La igualdad política en el Perú contemporáneo

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Transcripción de la presentación:

La igualdad política en el Perú contemporáneo Rolando Rojas Rojas Instituto de Estudios Peruanos

La desigualdad en la sociedad colonial (siglos XVI-XIX) a. Predomina la idea que existen “razas” superiores e inferiores (europeos e indios). b. De acuerdo al orden jurídico la sociedad se divide en “República de españoles” y “República de indios”, con leyes y privilegios diferenciados.

2. La desigualdad entre las razas: Justificación cultural: Los españoles son civilizados y racionales, mientras que los indios son bárbaros y gente “sin razón”. Sepúlveda (1550): “Porque escrito esta en el libro de los proverbios ‘El que es necio servirá al sabio’ tales son las gentes bárbaras e inhumanas, ajenas a la vida civil y a las costumbres pacíficas, y será siempre justo y conforme al derecho natural que tales gentes se sometan al imperio de príncipe y naciones más cultas y humanas, para que merced a sus virtudes y a la prudencia de sus leyes, depongan la barbarie y se reduzcan a vida más humana y al culto de la virtud”.

3. Justificación política: Para que la sociedad funcione unos deben gobernar y otros deben obedecer. Matienzos (1541): “porque es necesario que en la república, para ser bien ordenada, halla en ella personas valerosas e poderosas e ricas, e caballeros e nobles, porque estos son los huesos sobre los que se sostiene la república; porque no puede ser república más malaventurada e abatida que aquélla donde todos son pobres e abatidos e necesitados, porque los tales ni pueden favorecer la república, ni ayudarse unos a otros, lo cual sería así si nadie tuviese pueblo ni señorío, lo cual es harto no conveniente”

b. La posición igualitaria de Bartolomé de Las Casas 1550: “Nuestra religión cristiana es igual y se adapta a todas las naciones del mundo y a todas igualmente rescibe y a ninguna quita la libertad ni sus señoríos ni mete debajo de servidumbre, so color de achaques de que son siervos a natura libres”.

4. El concepto de igualdad liberal Nace para legitimar la lucha contra las monarquías absolutistas y coloniales en Inglaterra, EEUU y Francia. Como principio general o filosófico: en el “estado natural” los hombres nacían iguales Como igualdad jurídica: todos los hombres son iguales ante la ley Como igualdad política: los ciudadanos que forman la comunidad política eligen a sus gobernantes.

Thomas Jefferson escribió en la Declaración de Independencia de los Estados Unidos (1776): “Consideramos que […] todos los hombres son creados iguales; que su creador les ha dotado de ciertos derechos inalienables, que entres estos están la vida, la libertad y la persecución de la felicidad”. “Ni la mayoría de la humanidad ha nacido con sillas de montar a la espalda, ni unos pocos privilegiados calzados con botas y espuelas, listos a cabalgarlos legítimamente por la gracia de Dios”

Revolución Francesa. Rousseau: “el pacto social establece entre los ciudadanos una igualdad tal, que todos se obligan bajo las mismas condiciones y todos gozan de idénticos derechos” En la Declaración de los derechos del hombre y del ciudadano (1789): “Los hombres nacen y permanecen libres e iguales en derechos. Las distinciones sociales sólo pueden fundarse en la utilidad común”.

La igualdad jurídica y política solo puede desarrollarse en sociedades con pequeña y mediana propiedad extendida como en Inglaterra, EEUU y Francia. Rousseau: “y en cuanto a la riqueza, que ningún ciudadano sea suficientemente opulento para poder comprar a otro, ni ninguno bastante pobre para ser obligado a venderse, lo cual supone de parte de los grandes, moderación de bienes y de crédito, y de parte de los pequeños, moderación de avaricia y de codicia”

5. El interregno gaditano (1810-1814) a 5. El interregno gaditano (1810-1814) a. Igualdad entre españoles y americanos en las Cortes. b. Igualdad electoral entre criollos, indios y mestizos. c. Igualdad fiscal: eliminación del tributo indígena d. Igualdad social: eliminación de trabajo gratuito (mita).

