Peculiaridades del médico como trabajador del SNS

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Transcripción de la presentación:

Peculiaridades del médico como trabajador del SNS Carmen González Uceda Médico de Familia

Peculiaridades del médico como trabajador del SNS legislación Jornada Descanso La realidad Médico titular Médico estatutario MIR Exigencias éticas FMC

JORNADA “El descanso pertenece al trabajo como los párpados a los ojos.” Rabindranath Tagore

JORNADA: legislación Directiva 1993/104/CE: MÍNIMOS Es una directiva de MÍNIMOS Obligado cumplimiento a partir de noviembre de 1996 Ley 5/1995 Estatuto de los Trabajadores Trasposición de la Directiva europea al Derecho laboral Ley 55/2003 Estatuto Marco Trasposición de la Directiva europea al SNS 31 de julio 2006 aplicación en Andalucía

72 horas/semana de jornada en cómputo trimestral Directiva 1993/104/CE: MÍNIMOS 11 h consecutivas/24 h 24h/semana + 11h Excepciones sí Descansos compensatorios equivalentes Ley 5/1995 Estatuto de los Trabajadores 12 h entre el final y el inicio de otra jornada. No excepciones 24h/semana + 12h Jornada diaria < 9h Excepciones con régimen descansos alternativos Ley 55/2003 Estatuto Marco 12 h entre el final y el inicio de otra jornada. Jornada diaria < 12h, hasta 24h Excepciones: Trabajo a turnos, si cambio de equipo o si se suceden J ordinaria y J Complement./Especial Descanso compensatorio: La compensación se entenderá producida cuando se haya disfrutado, en cómputo trimestral, un promedio semanal de 96 horas de descanso, incluyendo los descansos semanales disfrutados, computando para ello todos los períodos de descanso de duración igual o superior a 12 horas consecutivas. Art 54 del EM 72 horas/semana de jornada en cómputo trimestral

JORNADA : pausas en la jornada Directiva 1993/104/CE: MÍNIMOS Pausa si jornada > 6 horas Ley 5/1995 Estatuto de los Trabajadores Mínimo 15 minutos. Ley 55/2003 Estatuto Marco Mínimo 15 minutos. Momento del disfrute condicionado a la asistencia.

JORNADA : jornada semanal Directiva 1993/104/CE: MÍNIMOS Jornada semanal 48h/7 días Período referencia: 4 meses. Excepciones hasta 12meses. Ley 5/1995 Estatuto de los Trabajadores Jornada semanal 40h/semana. Excepciones pactadas en convenios o contratos. Horas extras: Todas las que no son ordinarias. Máximo 80 al año (si J ordinaria menor a la habitual, disminuyen las horas extras en igual proporción). Podrán disminuirse para fomentar el empleo. Voluntarias. Retribuidas al menos como ordinarias o descansos equivalentes retribuidos. Ley 55/2003 Estatuto Marco Jornada semanal 48h/semana. J. Complementaria hasta un máximo de 48h/semana en total (promedio). Obligatorias. J. Especial: hasta 150h/año por encima de las 48h/semana. Voluntarias. Retribución: menor que la hora base.

JORNADA: tiempo de trabajo real Ley 5/1995 Estatuto de los Trabajadores 80 horas extras/año. 1 año = 1 año Ley 55/2003 Estatuto Marco JC: 764 horas extras/año. 63% nocturnas y 36% fin semana y festivos. 1 año = 1,5 años JE: 889 horas extras/año. 1 año = 1,7 años Un médico que trabaje 30 años ha realizado tantas horas de jornada como otro trabajador durante 45 años

JORNADA : trabajo nocturno Directiva 1993/104/CE: MÍNIMOS Período > 7 horas. Incluirá siempre de las 0h a 5h. Trabajador nocturno: >3h de su trabajo diario en ese horario o una parte de su trabajo a definir por el estado miembro. Jornada < 8 horas/día Ley 5/1995 Estatuto de los Trabajadores Período 8 horas (22.00h a 6.00 h). Trabajador nocturno: >3h de su trabajo diario en ese horario o un 1/3 de su jornada anual en período nocturno. No horas extras. Ley 55/2003 Estatuto Marco Período 7 horas (23.00 a 6.00h).

JORNADA : ritmo de trabajo Directiva 1993/104/CE: MÍNIMOS Adecuación del trabajo a la persona Ley 5/1995 Estatuto de los Trabajadores Ley 55/2003 Estatuto Marco N0 5 minutos por paciente

El trabajo sin prisa es el mayor descanso para el organismo. Gregorio Marañon

Adecuación del trabajo a la persona “Se deben establecer límites en el tiempo que un médico realiza una actividad asistencial sin una pausa de descanso,… Se debe denunciar que con frecuencia estas condiciones básicas, tanto en la dedicación de tiempo al paciente como en la prolongación de la consulta atendida por un solo médico, están siendo gravemente ignoradas, con el correspondiente riesgo para la seguridad de los pacientes y de los facultativos” Comisión Central de deontología del Consejo General de Colegios Médicos de España

