DERECHOS DE PROTECCIÓN.  Mediante los derechos de protección podemos garantizar el acceso de todos los ciudadanos a los órganos de administración de.

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Transcripción de la presentación:

DERECHOS DE PROTECCIÓN

 Mediante los derechos de protección podemos garantizar el acceso de todos los ciudadanos a los órganos de administración de justicia previstos por el estado en la constitución, las leyes y los organismos internacionales.  Lo cual permite hacer efectivos esos derechos.  En caso de que estos sean quebrantados, se establecen mecanismos de protección y de resarcimiento del derecho vulnerado.  Esto esta previsto en el capitulo octavo de la constitución de 2008

 Los derechos de Protección constan en el capitulo Octavo y nos habla lo siguiente: Art Toda persona tiene derecho al acceso gratuito a la justicia y a la tutela efectiva, imparcial y expedita de sus derechos e intereses, con sujeción a los principios de inmediación y celeridad; en ningún caso quedará en indefensión. El incumplimiento de las resoluciones judiciales será sancionado por la ley.

 Al referirnos de derechos de protección hablamos de circunstancias o hechos especiales que demandarán medidas especiales de protección para equiparar en el cumplimiento de derechos a todos Al analizar este derecho nuestro grupo llego a la conclusión de que es de gran importancia tener presente este cumplimiento de las protección de los derechos ya que estos son dirigidos a aquellos seres de la sociedad que lo necesitan. Por ejemplo: los Niños y Niñas, adolescentes, adultos mayores, personas con discapacidades especiales

LOS NIÑOS  son los seres mas vulnerables y a quien esta mas dirigido este derecho, a favor de que estén protegidos.  Los niños son seres jóvenes, en pleno desarrollo, que se convertirán en los adultos del mañana. Para poder desarrollarse de manera adecuada, los niños necesitan una protección especial. El principio del interés superior del niño principio implica dos reglas importantes:

MARCO DE PROTECCION PARA LOS NIÑOS  La protección al niño debe ser provista ante todo por los padres y la comunidad que lo acoge, y luego por el Estado.  Como es evidente, el bienestar de cada niño no se puede obtener de la misma manera. Cada niño es un individuo único con necesidades específicas.  sus características individuales (edad, sexo, estado de salud, existencia o no de algún tipo de impedimento, la presencia o ausencia de los padres, el entorno, etc.) van a permitir identificar sus necesidades para asegurar su bienestar