PATENTE Y SUS TIPOS CONTABILIDAD III.

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Transcripción de la presentación:

PATENTE Y SUS TIPOS CONTABILIDAD III

¿Qué es una patente? Una patente es un título que otorga el Estado –a un titular– para ejercer el derecho exclusivo de comercializar un invento o invención  durante un periodo de vigencia determinado y en un territorio específico. Una invención puede protegerse a través de las siguientes modalidades: patente de invención, patente de modelo de utilidad y el secreto industrial. Para el caso del Perú, la duración de una patente de invención es de 20 años y la de la patente de modelo de utilidad, 10 años. En ambos casos, el período se cuenta desde la fecha de presentación de la solicitud

¿Por qué es importante registrar una patente? Es importante registrar una patente porque brinda protección a los adelantos tecnológicos. Si usted es el titular de una patente, sólo usted podrá explotar comercialmente la invención. La protección por patente es una recompensa a la creación o perfeccionamiento de una invención. Las patentes sirven de estímulo a la creatividad y alientan a las empresas e individuos a seguir desarrollando la nueva tecnología para poder comercializarla

REQUISITOS Para que una invención pueda ser protegida a través de una patente debe cumplir con los siguientes requisitos: Ser novedosa. Tener nivel inventivo. Tener una aplicación industrial. Contar con una descripción clara y completa de la invención. Además se debe presentar una descripción clara y completa de la invención

¿POR QUÉ PROTEGER LAS INVENCIONES POR MEDIO DE PATENTES? El sistema de patentes busca ser un motor de desarrollo que incentive la innovación y el progreso, mediante la protección jurídica de creaciones técnicas que sean novedosas, inventivas y aplicables en la industria. En un sistema de libre competencia sin privilegios exclusivos ni restricciones, la lógica de las patentes radica en incrementar las posibilidades de que el creador de una invención recupere la inversión —de tiempo, dinero y esfuerzo creativo— que le significó obtener la invención.

¿QUÉ TIPOS DE PATENTE SE PUEDEN PROTEGER EN PERÚ? Según el marco legal vigente en Perú, una invención puede ser protegida a través de una Patente de Invención o una Patente de Modelo de Utilidad - Decisión 486 de la Comunidad Andina “Régimen Común de Propiedad Industrial”.

¿EXISTE ALGÚN TIPO DE INVENCIÓN QUE NO PUEDA SER PROTEGIDA POR PATENTE? El artículo 15º de la Decisión 486 de la Comisión de la Comunidad Andina establece que no se considerarán invenciones a: a. Los descubrimientos, las teorías científicas y los métodos matemáticos; b. El todo o parte de seres vivos tal como se encuentran en la naturaleza, los procesos biológicos naturales, el material biológico existente en la naturaleza o aquel que pueda ser aislado, inclusive genoma o germoplasma de cualquier ser vivo natural; c. Las obras literarias y artísticas o cualquier otra protegida por el derecho de autor; d. Los planes, reglas y métodos para el ejercicio de actividades intelectuales, juegos o actividades económico-comerciales; f. Los programas de ordenadores o el soporte lógico, como tales; y, g. Las formas de presentar información.

¿EXISTE ALGÚN TIPO DE INVENCIÓN QUE NO PUEDA SER PROTEGIDA POR PATENTE? Así también, el artículo 20º de la Decisión 486 de la Comisión de la Comunidad Andina establece ciertas restricciones respecto a invenciones que no pueden ser patentadas, así tenemos que no serán patentables: a. Las invenciones cuya explotación comercial en el territorio del País Miembro respectivo deba impedirse necesariamente para proteger el orden público o la moral. A estos efectos la explotación comercial de una invención no se considerará contraria al orden público o a la moral solo debido a la existencia de una disposición legal o administrativa que prohíba o que regule dicha explotación; b. Las invenciones cuya explotación comercial en el País Miembro respectivo deba impedirse necesariamente para proteger la salud o la vida de las personas o de los animales, o para preservar los vegetales o el medio ambiente. A estos efectos la explotación comercial de una invención no se considerará contraria a la salud o la vida de las personas, de los animales, o para la preservación de los vegetales o del medio ambiente únicamente por razón de existir una disposición legal o administrativa que prohíba o que regule dicha explotación; c. Las plantas, los animales y los procedimientos esencialmente biológicos para la producción de plantas o animales que no sean procedimientos no biológicos o microbiológicos; d. Los métodos terapéuticos o quirúrgicos para el tratamiento humano o animal, así como los métodos de diagnóstico aplicados a los seres humanos o a animales

¿QUIÉN PUEDE SOLICITAR UNA PATENTE? En general, cualquier persona natural o jurídica puede solicitar una patente. Sin embargo, es importante mencionar que existen distintos actores que intervienen en el desarrollo de una invención y que forman parte activa durante el proceso de solicitud y las distintas etapas del procedimiento. En algunos casos, estos actores pueden ser la misma persona, pero en otros, pueden ser personas distintas. El inventor es la persona o personas que llevan a cabo el proceso de investigación o ejercen la actividad creativa para obtener una invención. Como individuos con capacidad creativa, inherente al ser humano, los inventores deben ser necesariamente personas naturales. El derecho moral sobre la invención es siempre del inventor y es por esta razón que las oficinas de patentes señalan en todas las solicitudes el nombre del inventor o inventores que crearon la idea. En los casos en que el solicitante de la patente no es el inventor, se requiere la presentación de un documento de cesión, mediante el cual el o los inventores se declaran como tales y ceden los derechos expectaticios generados por la solicitud de patente y, consecuentemente, los derechos adquiridos que pudieran generarse luego de su concesión.

¿QUIÉN PUEDE SOLICITAR UNA PATENTE? El solicitante, por el contrario, puede ser una persona natural o jurídica, y es quien pide la patente; es decir, presenta la solicitud para que la autoridad evalúe si la invención cumple con los requisitos de concesión. Además, es quien se encarga de seguir todo el procedimiento ante la autoridad, y presentar la información que sea requerida dentro de los plazos que se le indiquen. En caso de que este sea una persona jurídica (empresa, institución, etc.), deberá contar con un representante Finalmente, el titular es a quien se concede la patente y, por tanto, es su “dueño” y tiene el derecho exclusivo sobre la invención protegida. Generalmente sucede que quien solicita la patente (solicitante) se convierte en su titular, una vez otorgada la patente. Pero existen casos en que la patente es transferida, cedida o vendida a un tercero, pasando este a ser el nuevo dueño. Recordemos que una patente es como un título de propiedad sobre una invención y como tal puede ser objeto de una serie de transacciones comerciales.