MOBBING : ACOSO AL ESTADO DE DERECHO

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Transcripción de la presentación:

MOBBING : ACOSO AL ESTADO DE DERECHO “Presente y futuro de los funcionarios de habilitación nacional. La figura del mobbing”. (Santillana del Mar, 14 y 15 de abril de 2005) COSITAL CANTABRIA Mª José Blanco Barea

INTRODUCCION Mobbing : : definición o construcción social para la globalización? Violencia, Derechos Humanos y Estado de Derecho. kelsen versus garantismo constitucional ONU ¿preparando la globalización? Estado social y democrático de derecho Estado, patriarcado y emancipación del pueblo soberano: el articulo 15 de la CE. La unicidad de derechos para la unicidad del ser humano Mobbing : acoso a la función administrativa y judicial de prevención y control de la gestión político-administrativa Abordaje multidisciplinar en la gestión y resolución de conflictos: el uso terapéutico del derecho

Mobbing : definición o construcción social para la globalización?

MOBBING ¿DEFINICION O CONSTRUCCION SOCIAL? LEYMAN El lector debe tener presente que este artículo no trata de investigar la conducta psicológica, sino las condiciones psicológicas, y las resultantes bajas por enfermedad “trabajador hostigado” (Brodsky, 1976) No es ninguna sorpresa que el gobierno sueco desee salvaguardar el presupuesto nacional de estos derroches financieros Entre finales de 1993 y principios de 1994, se promulgó el Acta de Rehabilitación Profesional Sueca. Esta ley obliga a las empresas a presentar un plan de rehabilitación profesional a la Seguridad Social cuando un empleado tiene una baja de un mes, o 6 bajas cortas durante un periodo de 12 meses. El propósito de esta norma es situar el coste de la rehabilitación en sus orígenes: allí donde condiciones de trabajo degradantes son causa de perniciosas consecuencias Toohey a “industria de la salud”, por medio de este procedimiento, se focaliza en “estar enfermo”, o en “no estar capacitado para competir en la vida laboral”, en lugar de obligar a los directivos responsables, debería hacerse, indagaciones sobre las condiciones de trabajo que producen las enfermedades

Mobbing estresor social Leyman: mobbing es un estresor social extremo, que produce reacciones de estrés, que a su vez pueden resultar estresores sociales para otros. diferente uso de la terminología relacionada con el estrés. Especialmente si el empleado desconoce cómo analizar los estresores sociales del trabajo, las personas frustradas, a su vez, pueden agraviarse unas a otras, resultando de esta manera estresores sociales los unos para los otros, y desencadenar una situación de psicoterror contra una persona concreta. La espiral del mobbing (Barón, Munduate, Blanco) La espiral jurídica del mobbing (Blanco, L.Parada, Barón) Critica al CT/34 (Blanco) ¿Cómo explicar que el mobbing no es un conflicto…? (Blanco) Mobbing, conflicto, violencia, globalización (Blanco) Mobbing acoso al Estado de Derecho

Debe resaltarse aquí que resulta trivial discutir quién causó el conflicto, o quién está en lo cierto, incluso aunque tenga interés práctico. Por el contrario, el quid está en otro sitio: Estamos discutiendo un tipo de ataque sociopsicológico que puede llevar a profundas consecuencias legales, sociales, económicas y psicológicas para el individuo. Tales consecuencias son tan graves e irreparables e impagables que debería estar muy claro que tal fenómeno, a pesar de cualquier otra área de interés, debería ser considerado básicamente como una derogación de los Derechos Fundamentales. Estos acontecimientos, desencadenan destinos trágicos, incluyendo la perdida de Derechos Fundamentales, que desde hace mucho tiempo están garantizados en la mayoría de las sociedades LEYMAN “... las distintas definiciones o descripciones existentes arrojan luz sobre algo que constituye una realidad para muchas personas en su vida laboral, a saber: la idea de que la vida laboral es inhumana, la experiencia personal de ser víctima de acoso en el lugar de trabajo, una sensación de verse excluido de la comunidad social de este entorno y de enfrentarse con exigencias insolidarias en el trabajo y carecer de la posibilidad de oponerse a ellas...” Comisión de Empleo y Asuntos Sociales y la Comisión de Derechos de la Mujer e Igualdad de Oportunidades en su Informe sobre Acoso Moral (2001/2339 (INI))

