DIPLOMADO EN CERTIFICACION

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 Es una asociación de trabajadores constituida para la defensa y promoción de intereses profesionales, económicos o sociales de sus miembros.
Transcripción de la presentación:

DIPLOMADO EN CERTIFICACION MÓDULO DE DERECHO Maestra Lydia R. Fernández lydiafermej@yahoo.com Fundamentos de derecho (Temas 1y 2) Objeto y Fuentes Derecho Constitucional (Temas 3 y 4) Derecho Constitucional Derecho Administrativo (Temas 5 y 6) Derecho Administrativo Derecho Civil (Tema 7) Derecho Civil Derecho Mercantil (Temas 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14 y 15) D. Mercantil Derecho Laboral (Temas 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22 y 23) D. Laboral

MATERIAL INDISPENSABLE Legislación Agenda de Amparo. ISEF Agenda Civil Del D. F. ISEF Agenda o Compilación Mercantil Ley de Propiedad Industrial Agenda Laboral

LIBRO Libro “Conceptos Jurídicos Fundamentales” De Luis Raúl Díaz González, GASCA-SICCO Marcadores de colores y banderitas

las disposiciones generales del derecho constitucional y OBJETIVO GENERAL Comprender las disposiciones generales del derecho constitucional y administrativo

Aplicar los principios y normas jurídicas OBJETIVO GENERAL Aplicar los principios y normas jurídicas de derecho fiscal, civil, mercantil y laboral a necesidades y problemas específicos de la contaduría

OBJETIVOS ESPECÍFICOS Entender los fundamentos del constitucional y administrativo. Aplicar y resolver problemas específicos de la contaduría mediante el derecho civil, mercantil y laboral. Comprender las disposiciones relativas a la propiedad industrial. Aprobar el examen de certificación.

FUNDAMENTOS DEL DERECHO (concepto e importancia) EL DERECHO ES UN SISTEMA DE NORMAS JURÍDICAS

FUNDAMENTOS DEL DERECHO (concepto e importancia) Normas= Reglas de conducta

NORMAS SOCIALES Normas sociales

NORMAS MORALES

NORMAS RELIGIOSAS

NORMAS JURÍDICAS

FUNDAMENTOS DEL DERECHO (concepto e importancia) CARACTERISTICAS DE LAS NORMAS JURIDICAS: Exteriores Heterónomas Bilaterales Coercibles.

FUNDAMENTOS DEL DERECHO (concepto e importancia) sistema sirven para que el hombre pueda vivir en sociedad .

FUNDAMENTOS DEL DERECHO (concepto e importancia) El derecho es un punto intermedio entre la anarquía y el despotismo.

FUENTES DEL DERECHO Reales.

FUENTES DEL DERECHO Históricas.

FUENTES DEL DERECHO Formales. Procedimiento de creación de la norma Cómo se Cocina una ley

FUENTES DEL DERECHO Cognoscitivas.

FUENTES FORMALES DEL DERECHO Legislación Costumbre Jurisprudencia Principios Generales del Derecho Doctrina

JERARQUÍA JURÍDICA Constitución Política Tratados Internacionales Leyes Federales Reglamentos Leyes a nivel estatal y municipal. Reglamentos de éstas leyes. Decretos Jurisprudencia (SCJN, TCC, TFJFyA)

JERARQUÍA JURÍDICA CONSTITUCION

JERARQUÍA JURÍDICA TRATADOS INTERNACIONALES

HECHOS Y ACTOS JURÍDICOS Hechos jurídicos: sin intervenir su voluntad producen consecuencias jurídicas. Actos jurídicos: Voluntad encaminada a crear, transmitir, modificar o extinguir derechos y obligaciones.

HECHOS DEL HOMBRE DE LA NATURALEZA

HECHOS JURIDICOS No existe la voluntad de producir consecuencias jurídicas NACIMIENTO

ACTO JURIDICO SI SE QUIEREN LAS CONSECUENCIAS JURIDICAS MATRIMONIO

ELEMENTOS DE EXISTENCIA y VALIDEZ DEL ACTO JURÍDICO Existencia: Consentimiento y Objeto, en algunos casos Solemnidad.

ELEMENTOS DE EXISTENCIA OBJETO: DIRECTO: Crear, transmitir, modificar o extinguir derechos y obligaciones. INDIRECTO: La cosa

SOLEMNIDAD MATRIMONIO TESTAMENTO

Ausencia de vicios del consentimiento, Licitud, Formalidad. ELEMENTOS DE VALIDEZ Validez: Capacidad, Ausencia de vicios del consentimiento, Licitud, Formalidad.

