artículo 16: 1) Los hombres y las mujeres, a partir de la edad núbil, tienen derecho, sin restricción alguna por motivos de raza, nacionalidad o religión, a casarse y fundar una familia, y disfrutarán de iguales derechos en cuanto al matrimonio, durante el matrimonio y en caso de disolución del matrimonio. 2) Sólo mediante libre y pleno consentimiento de los futuros esposos podrá contraerse matrimonio. 3) La familia es el elemento natural y fundamental de la sociedad y tiene derecho a la protección de la sociedad y del Estado. PARA TENER HIJOS QUE SON BUENOS, FORMAR UNA FAMILIA Y ESTAR UNIDOS. SI DESPUÉS SE PELEA LA MUJER CON EL MARIDO Y LA MUJER SE SEPARÓ DE SU MARIDO POR DISCUTIR, IGUAL TIENE A LA SOCIEDAD Y AL ESTADO QUE LA PROTEGE.  

Artículo 23: 1) Toda persona tiene derecho al trabajo, a la libre elección de su trabajo, a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo y a la protección contra el desempleo. 2) Toda persona tiene derecho, sin discriminación alguna, a igual salario por trabajo igual. 3) Toda persona que trabaja tiene derecho a una remuneración equitativa y satisfactoria, que le asegure, así como a su familia, una existencia conforme a la dignidad humana y que será completada, en caso necesario, por cualesquiera otros medios de protección social. 4) Toda persona tiene derecho a fundar sindicatos y a sindicarse para la defensa de sus intereses. LOS ARGENTINOS DEBEMOS TENER UN TRABAJO PARA PODER BRINDARLE UNA BUENA ALIMENTACIÓN A NUESTRAS FAMILIAS Y UNA MEJOR EDUCACIÓN A NUESTROS HIJOS Y ASÍ EVITAR QUE ELLOS ANDEN PIDIENDO POR LA CALLE O ROBANDO.  

Artículo 24: Toda persona tiene derecho al descanso, al disfrute del tiempo libre, a una limitación razonable de la duración del trabajo y a vacaciones periódicas pagadas. LOS SUEÑOS SE CUMPLEN CON TRABAJO, SE PUEDE ESTAR FELIZ Y SIN PLATA, TAMBIÉN SE PUEDE ESTAR ALEGRE.

Artículo 26: 1) Toda persona tiene derecho a la educación Artículo 26: 1) Toda persona tiene derecho a la educación. La educación debe ser gratuita, al menos en lo concerniente a la instrucción elemental y fundamental. La instrucción elemental será obligatoria. La instrucción técnica y profesional habrá de ser generalizada; el acceso a los estudios superiores será igual para todos, en función de los méritos respectivos. 2) La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana y el fortalecimiento del respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales; favorecerá la comprensión, la tolerancia y la amistad entre todas las naciones y todos los grupos étnicos o religiosos, y promoverá el desarrollo de las actividades de las Naciones Unidas para el mantenimiento de la paz. 3) Los padres tendrán derecho preferente a escoger el tipo de educación que habrá de darse a sus hijos. NOSOTROS DECIMOS NO A: LA VIOLENCIA ESCOLAR, LA DISCRIMINACIÓN, LA INCOMPRENSIÓN, LA INTOLERANCIA. DECIMOS SÍ A LA AMISTAD, SÍ A LA EDUCACIÓN Y SOBRE TODO SÍ A LA PAZ.