De los delitos contra las buenas costumbres

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Transcripción de la presentación:

De los delitos contra las buenas costumbres “Constitución de 1812: modelo penal y proyección a Latinoamérica” (Coordinador: J.M.Terradillos Basoco) 62ª edición de los Cursos de verano UCA Cádiz, 8-jul-2011

SUMARIO I. INTRODUCCIÓN. II. BUENAS COSTUMBRES Y POLÍTICA CRIMINAL. II SUMARIO I. INTRODUCCIÓN. II.BUENAS COSTUMBRES Y POLÍTICA CRIMINAL. II.1.El debate. II.2.La Constitución de 1812. III.EL CÓDIGO PENAL DE 1822. III.1. Principios generales III.2. Los delitos en particular III.2.1.Expresiones obscenas. III.2.1.1.Palabras y acciones obscenas en sitio público. III.2.1.2.Difusión de escritos imágenes obscenas. III.2.2.Fomento de la prostitución. III.2.3.Matrimonios ilegales. III.2.3.1.Bigamia III.2.3.2.Matrimonio de eclesiástico III.2.3.3.Matrimonios clandestinos III.2.4.Conflictos intrafamiliares. III.2.4.1.Desacato de hijos y menores III.2.4.2.Maltratos a hijos y menores III.2.4.3. Desavenencias y escándalos en el matrimonio IV.SÍNTESIS

EL MARCO La impronta constitucional: confesionalidad EL DEBATE EL MARCO La impronta constitucional: confesionalidad EL DEBATE las aportaciones ilustradas BECCARIA “Hablo sólo de los delitos que provienen de la naturaleza humana y del pacto social, no de los pecados, cuyas penas, aun las temporales, deben arreglarse con otros principios que los de una filosofía limitada”. LARDIZÁBAL “Hay pues entre el delito y el pecado una verdadera diferencia, y es muy importante no perderla de vista en la legislación criminal”

Novísima Recopilación EL MARCO La impronta constitucional: confesionalidad EL DEBATE la herencia confesional la confusión doctrinal la corrección Novísima Recopilación Fueros Partidas LARDIZÁBAL “un sabio y prudente legislador en el establecimiento de las expresadas leyes debe tener siempre presente la religion, el carácter, las costumbres y el genio de la nacion que gobierna ROSSI la justicia social es la misma justicia divina y moral La justicia social “es la justicia moral, pero confinada a seres imperfectos y falibles” LARDIZÁBAL Si á los hombres inclinados ya por su naturaleza misma á la libertad é independencia, se les quita el freno y saludable temor de la religion, ¿que puede esperarse sino alborotos, sediciones y desórdenes monstruosos,

BUENAS COSTUMBRES EN “LA PEPA” Discurso Preliminar: la antiguas leyes protegieron “en tiempos más felices, la religión, la libertad, la felicidad y el bienestar de los españoles”. Art. 12. La religion de la Nacion española es y será perpetuamente la católica, apostólica, romana,única verdadera.

BUENAS COSTUMBRES EN “LA PEPA” Art. 12. … La Nacion la protege por leyes sabias y justas, y prohibe el ejercicio de cualquier otra Art. 366 “En todos los pueblos de la Monarquía se establecerán escuelas de primeras letras, en las que se enseñará á los niños á leer, escribir y contar, y el catecismo de la religion católica”. . CLAVERO “para el sistema de Cádiz, no cabe individuo, fuera de la religión católica” “tiene a la mujer por reducida a un estado civil, el estado doméstico que la incapacita radicalmente… Ubica implícitamente bajo la potestad del padre de familia no sólo al trabajador por cuenta ajena, sino también, de la forma más solapada, a la mujer… Para la Constitución, no hay españolas. ¿Cómo iba a haber ciudadanas?

BUENAS COSTUMBRES EN “LA PEPA” “Justamente censurada fue y ha sido esta disposición por hombres eminentes tanto españoles como extranjeros; pero hay que tener en cuenta que aquellos ilustres diputados que habían emancipado su conciencia de los absurdos políticos todavía seguían sometidos a la tiranía religiosa, y que los atletas más notables del partido liberal eran en su mayoría sacerdotes y, por tanto enemigos declarados de toda reforma que viniera a atacar por su base el poderío de la Iglesia” (BLASCO IBÁÑEZ).