DE GOCE: Tener derechos y obligaciones. ELEMENTOS DE VALIDEZ CAPACIDAD DE GOCE: Tener derechos y obligaciones. DE EJERCICIO: Ejercitarlos por uno mismo.

ELEMENTOS DE VALIDEZ 2 casos especiales: EMANCIPADOS INTERDICTOS (Estado de interdicción)

Ausencia de Vicios del consentimiento: Error, dolo, mala fe, ELEMENTOS DE VALIDEZ Ausencia de Vicios del consentimiento: Error, dolo, mala fe, violencia, lesión.

CONCEPTO DE CONSTITUCIÓN Ley Suprema de todo el Estado.

ESTRUCTURA DE LA CONSTITUCIÓN Parte Dogmática O “Bill of Rights” Garantías Individuales o derechos del gobernado Parte Orgánica O “Plan of government” Estructura y funcionamiento de los órganos del Estado.

GARANTÍAS INDIVIDUALES Naturaleza jurídica, características , clasificación.

NATURALEZA JURÍDICA DERECHOS HUMANOS Ideas abstractas y generales. Facultades de actuar o disfrutar. GARANTÍAS INDIVIDUALES O DERECHOS DEL GOBERNADO Ideas individualizadas y concretas. Compromiso del Estado de respetar la existencia y el ejercicio de esos derechos.

Son límites que el gobierno debe respetar en su actuación. NATURALEZA JURÍDICA Son límites que el gobierno debe respetar en su actuación. DERECHO SUBJETIVO PÚBLICO.

Unilaterales Irrenunciables Supremas Inalienables Imprescriptibles. CARACTERÍSTICAS Unilaterales Irrenunciables Supremas Inalienables Imprescriptibles.

EXTENSIÓN ARTÍCULO 31 FR. IV Generalidad. Indeterminación subjetiva. Obligatoriedad. Vinculación al gasto público. Proporcionalidad y Equidad. Legalidad.

CLASIFICACIÓN SEGURIDAD JURÍDICA IGUALDAD LIBERTAD SOCIALES PROPIEDAD

17. Prohibición de autotutela SEGURIDAD JURÍDICA 8 Derecho de petición. 14. Irretroactividad 16. Legalidad. 17. Prohibición de autotutela 18. Prisión sólo por delito que merezca pena privativa de libertad.

SEGURIDAD JURÍDICA 19. Ninguna detención (más de 72 horas). 20.Derechos del imputado y de la víctima. 21.Investigación delitos - MP. 22.Penas prohibidas. 23.Nadie puede ser juzgado dos veces por el mismo delito.

1. Todos gozaremos de garantías. 4. Entre varón y mujer. IGUALDAD 1. Todos gozaremos de garantías. 4. Entre varón y mujer. 12. Prohibidos títulos nobiliarios 13. No leyes privativas ni leyes tribunales especiales.

2. Autodeterminación de los pueblos indígenas. 5. Trabajo. LIBERTAD 2. Autodeterminación de los pueblos indígenas. 5. Trabajo. 6. Expresión 7. Imprenta. 9. Asociación

15. Prohíbe extraditar reos políticos. 16 π noveno y siguientes. LIBERTAD 10. Posesión de armas. 11. Tránsito. 15. Prohíbe extraditar reos políticos. 16 π noveno y siguientes. 24. Culto.

GARANTÍAS SOCIALES 3. Educación. 27. Propiedad. 123. Trabajo.

ARTÍCULO 27 CONSTITUCIONAL. PROPIEDAD ARTÍCULO 27 CONSTITUCIONAL.

sociedad humana, (población) EL ESTADO territorio, sociedad humana, (población) orden jurídico (gobierno) Porrúa Pérez, Francisco. “Teoría del Estado”. Porrúa, México. Pp.164-165

Formas de estado.- Forma de organización política en su totalidad y unidad. Distribución espacial o territorial del poder.

FORMAS DE GOBIERNO Formas de Gobierno.-Existencia de dos o más depositarios del poder. Distribución funcional.

FORMAS DE ESTADO Unitario Poder Legislativo Ejecutivo Judicial son únicos Federal Poderes federales y Poderes locales Confederado.

ESTADO UNITARIO MEXICO 1836

ESTADO FEDERAL MEXICO ACTUAL Federal Estatal Municipal P. Ej. Presidente Gobernador Presidente m. P Leg. C de U. Legislatura local N/ A P. Jud. SCJN T Superior de Justicia Trib. Electoral TCC, TUC, y JD

ESTADO CONFEDERADO ESTADOS UNIDOS DE AMERICA (13 COLONIAS)

República Parlamentaria Presidencialista Democracia ARISTOTELES FORMAS DE GOBIERNO Monarquía República Parlamentaria Presidencialista Democracia ARISTOTELES

EL RECURSO ADMINISTRATIVO Medio de Defensa particulares ante la Administración Pública, por violación al ordenamiento aplicado o falta de aplicación de la disposición debida. EMILIO MARGAIN M.

