NO COMETERÁS ADULTERIO NO COMETERÁS ACTOS IMPUROS

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Transcripción de la presentación:

NO COMETERÁS ADULTERIO NO COMETERÁS ACTOS IMPUROS SEXTO MANDAMIENTO: NO COMETERÁS ADULTERIO NO COMETERÁS ACTOS IMPUROS

Dios ha creado al hombre como varón y mujer. Con igual dignidad perso- nal y ha inscrito en él la vocación del amor y de la comunión. Corresponde a cada uno aceptar la propia iden- tidad sexual, reconocien- do la importancia de la misma para toda la persona, su especifici- dad y complementariedad.

La castidad es la po – sitiva integración de la sexualidad en la persona. La sexualidad es ver- daderamente huma- na cuando está inte- grada de manera justa en la relación de per- sona a persona. La castidad es una virtud moral, un don de Dios, una gracia y un fruto del Espíritu Santo.

La virtud de la castidad supone la adquisición del dominio de sí mismo, como expresión de liber- dad humana destinada al don de uno mismo. Para este fin, es necesaria una integral y permanente educa- ción que se realiza en etapas graduales de crecimiento.

Son numerosos los medios de de que disponemos para vivir la castidad: la gracia de Dios, la ayuda de los sacramentos, la oración, el conocimiento de uno mismo. La práctica de una ascesis adaptada a las diversas situaciones. El ejercicio de las virtudes morales, en par- ticular de la templanza, que busca que la razón sea la guía de las pasiones.

Todos, siguiendo a Cristo, mode- lo de castidad, están llamado a llevar una vida casta según el propio estado de vida. Unos viviendo en la virginidad o en el celibato consagrado, modo eminente de dedicarse más fácilmente a Dios, con corazón indiviso Otros, si están casados, viviendo la castidad conyugal. Los no casados, practicando la castidad en la continencia.

Son pecados graves contra la castidad: el adulterio, la mas- turbación, la fornicación, la pornografía, la prostitución, el estupro y los actos homose- xuales. Estos pecados son expresión del vicio de la lujuria. Si se cometen contra menores, estos actos son un atentado aún más grave contra su integridad física y moral.

Aunque en el texto bíblico del Decálogo se di- ce “no cometerás adulterio” ( Exodo 20,14), la Tradición de la Iglesia tiene en cuenta to- das las enseñanzas morales del Antiguo y del Nuevo Testamento, y considera el sexto man- damiento como referido al conjunto de todos los pecados contra la castidad.

Las autoridades civiles, en cuanto obligadas a promover el respeto a la diognidad de la per- sona humana, deben contribuir a crear un am- biente favorable a la castidad. Impidiendo, mediante leyes adecuadas, algunas de la graves ofensas a la castidad antes mencionadas, en orden sobre todo a proteger a los menores y a los más dé- biles.

Los bienes del amor conyugal, que para los bautizados está santificado por el sacramento del Ma- trimonio, son: La unidad, la fideli- dad, la indisolubili- dad y la apertura a la fecundidad.

El acto conyugal tiene un doble significado: De unión ( la mutua do- nación de los cónyuges), Y de procreación ( aper- tura a la transmisión de la vida ). Nadie puede romper la conexión insepara- ble que Dios ha querido entre los dos signi- ficados del acto conyugal, excluyendo de la relación el uno o el otro.

La regulación de la na- talidad es objetiva – mente conforme a la moralidad cuando se lleva a cabo por los esposos sin imposicio- nes externas. No por egoísmo, sino por motivos serios; y con métodos conformes a los criterios objetivos de la moralidad, esto es, mediante la continen- cia periódica y el recurso a los períodos de infecundidad.

Es intrínsecamente in- moral toda acción que, bien en previsión del acto conyugal o en su realización, o bien en el desarrollo de sus con- secuencias naturales, se proponga como fin o como medio, impedir la procreación. Por ejemplo la esterilización directa o la contraconcepción.

La inseminación y la fecun- sación artificial son inmo- rales porque disocian la procreación del acto conyu- gal, instaurando así un do- minio de la técnica sobre el origen y sobre el destino de la persona hu- mana. La inseminación y la fecundidad heterólo- ga, mediante el recurso que implican una persona extraña a la pareja conyugal, lesio- nan el derecho del hijo a nacer de un padre y de una madre conocidos.

El hijo es un don de Dios, el don más grande del ma – trimonio. No existe el derecho a te – ner hijos ( un hijo preten- dido a toda costa ). Si existe, en cambio, el derecho del hijo a ser fruto del acto conyugal de sus padres. También el derecho a ser respetado como persona desde el momento de su concep – ción.

Cuando el don del hijo no les es concedido, los esposos, des- pués de haber agotado todos los legítimos recursos de la medicina, pueden mostrar su generosidad mediante la tutela o adopción. O bien realizando servicios significativos en beneficio del prójimo. Así ejercen una preciosa fecundidad espi- ritual.

Las ofensas a la dignidad del matrimonio son los siguientes: el adulterio, el divorcio, la poligamia, el incesto, la unión libre ( convivencia, concubinato ) y el acto sexual antes o fuera del matrimonio.

Presentación en POWER-POINT realizada por Violeta Vázquez para www.oracionesydevociones.info