MIR 7 guardias 35 h JO + 25h JC = 60 horas/semana Directiva 2003/88/CE: MÍNIMOS Jornada semanal máxima: 48h/semana. Moratoria de 5 años 3 años: 58h/semana. 2 años : 56h/semana. 6º año: 52h/semana. Fin 1-08-2010 RD 1146/2006 Descanso 12 horas entre jornadas. Descanso semanal: tras 24 horas tendrá un descanso de 12 horas salvo… Jornada semanal < 37,5h/semana. No más de 7 guardias/mes Excepciones: descansos compensatorios del Estatuto Marco. MIR 7 guardias (5 laborables + 2 fin semana) = 109 horas/mes 35 h JO + 25h JC = 60 horas/semana

JORNADA: EL MÉDICO TITULAR APD 335 días al año durante 24 horas al día= 8040 horas 1 año de trabajo de un médico titular equivale a 5,22 años de otro trabajador 10 años de trabajo de un médico titular equivalen a 52 años de otro trabajador

EL MÉDICO ESTATUTARIO con plaza MIR: hasta 9 guardias /mes sin descanso tras la guardia. 65-70h/semana. 31 horas de jornada continuada hasta 2006 (Andalucía) Zonas rurales: hasta 79 horas continuadas. 60-65 horas/semana. Desde 2006: 48 horas/semana legisladas. Actualmente se incumple el máximo de 48horas/semana repetidamente. No hay descansos compensatorios

EL MÉDICO ESTATUTARIO eventual Contrato 1 por 2 ó por 3 Contratos de jornada complementaria Contratos a tiempo parcial Los contratos basura

MÉDICO EXIGENCIAS ÉTICAS Altruismo Integridad Honradez Veracidad Empatía Mejora continua Transparencia Servicio MÉDICO Respeto Diligencia Lealtad Prudencia Competencia Solidaridad Valentía Responsabilidad

FORMACIÓN MÉDICA CONTINUADA “Es tan vana la esperanza de que se llegará sin trabajo y sin molestia a la posesión del saber y la experiencia, cuya unión produce la sabiduría, como contar con una cosecha donde no se ha sembrado ningún grano." Benjamín Franklin.

FORMACIÓN MÉDICA CONTINUADA Adquisición mantenida de conocimientos, habilidades y actitudes a partir de que el médico termina el postgrado y a lo largo de toda su vida profesional. CONCIMIENTOS ACTITUDES HABILIDADES ACREDITACIÓN CERTIFICACIÓN COMPETENCIAS

FORMACIÓN MÉDICA CONTINUADA Objetivos Mejorar la calidad de la asistencia Mejorar los resultados en salud Características Orientación a la mejora continua NO TIENE FIN

UN MES DE UN MIR EN 2011 50h/semana 58,7 h/ semana 119h jornada ordinaria 99h jornada complementaria 9h fmc en la jornada ordinaria 12h fmc presencial fuera de jornada 26h fmc no presencial fuera de jornada 50h/semana 58,7 h/ semana 80,85% fmc fuera de jornada

FMC: requisitos Sosiego Tiempo Descanso

CALIDAD DE LA ASISTENCIA DESARROLLO PROFESIONAL Y PERSONAL TIEMPO DESARROLLO PROFESIONAL Y PERSONAL

Vocación de servicio vs vocación de explotación: lo que la gente no quiere entender. Dr Cristián Contreras

Oh Dios, llena mi alma de amor por mi arte y por todas las criaturas…. Haz que sea moderado en todo, pero insaciable en mi amor por la ciencia. Aparta de mí la idea de que lo puedo todo. Dame la fuerza, la voluntad y la ocasión para ampliar cada vez más mis conocimientos. Que pueda hoy descubrir en mi saber cosas que ayer no sospechaba, porque el arte es grande pero el espíritu del hombre puede avanzar siempre más adelante. Moshé Ben Maimón s. XII

Y esto es todo Muchas gracias

JORNADA : jornada diaria Directiva 1993/104/CE: MÍNIMOS 11 h descanso consecutivas/24 h Excepciones sí, con descansos compensatorios equivalentes. Ley 5/1995 Estatuto de los Trabajadores J. ordinaria < 9 horas Excepciones sí, siempre respetando el descanso entre jornadas. Ley 55/2003 Estatuto Marco J. ordinaria < 12 h ininterrumpidas. Excepcional: hasta 24 h. Los descansos serán ampliables por negociación sindical.

JORNADA : descanso semanal Directiva 1993/104/CE: MÍNIMOS 24 h más 11h del descanso diario. Período de referencia: 14 días Si estuviera justificado sólo 24h. Excepciones sí, siempre con descansos compensatorios equivalentes. Trabajo a turnos, cuando cambie de equipo. Ley 5/1995 Estatuto de los Trabajadores 12 h entre el final y el inicio otra jornada. Excepciones NO Ley 55/2003 Estatuto Marco Media de 24h/semana más el descanso diario. Período de referencia: 2 meses Excepciones sí. “Descansos compensatorios”