Atributos de la Personalidad: SUJETOS DE DERECHO Personas Físicas Personas Morales Atributos de la Personalidad: Capacidad, Nombre, Domicilio, Nacionalidad, Estado Civil, Patrimonio.

Convenio y Contrato Convenio (género) Contrato (especie)

Sociedades Mercantiles Cuadro comparativo

TITULOS DE CRÉDITO, CARÁCTERÍSTICAS Y CLASIFICACIÓN Incorporación. Legitimación. Literalidad. Autonomía. Abstractos, causales. Nominativos, a la orden o al portador. Crediticios, de participación, representativos. Individuales, seriales Nominados, innominados. Principales, accesorios.

CONTRATOS MERCANTILES Reporto Descuento de crédito en libros Apertura de Crédito Cuenta corriente Carta de crédito

CONTRATOS MERCANTILES Créditos de habilitación y refaccionario

LEY DE CONCURSOS MERCANTILES Condiciones financieras: PRIMERA I = O 30 X 100  35% O T I = Razón financiera que expresa la importancia relativa de las obligaciones vencidas con respecto a las totales.

LEY DE CONCURSOS MERCANTILES SEGUNDA L = E+D90+C90+V30 x 100 < 80% O v L = Razón financiera que indica la liquidez o capacidad de pago a muy corto plazo.

LEY DE CONCURSOS MERCANTILES E = efectivo en caja, depósitos a la vista. D 90 = Depósitos e inversiones a plazo no superior a 90 días. C 90 = Clientes y cuentas por cobrar a plazo no superior a 90 días. V 30 = Títulos valores que puedan ser vencidos en un máximo de 30 días. O T = Total de obligaciones vencidas.

PROCEDIMIENTO PARA LA DECLARACIÓN DE CONCURSO MERCANTIL La solicitud de declaración de concurso mercantil la puede presentar el Comerciante. Art. 20 La demanda de declaración de concurso mercantil la puede presentar cualquier acreedor o el MP. Art. 21 Requisitos de los escritos Art. 22 y 23.

PROCESO DE CONCURSO MERCANTIL Al día sig. de que se admita la demanda, el juez remite copia al Instituto Federal de Especialistas y se (5 días) designa un visitador. 9 días para contestar y ofrecer pruebas Admisión de la demanda Al día siguiente de la designación del visitador se informa al juez y al visitador designado El visitador dentro de los 5 días siguientes comunica al juez el nombre de las personas de las que se auxiliará, al día sig de que las conozca el juez las da a conocer a los demás.

PROCESO DE CONCURSO MERCANTIL Concluida la visita se levantará acta circunstanciada con 2 testigos. El visitador deberá llevar a cabo la visita dentro de los 5 días sig. a que se dicte la orden. El visitador en un plazo de 15 días naturales a partir del inicio de la visita rendirá un dictamen adjuntando el acta de visita. El visitador puede solicitar providencias precautorias y el juez puede decretarlas de oficio o a solicitud de parte.Art. 37.

Proceso de Concurso Mercantil El juez dicta la sentencia dentro de los 5 días sig. al vencimiento del plazo para alegatos. Al día sig. de que el juez reciba el dictamen lo pone a la vista del comerciante, de los acreedores y del MP para que en 10 días presenten sus alegatos. Contenido de la Sentencia de declaración de Concurso Mercantil. Art. 43 Al día sig. que se dicte sentencia que declare el concurso mercantil el juez debe notificarla personalmente al comerciante, al Instituto, al visitador, a los acreedores y a la autoridades fiscales competentes

Proceso de Concurso Mercantil La sentencia produce el arraigo del comerciante PF, si es PM los responsables de la admon. No podrán separarse de su dom. Sin dejar apoderado instruido y expensado. Dentro de los 5 días sig. a su designación, el conciliador procede a solicitar la inscripción de la sentencia en los registros públicos que corresponda, publica un extracto en el DOF por 2 veces y en un diario de mayor circulación. La sentencia que declare que NO es procedente el concurso ordenará que las cosas vuelvan al estado que tenían y el levantamiento de las providencias precautorias.