BUENAS COSTUMBRES EN EL CP 1822 LOS PRINCIPIOS “Transige demasiado con antiguas preocupaciones españolas” PACHECO Consecuencias sistemáticas Primera Parte:“De los delitos contra la sociedad” Título VII “De los delitos contra las buenas costumbres” Consecuencias materiales Subestimación de la mujer Correccionalismo moralizante

BUENAS COSTUMBRES EN EL CP 1822 Agravantes “la tierna edad, el sexo femenino, la dignidad, la debilidad, la indefensión, desamparo o conflicto de la persona ofendida” (art. 106). Adulterio “la mujer casada que cometa adulterio perderá todos los derechos de la sociedad conyugal, y sufrirá una reclusión por el tiempo que quiera el marido, con tal que no pase de diez años. Si el marido muere sin haber pedido la soltura, y faltare más de un año para cumplirse el término de la reclusión, permanecerá en ella la muger un año después de la muerte del marido; y si faltare menos tiempo, acabará de cumplirlo. El cómplice en el adulterio sufrirá igual tiempo de reclusión que la muger, y será desterrado del pueblo mientras viva el marido, á no ser que este consienta lo contrario” (art. 683) Homicidio fuertemente atenuado de hija, nieta, descendiente, cónyuge, hermana, nuera o entenada, sorprendida en acto carnal con un hombre” o en acto deshonesto (art. 619). Subestimación de la mujer

BUENAS COSTUMBRES EN EL CP 1822 LOS PRINCIPIOS “Transige demasiado con antiguas preocupaciones españolas” PACHECO Consecuencias sistemáticas Primera Parte:“De los delitos contra la sociedad” Título VII “De los delitos contra las buenas costumbres” Consecuencias materiales Subestimación de la mujer Correccionalismo moralizante

BUENAS COSTUMBRES EN EL CP 1822 Correccionalismo Reglamento de Casas de Corrección, 9-06-1847 Jefe de la Casa: sacerdote Obligaciones rezo colectivo diario del rosario misa en los días de precepto Asistencia a pláticas del capellán a charlas sobre doctrina cristiana, impartidas por señoras integradas en asociaciones pías Participación en comuniones generales o misiones

BUENAS COSTUMBRES EN EL CP 1822 DELITOS EN PARTICULAR Expresiones obscenas (527 a 531) Palabras y acciones obscenas en sitio público Agravaciones: lugar o acto de culto actores Baño: desnudo paraje concurrido distinto sexo Escritos e imágenes obscenas escritos: la lengua imágenes: la conservación Infracciones de policía

BUENAS COSTUMBRES EN EL CP 1822 DELITOS EN PARTICULAR Fomento de la prostitución Criminalización de ejercicio y proxenetismo irregulares (art. 535) con menores de 20 años y con niños (delito contra las personas) modelo reglamentarista ANTECEDENTES 1632 (prohibición) 1780 (322 detenidas) Casa de Recogida Cádiz, 1780 Casa de Recogida El Puerto, 1789 LOS ARGUMENTOS liberales higienistas morales

BUENAS COSTUMBRES EN EL CP 1822 DELITOS EN PARTICULAR Fomento de la prostitución ejercicio y proxenetismo irregulares (art. 535) modelo reglamentarista LA EXPANSIÓN razones económicas y bélicas burdeles en Cádiz, Jerez, San Fernando, Sanlucar , El Puerto Carmen La Loca Prostituta gaditana 1865 (Moreno-Vázquez, Historia de la prostitución en Andalucía)

BUENAS COSTUMBRES EN EL CP 1822 DELITOS EN PARTICULAR Fomento de la prostitución modelo reglamentarista LOS REGLAMENTOS “reglamento de las casas públicas” Jerez, oct-1855 primer reglamento municipal obligación de dos reconocimientos médicos por semana Registro: 454 prostitutas (8.6% de población) 32 burdeles Cuerpo Especial de Higiene de Jaén Cartilla sanitaria personal 1892 (Moreno-Vázquez, Historia de la prostitución en Andalucía)

BUENAS COSTUMBRES EN EL CP 1822 DELITOS EN PARTICULAR Matrimonios ilegales Enfoque Tipologías bigamia bigamia+estupro autoridad que autoriza (pena de infamia) matrimonio de eclesiástico (551) matrimonio clandestino ART. 560 “Todo el que habiendo incurrido en el delito de bigamia o de matrimonio clandestino, se arrepintiere y retrajere voluntariamente de él, antes de consumar el matrimonio ilegítimo, ó de cohabitar con el otro contrayente, obtendrá una rebaja de la mitad de la pena”. El enfoque moralizante ART. 552: “aquellos que se contraen sin las formalidades que ha establecido la Iglesia,… los cuales por lo tanto son nulos á los efectos civiles”. Reclusión de 4 a 6 años Arresto de 4 a 8 meses si subsanación formal

