ALGUNOS CASOS PRACTICOS Consultora: Katelyne Ghémar

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Transcripción de la presentación:

ALGUNOS CASOS PRACTICOS Consultora: Katelyne Ghémar Taller Requisitos de Acceso al mercado de la UE – Alimentos PARTE IV: ALGUNOS CASOS PRACTICOS Consultora: Katelyne Ghémar

Exportar Hay que diferenciar entre la normativa obligatoria a nivel de la UE y de los Estados miembros, y las normas y las practicas industriales y comerciales en la UE que son voluntarias pero, en algunos casos, exigidas por parte de las cadenas de distribución.

Reglas de la Unión Europea Reglas a considerar: HIGIENE: Reglamento 852/2004 (consumo humano) Operadores económicos del sector alimenticio deben respetar: Requisitos para la producción, transformación, transporte y distribución de los productos Los principios del sistema APPCC/HACCP para productos procesados (CODEX alimentarius)

Reglas de la Unión Europea Ejemplo: Para exportar a la Unión europea un producto alimenticio (galletas y pulpa de frutas): Respetar las reglas de higiene y aplicar los principios del sistema APPCC (HACCP) (análisis de peligros y puntos de control crítico), preparar e implementar un plan HACCP Respetar los niveles de contaminantes establecidos por la Unión Europea Respetar la legislación sobre niveles máximos de pesticidas Respetar la legislación sobre aditivos y aromas Respetar la legislación europea sobre etiquetado y embalaje

Reglas de la Unión Europea Ejemplo: Para exportar a la Unión Europea un producto alimenticio (galletas y pulpa de frutas): Etiquetado obligatorio: Buscar Reglas generales: Directiva 2000/13 Buscar si HAY reglas especificas (por tipo de producto o tratamiento ( Congelado) o función (de dieta) Otros requisitos (lote) Normas de calidad, normas de comercialización CE Etiquetado voluntario: Propiedades nutritivas, propiedades saludables, orgánico.

Reglas de la Unión Europea e Otras reglas que pueden tener un impacto sobre el proceso industrial y el transporte de productos Reglas para el embalaje de madera La Directiva 2004/102/CE modificada por la Directiva 2005/15/CE introdujo nuevos requisitos para la importación de embalajes de madera y maderos de estibar en la UE a partir de marzo de 2005. Las Directivas ajustan las normas comunitarias a la publicación nº 15 de las Normas Internacionales para Medidas Fitosanitarias de la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO), Los embalajes de madera deben tratarse y marcarse. Los países pueden exigir que los embalajes de madera estén hechos de madera en rollo descortezada, siempre que exista una justificación técnica para ello

Casos prácticos de productos Demostración con los asistentes del uso del Export Help Desk for developing countries http://exporthelp.europa.eu/index_fr.html

Herramientas de información para la exportación a la Unión Europea

Productos de interés para los asistentes del taller Casos prácticos: Productos de interés para los asistentes del taller Aguacate Café Galletas de café Chocolate relleno con frutas Jugos de frutas Azúcar refinado Alcohol (bebidas espirituosas)

PRODUCTO: AGUACATE (N.C. 0804400000) REQUISITO GENERAL DE HIGIENE DE OBTENCIÓN Y ELABORACIÓN : Paquete higiene: Reglamento 852/2004 - reglas sobre higiene de los productos alimenticios. Contaminantes: Cuando comercializado , no puede contener niveles superiores a los previstos en el Reglamento 1881/2006 (OJ L-364 20/12/2006). Cubre diferentes contaminantes: nitrates, alfatoxinas, metales y 3-monochloropropane- 1,2diol (3-MCPD), etc. Más información sobre el régimen aplicable: http://europa.eu.int/comm/food/food/chemicalsafety/contaminants/index_en.htm Pesticidas: Niveles max. se encuentren en el Reglamento (CE) 396/2005 (OJ L- 70 16/03/2005). http://europa.eu/legislation_summaries/food_safety/plant_health_checks/l212 89_es.htm Directiva 2004/102 sobre los embalajes en madera: tratamiento de la madera - NIMF 15

PRODUCTO: AGUACATE (N.C. 0804400000) Normas de comercialización de los aguacates – (presentación, definición, calidad, etc.). Reglamento (CE) 1221/2008 de la Comisión del 05 de diciembre de 2008 que establece requisitos generales de comercialización (requisitos de calidad, de madurez, tolerancia, marcado de origen del producto).

