Luis Enrique Mascote Cano | Alejandro Bustillos | EL PATRÓN
Tipos de Patrón Empresarios No empresarios ¿existen empresarios que no son patrones? Es la persona física o moral que utiliza los servicios de uno o varios trabajadores El Patrón NO SE LIMITA EL CONCEPTO A UNA EMPRESA COMO TAL
LA EMPRESA Y EL ESTABLECIMIENTO SE ENTIENDE COMO EMPRESA A LA UNIDAD ECONOMICA DE PRODUCCION O DISTRIBUCION SE ENTIENDE COMO ESTABLECIMIENTO A LA UNIDAD TECNICA QUE COMO SUCURSAL, AGENCIA U OTRA CONTRIBUYA A LOS FINES DE LA EMPRESA
EL ESTABLECIMIENTO GOZA DE AUTONOMIA TECNICA, CONSIDERADA COMO UNIDAD SUPERIOR, FORMA PARTE Y CONTRIBUYE A LA REALIZACION DE LOS FINES DE LA EMPRESA
PREVISIONES DE LA LFT CONTRATO COLECTIVO REGLAMENTO INTERNO DE TRABAJO HUELGA Y TERMINACION ES COLECTIVAS ART. 386 ART. 428, 433 Y 442 ART. 422
ART. 41ART. 921
LA SUSTITUCION DEL PATRON NO AFECTARA LAS RELACIONES DE TRABAJO EL EMPLAZAMIENTO A HUELGA “PRODUCIRÁ EL EFECTO DE CONSTITUIR AL PATRÓN, EN DEPOSITARIO DE LA EMPRESA O ESTABLECIMIENTO AFECTADO POR LA HUELGA, CON RESPONSABILIDADES AL CARGO”. LA EMPRESA SE DIFERENCIA DEL PATRON COMO PATRIMONIO DE ESTE ULTIMO
SOCIEDAD MERCANTIL PERSONA JURIDICA TRABAJADOR
Se parte del supuesto de que toda relación jurídica es entre personas y se exige, para efectos procesales, la individualización de la persona patrón. Para la LFT los conceptos patrón y empresa tienen connotaciones específicas que hacen que no se confundan. El patrón puede o no ser titular de una empresa, pero una empresa nunca podrá ser considerada como patrón. Las empresas pueden tener establecimientos que contribuyan a sus fines, pero en la ordenación interna carecen de autonomía. Cuando el patrón es una persona jurídica, constituida como sociedad mercantil, a dicha sociedad corresponde la titularidad, tanto de la unidad económica principal o matriz (empresa), como de las unidades técnicas que contribuyan a la realización de sus fines (establecimientos). La LFT expresamente le confiere la facultad para celebrar un contrato colectivo de trabajo al patrón persona juridical, y no a la empresa ni al establecimiento