“DESARROLLOS REGULATORIOS SOBRE CONTRATACIÓN PÚBLICA”

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Transcripción de la presentación:

“DESARROLLOS REGULATORIOS SOBRE CONTRATACIÓN PÚBLICA”

¿Mecanismos alternativos de solución de controversias en las contrataciones del estado y cómo han cambiado la regulación de compras en los últimos tiempos en dicha materia?

REALIDAD Y PRÁCTICA VS. LAS DISPOSICIONES NORMATIVAS

MARCO LEGAL

LEY 2051/03 “DE CONTRATACIONES PUBLICAS” DECRETO 21909/03 “QUE REGLAMENTA LA LEY 2051/03” LEY N° 1879/02 “DE MEDIACION Y ARBITRAJE”

TÍTULO OCTAVO “Mecanismos de Impugnación y Solución de Diferendos” CAPÍTULO SEGUNDO “Del Procedimiento de Avenimiento”

SOLICITUD DE INTERVENCION Los contratistas y proveedores podrán solicitar la intervención de la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas (DNCP), alegando el incumplimiento de los términos y condiciones pactados en los contratos que tengan celebrados con las Unidades Operativas de Contrataciones (UOC).

1.Cuando se tenga conocimiento de que el contrato es objeto de controversia ante una instancia judicial o arbitral. 2.Cuando las partes en un procedimiento anterior no hayan logrado un arreglo, salvo que en la nueva queja, una de las partes aportes elementos no contemplados en la negociación anterior 3.Sobre cuestiones que contravengan la Ley 2051/03, o aquellas que sean perjudiciales para el interés público, o sean manifiestamente ilícitas. EL AVENIMIENTO NO PROCEDE

1.Pedido por Escrito; 2.Nombre y domicilio del contratista o proveedor solicitante, así como el de los representantes; 3.Individualización de la Contratante; 4.Tipo de contrato; 5.Motivo del pedido de Avenimiento. LA SOLICITUD DE AVENIMIENTO DEBERÁ CUMPLIR CON LOS SIGUIENTES REQUISITOS

La solicitud de avenimiento suspende el plazo para interponer recursos administrativos o plantear demandas contencioso administrativas contra las resoluciones dictadas por las Contratantes en el ejercicio de sus prerrogativas establecidas en el artículo 55 de la ley 2051/03 De Contrataciones Públicas.

DE LA AUDIENCIA

 El día y la hora de audiencia son fijados por la DNCP.  Es presidida por un funcionario designado por el Director Nacional de Contrataciones Públicas.  La audiencia se puede realizar en varias sesiones.

 La inasistencia sin justificación por parte del proveedor o del contratista traerá como consecuencia el tenerlo por desistido de su solicitud de intervención.  La inasistencia sin justificación de los representantes de la Unidad Operativa de Contratación (UOC) dará lugar a sanciones prevista en la Ley de la Función Pública para los responsables.  De no realizarse la Audiencia se fijará nueva fecha para que la misma se lleve a cabo dentro de los cinco días calendarios siguientes.

 El procedimiento de avenimiento debe agotarse en un plazo no mayor a sesenta días hábiles, contados a partir de la fecha en que se haya celebrado la primera sesión.  Las documentaciones que la DNCP está obligada a conservar son las actas que se levanten con motivo de las audiencias, así como la de los convenios del avenimiento.

FACULTADES DEL FUNCIONARIO ENCARGADO DE LAS AUDIENCIAS

1.Determinar los puntos comunes y de controversia; 2.Proporcionar la información normativa que regule los términos y condiciones contractuales; 3.Proponer acuerdos conciliatorios; 4.Suspender o dar por terminada una sesión y fijar sesiones posteriores. La audiencia podrá realizarse en una o varias sesiones. Es funcionario designado para presidir la audiencia tiene las siguientes facultades

5.Dictar todas las determinaciones que se requieran durante el desarrollo de las mismas. 6.Permitir la presencia de un asesor por cada una de las partes. 7.Labrar acta circunstanciada al término de cada sesión, la cual será firmada por quienes intervienen en ella. Es funcionario designado para presidir la audiencia tiene las siguientes facultades

DEL CONVENIO DE AVENIMIENTO

1.El convenio respectivo obligará a las partes. Su cumplimiento podrá ser demandado por vía judicial. 2.No se pueden variar las condiciones básicas de la contratación. 3.Deberán referirse únicamente al incumplimiento de los términos y condiciones contratadas.

FORMAS DE TERMINACIÓN EL PROCEDIMIENTO

1.La celebración del Convenio respectivo. 2.La determinación de cualquiera de las partes de no conciliar. 3.Desistimiento del solicitante.

REALIDAD Y PRÁCTICA DEL PROCEDIMIENTO

Procesos Tramitados en el Ejercicio Fiscal 2015 Meses SOLICITUDES INGRESADAS DESDE ENERO 2015 A AGOSTO 2015 ENERO 11 FEBRERO 7 MARZO 11 ABRIL 12 MAYO 20 JUNIO 18 JULIO 18 AGOSTO 11 TOTAL 108

Procesos Tramitados en el Ejercicio 2014 Meses SOLICITUDES INGRESADAS DESDE ENERO 2014 A AGOSTO 2014 ENERO 26 FEBRERO 17 MARZO 24 ABRIL 20 MAYO 16 JUNIO 20 JULIO 11 AGOSTO 4 TOTAL 138

 Del total de solicitudes recepcionadas en el Ejercicio 2015, 57 (cincuenta y siete) procesos fueron cerrados con acuerdo entre las partes.-  Este procedimiento se solicita con mayor frecuencia en los contratos de obras y bienes.-  La cantidad de audiencias de avenimiento dependen de la predisposición de las partes, para avenir. Se suele cerrar con acuerdo, en dos o tres audiencias de avenimientos. Cuando no hay intención de las partes, generalmente finaliza en la primera audiencia.-

E.E.U.U. 961 c/ Tte. Fariña. Asunción, Paraguay Teléfono: