Prácticas Laborales Injustas de la Unión La Ley de Relaciones Laborales- Gerenciales de Servicios Federal.

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Transcripción de la presentación:

Prácticas Laborales Injustas de la Unión La Ley de Relaciones Laborales- Gerenciales de Servicios Federal

5 U.S.C. § 7116(b)(1) Interferencia Es una violación de § 7116(b)(1) para una Unión de interferir, restringir o coaccionar a un empleado por su ejercicio de un derecho bajo la Ley.

5 U.S.C. § 7116(b)(2) Discriminación Es una práctica laboral injusta para una Unión de causar o intentar causar una Agencia de disciplinar a un empleado porque el empleado estaba realizando en actividad protegida por § 7102 de la Lay. 5 U.S.C. § 7116(b)(2); see AFGE, Local 3475, AFL-CIO, 45 FLRA 537 (1992).

5 U.S.C. § 7116(b)(3) Discriminación Es una práctica laboral injusta para una Unión de coaccionar o intentar coaccionar a un miembro de la organización, como castigo, represalia, o con el propósito de obstaculizar o impedir el desempeño del trabajo del miembro o la productividad de un empleado o al cumplimiento de los deberes de un miembro como un empleado.

5 U.S.C. § 7116(b)(4) Discriminación Es una práctica laboral injusta para una Unión de discriminar a un empleado con respecto a los términos y condiciones de la membresía en la Unión por su raza, color, credo, origen nacional, sexo, edad, estatus de funcionario público preferencial o no preferencial, afiliación política, estado civil o discapacidad.

La Prueba de Discriminación por la Unión La Autoridad aplica el mismo marco analítico establecido en Letterkenny para decidir casos de discriminación ejercida por los Uniones como ocurre en los casos de alegaciones de discriminación por parte de las Agencias. AFGE, Local 1345, 53 FLRA 1789 (1998)

Obligación de Representación Justa Bajo § 7114 de la Lay, cuando una Unión se otorga el reconocimiento exclusivo y está actuando como representante exclusivo de los empleados, es “responsable de representar los intereses de todos los empleados en la unidad que representa, sin discriminación y sin tener en cuenta la membresía en la Unión.” 5 U.S.C. § 7114(a)(1) –Esto se conoce como la “obligación de representación justa.” See NATCA, MEBA/AFL-CIO, 55 FLRA 601 (1999).

Ámbito de la Obligación La obligación de representación justa no es aplicable cuando una Unión está actuando fuera de la autoridad concedida con arreglo § 7114 de la Lay como el representante exclusivo. –Ejemplos  Presentar una demanda judicial  Procedimientos del MSPB  Procedimientos del EEOC (que no son bajo el contrato) Fort Bragg Assoc. of Educ., NEA, Fort Bragg, N.C., 28 FLRA 908 (1987); see also NTEU v. FLRA, 800 F.2d 1165, 1171 (D.C. Cir. 1986).

Cuando Membresía es un Factor Una Unión no puede discriminar en contra de los no miembros –Cuando la Unión está actuando como el representante exclusivo bajo § 7114 de la Ley –Ejemplos  Temas que se llega a través del proceso de negociaciones colectivas Antilles Consolidated Educ. Assoc., (OEA/NEA), San Juan, P.R., 36 FLRA 776 (1990).  Presentar agravios AFGE, Local 1345, Ft. Carson, Colo. (In Trusteeship) & AFGE, AFL-CIO, 53 FLRA 1789 (1998).  La distribución de ingresos procedentes de un asentamiento agravio AFGE, Local 3354, AFL-CIO, 58 FLRA 184 (2002).

La Prueba de Discriminación La Autoridad aplica el mismo marco analítico para decidir casos de discriminación contra los que no son miembros de Uniones como ocurre en los casos de denuncias de discriminación por parte de las Agencias. AFGE, Local 3354, AFL-CIO, 58 FLRA 184 (2002); AFGE, Local 1345, Ft. Carson, Colo. (In Trusteeship) & AFGE, AFL-CIO, 53 FLRA 1789 (1998); Letterkenny Army Depot, 35 FLRA 113 (1990).

Letterkenny La evidencia tiene que demostrar que: 1. El empleado se dedicaba a una actividad protegida; 2. Acción discriminatoria fue tomada contra el empleado; y 3. La actividad protegida del empleado era un factor de motivación en como y por que la Unión trato al empleado. AFGE, Local 1345, Ft. Carson, Colo. (In Trusteeship) & AFGE, AFL-CIO, 53 FLRA 1789 (1998); Letterkenny Army Depot, 35 FLRA 113 (1990).

Letterkenny Aunque la evidencia demuestra una relación entre la actividad protegida y las medidas adoptadas, no hay violación si: –había una justificación legítima para acción de la Unión; y –se habría tomado la misma acción si la actividad protegida nunca ocurrió. AFGE, Local 1345, Ft. Carson, Colo. (In Trusteeship) & AFGE, AFL-CIO, 53 FLRA 1789 (1998); Letterkenny Army Depot, 35 FLRA 113 (1990).

Acción o falta de acción de la Unión tiene que ascender a más de negligencia o ineptitud La acción de la Unión tiene que haber sido hecha arbitrariamente o en mala fe La acción de la Unión tiene que haber resultado en el trato desigual o discriminatorio de un empleado en la unidad AFGE, Local 3282, 61 FLRA 426 (2005); NFFE, Local 1453, 23 FLRA 686 (1986). Cuando Membresía NO es un Factor

Otras Prácticas Laborales Injustas de la Unión Es una práctica laboral injusta para la Unión si: –Repudian un contrato –Insisten a impasse sobre una propuesta que no es negociable. 5 U.S.C. § 7116(b)(5); see AFGE, AFL-CIO, 56 FLRA 1021 (2000); Sport Air Traffic Controllers Organ., 52 FLRA 339 (1996); AFGE, AFL-CIO, Local 1909, Fort Jackson, S.C., 41 FLRA 18 (1991).

Otras Prácticas Laborales Injustas de la Unión Es una práctica laboral injusta bajo § 7116 (b) (1) y (8) para una Unión a participar en asuntos sindicales internos durante tiempo de servicio. Ejemplos: –Solicitando a los empleados para ser miembros de la Unión –Elección de los funcionarios de la Unión –Recogiendo cuotas SEIU, Local 556, AFL-CIO, 17 FLRA 862 (1985).