BUENAS COSTUMBRES EN EL CP 1822 DELITOS EN PARTICULAR Conflictos intrafamiliares Desacato de hijos menores ART. 561 “hijo ó hija que hallándose bajo la patria potestad se ausentare de su casa sin licencia de su padre o cometiere esceso grave, ó notable desacato contra su padre ó su madre, ó mostrare mala inclinación que no bastasen á corregir las amonestaciones y moderados castigos domésticos”. Autoritas paternal Ius corrigendi Modelo iusprivatista CONSECUENCIAS JURÍDICAS “podrá ser llevado por el padre ante el alcalde del pueblo para que le reprenda, y le haga conocer sus deberes” Reincidencia “podrá el padre ponerlos, con conocimiento y auxilio del alcalde, en una casa de corrección por espacio de un mes a un año” (art. 562). Solo en caso de muerte del padre, “igual autoridad tendrá la madre” (art. 563).

BUENAS COSTUMBRES EN EL CP 1822 DELITOS EN PARTICULAR Conflictos intrafamiliares Malos tratos a hijos y menores ART. 568 “maltratados indebidamente, ó inducidos a escesos ó caprichos irregulares” Ius corrigendi Modelo iusprivatista CONSECUENCIAS JURÍDICAS el alcalde “reprenderá por la primera vez al culpable, y procurará con prudencia poner orden para que se restablezca la buena armonía en la familia: sin perjuicio de que si esto no bastare, se proceda a las demás providencias á que hubiese lugar, con arreglo al código civil…”.

BUENAS COSTUMBRES EN EL CP 1822 DELITOS EN PARTICULAR Conflictos intrafamiliares Desavenencias y malos tratos en el matrimonio Autoritas marital Ius corrigendi Modelo iusprivatista ART. 569 “La dispuesto en el art. 561 … es aplicable á la autoridad de los maridos respecto de sus mujeres, cuando estas incurriesen en las faltas de que allí se trata”. CONSECUENCIAS JURÍDICAS Art. 561: “podrá ser llevado por el padre ante el alcalde del pueblo para que le reprenda, y le haga conocer sus deberes” reincidencia, deberá el alcalde “si lo requiere el marido, y resultan ciertos los motivos de su queja, poner á la mujer en una casa de corrección que elija el marido, y por el tiempo que este quiera, con tal de que no pase de un año” (art. 570).

BUENAS COSTUMBRES EN EL CP 1822 DELITOS EN PARTICULAR Conflictos intrafamiliares Desavenencias y malos tratos en el matrimonio ART. 571 Conducta relajada del marido Malos tratamientos a mujer CONSECUENCIAS JURÍDICAS Reprensión por el alcalde Reincidencia: arresto o internamiento en casa de corrección internamiento y duración decididos por el alcalde de acuerdo con principio de proporcionalidad la mujer no es consultada (=/= art. 570).

BUENAS COSTUMBRES EN EL CP 1822 DELITOS EN PARTICULAR Conflictos intrafamiliares Desavenencias y malos tratos en el matrimonio ART. 572 Desavenencias recíprocas CONSECUENCIAS JURÍDICAS Reprensión por el alcalde Reincidencia: arresto o internamiento en casa de corrección “se encarga en este punto á todas las autoridades la mayor circunspección y prudencia, para que no interpongan su oficio en las desavenencias interiores de los matrimonios, sino es mediando escándalo público, ó por accion de parte legítima, ni dejen aun en tales circunstancias de apurar todos los medios de conciliación antes de llegar á imponer pena alguna” Modelo iusprivatista

SÍNTESIS Frente a costumbres sociales: moralista: se protege un modelo de valores (no bien jurídico personal) bagatelar: CP 1848 estos delitos pasan a ser faltas. Frente a la prostitución: reglamentarista no penaliza ejercicio DP de policía Frente a la familia referencia: “normalidad” de matrimonio monogámico católico Frente a las desavenencias intrafamiliares patriarcal, machista, iusprivatista, simbólico .

SÍNTESIS . CP reflejo de las contradicciones de La Pepa: igualdad proclamada, pero superioridad del varón separación Derecho-moral pero Derecho al servicio de una opción moral intervención pública, pero DP simbólico . La calidad democrática de una sociedad no se mide por los derechos que proclama, sino por aquellos que está dispuesta a sacrificar: el CP 1822, desde la perspectiva del siglo XX, sacrifica demasiados. Desde la perspectiva del siglo XXI, quizá deba ser mirado como un ejemplo a imitar