OIT OIT Trabajo Decente.1.998 Se debe analizar el amplio espectro causal de la violencia y adoptar una gama de estrategias de intervención. Con demasiada frecuencia, la respuesta a la violencia en el lugar de trabajo es limitada, episódica e inconcreta. OIT 1.998 Rechazamos la idea de que las únicas causas de la violencia en el lugar de trabajo sean individuales. Si nos movemos exclusivamente en torno a este supuesto, no lograremos evitar la reiteración de la violencia ni reprimir los actos violentos que se producen".OIT 1.998 Trabajo Decente.1.998 En febrero de 2002, se instituye La Comisión Mundial sobre la Dimensión Social de la Globalización fue instituida por la Organización Internacional del Trabajo (OIT) Es un organismo independiente creado para dar respuesta a las necesidades de las personas que resultan de los cambios sin precedentes que la globalización provoca en sus vidas, sus familias y en la sociedad donde viven. En febrero de 2004, la Comisión publica el Informe “Por una globalización justa. Crear oportunidades para todos” OIT

Violencia, Derechos Humanos y Estado de Derecho Violencia, Derechos Humanos y Estado de Derecho. kelsen versus garantismo constitucional ONU ¿preparando la globalización? Estado social y democrático de derecho

VIOLENCIA, DERECHOS HUMANOS, ESTADO DE DERECHO La Declaración Universal de los Derechos Humanos dice en su preámbulo: …que los derechos humanos sean protegidos por un régimen de Derecho, a fin de que el hombre no se vea compelido al supremo recurso de la rebelión contra la tiranía y la opresión..” Estado de Derecho: el que promueve los derechos humanos Estado de Derecho: separación de poderes, independencia y responsabilidad, sometimiento a la ley

La Declaración Universal de los Derechos Humanos dice en su preámbulo: …que los derechos humanos sean protegidos por un régimen de Derecho, a fin de que el hombre no se vea compelido al supremo recurso de la rebelión contra la tiranía y la opresión, … ¿VIOLENCIA?

CONSTITUCION ESPAÑOLA VIOLENCIA, CUESTIÓN SOCIAL Y CIENTIFICA DE SALUD COLECTIVA CONSTITUCION ESPAÑOLA

violencia " La violencia es un fenómeno sumamente difuso y complejo cuya definición no puede tener exactitud científica, ya que es una cuestión de apreciación. La noción de lo que son comportamientos aceptables e inaceptables, o de lo que constituye un daño, está influida por la cultura y sometida a una continua revisión a medida que los valores y las normas sociales evolucionan En este mundo en vertiginosa evolución, proteger la vida y la dignidad humanas exige esforzarse por lograr un consenso y establecer normas universales de comportamiento basadas en el desarrollo de derechos humanos OMS Podemos definir la violencia como una modalidad cultural, conformada por conductas destinadas a obtener el control y dominación sobre otras personas. La violencia opera mediante el uso de operaciones que ocasionan daño o perjuicio físico, psicológico o de cualquier otra índole. Incluso la violencia por omisión está vinculada con el poder que permite causardaño por no participar" "Inevitable es la agresividad, pero perfectamente evitable es la violencia    (SANMARTÍN)" Gabriela Peyrú y Jorge Corsi. "Violencias Sociales" Ariel. junio 2003

DEFINICION VIOLENCIA Y PODER VIOLENCIA: “…El uso deliberado de la fuerza física o el poder, ya sea en grado de amenaza o efectivo, contra uno mismo, otra persona o un grupo o comunidad, que cause o tenga muchas probabilidades de causar lesiones, muerte, daños psicológicos, trastornos del desarrollo o privaciones.... “O.M.S PODER SOCIAL Y VIOLENCIA: el uso deliberado del potencial de influencia en las relaciones, que cause o tenga muchas probabilidades de causar lesiones, muerte, daños psicológicos, trastornos del desarrollo o privaciones

La violencia psicológica es el robo continuado con manipulación de la identidad de otro para vencer su resistencia a ser dominado.

