Juan Leonardo Fierro Mª José García Begoña Hermosín Francisco Mateos Javier Serrano Grupo ARQUITECTOS.

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Transcripción de la presentación:

Juan Leonardo Fierro Mª José García Begoña Hermosín Francisco Mateos Javier Serrano Grupo ARQUITECTOS

 Marco legal de Educación Secundaria obligatoria y Bachillerato  Leyes y Decretos más relevantes  Objetivos de ESO  Competencias básicas (ESO)  Objetivos de Bachillerato  Competencias generales (Bachillerato)  Asignatura ejemplo de la ESO ◦ Objetivo, contenido, criterio de evaluación, orientaciones pedagógicas.  Asignatura ejemplo de Bachillerato ◦ Objetivos, contenidos y criterios de evaluación

 Regulación estatal: ◦ LOE 2/2006, de 3 de mayo ◦ R.D. 1631/2006, de 29 de diciembre (ESO) ◦ R.D. 1467/2007, de 9 de noviembre (Bachillerato)  Regulación autonómica ◦ LEA 17/2007, de 10 de diciembre ◦ Decreto 231/2007, de 31 de julio (ESO) ◦ Orden 10 de agosto de 2007 (ESO) ◦ Decreto 416/2008, de 22 de julio (Bachillerato) ◦ Orden 5 de agosto de 2008 (Bachillerato)

Artículo 4. Capítulo I. Decreto 231/2007, de 31 de julio La ESO contribuirá a desarrollar en el alumnado los saberes, las capacidades, los hábitos, las actitudes y los valores que les permitan alcanzar, además de los objetivos enumerados en el artículo 23 de la LOE 2/2006, de 3 de mayo, una serie de 6 objetivos específicos para Andalucía.

Artículo 6. Capítulo II. Decreto 231/2007, de 31 de julio 1) Comunicación lingüística 2) Competencia matemática 3) Competencia en el conocimiento y la interacción con el mundo físico 4) Tratamiento de la información y competencia digital 5) Competencia social y ciudadana 6) Competencia artística 7) Competencia para aprender a aprender 8) Autonomía personal

Artículo 4. Decreto 416/2008, de 22 de julio Remite a Artículo 33 de LOE 2/2006.

Artículo 2. R.D. 1467/2007, de 9 de noviembre. “El bachillerato tiene como finalidad proporcionar a los estudiantes formación, madurez intelectual y humana, conocimiento y habilidades que les permitan desarrollar funciones sociales e incorporarse a la vida activa con responsabilidad y competencia.”

Artículo 9 del R.D. 1467/2007 Y Artículo 7 del Decreto 416/ Las actividades educativas en el Bachillerato favorecerán la capacidad del alumnado para aprender por sí mismo, para trabajar en equipo y para aplicar los métodos de investigación apropiados. 6. La administraciones educativas promoverán las medidas necesarias para que en las distintas materias se desarrollen actividades que estimulen el interés y el hábito de lectura y la capacidad de expresarse correctamente en público así como el uso de las tecnologías de la información y la comunicación.

 Tecnologías ◦ Según Decreto 231/2007:  Artículo 9 y 10 : Optativa en 1º (Tecnología Aplicada, 2 horas semanales), Obligatoria en 2º y 3º (Tecnologías, 3 horas semanales) y es una de las 8 materias de las cuales hay que escoger 3 en 4º (Tecnología, 3 horas semanales)

 Dibujo Técnico I ◦ Según LOE 2/2006:  Se encuentra en el Bachillerato de Ciencia y Tecnología  Es una Materia de Modalidad: 4 horas semanales  Curso: 1º Bachillerato ◦ Según Boja nº 169 que remite a la LOE 2/2006:  Objetivos, contenidos y criterios de evaluación: Pág de BOE nº 266, de 6 de noviembre de 2007.