“Reformas a la Ley Aduanera”

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Transcripción de la presentación:

“Reformas a la Ley Aduanera” Gilberto Sodi Corona Noviembre 2013

Considerandos e Intención Objetivo explícito: facilitar las operaciones de comercio internacional, pero con énfasis en mantener el control. Actualización e incorporación de mejores prácticas y procesos en materia aduanera.

Despacho Aduanero Despacho aduanero en lugar distinto al autorizado, con independencia de la naturaleza o volumen de las mercancías, previa solicitud del interesado. La modificación en cuestión da mayor sustento (¿redundancia?) a lo actualmente establecido en el Art. 19. Reforma al Art. 10

Despacho Aduanero Permitir que los particulares promuevan directamente el despacho aduanero de sus mercancías sin la intervención obligatoria de agentes aduanales. La intervención del agente aduanal será opcional. Antecedente: la figura del apoderado aduanal.

Apoderado Aduanal Derogación de la Sección que regula la figura del apoderado aduanal. Los importadores y exportadores podrán directamente tramitar sus pedimentos a través de su firma electrónica (o sello digital designando a un representante). Derogación: Sección Segunda, del Capítulo Único, del Título Séptimo de la Ley Aduanera

Patentes En este mismo contexto, en materia de otorgamiento de patentes, de derechos y obligaciones de los agentes aduanales, así como los procedimientos de cancelación, suspensión y extinción de patentes aduanales, se reforman los Arts. 159, 164, 165 y 166. Mediante convocatoria se podrá concursar para obtener patente de agente aduanal.

Transporte Ferroviario Con el fin de promover el uso del transporte ferroviario, se modifica al Art. 11 El Art. 106 se adiciona a efecto de permitir la importación temporal de locomotoras y equipo especializado hasta por diez años, así como su cambio de régimen aduanero (actualmente sólo se permite la importación temporal de carros de ferrocarril).

Recinto Fiscalizado Estratégico   Se reforma al artículo 14-D para habilitar recintos fiscalizados estratégicos en todo el territorio nacional (aun y cuando los inmuebles no colinden con los recintos fiscales). Régimen facilitador del comercio internacional, a través no sólo del almacenamiento, sino también de la exhibición, transformación e incluso comercialización en un centro logístico especializado en comercio exterior.

Recinto Fiscalizado Estratégico Se podrá destinar al régimen de recinto fiscalizado estratégico mercancías que, estando en depósito ante la aduana, el importador desee acondicionarlas, conservarlas o modificarlas para su comercialización (sin retirarlas de la aduana). Con ello se permitirá que mercancías que estén en riesgo de caer en abandono, continúen bajo control aduanero, dando certidumbre a los importadores .   Reforma a los Arts. 25 y 135-A

Sistema Electrónico Aduanero Marco jurídico para sustentar al sistema electrónico aduanero, que permita a los usuarios efectuar todos los trámites de importación y exportación de mercancías. Procedimiento para realizar el despacho aduanero con documentos digitales y electrónicos, empleando firmas electrónicas y sellos digitales (sustituyendo la presentación física de documentos, facilitando el trámite y pretendiendo inhibir el uso de documentos falsos). Certeza jurídica al definir conceptos relacionados con el despacho electrónico. Reforma al Art. 36 y la adición de un numeral 36-A.

Sistema Electrónico Aduanero Certidumbre a la VUCEM y cuya reglamentación se encuentra soportada en Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior. Incorporar una declaración electrónica relativa al valor de las mercancías (sustituyendo a la Manifestación de Valor en Aduana). Notificaciones en forma electrónica.

Reconocimiento Aduanero Análisis de Riesgo e Inspección no Intrusiva Reconocimiento aduanero único y la realización del mismo mediante el uso de tecnología no intrusiva. Eliminación de los artículos de Ley concernientes al segundo reconocimiento aduanero.

Rectificación de Pedimentos Rectificar el pedimento, tanto antes como incluso con posterioridad a la activación del mecanismo de selección automatizado. Mediante autorizaciones para aquellos supuestos específicos que dé a conocer el SAT mediante reglas de carácter general.

Importaciones Temporales Posibilidad de cambiar el régimen sin previa autorización. Ello implicará no limitar el ejercicio de tal derecho sólo por lo que se refiere al cambio de régimen temporal a definitivo por parte de empresas IMMEX. Posibilidad de regularizar mercancías importadas temporalmente, aun estando vencido su plazo de legal estancia en el país. Reforma a los Arts. Art.93.y al 101

Sanciones Oportunidad de pagar créditos fiscales con reducción de 50% de la multa. Ello siempre que se realice el pago previo a la notificación de la resolución por la que se imponga la sanción (y que la multa no derive de la omisión de contribuciones o cuotas compensatorias y en los supuestos en que no procede el embargo precautorio). Adición F. V al Art. 199

Cooperación con autoridades aduaneras de otros países Debido a la interacción con el resto del mundo y los acuerdos de cooperación, se fortalecieron esquemas de intercambio de información. Facilitar la coordinación con autoridades extranjeras para permitir el intercambio de información por medios electrónicos. Objetivo: combatir infracciones aduaneras, contrabando, introducción de productos prohibidos, triangulación de origen, la subvaluación, y la sobre valoración, entre otros ilícitos. Reforma a los artículos 143 y 144