VISITADOR, CONCILIADOR, SÍNDICO Visitador.- Realiza la vista a la empresa para elaborar un dictamen y determinar si el comerciante incurrió en el incumplimiento generalizado de sus obligaciones. Conciliador.- Se encarga de que las partes lleguen a un convenio. Síndico.- Una vez declarada la quiebra procede a la enajenación de los bienes y derechos que integran la masa para pagar.

PROCESO DE CONCURSO MERCANTIL II Los acreedores presentan solicitud de reconocimiento de créditos. Art. 122 El juez da vista a las partes y concede 5 días naturales para objeciones. Dentro de 30 días naturales sig a la última publicación de la sentencia de concurso en el DOF el conciliador presenta al juez una lista provisional de créditos. El conciliador tiene 10 días contados a partir de que venza el plazo anterior para presentar la lista definitiva de reconocimiento de créditos. Transcurrido el plazo, en 5 días sig. El juez dicta sentencia de reconocimiento y prelación de créditos.

LEY DE INVERSIÓN EXTRANJERA Objeto: Determinación de reglas para canalizar la inversión extranjera hacia el país y propiciar que ésta contribuya al desarrollo nacional.Art. 1. Están reservadas al Edo, las áreas estratégicas.

LEY DE INVERSIÓN EXTRANJERA 13. 2 Actividades reservadas y regulación específica Actividades económicas y sociedades que están reservadas a mexicanos o sociedades mexicanas con claúsula de exclusión de extranjeros Actividades y adquisiciones con regulación específica

LEY DE INVERSIÓN EXTRANJERA Casos en que con resolución favorable de la Comisión puede la inversión extranjera participar en un porcentaje mayor a 49%. Art. 8. 13.3 Adquisición y fideicomisos de bienes inmuebles. Art. 11 – 14.  13.4 Constitución y modificación de sociedades. Art. 15 – 16A.

LEY DE INVERSIÓN EXTRANJERA Tipos de Inversión Inversión Neutra. Art. 18 Procedimiento de Inversión neutra representada por instrumentos emitidos por instituciones fiduciarias. Art. 19 Procedimiento de inversión neutra representada por series especiales de acciones. Art. 20

ESTRUCTURA DE LA COMISIÓN NACIONAL DE INVERSIONES EXTRANJERAS Está integrada por: Segob S. de economía. SRE SCT SHCP STPS Sedesol Sectur. Semarnat Representantes S. de energía del sector privado y social.

LEGISLACIÓN COMERCIAL Organización Mundial del Comercio Objetivos: Aumentar niveles de vida. Velar por el logro del pleno empleo. Aumento del volumen de los ingresos reales y de la demanda efectiva. Aumento de la producción y del comercio de mercancías y servicios. Desarrollo sostenible y protección del medio ambiente.

ORGANIZACIÓN MUNDIAL DEL COMERCIO

PRINCIPIOS COMERCIALES DE LA OMC. Comercio sin discriminación. Claúsula de la nación más favorecida. Trato nacional. Transparencia. Previsibilidad y mejora del acceso a los mercados. Comercio de mercancías. Consolidación de derechos de aduana.

El TLCAN (NAFTA).

Acuerdos paralelos (Laboral y Ambiental) El TLCAN (NAFTA). Entró en vigor el 1/ En./ 94. Objeto Rubros negociados. Certificado de Origen Acuerdos paralelos (Laboral y Ambiental)

CERTIFICADO DE ORIGEN Los Certificados de Origen son documentos que sirven para avalar la procedencia de los productos fabricados en el país, además de confirmar que cumplen con los criterios de origen establecidos por los países a donde se va a exportar, con el objetivo de obtener una preferencia arancelaria proveniente de algún TLC.

CARACTERÍSTICAS Las exportaciones que son acompañadas por un certificado de origen permiten obtener beneficios arancelarios a los importadores en los países de destino de las mercancías, lo cual confiere ventajas al exportador sobre sus competidores. Los beneficiarios del uso de CO’s son personas físicas y morales establecidas en el país, que exporten productos fabricados en el territorio nacional o bien transformen materias primas importadas que den como resultado un producto diferente.

