CONCURSO GENERAL DE TRASLADOS

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Transcripción de la presentación:

CONCURSO GENERAL DE TRASLADOS 2012/2013

RAPIDO RECORRIDO POR EL CONCURSO GENERAL DE TRASLADOS Dos convocatorias alternas: 2012-2013….Estatal 2011-2012….Autonómica Piden varios colectivos : Los que no tiene plaza definitiva  OBLIGATORIO Los que tienen plaza definitiva al menos 2 años  VOLUNTARIOS No pide el profesorado que no sea funcionario de carrera, EXCEPTO LOS FUNCIONARIOS EN PRÁCTICAS Hay concursos para todos los cuerpos Cuerpo de maestros, Catedráticos y profesorado ES, FP, Profesorado Técnico de FP, Catedráticos y profesorado de EREs

CALENDARIO TELETRAMITACIÓN Para formalizar la instancia en el presente procedimiento de provisión se deberá acceder a la página web www.juntadeandalucia.es/educacion, y se cumplimentará a través de la aplicación informática, mediante: -Certificado digital. teletramitación. - Clave de usuario del programa Séneca.(imprimir documentos). CALENDARIO Publicación de la Orden de convocatoria 10 de octubre de 2012 Plazo de presentación de instancias (15 días hábiles): Del 6 al 22 de noviembre (15 días hábiles) Vacantes provisionales Reclamaciones 5 días naturales Adjudicación provisional

Cuerpo de maestros ANOTACIONES: 1.- PUESTOS DE TRABAJO DE LOS DOS PRIMEROS CURSOS DE LA E.S.O.: Disposición transitoria primera. Personal funcionario del Cuerpo de Maestros adscritos a los cursos primero y segundo de la Educación Secundaria Obligatoria. El personal funcionario del Cuerpo de Maestros, que a la entrada en vigor de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, estuviera adscrito con carácter definitivo a puestos de los dos primeros cursos de la educación secundaria obligatoria, podrá continuar en dichos puestos indefinidamente, así como ejercer su movilidad en relación con las vacantes de estos dos primeros cursos que a tal fin determine cada Administración educativa. Asimismo, podrán ejercer su movilidad a plazas o puestos de educación infantil y primaria para los que esté habilitado y, caso de obtenerlas, perderá toda opción a futuras vacantes de los cursos primero y segundo de la educación secundaria obligatoria. En el caso de supresión del puesto de los cursos primero y segundo de la educación secundaria obligatoria, en el que se estuviera adscrito con carácter definitivo, se podrá seguir optando en los concursos de traslados a la obtención de un nuevo destino en dichos puestos. Dicho personal, en el supuesto de que accediera al Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria a través de los procedimientos selectivos de acceso convocados por las distintas Administraciones educativas, podrá permanecer en su mismo destino, siempre y cuando la especialidad por la que ha accedido al Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria se corresponda con la plaza o puesto desempeñado, como Maestro, en los cursos primero y segundo de la educación secundaria obligatoria. 2.- PUESTOS DE TRABAJO EN CENTROS Y SECCIONES DE EDUCACIÓN PERMANENTE: Para solicitar estos puestos se deberá cumplir con el requisito de tener dos años de antigüedad como personal funcionario de carrera en el Cuerpo a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. 3.- PUESTOS DE TRABAJO EN EQUIPOS DE ORIENTACIÓN EDUCATIVA: Para solicitar estos puestos se deberá cumplir con el requisito de tener dos años de antigüedad como personal funcionario de carrera en el Cuerpo y especialidad a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. 4.- PUESTOS DE TRABAJO EN CENTROS BILINGÜES: Para solicitar estos puestos se deberá estar en posesión de alguna de las titulaciones indicadas en la base undécima.

VACANTES QUE HAY QUE INCLUIR EXPRESAMENTE Cuerpo de maestros ASPECTOS A DESTACAR Es compatible la participación simultánea, de asistir derecho, a dos o más convocatorias, utilizando una única instancia. Luego hay que decidir. Se considerarán solicitados exactamente los puestos que correspondan a los códigos numéricos consignados en la instancia. Las peticiones cuyos códigos resulten ilegibles, incompletos, inexistentes o que no correspondan a puestos para los que se posean el requisito de habilitación o no se coloquen en las casillas correspondientes, se considerarán no incluidos en la petición. VACANTES QUE HAY QUE INCLUIR EXPRESAMENTE Las vacantes de 1º y 2º ESO quedan reservadas para el personal adscrito en dicho nivel educativo, salvo las vacantes de Educación Especial: P.T. y A.L., que podrán solicitarse con el requisito de habilitación. Plazas de EOEs (A.L.) hay que pedirlas expresamente y tener dos años de funcionario y en la especialidad. Anexo XIV-d) Plazas de EPA y en centros penitenciarios(38) hay que pedirlas expresamente y tener dos años de funcionario de carrera. Anexo XIV-c) Plazas en Centros Rurales hay que pedirla expresamente. Implican movilidad Plazas puestos Específicos,Bilingües, PCPI y Apoyo, hay que pedirla expresamente. Debe reunir los requisitos en cada puesto. Anexo XIV-b) para bilingües, Anexo XIV-A) para PCPI y Apoyo de compensación educativa

