5° CONGRESO INTERNACIONAL PARA LA GESTION DE RIESGOS DEL TRABAJO Inea – INSTITUTO DE ERGONOMIA ARGENTINO 9, 10 y 11 de Agosto La Constitución Nacional – las leyes de presupuestos mínimos la responsabilidad en materia civil y ambiental. 2. El daño ambiental y el riesgo, su evaluación como herramienta. 3. Los pasivos ambientales. 4. Recomposición. 5. Conclusión.
Todos los habitantes gozan del derecho a un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometer las de generaciones futuras; y tienen el deber de preservarlo. El daño ambiental generará prioritariamente la obligación de recomponer, según lo establezca la ley. Las autoridades proveerán a la protección de este derecho, a la utilización racional de los recursos naturales, a la preservación del patrimonio natural y cultural y de la diversidad biológica, y a la información y educación ambientales. Corresponde a la Nación dictar las normas que contengan los presupuestos mínimos de protección y a las provincias, las necesarias para complementarlas, sin que aquéllas alteren las jurisdicciones locales. Se prohíbe el ingreso al territorio nacional de residuos actual o potencialmente peligrosos, y de los radiactivos. CONSTITUCION NACIONAL Artículo 41 :Derecho al ambiente
ARTICULO 41 Primera parte: Derecho a un ambiente:sano, equilibrado y apto para el desarrollo humano. Segunda parte: Obligación de preservarlo: utilización racional de recursos naturales, preservación del patrimonio natural y cultural, información y educación Tercera parte: Dicatado de PRESUPUESTOS MÍNIMOS de protección Asi las leyes avanzan sobre: Definición de daño Creación del instituo del seguro ambiental y los fondos de reparación y compensación Incorpora la noción de RIESGO
Leyes presupuestos mínimos Ley 25612: Gestión integral de residuos industriales y actividades de servicio Ley 25675: General del ambiente Ley 25670: Gestión y eliminación de PCB Reglamentación Sentencias
Residuo se fija en base a su nivel de riesgo Seguros y fondos de restauración y compensación ARTICULO 22 Toda persona física o jurídica, pública o privada, que realice actividades riesgosas para el ambiente, los ecosistemas y sus elementos constitutivos deberá contratar un seguro de cobertura con entidad suficiente para garantizar el financiamiento de la recomposición del daño que en su tipo pudiere provocar y asimismo, según el caso y las posibilidades, podrá integrar un fondo de restauración ambiental que posibilite la instrumentación de acciones de reparación Reparación patrimonial-Derecho civil-Individuo Recomposición del ambiente-Derecho ambiental-Sociedad
DAÑO –RIESGO Y SU EVALUACIÓN Cuantificación incierta Incertidumbre: -análisis de riesgo -costos económicos involucrados -incidencia sobre actividad productiva Limitación de responsabilidad y fijación de topes indemnizatorios
DAÑO AMBIENTAL: Toda alteración relevante que modifique negativamente el ambiente, sus recursos el equilibrio de los ecosistemas o los bienes o valores colecivos. Personal, patrimonial y económico Ecológico puro
Características: Número de víctimas Autores indeterminados Actividades tecnológicas Graves mediata o inmediatamente 1° Gestión adecuada de minimización de riesgos 2° Reparación de daños 3° Indemnizar
HERRAMIENTAS PARA MINIMIZAR: ISO IRAM 3800 Análisis de riesgo Comunicación de riesgos eIA Investigaciones corporativas Due dilligence Auditorías riesgo administrativo y judicial
ROL DEL ESTADO JUSTICIA AMBIENTAL CERCLA DIRECTIVA UE 2004/35 El riesgo al ambiente es inherente a cualquier actividad, la pregunta es cómo minimizamos el riesgo de un evento dañoso a fin de que, si se produce un daño no haga inoperante cualquier mecanismo de restauración. La evaluación de técnicas de administración de riesgos comprende tanto los mecanismos o medidas de control (prevención) como las medidas de financiamiento de riesgo (seguro)
Mecanismos de prevención de riesgos Mecanismos de transferencia de riesgos: SISTEMA INTEGRAL DE GARANTÍAS Seguros Fondos Pools Fideicomisos Autoseguro
PASIVO AMBIENTAL Es un legado de contaminación asociado a obligaciones exigibles, es el daño ambiental que afecta un predio o que para poder estar en el comercio o dársele un fin distinto al que venía dándosele requiere de forma insoslayable que ese perjuicio sea reparado.
ESTUDIOS Análisis de riesgo Uso futuro del bien afectado (determinante de la remediación a llevar a cabo) Conocimiento de la legislación Conocimiento de alternativas tecnológicas de remediación (puede no haberla) Costos Tiempo (quizá excede el del negocio en vista
RECOMPOSICION Reparar-reponer-sustituir e indemnizar -Pocos parámetros legales y técnicos -Aspectos económico: Factor estimativo del riesgo potencial y costo recuperación del área Factor de costo para cubrir el siniestro y/o la póliza. -Quantum indemnizatorio:caps
CONCLUSIONES Guias y procedimientos de respuesta Esquema: Naturaleza de los contaminantes Toxicidad Concentraciones Selección de parámetros Estrategias de muestreo Metodología de análisisTecnologías aplñicables a restauración Análisis de riesgo a la salud humana y al medio Normas a aplicar Vulnerabilidad de poblaciones y ecosistemas expuestos Marcos legales con guías de calidad y límites admisibles
MUCHAS GRACIAS BUENAS TARDES