} q ¡vida! dependencia prueba: actos / fraude recurso valioso PODER COERCITIVO P. DE PREMIO P.PERSUASIVO P DE CONOCIMIENTO recurso valioso BASES DEL PODER ¡vida! busca controla trabajador Agente de poder } influencia PODER POSICION P.PERSONAL P.DE EXPERTO P. OPORTUNIDAD. POTENCIAL Recursos Motivación Personalidad rol agente individual/ colectivo percepcion metodos Aspectos perceptivos Aspectos motivacionales Procesos de conformodidad: .sumisión .identificación .internalización . Proceso de acción Violencia psicológica prueba: actos / fraude -Factores naturales o primarios -Factores organizacionales o secundarios (leyes) MªJose Blanco Barea 9-II-03

(contempladas por el Derecho) Persona / Persona RELACIONES JURIDICAS (contempladas por el Derecho) Persona / cosa derecho para cum plir deber sociedad para derecho para cum plir deber sociedad para derecho para cum plir deber funcion sociedad derecho para cum plir deber

Laborales en la Administración RELACIONES JURIDICAS Laborales en la Administración Persona / Persona para derecho para cum plir Deber directrices politicas objetividad para funcion sociedad

Abuso del Derecho-mobbing Cuando se abusa del derecho de manera que no solo se ejercen los derechos para tener mas derechos, sino que se priva a la otra parte de sus derechos, o se los desdibuja, se impide que esta parte ejerza sus derechos y cumpla sus obligaciones, por lo que no cumple la función social. Ninguna parte cumple la función social, por lo que se produce una Dis-fun-ción que afecta gravemente a la sociedad, que se resiente, que puede desaparecer. vacio de derechos incum plimiento deberes derecho para tener mas DISFUNCION sociedad

ESTADO DE DERECHO DERECHOS FUNDAMENTALES ¿Por qué se oculta que es delito el mobbing en España desde 1.995? SEPARACION DE PODERES

Derechos fundamentales en la CE POSITIVISMO-KELSEN DERECHOS HUMANOS-DERECHOS FUNDAMENTALES DECLARACION DERECHOS Y DEBERES HUMANOS

Estado, patriarcado y emancipación del pueblo soberano: el articulo 15 de la CE. La unicidad de derechos para la unicidad del ser humano

LA SALUD y deberes humanos Declaración sobre el derecho y el deber de los individuos, los grupos y las instituciones de promover y proteger los derechos humanos y las libertades fundamentales universalmente reconocidos Art. 18. Toda persona tiene deberes respecto de la comunidad y dentro de ella, puesto que sólo en ella puede desarrollar libre y plenamente su personalidad. 2. A los individuos, los grupos, las instituciones y las organizaciones no gubernamentales les corresponde una importante función y una responsabilidad en la protección de la democracia, la promoción de los derechos humanos y las libertades fundamentales y la contribución al fomento y progreso de las sociedades, instituciones y procesos democráticos. 3. Análogamente, les corresponde el importante papel y responsabilidad de contribuir, como sea pertinente, a la promoción del derecho de toda persona a un orden social e internacional en el que los derechos y libertades enunciados en la Declaración Universal de Derechos Humanos y otros instrumentos de derechos humanos puedan tener una aplicación plena.

DERECHOS DEBERES Artículo 1 Toda persona tiene derecho, individual o colectivamente, a promover y procurar la protección y realización de los derechos humanos y las libertades fundamentales en los planos nacional e internacional Artículo 7 Toda persona tiene derecho, individual o colectivamente, a desarrollar y debatir ideas y principios nuevos relacionados con los derechos humanos, y a preconizar su aceptación

La violencia es un complejo fenómeno social de ignorancia consentida que atenta contra la promoción de la salud individual y colectiva capaz de oponer a la dominación, un nuevo orden social.

EL EJERCICIO EXTRALIMITADO Y ABUSIVO DEL PODER EN LA ADMINISTRACIÓN, EN DERECHO ADMINISTRATIVO SE LLAMA DESVIACIÓN DE PODER. CUANDO SE EJERCE INTIMIDANDO A LOS EMPLEADOS PUBLICOS PARA QUE EMITAN SUS INFORMES, EN EL SENTIDO QUE FAVORECE AL QUE INTIMIDA O A UN TERCERO CON QUIEN TIENE RELACIÓN, SE LLAMA CORRUPCIÓN. SI LA PRESION TENDENCIOSA Y DENIGRANTE SE COVIERTE EN ACOSO PSICOLOGICO, SE LLAMA DELITO DE TRATO DEGRADANTE. PREVENIR LA CORRUPCIÓN YA NO SOLO ES CONTROLAR “EL DINERO PUBLICO”, AHORA SE TRATA DE PREVENIR LA SALUD DE LOS EMPLEADOS, SUS FAMILIAS, SU ENTORNO SOCIAL, LA SALUD COLECTIVA LA FISCALIA ANTICORRUPCION TIENE EL DEBER DE COORDINARSE CON LA DE SINIESTRABILIDAD LABORAL DESDE LA FISCALIA GENERAL DEL ESTADO HASTA EL ULTIMO JUZGADO DE RECIENTE CREACION