Anexos Cuerpo de Maestros Anexo I. Instancia de participación Anexo II. Baremo. Anexo XIV: Listado de Centros AnexoXIV-b). Listado de Centros Bilingües Anexo XIV-a) Listado de Centros PCPI y Apoyo Com. Anexo XIV-c) Listado Centros E. Permanente Adultos Anexo XIV-d) Listado EOE para AL Anexo XIV-e) Listado de CPR Anexo XIV-f) Listado de Centros de Difícil Desempeño  

Cuerpos de Secundaria, FP, EREs - Catedráticos de Enseñanza Secundaria - Profesores de Enseñanza Secundaria - Profesores Técnicos de Formación Profesional - Catedráticos de Escuelas Oficiales de Idiomas - Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas - Catedráticos de Música y Artes Escénicas - Profesores de Música y Artes Escénicas - Catedráticos de Artes Plásticas y Diseño - Profesores de Artes Plásticas y Diseño - Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño

Cuerpos de Secundaria, FP, EREs ASPECTOS A DESTACAR Saldrán plazas de Cultura Clásica, diferenciadas y a las que podrán acceder profesorado de Latín y Griego, pero con la obligación de impartir estas dos áreas. Código 803. Las personas de Psicología y Pedagogía podrán pedir plazas de EOEs, siempre que posean dos años en el cuerpo y especialidad, o dos de experiencia en EOE. Anexo III-b) El personal con destino provisional está obligado a solicitar plazas de la especialidad por la que ingresó en el cuerpo correspondiente, pudiendo además incluir puestos de otra especialidad de la que sean titulares. Es compatible la participación simultánea, a dos o más convocatorias o cuerpos (especialmente 590 y 591). Luego hay 10 días para decidir cuál es el que es efectivo.

Cuerpos de Secundaria, FP, EREs ASPECTOS A DESTACAR Puestos de apoyo al área de Lengua y Ciencias Sociales, y de apoyo al área de Ciencias o Tecnología, con códigos 058 y 059 respectivamente, siempre que tenga la especialidad que figura en el artículo 4.1.4. Puestos Bilingües para las especialidades que figuran en el artículo 4.1.5.(Secundaria), 4.2.2. (PTFP) y requisitos en el 4.1.6. Centros Anexo III-c) Puestos PCPI solamente la especialidad de Hostelería y Turismo en Secundaria. En PTFP las especialidades que aparecen en el 4.2.2. Centros Anexo III-c)

Anexos Cuerpos Secundaria… Anexo I. Instancia de participación Anexo II. Baremo. Anexos del III al VI: Listado de Centros Anexos del VII al XIII: Listados de Especialidades Anexo III-b). Listado de Centros EOE Anexo III-c) Listado Centros Bilingües Anexo III-d) Listado de Centros de Difícil Desempeño Anexo IV. Centros para Profesorado EOI Anexos V-a y V-b. Centros para Profesores de Música y Artes Escénicas. Anexo VI. Centros para Profesores y Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño

Presentación telemática

Méritos MÉRITOS VALORACIÓN 1. Antigüedad 1.1. Antigüedad en el centro Por el primero y segundo años Por el tercer Por el cuarto y siguientes 1.2 Antigüedad en el Cuerpo 2,0000 puntos por año 4,0000 puntos 6,0000 puntos por año 2,0000 puntos 2. Pertenencia a los Cuerpos de Catedráticos 5,0000 puntos 3. Méritos académicos. MÁXIMO 10 PUNTOS 4. Desempeño de cargos directivos y otras funciones. ( Ver disposición complementaria tercera ) MÁXIMO 20 PUNTOS 5. Formación y perfeccionamiento. 5.1. Actividades de formación superadas 5.2. Por la impartición de las actividades de formación y perfeccionamiento indicadas en el subapartado 5.1. 5.3. Por cada especialidad de la que sea titular correspondiente al Cuerpo por el que se concursa y distinta a la de ingreso en el mismo, MAXIMO 10 PUNTOS Hasta 6,0000 puntos Hasta 3,0000 puntos 1,0000 punto

