Participación en el ministerio de la Palabra Divina

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Transcripción de la presentación:

Participación en el ministerio de la Palabra Divina Participación en el ministerio de la Palabra Divina. Predicación de la Palabra de Dios. Formación catequética. Actividad misional P. Juan María Gallardo www.oracionesydevociones.info

Participación en el ministerio de la Palabra Divina Es un D y un deber de todos los fieles. Principalmente para los Obispos (CD 12). La jerarquía tiene una misión pública. Los religiosos: D y deber como todo bautizado y de una manera peculiar –c 758-; pueden ser llamados por el obispo para determinadas labores pastorales (ej.: párroco).

Predicación de la Palabra de Dios C 762 (PO 4): El anuncio autorizado de la Palabra de Dios en los lugares sagrados se realiza por los que recibieron el Sacramento del Orden. Los Obispos tienen el D de predicar; los presbíteros y diáconos la facultad de predicar en todas partes y NO necesitan una capacidad especial NI recibir la autorización del Obispo del lugar.

C 762-764: Sin embargo, predicarán bajo la dependencia y en comunión con los Obispos. Esta función NO está inseparablemente unida al ordo; nada impide que puedan ejercerla los fieles sin ordenar: c 766. Solo puede realizarse este ministerio con la missio canonica.

Formación catequética C 767,2: La homilía está reservada a los ministros sagrados. C 768: Contenido de la predicación. C 772: El obispo dará las directivas y orientaciones. Formación catequética Por catequésis se entiende la enseñanza de la doctrina cristiana dada generalmente de

modo orgánico y sistemático, con miras a la iniciación en la plenitud de la vida cristiana. Es una obligación de todos; especialmente de los padres: c 774,2. Una importante labor del párroco… Los textos para la enseñanza: a nivel universal deberán estar autorizados por la Santa Sede; a nivel particular por el Obispo y, a tenor del D, por la Conferencia Episc.

El Catecismo de la Iglesia Católica Itinerario Petición de la Asamblea Extraordinaria del Sínodo de Obispos de 1985. En 1986 se constituyó una Comisión de 12 cardenales y obispos, presidida por el Cardenal J. Ratzinger. Un comité de redacción de 7 obispos de diócesis, expertos en teología y catequesis trabajó junto a la comisión. Elaboraron 9 versiones sucesivas. El proyecto fue objeto de amplia consulta.

Finalizó el 7 de diciembre de 1992, con su publicación. La Editio typica fue preparada una Comisión interdicasterial, constituida en 1993.; estuvo presidida por el Cardenal J. Ratzinger, La Editio typica fue aprobada y promulgada el 15 de agosto de 1997, por el Papa. El día 8 de septiembre de 1997, Juan Pablo II, en un acto solemne en Castelgandolfo, la presentó a toda la Iglesia católica.

CONSTITUCIÓN APOSTÓLICA «FIDEI DEPOSITUM» (11 de octubre de 1992) PARA LA PUBLICACIÓN DEL  CATECISMO DE LA IGLESIA CATÓLICA JUAN PABLO II

Intención y finalidad del C. V Intención y finalidad del C.V.II: poner de manifiesto la misión apostólica y pastoral de la Iglesia; debía ante todo esforzarse serenamente por mostrar la fuerza y la belleza de la doctrina de la fe . El 25 de enero de 1985: Se realizó la asamblea extraordinaria del Sínodo de los obispos, con ocasión del vigésimo aniversario de la clausura del Concilio. Objetivo:Dar gracias y celebrar los frutos espirituales del concilio Vaticano II,

profundizar su enseñanza para lograr una mayor adhesión a la misma y difundir su conocimiento y aplicación. En esa circunstancia, los padres sinodales afirmaron: "Son numerosos los que han expresado el deseo de que se elabore un catecismo o compendio de toda la doctrina católica, tanto en materia de fe como de moral, para que sirva casi como punto de referencia para los catecismos o compendios que se preparan en las diversas regiones. La presenta

ción de la doctrina debe ser bíblica y litúrgica, y ha de ofrecer una doctrina sana y adaptada a la vida actual de los cristianos" . Estructura: El Catecismo toma la estructura "antigua", tradicional, ya utilizada por el catecismo de san Pío V, distribuyendo el contenido en cuatro partes: 1.Credo; 2. Sagrada Liturgia, con los sacramentos; 3. El obrar cristiano, expuesto a partir del Decálogo; 4. La oración cristiana.