LA JUSTICIA ADMINISTRA LA JUSTICIA EMANA DEL PUEBLO Art. 117 CE: La justicia emana del pueblo y se administra en nombre del Rey por Jueces y Magistrados integrantes del poder judicial … sometidos únicamente al imperio de la ley Art.124 CE: El Ministerio Fiscal.. tienen como misión promover la acción de la justicia … Art. 125 CE: Los ciudadanos podrán ejercer la acción popular y participar en la Administración de Justicia mediante la institución del Jurado … LIBRO VII de la LOPJ se titula “Del ministerio fiscal y demás personas e instituciones que cooperan con la administración de justicia” TÍTULO II. De los Abogados y Procuradores. En su actuación ante los juzgados y tribunales, los abogados son libres e independientes, se sujetarán al principio de buena fe EL M. FISCAL PROMUEVE LA JUSTICIA EMANA DEL PUEBLO

EL ESTADO SOCIAL Y DEMOCRATICO DE DERECHO LIBERTAD, SEGURIDAD, IDENTIDAD, JUSTICIA, SALUD, IGUALDAD 1) CIUDADANO – ESTADO 2) SERES HUMANOS 3) SUJETO DE DERECHO

Violencia y El Manual de justicia sobre el principios básicos de justicia para víctimas de delito y abuso de poder La verdadera medida de los abusos de poder no es sólo la presencia de leyes sino [también] su aplicación en la práctica y el conocimiento actual dimensión de la victimización. No sólo en cambiar las leyes sino también en cambiar las condiciones sociales y actitudes en curso pensadas para formar un pacto de dignidad humana y respeto de los derechos humanos de acuerdo con la Declaración Universal de los Derechos Humanos y la Declaración de Principios Básicos de Justicia para las Víctimas del Delito y el Abuso de Poder  El propósito del abogado de sistema es cambiar actitudes, valores, tradiciones o leyes en armonía con los justos intereses de los implicados.

“. Todos tienen derecho a la vida, a la integridad física y moral “..Todos tienen derecho a la vida, a la integridad física y moral ..” (art. 15 Constitución Española) (¡0j0! terminología induce a error)

Mobbing : acoso a la función administrativa y judicial de prevención y control de la gestión político-administrativa

Bases del poder en el mobbing PODER LEGÍTIMO. La fuerza de O depende de los valores internalizados de P en relación al legítimo derecho de O a influir sobre P y la obligación de este de aceptar esta influencia. Las bases en las que se asienta el poder legítimo se refieren a: -Los valores culturales. -La aceptación de la estructura social. -La designación por agentes legitimizantes. ABUSO DEL PODER REFERENTE PARA EXCLUIR A LA VICTIMA a la que desafilia, y ni la victima, ni la organización, se identifican ni sienten deseos de asociarse . Antes del acoso, el trabajador depende de la parte de poder de referente, de forma que existe la necesidad de asociación y el deseo de asociarse. El acosador influyendo en las motivaciones de identidad, consigue aislar al acosado de la base del poder referente, de manera que ya no necesita la dependencia del acosado de la parte de poder (identificación) PERO depende de que el "grupo de referencia" se identifique con las motivaciones creadas por el acosador, de no asociarse con el acosado, fundamentalmente por la "sugestión de prestigio” y en la : BASE DE PODER DE COERCION

CONCEPTO DE MOBBING: PERDIDA IDENTIDAD RELACION JURIDICA LABORAL: causa, fin, objeto RELACION ANTIJURIDICA ACOSO I MªJosé Blanco Barea

SESGOS GRUPALES La conformidad a las normas del grupo : impide exponer opiniones contrarias a la mayoría. Estado agéntico (tendencia a obedecer acríticamente a un poder considerado superior) El efecto de estatus y jerarquía: valoración excesiva de estas opiniones y aportaciones. La polarización del grupo: tendencia del grupo a tomar decisiones más extremas que la media de los miembros. Pensamiento grupal grupos fuertemente orientados hacia el consenso, de opiniones monolíticas, que les lleva a conclusiones unilaterales, incorrectas o inmorales, impidiendo la apreciación realista de cursos alternativos de acción. Vagancia o indolencia social es la tendencia de los individuos en situaciones de grupo a esforzarse menos de lo que lo harían en solitario, o cuando se identifican o evalúan las contribuciones individuales. Difusión de responsabilidad los individuos tienden a no responsabilizarse personalmente de las acciones emprendidas en grupo . Decisiones mínimamente satisfactorias tendencia a identificar la primera solución mínimamente aceptable y derrochar el tiempo buscando razones para aceptarla y rechazar cualquier otra .