6. La igualdad como ideal de la independencia La igualdad como principio general: El Congreso Constituyente de 1822: "A los Indios de las provincias interiores. Nobles hijos del sol, amados hermanos, a vosotros virtuosos indios [...] y no os asombre que os llamemos hermanos: lo somos en verdad, descendemos de los mismos padres, formamos una sola familia [...]"

b. Igualdad como principio jurídico José de San Martín en 1821, con motivo de la abolición del tributo indígena: “Ya llegó para vosotros la época venturosa de recobrar los derechos que son comunes a todos los individuos de la especie humana[…] para que tengáis fe en mis promesas declaro que desde hoy queda abolido el tributo, esa exacción inventada por la codicia de los tiranos para enriquecerse a costa de vuestros sudores”

c. Igualdad como principio político Los ciudadanos deben ser hombres, propietarios y educados. Constitución de 1823: Artículo 17, a. Ser casado. b. “Sabe leer y escribir, cuya calidad no se exigirá hasta después del año de 1840”. c. Tener una propiedad

7. El debate entre liberales y conservadores Defienden el voto de los analfabetos: Mediante la educación los indios pueden convertirse en ciudadanos El régimen político necesita de bases amplias y los indios son la población mayoritaria

b. Conservadores: Rechazan el voto de los analfabetos: Los indios son inferiores por naturaleza y eso no cambia con la educación La participación política indígena y popular genera inestabilidad política pues profundiza las luchas políticas.

8. Liberalismo político sin liberalismo social Monteagudo (1823): “Después de las luces, nada determina tanto como las riquezas, el gobierno de que es capaz un pueblo. Cuando la generalidad de los habitantes de un país puede vivir independiente con el producto que le rinde el capital, hacienda o industria que posee, cada individuo goza de más libertad en sus acciones y está menos expuesto a renunciar sus derechos por temor, o venderlos a vil precio, porque así lo compra todo el poderoso al miserable”

b. En el Perú los liberales criollos revolucionaron la política pero no hicieron las reformas necesarias para constituir una sociedad liberal: Persistió la gran propiedad de la tierra (las haciendas) Las corporaciones (gremios y tribunal del consulado) siguieron regulando la vida social de segmentos de peruanos Los fueros militar y eclesiásticos

9. La transformación liberal: Luego de la guerra con Chile los se concilian con los conservadores y aprueban la ley que excluye a los analfabetos de la ciudadanía política (1895), con lo cual se reduce la política a una elite (“política de salón”). El argumento: La participación indígena y popular generaba inestabilidad política y guerras civiles porque los caudillos podían armar pequeños ejércitos para derribar violentamente a las autoridades.

10. El adiós a los liberales La conciliación de liberales y conservadores abrió un espacio para el desarrollo del anarquismo, el socialismo y el aprismo que englobaron a liberales y conservadores en la categoría de “oligarquía”. Los partidos de masas cambian la cultura y las prácticas políticas. La política sale de los salones a las calles. Aparece el cuadro político, el líder sindical y dirigente campesino.

11. La igualdad radicalizada La izquierda y el APRA asumen una igualdad socioeconómica, antes que igualdad política. Predomina la idea de una sociedad sin clases, de iguales social y económicamente. Se produce la reforma agraria del gobierno militar de Velasco Alvarado. En 1979 la izquierda y el APRA se devuelve el voto a los analfabetos.

12. ¿El retorno del liberalismo político 12. ¿El retorno del liberalismo político? El crecimiento económico neoliberal viene con un cierto renacer de la tradición liberal sobre la igualdad jurídica. Pese a todo las instituciones liberales han regulado la vida política de la sociedad peruana en estos doscientos años (Bicentenario)