Con todo, al mismo tiempo, el contenido se expresa a menudo de un modo "nuevo", para responder a los interrogantes de nuestra época. El Catecismo de la Iglesia católica es una exposición de la fe de la Iglesia y de la doctrina católica, comprobada o iluminada por la sagrada Escritura, la Tradición apostólica y el Magisterio de la Iglesia .

JP II lo consideró un instrumento válido y legítimo al servicio de la comunión eclesial, y una regla segura para la enseñanza de la fe. Este Catecismo se les entrega para que les sirva como texto de referencia seguro y auténtico. Pido a los pastores de la Iglesia, y a los fieles, que acojan este Catecismo con espíritu de comunión y lo usen

asiduamente en el cumplimiento de su misión de anunciar la fe y de invitar a la vida evangélica. Se ofrece, también, a todos los fieles que quieran conocer más a fondo las riquezas inagotables de la salvación. El CIC se ofrece, por último, a todo hombre que nos pida razón de la esperanza que hay en nosotros y que

desee conocer lo que cree la Iglesia católica . Está destinado a favorecer y ayudar la redacción de los nuevos catecismos de cada nación, teniendo en cuenta las diversas situaciones y culturas, pero conservando con esmero la unidad de la fe y la fidelidad a la doctrina católica.

CARTA APOSTÓLICA « LAETAMUR MAGNOPERE » CON LA QUE SE APRUEBA Y PROMULGA LA EDICIÓN TÍPICA LATINA DEL CATECISMO DE LA IGLESIA CATÓLICA Castelgandolfo,15-VIII-1997

Con esta Carta apostólica apruebo y promulgo, la publicación de la edición típica latina del Catecismo de la Iglesia Católica. Se convierte así en el texto definitivo de dicho Catecismo. Esto sucede a casi cinco años de distancia de la constitución Fidei depositum , del 11 de octubre de 1992,

Esta edición la ha preparado una Comisión interdicasterial, constituida en 1993. Estuvo presidida por el cardenal J.Ratzinger, Dedicó particular atención al examen de las propuestas de modificación, que llegaron de varias partes del mundo y de diferentes componentes del ámbito eclesial.

“El concurso de tantas voces expresa verdaderamente lo que se puede llamar “sinfonía” de la fe” (Constitución Apostólica Fidei depositum, 2). La catequesis encuentra un camino plenamente seguro para presentar con renovado impulso al hombre de hoy el mensaje cristiano en todas y cada una de sus partes.

Todos hemos podido constatar felizmente la acogida positiva general y la vasta difusión que el Catecismo ha tenido durante estos años. Ojalá que, gracias al compromiso concorde y complementario de todos los sectores que componen el pueblo de Dios, el Catecismo sea conocido y compartido por todos, para que se refuerce y extienda hasta los confines del mundo la unidad en la fe.

“Dirijo una apremiante invitación a mis venerados hermanos en el episcopado, principales destinatarios del Catecismo de la Iglesia católica, para que, aprovechando la valiosa ocasión de la promulgación de esta edición latina, intensifiquen su compromiso en favor de una mayor difusión del texto y, sobre todo, de su acogida positiva, como don privilegiado para las comunidades encomendadas a ellos, que así podrán redescubrir la inagotable riqueza de la fe”.

El Catecismo de la Iglesia Católica Presentación de +José Manuel Estepa Llaurens El camino de elaboración del Catecismo comenzó con la petición presentada al Papa, por la Asamblea extraordinaria del Sínodo de Obispos de 1985, de que se redactara un Catecismo para toda la Iglesia. Finalizó el 7 de diciembre de 1992, con su publicación. El día 8 de septiembre de 1997, Juan Pablo II, en un acto solemne en Castelgandolfo, presentó a toda la Iglesia católica esta Editio typica, que él mismo había aprobado y promulgado el 15 de agosto de aquel año.