CONCEPTO DE MOBBING: ACOSO GRUPAL SOCIO-PSICOLOGICO DEGRADANTE RECOMPENSA I “la violencia en el lugar de trabajo suele provenir de una combinación de causas, que comprenden, tanto el comportamiento individual, como el entorno y las condiciones de trabajo, la interacción entre los compañeros, entre clientes o usuarios y trabajadores, y entre directivos y subordinados “ OIT

RELACION ANTIJURIDICA “ Frustración del fin de las relaciones laborales, como consecuencia del uso sistemático de la violencia psicológica en una organización de trabajo, contra una o varias personas, que ven alterados los presupuestos subjetivos de la causa y objeto de su contrato, así como su autoidentificación biopsicosocial, poniendo en peligro su salud, la de su entorno familiar y, finalmente, la de la sociedad ".(Blanco, L.Parada, Baron) RELACION JURIDICA LABORAL: causa; contenido esencial; otros derechos y deberes RELACION ANTIJURIDICA ACOSO I "La violencia en el trabajo quiebra la funcionalidad del lugar de trabajo, y cualquier acción que se adopte contra ella se inserta en el desarrollo organizativo de una buena empresa". OIT

Fases Jurídicas del AMT intimidación, dolo, tortura Realidad social: Violencia psicológica en el trabajo Describirla jurídicamente: se produce en el marco de relación laboral Las fases del AMT descritas por la Psicología social. EL PODER Y LA ESPIRAL DEL MOBBING TORTURA: DELITO ART. 173 Y 175 C.PENAL Exhibición del Poder Comienza el Acoso Intimidación: Temor ambiental Abuso de Poder Se abre el conflicto Dolo civil = trasgresión de la buena fe Extralimitación Acosado se doblega Candidato a la espiral Coacción Tortura c) fraude de ley Justificación de su conducta ante la Red tejida. a)Huida b) Reclamaciones a)Victimiologia b) Procesos

EL ACOSO ES UN FRAUDE DE LEY: EL ACOSADOR, AMPARADO EN LA RELACION DE TRABAJO, PRETENDE ENCUBRIR EL INCUMPLIMIENTO DE UNA NORMA BASICA: EL DEBER GENERAL DE NO DAÑAR A OTRO y EL DERECHO FUNDAMENTAL : LA INTEGRIDAD MORAL.

Abordaje multidisciplinar en la gestión y resolución de conflictos: el uso terapéutico del derecho VER OIR Y CALLAR PUEDE PROVOCAR GRAVES DAÑOS A SU SALUD Y A LA DE QUIENES LE RODEAN

Investigaciones llevadas a cabo, por ejemplo, en el Reino Unido, han demostrado que el 53 por ciento de los trabajadores ha sido víctima de coacciones en el trabajo, y que el 78 por ciento ha sido testigo de este tipo de comportamiento, que puede afectar seriamente a quienes lo padecen. Según un estudio realizado en Finlandia de los efectos de las coacciones en los trabajadores municipales, el 40 por ciento de las víctimas de coacciones se sentían "muy" o "extraordinariamente" estresadas, el 49 por ciento se sentía anormalmente fatigado en el trabajo, y el 30 por ciento se sentía "frecuente" o "constantemente" nervioso.(Leymann) Aproximadamente, entre un tercio y un quinto de las jubilaciones anticipadas, antes de los 55 años, han sufrido acosos prolongados (Leymann)

VIOLENCIA Y NEGOCIACION Violento: decisiones unilaterales del violento. Poder de “no negociación” Poder de impunidad Victima: indefensión: a) desamparo judicial b) impunidad violento, genera para la víctima la “necesidad de negociación” Negociación : a) estilos gestión de la información “competición” : lucha por ganar, se basa en no dar toda la información para que la otra parte no pueda aprovecharse de ella. b) Estilo “Coordinación-cooperación” “Firmeza-flexibilidad“, “persuasión”, “táctica critica” desde la “punitiva”, procura una negociación integradora