CRITERIOS Para obtener un certificado de origen se debe tramitar previamente el cuestionario de registro correspondiente. Para requisitar el cuestionario, el usuario tendrá que consultar a su agente aduanal para que realice la correcta clasificación de la mercancía. El interesado deberá acompañar el certificado de origen en el idioma requerido, del anexo estadístico y factura que ampara la exportación. Para la validación del certificado de origen G-3 no se requiere de la autorización previa del cuestionario

TIPOS DE CERTIFICADOS DE ORIGEN Existen diferentes tipos de certificados de origen, éstos dependen del país de destino de las mercancías, así mismo se tiene que algunos certificados de origen requieren de validación por parte de la Secretaría de Economía y son los siguientes: ALADI Sistema Generalizado de Preferencias (S.G.P.) EUR1 (Unión Europea y Asociación Europea de Libre Comercio) Artículos Mexicanos TLC México-Colombia-Venezuela (G-3) ACE-5 (Uruguay)

TIPOS DE CERTIFICADOS DE ORIGEN Los certificados de origen que no requieren validación por parte de la Secretaría de Economía son los siguientes: TLCAN EUA y Canadá TLC Bolivia TLC Nicaragua TLC Chile TLC Costa Rica TLC Israel TLC Guatemala Honduras y Salvador

VIGENCIA Los certificados de origen cuentan con una vigencia para poder hacer efectiva la preferencia arancelaria: ALADI: 180 días S.G.P.: 10 meses EUR1: 10 meses Artículos Mexicanos: Indefinida TLC: 1 año ACE-5 (Uruguay): 180 días

LEY FEDERAL DE COMPETENCIA ECONÓMICA REGLAMENTARIA DEL ART. 28 CONST. Estructura Cap. I Disposiciones Generales 1 – 7 Cap. II De los monopolios y de las Prácticas monopólicas. 8 – 15 Cap. III De las concentraciones. 16 – 22 Cap. IV De la comisión Federal de Competencia 23 – 29 Cap. V Del procedimiento 30 – 34 Cap. VI De las sanciones 35 – 38 Cap. VII Del recurso de reconsideración. 39

LEY FEDERAL DE COMPETENCIA ECONÓMICA. Reglamentaria del artículo 28 Constitucional

COMISION FEDERAL DE COMPETENCIA La Comisión Federal de Competencia Económica es un órgano desconcentrado del la Secretaría de Economía. Tiene autonomía técnica y operativa Art. 23.

Monopsonio.- Un solo comprador para determinado producto o servicio. CONCEPTOS Monopolio.- Concesión otorgada por la autoridad competente a una empresa, para que ésta aproveche con carácter exclusivo alguna industria o comercio.. Monopsonio.- Un solo comprador para determinado producto o servicio.

SANCIONES ART. 35 - 38 Multa hasta 1, 500, 000 veces SMGDF por haber incurrido en práctica monopólica absoluta. Multa hasta 900, 000 SMGDF por haber incurrido en alguna práctica monopólica relativa.

Art. 36.- Individualización de la pena. SANCIONES ART. 35 - 38 Art. 35.- Casos Graves: Multa 10% ventas anuales o 10% valor de sus activos, la más alta. Art. 36.- Individualización de la pena. Art. 38.- Acción judicial por daños y perjuicios.

RECURSO ADMINISTRATIVO Recurso de Reconsideración Fundamento: art. 39 Plazo: 30 días Ante la propia Comisión. 60 días para resolver. El silencio significa que se confirmó el acto impugnado (“negativa ficta”).

EMPRESAS INTEGRADORAS Empresas de servicios especializados que asocian personas físicas y morales de escala micro, pequeña y mediana. DOF. 7/May./93

EMPRESAS INTEGRADORAS Objetivos: Capacidad de negociación Exportación. Especialización Economías de escala.

SISTEMA DE INFORMACIÓN EMPRESARIAL MEXICANO Registro completo de las empresas, vía internet. Fundamento: Ley de Cámaras Empresariales y sus Confederaciones (Ene./05).

SISTEMA DE INFORMACIÓN EMPRESARIAL MEXICANO. OBJETIVOS. Base común de información para Secretaría de Economía. Constituirse como un centro virtual de negocios.

LEY FEDERAL DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR Disposiciones generales. . Procedimientos De las autoridades. . Sanciones De la información y publicidad. . Recursos A. De las promociones y ofertas. De las ventas a domicilio, mediatas o indirectas. De los servicios. De las operaciones a crédito. De las operaciones con inmuebles. Comercio electrónico. De las garantías De los contratos de adhesión. Del incumplimiento De la vigilancia y verificación

LEY FEDERAL DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR Objeto: Promover y proteger los derechos del consumidor y procurar la equidad y seguridad jurídica en las relaciones entre proveedores y consumidores.

LEY FEDERAL DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR La PROFECO es un organismo descentralizado con personalidad jurídica y patrimonio propio. Es autoridad administrativa.

DERECHO LABORAL Resumen Derecho Laboral NOTA: Si han llegado hasta aquí merecen un fuertísimo aplauso, pues el final se acerca ya, ¡FELICIDADES!