Méritos 6. Otros méritos: 6.1. Publicaciones (Ver disposición complementaria quinta) 6.2. Por premios de ámbito autonómico, nacional o internacional, convocados por eL Ministerio de Educación o por las Administración educativa de las Comunidades Autónomas por su participación en proyectos de investigación o innovación en el ámbito de la educación. (Ver disposición complementaria quinta) 6.3. Méritos artísticos y literarios 6.4. Por cada año de servicio desempeñando puestos en la Administración educativa de nivel de complemento de destino igual o superior al asignado al cuerpo por el que participa 6.5. Por cada convocatoria en la que se haya actuado efectivamente como miembro de los tribunales de los procedimientos selectivos 6.6. Por cada año de tutorización de las prácticas del título universitario oficial de Master para acreditar la formación pedagógica y didáctica MÁXIMO 15 PUNTOS Hasta 8,0000 puntos Hasta 2,5000 puntos 1,5000 puntos 0,2500 puntos 0,1000 puntos Las obras de carácter científico, además de la utilización del método y técnicas científicas, deberán incluir, resumen, introducción, materiales, resultados, discusión y bibliografía. No se baremarán publicaciones que constituyan programaciones, temarios de oposiciones, unidades didácticas, experiencia de clase, trabajo de asignaturas de carrera, legislación, estudios descriptivos y enumerativos, excesivo número de autores en relación con la extensión de la obra, así como ediciones de centros docentes..

Entrega de méritos. En la parte superior derecha de las fotocopias justificativas de los méritos se indicará el apartado o subapartado por el que se presenta el mérito y el número identificador del mismo, proporcionado por la aplicación informática de cumplimentación de instancias, en la página «documentación justificativa de los nuevos méritos pendientes de acreditar». Asimismo, cada una de las fotocopias de los documentos justificativos deberán llevar la leyenda «es copia fiel del original » y a continuación la firma. Los méritos se ordenarán por apartados o subapartados del baremo, sin grapar, y se incluirán con la instancia en los sobres que a tal efecto se encuentran a disposición del personal participante en los registros de la Consejería de Educación y Delegaciones Provinciales de la misma. No será necesaria la presentación de la documentación justificativa de los méritos que la aplicación informática facilite durante la cumplimentación de la instancia. Todos los requisitos, así como los méritos alegados, han de tenerse cumplidos o reconocidos en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes Para la presentación de méritos durante el periodo de personal interino o en prácticas, que la aplicación no permita adjuntar, se deberá presentar conjuntamente con la solicitud, con un escrito donde esté recogido el listado de dichos méritos el cual debe ser registrado.

A N E X O I INSTANCIA DE PARTICIPACIÓN EN EL CONCURSO DE TRASLADOS DE ÁMBITO ESTATAL El número de peticiones que cada participante puede incluir en su solicitud no podrá exceder de 300. (Código de centro o localidad + código de tipo de plaza + código de vernácula (V) + código de bilingüe (B) + código de itinerancia (I)

Personal en Prácticas El personal en prácticas solamente deberá rellenar la solicitud sin presentar mérito alguno. Su baremación es la puntuación obtenida en el listado de seleccionados (oposiciones) Solamente se le puede dar destino por la especialidad por la que ingresó. Las habilitaciones y por tanto, la posibilidad de poder concursar por otras especialidades serán cuando sea personal funcionario de carrera, y solicite dichas habilitaciones. En el caso de obtener destino, este está supeditado a la superación de la fase de prácticas.

Puestos NO Obligatorios Cuerpos de Catedráticos y de Profesores de Ens. Secundaria: – Puestos en los Equipos de Orientación Educativa que se relacionan en el Anexo III-b). – Puestos específicos de perfil bilingüe en los centros que se relacionan en el Anexo III-c). – Puestos específicos de cualificación profesional inicial. – Puestos de Cultura Clásica. – Puestos de apoyo al área de Lengua y Ciencias Sociales y de apoyo al área De Ciencias o Tecnología. - Puestos de Difícil Desempeño Anexo III-d) Cuerpo de PTPF Puestos específicos de perfil bilingüe en los centros que se relacionan en el Anexo III-c). Puestos específicos de cualificación profesional inicial.

Puestos NO Obligatorios Cuerpo de Profesores de Música y Artes Escénicas: Puestos específicos de pianistas acompañantes. Cuerpo de Maestros - Puestos de E. Secundaria de las especialidades de PT y AL. - Puestos específicos de perfil bilingüe en los centros que se relacionan del Anexo XIV-b). - Puestos en CPR y Centros de Difícil Desempeño. Anexo XIV-f) - Puestos en centros y secciones de Educación Permanente y en centros penitenciarios del Anexo XIV-c). - Puestos en los Equipos de Orientación Educativa. - Puestos específicos de apoyo a la compensación educativa. - Puestos específicos de cualificación profesional inicial.

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