VIOLENCIA Y NEGOCIACION Negociación : a) estilos gestión de la información “competición” : lucha por ganar, se basa en no dar toda la información para que la otra parte no pueda aprovecharse de ella. Puede ser útil con el agente violento pero contribuye a la desinformación ante la red de acoso, autoridades y opinión pública. b) Estilo “Coordinación-cooperación” tácticas “Firmeza-flexibilidad“, “persuasión”, “táctica critica” desde la “punitiva”, procura una negociación integradora, es útil para romper la dinámica de manipulación grupal del agente violento y evitar reciclar la espiral de violencia.. “…aquellas personas, que siendo perfectamente conscientes de la dinámica de psicoterror en curso, prefieren no intervenir. Estas personas podrían ser contempladas como las que hipotéticamente podrían detener el proceso” LEYMANN

USO TERAPEUTICO DEL DERECHO - ACOSADOR/ACOSADO: Tratamiento de urgencia psico-socio-jco (PREVENCION PRIMARIA) - GRUPO (acosador+ trabajadores) / ACOSADO: (ABUSO PODER DE REFERENTE + PODER LEGITIMO + PODER DE RECOMPENSA) - (INFORMACION ILEGALIDAD + INTERVENCION DE UN TERCERO)* = ---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- USO TERAPEUTICO DEL DERECHO (Prevención secundaria y terciaria) *Inspección de Trabajo + Medico de empresa + sindicatos + asociaciones + expertos + fiscalia

La negociación contra el mobbing: INFORMACION AL GRUPO DE LA ILEGALIDAD JURIDICA - de la violencia que el agente acosador ha puesto en marcha. -de las consecuencias penales por “complicidad y encubrimiento”.”EL MOBBING ES DELITO ARTS 173 Y 175 C.PENAL” - de la utilización del grupo para fines personales por parte del acosador. INFORMACION A DIRECTIVOS, AUTORIDADES DEL ANALSIS DE LA REALIDAD CORRIGIENDO LOS SESGOS: a) La conformidad a las normas del grupo. b) Factores de personalidad c) Estado argéntico d) El efecto de estatus y jerarquía e) La polarización del grupo f) pensamiento grupal g) Vagancia o indolencia social h) Difusión de responsabilidad los individuos i) Decisiones mínimamente satisfactorias

La negociación contra el mobbing: Táctica : firmeza respecto a la violencia y flexibilidad respecto al grupo para que vuelva a aceptar al acosado en la base de poder de referente. La táctica crítica, transformar cognitivamente el contexto, crear la necesidad de negociación en el grupo, reestablecer la identidad de los trabajadores desde la defensa de sus derechos, y convenciendo al grupo que está en la espiral, del PODER que tiene, pues el ACOSADOR sin el grupo solo tiene un POTENCIAL. La táctica punitiva se desarrollará con los responsables del acoso, proporcionadamente a su participación y al arrepentimiento y reparación que ofrezcan inmediatamente. Las táctica de la resolución, entendida como un ajuste cognitivo en el que las diferencias en los intereses y las preferencias no son vivenciadas como relevantes por las personas implicadas La negociación, entendida como implicación en el logro del acuerdo sobre la cuestión en disputa: , el objetivo es siempre el de lograr una solución conjunta que satisfaga más o menos las necesidades mutuas del grupo “manipulado” “…aquellas personas, que siendo perfectamente conscientes de la dinámica de psicoterror en curso, prefieren no intervenir. Estas personas podrían ser contempladas como las que hipotéticamente podrían detener el proceso” LEYMANN

USO TERAPEUTICO DEL DERECHO Y DEFENSA CATARTICA El Derecho: Referente cultural-normativo para corregir sesgos de la violencia y dinámica de grupo.PREVENCION GENERAL DERECHO PENAL: ARTICULOS 173 Y 175 Recuperar el poder de referente que frustró el agente acosador Protección víctimas que no denuncian Instaurar unas nuevas bases de relación Rehabilitación de la víctima: fin de aislamiento Fortalecimiento del factor cultural del interés colectivo Vuelta de la víctima al grupo ; formación del grupo en prevención de la violencia psicológica Sanción a agente acosador y posibilidad de arrepentimiento-reparación de daños Intervención del tercero que facilita al grupo el ajuste cognitivo y la consecución de logros integradores

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