PRODUCTO: AGUACATE (N.C. 0804400000) Derechos de importación (SPG+) 0% Derechos de importación erga omnes 4% IVA (Bélgica): 4 %

PRODUCTOS: CAFÉ CÓDIGO N.C. CAFÉ : 090121 Taller Requisitos de Acceso al mercado de la UE – Alimentos - Pereira 22 Marzo 2012 PRODUCTOS: CAFÉ CÓDIGO N.C. CAFÉ : 090121 REQUISITO GENERAL DE HIGIENE DE OBTENCIÓN Y ELABORACIÓN - Reglamento 852/2004 - reglas sobre higiene de los productos alimenticios CONTENIDOS MÁXIMOS DE CONTAMINANTES Cuando comercializado , no puede contener niveles superiores a los previstos en el Reglamento 1881/2006 (OJ L-364 20/12/2006). Ej. presencia de Ocratoxina A: Café tostado (En grano y en polvo): 5.0 μg/kg http://europa.eu/legislation_summaries/food_safety/contamination_environmen tal_factors/l21113_es.htm

PRODUCTOS: CAFÉ CÓDIGO N.C. CAFÉ : 090121 Taller Requisitos de Acceso al mercado de la UE – Alimentos - Pereira 22 Marzo 2012 PRODUCTOS: CAFÉ CÓDIGO N.C. CAFÉ : 090121 RESIDUOS DE PLAGUICIDAS (LMR para el café) incluye: Pesticida Valor (mg/g) Aldicarb 0,1 Boscalid 0,05 carbendazim Carbofuran 1 Cypermethrin Disulfoton 0,2 Endosulfan Permethrin

PRODUCTOS: CAFÉ CÓDIGO N.C. CAFÉ : 090121 Taller Requisitos de Acceso al mercado de la UE – Alimentos - Pereira 22 Marzo 2012 PRODUCTOS: CAFÉ CÓDIGO N.C. CAFÉ : 090121 Etiquetado y embalaje: Etiquetado: (Directiva 2000/13) Directiva general sobre etiquetado de los productos + reglas espcificas para etiquetado extracto café y café soluble. http://europa.eu/legislation_summaries/consumers/product_labelling_an d_packaging/l21090_es.htm Embalaje: (Reglamento 1935/2004) – reglas especificas para el embalaje en contacto con productos alimenticios Verificar las cantidades nominales especificas de pre-envase para el café que pueden subsistir hasta octubre 2012. Café orgánico : El productor debe respetar el Reglamento CE 834/2007 sobre la producción, certificación y etiquetado de los productos orgánicos

PRODUCTOS: CAFÉ tos - Pereira 22 Marzo 2012 Café (NC 090121) : Derechos de importación (SPG+) 0% Derechos de importación erga omnes 7,5% IVA (Italia): 21%

PRODUCTOS: Galletas de café NC 19059055 REQUISITO GENERAL DE HIGIENE DE OBTENCIÓN Y ELABORACIÓN - Reglamento 852/2004 - reglas sobre higiene de los productos alimenticios Contaminantes alimenticios en alimentos Anexo 1 Reglamento 1881/2006: verificar niveles max, por ej.niveles de deoxini valenol (500mg/kg) o zearaneloma (50 mg/kg) http://eur- lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=CONSLEG:2006R1881:20100701:ES:PDF Etiquetado y embalaje: Etiquetado: (Directiva 2000/13) Directiva general sobre etiquetado de los productos. http://europa.eu/legislation_summaries/consumers/product_labelling_and_packaging/l21090_es .htm Embalaje: (Reglamento 1935/2004) – reglas especificas para el embalaje en contacto con productos alimenticios Galletas de café orgánico : El productor debe respetar el Reglamento CE 834/2007 sobre la producción, certificación y etiquetado de los productos orgánicos

PRODUCTOS: Galletas de café 19059055 Derechos de importación (SPG+) 0% Derechos de importación erga omnes 9% IVA (Francia): 19,5%

PRODUCTOS: Jugos de frutas REQUISITO GENERAL DE HIGIENE DE OBTENCIÓN Y ELABORACIÓN - Reglamento 852/2004 - reglas sobre higiene de los productos alimenticios Contaminantes: verificar niveles máximos autorizados, por ejemplo patulina (50 mg/kg) y plomo (0,50/kg) http://europa.eu/legislation_summaries/food_safety/contamination_environmen tal_factors/l21113_es.htm http://eur- lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=CONSLEG:2006R1881:20100 701:ES:PDF Etiquetado y embalaje: Etiquetado: (Directiva 2000/13) Directiva general sobre etiquetado de los productos: establece requisitos mínimos de etiquetado. http://europa.eu/legislation_summaries/consumers/product_labelling_ and_packaging/l21090_es.htm

PRODUCTOS: Jugos de frutas Etiquetado – reglas especificas adicionales: Directiva 2001/112/CE relativa a los zumos de frutas y otros productos similares para consumo humano. Establece las reglas de composición y etiquetado para zumos de frutas, zumas de frutas concentrados, deshidratados y néctares de frutas. Establece reglas complementarias de etiquetado adicionales a las de la Directiva 2000/13, entre otras, para indicar si el producto es una mezcla de distintas tipos de frutas,, si contiene edulcorante y si esta hecho a base de concentrado. http://europa.eu/legislation_summaries/consumers/product_labelling_an d_packaging/index_es.htm Embalaje: (Reglamento 1935/2004) – reglas especificas para el embalaje en contacto con productos alimenticios Para jugo de frutas orgánico : El productor debe respetar el Reglamento CE 834/2007 sobre la producción, certificación y etiquetado de los productos orgánicos

