Sindicato Único de Trabajadoras Domésticas (SUTD) Uruguay Seminario Sindical sobre Mujeres Migrantes Trabajadoras del Hogar de Paraguay a los países del.

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Transcripción de la presentación:

Sindicato Único de Trabajadoras Domésticas (SUTD) Uruguay Seminario Sindical sobre Mujeres Migrantes Trabajadoras del Hogar de Paraguay a los países del Mercosur España Asunción 5-9 de noviembre de 2007

Inicio En el año 1986 apertura democrática en el Uruguay se reanudan las actividades de todos los sindicatos existentes y se funda el Sindicato Único de Trabajadoras Domésticas (SUTD). Sus actividades cesan por varios años. En abril del año 2005 un conjunto de trabajadoras refundamos el SUTD, con un total de 400 afiliadas.

Situación y organización sindical de las mujeres trabajadoras del hogar En el SUTD funcionan tres comisiones: Propaganda Finanzas Organización Miércoles: Reunión Directiva Viernes: Reunión con afiliadas

Locación y financiación El SUTD no cuenta con local propio para desarrollar sus actividades, (ADEOM) le cede un local para funcionar. No recibe ayuda financiera de ningún organismo nacional o internacional, Las afiliadas realizan un aporte mensual equivalente a $20 (pesos uruguayos) aprox U$S. otros gremios colaboran con la impresión de volantes, afiches y boletines.

Dificultades al momento de organizarse n La dispersión territorial Existe una escasa cultura de sindicalización Las trabajadoras domésticas establecen un sentimiento de pertenencia mucho más fuerte hacia los hogares en los que desarrollan sus tareas, que el sentimiento de pertenencia que establecen hacia su condición de trabajadoras. Las integramos la estructura del SUTD en su gran mayoría no poseemos una cultura sindical en cuanto a la organización del trabajo, lo que nos lleva a incorporar los aprendizajes durante las situaciones concretas que debemos abordar día a día. La formación capacitación sindical (licencia gremial para participar de las instancias de capacitación)

Contexto socioeconómico y cultural de las trabajadoras domésticas La mayor parte son jefas de hogar. Pertenecen a el nivel sociocultural bajo con hábitos de trabajo lo que les posibilita acceder a referencias laborales y no son discriminadas por su lugar de residencia. Existe un porcentaje menor de trabajadoras que residen en zonas marginales y es aquí donde se evidencia un mayor grado de discriminación.

En cuanto al perfil educativo de las trabajadoras domésticas Antiguamente: personas con bajo nivel educativo (primaria incompleta) y provenientes del interior del país. En los últimos años se ha modificado el perfil principalmente por 2 factores: las crisis económicas sufridas en el país (especialmente la gran crisis del año 2002) el aumento de inmigrantes que llega al Uruguay procedente de otros países de Latinoamérica.

Algunos datos 2001 trabajadoras domésticas con estudios de nivel universitario 7.8%, actualmente 9.4% El 2% no posee primaria completa. La composición por edades: El ingreso a temprana edad y la mayoría de las trabajadoras no realiza aportes para el retiro jubilatorio lo que hace que trabajen hasta edades muy avanzadas. La concentración en la capital y en las zonas urbanas de clase media, media alta y alta. El mayor porcentaje de trabajadoras con cama provienen del interior del país. Discriminación en cuanto al salario, en el interior del país se gana menos que en Montevideo.

Situación en el interior del país: Actividad precaria y fuera del marco regulatorio Salarios menores a los establecidos por la legislación vigente Jornada laboral mayor a 8 horas Desconocimiento total de los derechos Evasión de aportes por parte de los empleadores situando a las trabajadoras en calidad de jornaleras o trabajo rural (con el asesoramiento de funcionarios de la entidad reguladora –BPS) Situación particular Departamento de Maldonado (Punta del Este), actividad inusual en los meses de verano concentra prácticamente toda la actividad turística del país. El público proviene de los estratos socioeconómicos altos y muy altos del país y como del mundo. Las trabajadoras de temporada, en su mayoría, son contratadas por los agentes inmobiliarios y empresas de limpieza de la zona, por lo que no realizan aportes, pero los salarios son significativamente mayores que en el resto del país.

Situación en la capital: Trabajadoras con cama: provienen del norte del país y son las integrantes más jóvenes del sector. Trabajadoras con retiro mensuales y por hora: provienen de la capital y departamentos cercanos a la misma. Trabajadoras inmigrantes: La mayoría no poseen documentación por lo que esta situación genera abusos por parte de sus empleadores. El temor de estas trabajadoras no les permite acercarse al SUTD.

Marco legislativo aplicable a estas trabajadoras. Somos el único Sindicato que no ha logrado Consejo de Salario (ámbito tripartito de negociación_ sindicato, patronal y poder ejecutivo a través del Ministerio de Trabajo, donde se establecen las pautas salariales y condiciones de trabajo). El salario fue regulado por un decreto del Poder Ejecutivo. El Decreto estableció: Reajustes salariales semestrales. Pesos Uruguayos Dólares Salario mínimo mensual3.371*146 Salario mínimo por día Salario por hora17*0.74 * Establecido por Decreto del MTSS Nº de 21 de agosto de 2007

Este Decreto establece que se podrá descontar a las trabajadoras con cama un 10% por concepto de techo y un 10% por concepto de alimentación. Por lo que se genera la siguiente situación: * Establecido por Decreto del MTSS Nº de 21 de agosto de 2007 Pesos Uruguayos Dólares Salario mínimo mensual Salario mínimo por día Salario por hora110.40

Ley de 27 de noviembre de 2006: Establece: - la limitación de la jornada a 8 horas - 44 horas semanales - descansos intermedios - el seguro de desempleo

Banco de Previsión Social (BPS) Servicios que otorga el BPS: Asignaciones familiares: cobertura de salud de los hijos hasta los 6 años Mensualidad por hijo hasta los 18 años Cobertura de salud a la trabajadora, el pago de la cuota del servicio mutual siempre y cuando la trabajadora perciba un mínimo salarial 75% del sueldo en caso de licencia por enfermedad son las afiliadas al BPS 4.36% ( trabajadores) Un alto porcentaje no aporta por la totalidad de su salario real sino que aporta por un mínimo estipulado legalmente. Este aporte mínimo trae como consecuencias: no lograr la cobertura mínima el 75% del salario en caso de enfermedad no es sobre el salario real sino por el que aporta - al momento de jubilarse la trabajadora percibirá una jubilación mínima

Negociación y organización colectiva: Casos positivos En un decreto anterior al mencionado el SUTD logró establecer franjas de ajuste salarial ya que anteriormente sólo se pautaba para el salario mínimo. Si bien el decreto del 21 de agosto no reconoce explícitamente las franjas, establece un ajuste salarial para todos los salarios del sector doméstico. Otro logro: la unificación del salario mínimo de las trabajadoras domésticas para todo el país, ya que anteriormente existía un salario mínimo para Montevideo y otro menor para el resto del país.

Discriminación de género, racial y étnica: la dimensión de género de las trabajadoras del hogar. No constatamos estos tipos de discriminación. Lo que si existe es una subvaloración de la tarea a nivel social.