El texto de la Editio typica respeta fielmente los contenidos del texto original francés de 1992. Éste ha sido difundido en más de ocho millones de ejemplares, traducido y publicado en más de treinta lenguas; en otra veintena de lenguas estaba también traducido, en espera de la publicación del texto latino. En diciembre de 1992, al mismo tiempo que

La edición francesa aparecieron las versiones española e italiana, que han sido de las más difundidas. A la edición típica latina, deben conformarse todas las traducciones, inclusive las ya publicadas. El texto español fue mejorado con correcciones que no son numerosas ni sustanciales. (Las correcciones en cuanto a contenidos se reducen a cuatro o cinco

puntos de la parte moral del Catecismo, que se ajustan sobre todo a formulaciones más perfiladas respecto a cuestiones morales, tal como las ha propuesto Juan Pablo II a los fieles de todo el mundo en su encíclica Evangelium vitae). En otoño de 1997, se procedió a un trabajo muy riguroso de preparación de la nueva edición española, ajustada con toda fidelidad al texto latino, con sus enmiendas

La Actividad Misional enriquecimientos. Esta labor ha sido lenta y ha absorbido muchos meses a cinco o seis personas. La Actividad Misional C 786: Medio por el que se implanta la Iglesia en pueblos o grupos en los que aún no está enraizada. a) Régimen jurídico de los territorios de misión

El D misional es un D de naturaleza especial –extracodicial- El D misional es un D de naturaleza especial –extracodicial-. Es un D de facultades (habitualmente a religiosos en territorios de misión). El Cód ´17 le dedicaba tres cánones. C 786: Territorios de misión son aquellos que no están provistos de fuerza y medios suficientes para realizar por sí mismos la tarea de evangelizar. Con el nuevo Cód se tiende a equiparar el territorio de misión a las diócesis…

Pero siguen existiendo circunstancias especiales que se rigen por las instrucciones QUUM HUIC (8-XII-69) y RELATIONES IN TERRITORIIS (24-II-69). Un primer régimen posible de estos territorios es el de COMISIÓN mediante los ACUERDOS entre la Santa Sede y un instituto misional. La cabeza, con potestad vicaria, es nombrado por la Santa Sede a propuesta del instituto. Generalmente constituidos como Vicariatos o Prefecturas Apostólicas.

Un segundo régimen es el MANDATO: En una diócesis en territorio misional el Obispo puede pedir a la Santa Sede que establezca un mandato por el que un instituto misionero se ocupe de determinados ámbitos eclesiásticos (acuerdo entre el Obispo, la Santa Sede y la Orden). Con la erección de un territorio misional en diócesis se realizan acuerdos entre los Obispos y los Moderadores de los Institutos Misioneros.

b) Responsabilidad misional Al principio fueron diversos países de Europa (Ej.: España y Portugal para América). Luego el Romano Pontífice y la Curia Romana. A lo largo de este s XX podemos decir que la responsabilidad ha recaído sobre toda la Iglesia, pues Ella es misionera por su propia naturaleza… (AG 2). Todos los fieles están obligados a cooperar en la obra misionera.

Todos los obispos deben tener especial solicitud por las misiones (han sido consagrados para la salvación del mundo entero AG 36 y 38). La dirección y coordinación universal corresponde al Romano Pontífice -que ejerce ordinariamente su función a través de la Congregación de los Pueblos o Propaganda Fidei- y el Colegio Episcopal. c) Los catecúmenos C 206 y LG 14: Son aquellos que, movidos por

el Espíritu Santo, solicitan explícitamente ser incorporados a la Iglesia y que, por este (motivo) deseo están unidos a Ella. Con esta manifestación de voluntad nace una relación jurídica (con sus respectivos D y deberes) entre el catecúmeno y la Iglesia. Esta relación jurídica será regulada por la Conferencia Episcopal: c 788,3.