PRODUCTOS: Jugos de frutas NC 2009893470 (jugos de frutas tropicales) Derechos de importación (SPG+) 0 % + 12.9 EUR/100 kg Derechos de importación erga omnes 19 % + 12.9 EUR/100 kg IVA (Suecia): 12%

PRODUCTOS: chocolate con frutas NC 18069019 REQUISITO GENERAL DE HIGIENE DE OBTENCIÓN Y ELABORACIÓN - Reglamento 852/2004 - reglas sobre higiene de los productos alimenticios Contaminantes: verificar niveles máximos autorizados, http://europa.eu/legislation_summaries/food_safety/contamination_environmen tal_factors/l21113_es.htm Verificar aditivos alimentarios autorizados en los productos alimenticios destinados al consumo humano Reglamento 1333/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo para establecer una lista de aditivos alimentarios de la UE, modificado en noviembre de 2011 por Reglamentos UE 1129, 1130 y 1131 de la Comisión Etiquetado: (Directiva 2000/13) - Directiva general sobre etiquetado de los productos + para el cacao las reglas adicionales contenidos en la directiva cacao y chocolate 2000/36 -

PRODUCTOS: chocolate con frutas NC 18069019 Etiquetado para chocolate http://europa.eu/legislation_summaries/consumers/product_labelling_and_pa ckaging/l21122b_es.htm - Directiva 2000/36 sobre composición y etiquetado de cacao y productos de chocolate. Establece las reglas de composición para el chocolate, define por eje. Los % min de manteca de cacao, de cacao en polvo, avellana, materia lactea seca, etc. Precisa los requisitos obligatorios de etiquetado, en particular las denominaciones de venta autorizadas (por ej. Chocolate relleno) y otros requisitos específicos: como colocar la menciones (ej. Cuando contiene materias grasas distintas de la manteca de cacao: tamaño de la letra).” Embalaje : (Reglamento 1935/2004) Reglas especificas para el embalaje en contacto con productos alimenticios

PRODUCTOS: chocolate con frutas NC 18069019 Derechos de importación (SPG+) 0% + EA MAX 18.7 +ADSZ Derecho terceros países 8.3 % + EA MAX 18.7 +ADSZ Contingente arancelario no preferencial (1.01 al 31;12.12) 43 % IVA (Bélgica): 6%

PRODUCTOS: Azúcar refinado NC 170310 REQUISITO GENERAL DE HIGIENE DE OBTENCIÓN Y ELABORACIÓN - Reglamento 852/2004 - reglas sobre higiene de los productos alimenticios Etiquetado y embalaje: Etiquetado: (Directiva 2000/13) Directiva general sobre etiquetado de los productos. http://europa.eu/legislation_summaries/consumers/product_labelli ng_and_packaging/l21090_es.htm Embalaje: (Reglamento 1935/2004) – reglas especificas para el embalaje en contacto con productos alimenticios

PRODUCTOS: Azúcar refinado NC 170310 Derechos de importación terceros países 0.35 EUR/100 kg Suspensiones arancelarias autónomas 0 EUR/100 kg Precios representativos: 12.44 EUR/100 kg IVA (España): 8% Certificado de importación para cantidad superior a 2000 kg.

PRODUCTO: Bebidas alcohólicas (N.C.:22082029) REGLAS TECNICAS Etiquetado: (Directiva 2000/13) Directiva general sobre etiquetado de los productos + Reglamento 1576/89 que establece las normas generales relativas a la definición, designación y presentación de las bebidas espirituosas. Reglamento (CE) 763/2002 sobre el etiquetado de vino y de determinados productos vitivinícolas - Directiva 89/396 sobre el lote al que pertenece un producto alimenticio - Directiva 2007/45 por la que se establecen normas relativas a las cantidades nominales para productos preenvasados (por ejemplo para vino aromatizado solo100ml, 200 ml, 375 ml, 500 ml, 750 ml 1000 ml 1500 ml. Reglamento 1601/91 sobre definición, designación y presentación de vinos aromatizados y bebidas aromatizadas a base de vino. Directiva 87/250/CEE relativa a la indicación del grado alcohólico volumétrico en las etiquetas de las bebidas alcohólicas destinadas al consumidor final

PRODUCTO: Bebidas alcohólicas (N.C.: 22082029) Derechos de importación erga omnes 0 % + Posibilidad de introducir derecho adicional por litro de alcohol puro (100%) IVA (España): 18 %

Para consultas adicionales Katelyne.ghemar@gmail.com Muchas gracias por su atención y participación!